'La Federación de Sindicatos de Trabajadoras de las Administraciones Publicas de la Confederación General del Trabajo (FETAP – CGT) denuncia que la sentencia de ayer del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, fuerza la quiebra en la judicatura española por su empeño en no reconocer la preeminencia del derecho europeo y en desacatar la jurisprudencia del TJUE en lo referente al abuso de temporalidad en las administraciones públicas.
La reciente sentencia del TJUE de 22 de febrero de 2024 dictaminó que:
- Que la figura del “Indefinido No Fijo”, recordemos jurisprudencia y no normativa, no supone una sanción válida.
- Que, ante la ausencia de sanción en el ordenamiento interno, consecuencia de no haber transpuesto la Directiva 1999/70/CE en 25 años, la “fijeza” sería una opción válida.
- Que no vale ampararse en preceptos constitucionales con la intención de dejar sin efecto dicha Directiva.
Hemos conocido en sentencia fechada a diez de abril, donde la sala social en pleno, del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, en la resolución de los casos objeto de esa misma sentencia del TJUE, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid sentenció precisamente con la figura del “Indefinido No Fijo” porque, y aquí viene lo grave, “el juzgador únicamente tiene la función de aplicar el derecho (y no la de crearlo) y porque los principios constitucionales de acceso al empleo público se erigen en un obstáculo insalvable”, justamente lo contrario de lo que indica esa misma sentencia del TJUE.
Cabe recordar que la cuantía a indemnizar es de 20 días por año trabajado con un tope de 12 mensualidades, lejos del despido improcedente que, como bien indicó la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, contraviene lo especificado en la Carta Social Europea, y la propia jurisprudencia del TJUE, por su falta de carácter disuasoria y que, además, sería inaplicable a aquellas trabajadoras que aún no estuviesen despedidas.
Ante semejante barbaridad jurídica, que contó con la oposición de varios votos particulares, la división en la judicatura está servida y las futuras cuestiones prejudiciales más que aseguradas. Por un lado, unos, los integrantes del Tribunal Supremo, evaden su responsabilidad y anuncian unas prejudiciales en respuesta a la respuesta de otras prejudiciales, que dos meses después todavía no se han elevado. Otros directamente incurren en desacato no reconociendo la jerarquía normativa y desoyendo lo dictado por el TJUE en su sentencia del 22 de febrero de 2024. Mientras, unos terceros, sí están dictando las justas y tan esperadas sentencias de fijeza.
A finales de la semana pasada, varios miembros de la Comisión Europea asistieron sorprendidos a la última intentona de desviar la atención por parte del gobierno ante tanto incumplimiento, con la inauguración del nuevo “Observatorio ICAM de Derecho de la Unión Europea”, por lo que es fácilmente imaginable que en un corto periodo de tiempo se reactivarán las sanciones que España tenía congeladas a la espera de que corrigiera su lamentable y persistente actitud.
Mientras, el ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, José Luis Escrivá, se empeña en no legislar empujando a jueces y administraciones al caos y dejando en un limbo jurídico al más de un millón de trabajadoras afectadas que entendemos, solo puede tener una intención, desanimar a que éstas defiendan sus derechos en los tribunales.
Desde FETAP-CGT somos conscientes de que todo esto terminará instantáneamente, tal y como ha ocurrido anteriormente, en el momento en el que la Comisión Europea diga basta ante tanto esperpento y reactive las sanciones coercitivas que España tenía congeladas a la espera de que corrigiera su lamentable y persistente actitud, como ya ocurrió con el colectivo de los estibadores'
- [19/03/2020] Sentencia esperanzadora del Tribunal Europeo del asunto acumulado "Sánchez Ruiz": hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada que requiere una sanción, que le corresponde al ordenamiento español fijar, orientando que no puede valer como sanción la convocatoria a proceso selectivo libre ni la figura del indefinido no fijo
- [22/10/2020] Auto del Tribunal Europeo ante cuestiones del Tribunal Supremo portugués: contraria a la Directiva europea una normativa de un Estado miembro que prohíba la conversión en fijo en un sector público si no incluye ninguna otra medida eficaz para evitar y sancionar el abuso de temporalidad
- [31/05/2021] Repaso de la Abogacía
General de la UE a los principios "bien establecidos de la
jurisprudencia del Tribunal Europeo sobre la sanción al abuso de
temporalidad": por el derecho a una reparación efectiva ante un abuso
-derivado del artículo 47 de la Carta de Derechos Fundamentales de la
Unión Europea-, aunque la cláusula 5ª de la Directiva 1999/70 sobre
medidas para evitar el abuso de temporalidad en sí no sea de efecto
directo, en el caso de que no haya ningúna medida en la legislación
nacional suficientemente disuasoria y eficaz prevista para sancionar el
abuso de temporalidad, "tendría que dejar de aplicarse cualquier norma
del Derecho nacional que obstaculice la conversión en fijo".
