viernes, 22 de mayo de 2020

[FeSP UGT Madrid] 'Nueva sentencia a favor del derecho con abono económico de los profesionales temporales a la carrera profesional del SERMAS' [Gana en Juzgado de lo Social la demanda de Conflicto Colectivo para el derecho de los temporales de la empresa pública del Hospital de Fuenlabrada. Exige a la Consejería que no dilate más su aplicación con recursos]


'UGT logra en los juzgados un nuevo triunfo a favor de lo que ha sido y continúa siendo una demanda histórica de esta Organización: la igualdad de trato y reconocimiento del derecho a la Carrera Profesional del personal temporal, a todos los efectos incluido el económico.

UGT gana en el Juzgado de lo Social, una demanda de Conflicto Colectivo, interpuesta contra el hospital de Fuenlabrada y la Consejería de Sanidad, donde reclamaba el derecho a la Carrera Profesional para los trabajadores eventuales y de sustitución, de la empresa pública Hospital de Fuenlabrada.

Es un triunfo más, que afecta a los trabajadores laborales del hospital de Fuenlabrada y la sentencia recoge todas las reivindicaciones que este sindicato defendió en el juzgado no 1 de Móstoles:


-Todos los trabajadores eventuales y de sustitución del hospital tienen que ser incluidos en el ámbito de aplicación del modelo de Carrera Profesional de licenciados y diplomados y resto de categorías profesionales, en las mismas condiciones que los demás trabajadores fijos e interinos del Hospital de Fuenlabrada.

-Todos estos trabajadores deben ser evaluados de manera oficial por los distintos Comités Evaluadores de Carrera Profesional e incluidos en los Procesos Extraordinarios del año 2017 y 2018 en las mismas condiciones que el personal fijo e interino.

-La sentencia obliga al Hospital de Fuenlabrada a abonarles el complemento de Carrera Profesional que les corresponda, una vez evaluados, desde agosto de 2018, en caso de los licenciados y diplomados, y desde octubre 2018 para el resto de categorías profesionales incluidas en los Grupos I, II, III y IV no sanitarios, Grupo V personal auxiliar y Grupos III y IV sanitarios.

Hemos de recordar que respecto de los interinos por vacante y por sustitución se falló por sentencia estimatoria de 10 de diciembre de 2019 similar demanda interpuesta por el procedimiento de conflicto colectivo.

UGT exige a la Administración el cumplimiento inmediato de las sentencias y la no dilación en recursos. Son demasiadas sentencias a favor, es innecesario el bloqueo de la Administración de Justicia con causas reconocidas de derecho desde nuestra legislación estatal a las directivas europeas, desde elTribunal Constitucional hasta el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

UGT lo defenderá hasta el final “los trabajadores con contratos temporales y de duración determinada tendrán los mismos derechos que los trabajadores con contratos de duración indefinida”.'


Fuente: Comunicado de la Federación de Servicios Públicos de UGT de Madrid de 21/05/2020 recibido en APISCAM "para su difusión"

Resaltados en negrita cursiva y enlaces en el texto nuestros

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