lunes, 13 de noviembre de 2023

[Dir. Gral de RRHH y RRLL del SERMAS] Instrucciones sobre el voto por correo para las elecciones sindicales del 22 de Noviembre. Plazo para solicitarlo hasta el 15 de Noviembre

'El próximo día 22 de noviembre de 2023 se van realizar elecciones sindicales para la renovación de los órganos de representación unitaria de los profesionales del Servicio Madrileño de Salud, eligiéndose a los representantes mediante sufragio personal, directo, libre y secreto, que podrá emitirse de forma presencial o mediante voto por correo.


Ante las consultas efectuadas por las Gerencias en relación al procedimiento a seguir respecto al voto por correo y con el fin de facilitar el desarrollo del proceso electoral, de una manera homogénea y coordinada en cada uno de los centros en los que se celebrarán elecciones sindicales, esta Dirección General, en uso de las competencias que tiene atribuidas en el Decreto 246/2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura directiva del Servicio Madrileño de Salud, se dictan las siguientes

INSTRUCCIONES

[...]

2. Solicitud del voto por correo

Cuando algún elector prevea que en la fecha de votación no se encontrará en el lugar que le corresponda ejercer el derecho de sufragio, podrá emitir su voto por correo, previa comunicación a la mesa electoral.

3. Plazo para solicitar el voto por correo

El voto por correo se podrá solicitar a partir del día siguiente a la convocatoria electoral siendo el último día para solicitar el voto por correo será el día 15 de noviembre de 2023, (según se recoge en el Acta de la reunión celebrada el día 12 de mayo de 2023 y en la Instrucción 1/2023, de 17 de mayo de 2023 de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales sobre elecciones Sindicales).

4. Procedimiento para solicitar el voto por correo

a) La solicitud se realizará en formato libre, que deberá de presentarse personalmente por el interesado a través de las oficinas de Correos, en sobre abierto para ser fechada y sellada por el funcionario de Correos antes de ser certificada, exigiendo éste del interesado la exhibición del documento nacional de identidad, a fin de comprobar sus datos personales y la coincidencia de firma de ambos documentos.

c) A continuación, la mesa COORDINADORA remitirá, únicamente al elector la siguiente documentación:

• Una papeleta de cada una de las candidaturas proclamadas definitivamente en la correspondiente unidad electoral,
• El sobre en el que debe ser introducida la papeleta de voto,
• Otro sobre para su remisión a la mesa electoral correspondiente. Deberá figurar la dirección de la Mesa donde le corresponda votar o de la Mesa Coordinadora. En él deberá figurar el texto: Elecciones a órganos de representación de personal en las administraciones públicas 2023. Dirigido al Presidente de la Mesa Electoral Coordinadora de la Junta de Personal/Comité de empresa del área que corresponda.
• Con los anteriores documentos se adjuntará una hoja explicativa de cómo se debe realizar el voto por correo.
La citada documentación se introducirá en el sobre grande de voto por correo remitiéndose al elector, a la mayor brevedad, por correo certificado, urgente y con acuse de recibo.
Todos los sobres utilizados deberán obligatoriamente ser los modelos oficiales establecidos para las elecciones a órganos de representación de personal en las administraciones públicas 2023. Siendo nulo cualquier voto en otro sobre. 5. Procedimiento para la remisión del voto por correo

Una vez que el elector haya recibido la documentación indicada en el apartado anterior procederá de la siguiente forma:

• Escogerá una de entre las papeletas de voto remitidas y La introducirá en el sobre de votación y lo cerrará.
• El sobre junto con la fotocopia del documento nacional de identidad, se introducirá en el sobre dirigido a la Mesa (sobre mediano de voto por correo, remitido por la Mesa Coordinadora).
• El interesado, a través de las oficinas de Correos, remitirá por correo certificado el sobre dirigido a la mesa electoral.

[...]


7. Votación presencial.

En el supuesto de que el profesional que hubiese optado por el voto por correo se encontrase presente el día de la elección y decidiese votar personalmente, lo manifestará así ante la mesa, la cual, después de emitido el voto, procederá a entregarle el que hubiese enviado por correo si se hubiese recibido, y en caso contrario, cuando se reciba se incinerará.'


[...]


Fuente y texto completo: Instrucción 3/2023, de 6 de noviembre de 2023 de la Dirección General De Recursos Humanos Y Relaciones Laborales sobre el voto por correo para las elecciones a juntas de personal estatutario y funcionario y comités de empresa de 06/11/2023




 

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