- [28/06/2021] [Poder Judicial] '[La Sala de lo Social de] El Tribunal Supremo establece doctrina sobre la duración de un contrato de interinidad por vacante en el sector público tras la sentencia del TJUE La duración máxima será la del tiempo que duren los procesos de selección para cubrir la vacante conforme a lo dispuesto en su normativa legal o convencional específica' ["Una duración superior a tres años debe considerarse injustificadamente larga, lo que comportará que el trabajador interino pase a ostentar la condición de indefinido no fijo". Sentencia confirmando la indemnización al cese de laboral interina de vacante de casi 8 años que demandaba ser considerada indefinida no fija al cese a efectos indemnizatorios por superar el plazo de 3 años]
- [24/12/2021] El
Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, con discrepancia de
3 magistrados, sentencia este 25/11/2021 seguir concediendo el
indefinido no fijo y no la fijeza ante el abuso de temporalidad en
empleados públicos laborales que sólo hayan superado proceso selectivo
para temporal. Dice que hacerlo iría contra la norma del Estatuto Básico
del Empleado Público y que las sentencias del Tribunal europeo no le
obligan a dejar de aplicar normativa nacional en abusos de temporalidad.
Dos magistrados afirman que conceder la fijeza no viola esa normativa
nacional y otro que tendría que haberse consultado al Tribunal Europeo
si la norma que impide la fijeza no viola la normativa europea
- [27/12/2021] La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo aplica en varias sentencias seguidas a la de 30/11/2021 su "doctrina" de que de las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea "no se sigue que haya obligación" de conceder una sanción ante un abuso de temporalidad y niega por inexistentes o prohibida en la normativa nacional para personal funcionario la indemnización, la figura del indefinido no fijo de los laborales y la fijeza
- [13/01/2022] Primeras
sentencias de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo a demandas
de fijeza y derechos de carrera y movilidad del grupo de demandas del
SERMAS de 2016 que dio lugar a la sentencia europea de 19/03/2020. Sigue
la línea de su sentencia de 30/11/2021: pasa a reconocer el abuso en
interinidades de vacante prolongadas, incluso de único nombramiento,
pero rechaza la fijeza como sanción como está rechazando la
indemnización, por no estar contemplada por la ley nacional
- [04/03/2022] Primera
sentencia nacional del caso del informático de la sentencia del
Tribunal europeo de 19/03/2020: el Tribunal Superior de Justicia de
Madrid, tras quedarse con el caso del juzgado, aplica la nueva
jurisprudencia del Supremo y rechaza la fijeza como posible sanción al
abuso reconocido por no estar contemplada en la ley nacional y no
sentirse obligado por la jurisprudencia europea, y "condena" en costas
al demandante ante la "claridad" en la decisión, sin hacer mención
alguna que se trata del informático cuyo juzgado inicial tuvo dudas tan
fuertes como para plantear una consulta al Tribunal de Justicia de la
Unión Europea
- [24/12/2022] [I.
Beltrán] La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de
Madrid plantea una importante batería de cuestiones al Tribunal de
Justicia de la Unión Europea sobre si la figura del indefinido no fijo
de la doctrina del Tribunal Supremo para personal público laboral es
adecuada como respuesta al abuso de temporalidad y si ante la ausencia
de medidas efectivas no debería concederse la fijeza, incluso aunque se
interpretara que lo prohíbe la Constitución Española
- [25/10/2022] La Sala de lo Social del Tribunal Supremo rechaza plantear cuestiones al Tribunal europeo sobre que la figura del indefinido no fijo valga como sanción al abuso de temporalidad porque no tiene "duda razonable de la adecuación de nuestra norma" al derecho de la UE y reitera que debe aplicarse igualmente al personal en abuso de las sociedades mercantiles públicas si no han superado un proceso selectivo para fijo
- [03/02/2022] La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid planteó, por otro caso de una laboral indefinida fija más de 13 años, el 22/12/21 su misma e importante batería de cuestiones de 21/12/21 al Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre si la figura del indefinido no fijo de la doctrina del Tribunal Supremo para personal público laboral es adecuada como respuesta al abuso de temporalidad y si ante la ausencia de medidas efectivas no debería concederse la fijeza, incluso aunque se interpretara que lo prohíbe la Constitución Española. También pregunta si convocar la plaza de personal en abuso en un proceso selectivo de libre concurrencia con indemnización de 20 días para quien no lo supere como los del Real Decreto-Ley 14/21 -y como también son todos los procesos de la nueva ley 20/2021- puede valer para esquivar esa conversión en fijo como sanción al abuso (en caso de que no exista otra medida y la figura del indefinido no fijo no valga)
