Ha trascendido en redes sociales el borrador de "Acuerdo de Oferta Público de Empleo 2023, Oferta Adicional de estabilización de Empleo Temporal y Promoción Profesional" de la Dir. General de Función Pública de la CCAA de Murcia", en negociación en la correspondiente mesa sectorial de este sector autonómico de personal funcionario y laboral de administración general y servicios , con 172 plazas , "plazas de naturaleza estructural, ocupadas de forma temporal a 30 de diciembre de 2021 por personal con una relación temporal anterior a 1 de enero de 2016 que no han superado los procesos selectivos de estabilización convocados con un sistema selectivo distinto" del concurso de méritos previsto por la disposición adicional 8ª de la Ley 20/2021", de acuerdo con el artículo 217 del Real Decreto-ley 5/2023",aprobado este verano por el Gobierno del Estado , ratificado con la convalidación por el Congreso y de obligado cumplimiento para todas las AAPP.
El borrador de OPE regula que dichas plazas se convocarán por (el obligado sistema de) concurso de méritos con las mismas bases ya negociadas y utilizados para los concursos de méritos para este sector convocados en la CCAA de Murcia por la Ley 20/2021.
También incluye una modificación del número de plazas de la OPE ordinaria de 2022 , reduciéndola en 87 plazas , "ante la necesidad de disponer de plazas vacantes suficientes para la convocatoria del concurso adicional de estabilización".
Por tanto, se trataría, de un nuevo caso de aplicación en un sector autonómico del artículo 217 de dicho RDL 5/2023 , tras el caso del personal de Administración y Servicios de la Junta de Andalucía.
Recordemos una vez más que siguiendo el primer Acuerdo
estatal con sindicatos sobre temporalidad del empleo público que fue incluido en el artículo 19.Uno.6 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2017
y que habilitaba a incluir en Ofertas Públicas de Empleo hasta el 90%
de los
puestos temporales más de 3 años computados a 31/12/2016 en una
relación de sectores (entre ellos Servicios de Salud, docentes y
administración de justicia) en "procesos de estabilización" de puestos- sin
restricción o normativa alguna más allá de la de cualquier OPE
convencional- y el 100% de los
puestos anteriores a 2005 para cualquier sector y AAPP - , las diferentes CCAA convocaron en procesos de concurso-oposición numerosos puestos temporales de entonces más de 3 años (ahora serían de más de 9 años).
En 2018, llegaría el segundo Acuerdo estatal con sindicatos sobre temporalidad del empleo público, con la normativa plasmada en el artículo 19.Uno.9 de la Ley
de Presupustos Generales del Estado para 2018 y que universalizaba a
todos los puestos temporales de más de 3 años computados a 31/12/2017
del restos de sectores (ahora serían puestos de más 8 años) la
posibilidad de incluirlos en más OPEs "de estabilización" por procesos ordinarios.
Después llegaría el Real Decreto Ley 14/2021 del Estado habilitando más OPEs de "estabilización", nuevamente convencionales, para las plazas temporales de más de 3 años a 31/12/2020 (más de 5 años ahora)
Luego llegó la Ley 20/2021 de 28 de Diciembre que modificó el RDL 14/2021 para introducir el concurso de méritos excepcional para plazas temporales de antes de 2016 y las de personal temporal de antes de 2016.
En aplicación de
la Ley 20/2021 el Gobierno de la CCAA de Murcia publicó el Decreto 58/2022 de una OPE extraordinaria 2022 convocando 257 plazas ya con el sistema excepcional de concurso de méritos, con una baremación acordada en la que puntúaba el 60 % la Experiencia profesional, puntúando3 veces la antigüedad en la misma categoría del misma AAPP con respecto
a la de en la misma categoría en otras CCAA yno puntuándose la
experiencia en otras categorías., y el 40% restando por por ejercicios de oposición
aprobados en convocatorias anteriores del mismo cuerpo/... en la CCAA de
Murcia, sólo en caso de haber existido para la categoría, pareciendo , por tanto, que las bases están diseñadas para impedir que se convirtiera en un concurso de traslados
entre administraciones diferentes o una promoción interna encubierta en la propia
CCAA, y tenían una orientación para estabilizar a (parte) del personal
temporal de larga duración.
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3 comentarios:
Creo que es la primera Administración que aplica el Concurso de méritos del RDL.
En cualquier caso, sólo faltan unos meses para que España deje de ser el único país de la Unión Europea que no sanciona el abuso de temporalidad en el sector público.
Y justicia, la verdad es que la hay. Pero no puedo decir que sea exista igualdad ante la justicia. Es para unos pocos que han tenido suerte de encontrar un juez de aplica la primacía de la normativa de la Unión Europea.
https://laadministracionaldia.inap.es/noticia.asp?id=1513261
Y que ocurre con el resto de Administraciones que aún teniendo personal que cumple con los requisitos del art. 317, llegue el 31 de diciembre de 2023 y no hayan aprobado la OPE para esta estabilización.
Que alguien diga algo por favor.
21:58, a unos porque no convocan concursos pero a otros como yo, los convocan y aprueban baremo que en vez de estabilizar promociona a funcionarios antiguos...
Los concursos tenían que haber servido para estabilizar pero la realidad es que cada administración y ccaa ha hecho lo que le ha dado la gana.
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