- [07/03/2022] La sección 2ª de la
Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, por el
caso de una laboral interina de vacante más de 3 años, plantea cuestión
prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea en la que
vuelve a cuestionar si la figura del indefinido no fijo del Supremo
para laborales puede valer como sanción al abuso de temporalidad y
cuestiona además si los procesos de estabilización, y concurso de
méritos, de libre concurrencia indemnizados con un tope de 1 año de
sueldo. de la nueva ley 20/2021 pueden valer com sanción y así evitar la
declaración judicial de fijeza
- [31/08/2022] La
Comisión Europea vuelve a informar oficialmente del curso de la
denuncia múltiple abierta desde 2018-y vinculada a un procedimiento de
infracción contra España- sobre el abuso de duración de temporalidad en
empleados públicos españoles: está evaluando si las medidas de reducción
de temporalidad tras la nueva Ley 20/2021 y sus aplicaciones
sectoriales son conformes a la normativa y sentencias europeas
- [10/10/2023] El Tribunal Supremo Administrativo portugués sentencia la conversión en indefinida a la empleada pública del Auto "Gondomar" del Tribunal Europeo , pese a la prohibición de "fijeza" de la ley portuguesa para los empleados públicos y ante la ausencia de medidas efectivas de sanción reparadora: "el principio de igualdad de acceso a la función pública no puede superponerse ciegamente al derecho a la estabilidad en el empleo"
- [18/01/2023] Jurisprudencia
en Portugal al abuso de temporalidad público establecida en la
sentencia de su Tribunal Supremo Administrativo al caso del asunto
"Gondomar" del Tribunal de Justicia de la UE: la prohibición de la
conversión en fijo de la ley portuguesa ante la falta de medidas de
sanción viola el Derecho de la UE y esa conversión no vulnera el
principio de igualdad de su Constitución
- [08/02/2023] [Arauz]
'Nota sobre la sentencia del Tribunal Supremo de fecha 24 de Enero de
2023' [que declara que los procesos de estabilización anteriores no
vulneran la Directiva europea sobre abuso de temporalidad: "el Tribunal
Supremo vulnera la Directiva 1999/70, que dice estar aplicando"].
- [04/09/2023] Repaso de los asuntos de cuestiones prejudiciales pendientes en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre abuso de temporalidad en el empleo público español
- [26/09/2023] [Araúz] Vista para sentencia la cuestión prejudicial en el Tribunal de Justicia europeo planteada por el Juzgado contencioso-administrativo de Barcelona que cuestiona que valga ante la normativa europea tanto la doctrina de la Sala de lo Contencioso del Supremo ante el abuso de temporalidad en el empleo público como la nueva Ley 20/2021
- [20 de noviembre de 2023] La Sala de lo Social del Tribunal Supremo tumba sentencia de fijeza de Correos del Tribunal Superior de Madrid ante abuso de temporalidad de laboral público tras la sentencia europea Sánchez Ruiz: a las sociedades empresariales también se les aplica la figura del indefindo no fijo
- [|8/12/2023] Publicadas
en el Diario Oficial de la Unión Europea las cuestiones prejudiciales
de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Galicia al Tribunal de
Justicia de la UE sobre si la ley y jurisprudencia nacionales son
suficientes ante el abuso de temporalidad del empleado público laboral y
si no habría que dar la fijeza como sanción incluso aunque se
considerara contrario a la Constitución española
- [19/02/2024] El Tribunal de Justicia de la UE, en su sentencia este 22/02/2024 a 3 asuntos acumulados, responderá por las preguntas del asunto AMAS, además de si no vale el indefinido no fijo como sanción al abuso de temporalidad del empleado público laboral, si, los procesos de estabilización de la ley 20/2021 tampoco pueden considerarse sanción suficiente. De responder que no, la Comisión Europea podría exigir más cambios legislativos por el procedimiento de infraccion existente
- [22/02/2024] [Economist & Jurist] Entrevista al informático de la sentencia Sánchez Ruiz y dos juristas, ante la sentencia del 22 de febrero del Tribunal Europeo sobre cuestiones "clave" para los empleados públicos laborales en abuso de temporalidad y la propia ley estatal 20/2021 como sanción válida a dicho abuso
- [22/02/2024 El Tribunal de Justicia de la UE, en su sentencia de este 22/02/2024 reafirma la figura del indefinido no fijo como un temporal que mantenido durante años sufre nuevo abuso de temporalidad, tumba tanto la figura del indefinido no fijo para el abuso de temporalidad del laboral público como que puedan valer como sanción indemnizaciones al cese ni procesos de consolidación abiertos [como es la ley 20/2021]. Si el tribunal remitente entiende que se puede hacer la interpretación de que es constitucional, la solución para el laboral público en abuso es la fijeza. Posible futuro cambio jurisprudencial de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo y posible exigencia de la Comisión Europea de más cambios legislativos con medidas completamentarias a la ley 20/2021
- [23/02/2024] [Araúz] 'Sobre la aplicación de la Sentencia del TJUE de 22/02/2024 al personal funcionarial y estatutario' [es aplicable también al personal funcionario y estatutario sus pronunciamientos de que no valen como sanción al abuso indemnizaciones al cese ni procesos selectivos abiertos]
- [23/02/2024] [RNE 24 h] Entrevista al abogado de interinos en abuso Javier Aráuz tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 22/02/2024: es vinculante para todas las autoridades nacionales, cierra todas las puertas que había para incumplir la directiva y abre la de la fijeza
- [23/03/2024] [I. Beltrán] Sobre la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 22/02/2024: la figura del indefinido no fijo no es adecuada para combatir el abuso y queda abierta la puerta para fijeza para el personal laboral en abuso de temporalidad
- [26/02/2024] Expectación ante las posibles sentencias de fijeza de la Sala de Social del Tribunal Superior de Madrid a los 3 casos de empleados públicos laborales de la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 22/02/2024. [ADDENDUM: convocado Pleno de la Sala el 18 de Marzo para deliberar las sentencias]
- [26/02/2024] [Economist & Jurist] Entrevista al Presidente de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 22/02/2024: "Estas sentencias del TJUE vinculan" ... "en los próximos días vamos a aplicar esa doctrina". Si "se ha pedido fijeza y se cumplen los requisitos", se "tendrá que aplicarla". "Obliga a la administración a un replanteamiento normativo" al cuestionarse los procesos de estabilización
- [07/03/2024] IMPORTANTE [Poder Judicial] 'El Tribunal Supremo planteará cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la UE sobre el modo de aplicar la fijeza en el empleo público. La Sala Cuarta del Tribunal Supremo anuncia que va a iniciar los trámites para despejar algunas dudas suscitadas tras la importante sentencia del pasado 22 de febrero'
- [10/04/2024] [El País] Sentencias nacionales sobre abuso de temporalidad en empleados públicos laborales tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 22 de Febrero
- [16/04/204] Sentencias del Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid a los 3 casos de empleados públicos laborales de la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 22/02/2024 que elevó una de sus secciones: la mayoría simple decide que sí hay abuso pero no concede ni fijeza por inconstitucional ni indemnización que no existe en la ley nacional; 5 jueces abanderados por el ponente de las prejudiciales opinan que debe sentenciarse la fijeza aplicando la sentencia europea aunque se considerara que se opone el principios constitucional de igualdad.
6 comentarios:
Ha llegado la hora de que alguien vaya a por esta gente. Los buenos conocedores del Derecho como Arauz u otros encontrarán la forma.
Hasta este sindicato lo dice, EXACTAMENTE LO CONTRARIO DE LO QUE DICE EL TJUE.
Muchas gracias CGT, por defender a los trabajadores en abuso de temporalidad en el sector público de España.
Y además defender el Estado de Derecho, que lleva desaparecido más de 20 años para las víctimas del abuso de temporalidad.
No saben lo que ya provocaron al no transponer la Directiva sobre el abuso en la temporalidad en el sector público.
No saben lo que han generado dejando sin sancionar el abuso en la temporalidad. Se les da alas a los corruptos para que te saquen la sentencia en plena cara mientras cometen delitos de todas las clases, conocedores de tu frágil y dependiente situación como subordinado precario.
Qué no se entiende sobre la prevención y la posterior sanción una vez se ha producido y perpetuado durante todos los años que duró está ilegal situación donde se fueron sucediendo distintos abusos laborales hasta llegar al cese, por supuesto también ilegal?
y todavia hay quien quiera ser español ?
Tanta desigual entre españoles, entre trabajadores, entre los temporales públicos abusados es difícil de digerir.
Unos cesados ilegalmente, condenados en costas y otros estabilizados hace más 2 años en una misma ciudad, como los del Ayuntamiento de Madrid.
Los derechos laborales no pueden depender de la suerte o en la Administración Pública en la que trabajes en un Madrid del siglo XXI.
Eso sí que no es Constitucional!!
No se trata del acceso, se trata del posterior abuso laboral, se trata de CORRUPCIÓN. De no proteger frente a ésta a sus temporales abusados en la temporalidad, en sus funciones, en sus responsabilidades, realizando trabajos no pagados de superiores niveles y cuerpos durante años, y no para una Administración sino para 2 simultáneamente.
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