lunes, 7 de julio de 2025

[El Diario] Entrevista al presidente del Tribunal de Justicia de la UE: prevé para "este otoño" la sentencia del asunto en el Tribunal de Justicia de la UE con la cuestion de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo sobre la consecuencia del abuso de temporalidad en trabajadores públicos

Publica El Diario.es este 04/07/2025 una entrevista al presidente del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), Koen Lenaerts, que acerca de la diferente interpretación de la del TJUE que parece tener nuestro Tribunal Supremo  en el tema de la sanción al abuso de temporalidad de los empleados públicos temporales, responde que es "una cuestión que está pendiente de una sentencia de la Gran Sala del TJUE que presido, cuya vista se celebró hace unos días y cuya sentencia creo que podremos emitir este otoño.", señalando que se trata de un asunto por  una cuestión planteada por el propio Tribunal Supremo español.

El presidente del TJUE también afirma  que "a nivel general, no tengo indicios" de  que esté en peligro el Estado de Derecho y la independencia judicial.

 NOTA DEL EDITOR: se trata del asunto Obadal o C-418/24, que fue sido  elevado  por la propia Sala de lo Social del Tribunal Supremo  -la que lleva las demandas de los empleados públicos laborales pero no la de los funcionarios y estatutarios interinos- y que lo hizo ,  aprovechando un recurso de casación por el caso de una cuidadora infantil empleada pública  laboral temporal 8 años  de la Comunidad de Madrid, como  reacción a  la importante sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 22/02/2024  , donde el tribunal europeo afirmó que la figura del indefinido no fijo es temporal , que mantenido durante años sufre nuevo abuso de temporalidad, no siendo válida para sancionar  el abuso de temporalidad del laboral público , mientras que conceder la fijeza al laboral como sanción al abuso,sí sería una solución para el laboral público en abuso de temporalidad. Por contra el planteamiento de su cuestión prejudicial, la Sala de lo Social del Tribunal Supremo español  defendía -aparentemente en contradicción con  lo dictado por el TJUE en aquella sentencia de 22/02/2025- seguir concediendo la figura del indefinido no fijo como una sanción válida ante el abuso de temporalidad del empleado público laboral , o si no era posible de ninguna forma, pues, pasar a conceder una indemnización de 33 días por año (al cese) con tope (en vez de los 20 días por año con tope que conlleva el indefinido no fijo), siempre antes que la fijeza propuesta claramente por el Tribunal europeo en su sentencia de 22/02/2024. 

 Antes dela sentencia del TJUE tiene que publicarse el  Informe de conclusiones  del Abogado General , que ya se ha anunciado para el 9 de Octubre del 2025.

Puede verse un amplio resumen de la vista que tuvo lugar el pasado 24/06/2025 en esta entrada nuestra.

 
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11 comentarios:

Anónimo dijo...

STJ de 27 de junio de 2024, C-41/23, Peigli, dice que la cláusula 5ª del Acuerdo Marco “debe interpretarse en el sentido de que se opone a una normativa nacional, en virtud de la cual la relación laboral de los jueces y fiscales honorarios (sustitutos) puede ser objeto de renovaciones sucesivas sin que se prevean, para limitar el uso abusivo de estas renovaciones, sanciones efectivas y disuasorias o la transformación de la relación laboral de dichos jueces y fiscales en una relación laboral de duración indefinida” (apdo. 74).

Anónimo dijo...

Resumido. Sanción o Fijeza "prueba mediante".
Si el legislador no quiere Sanción la solución es bien clara.

Anónimo dijo...

Un zasca para los del IMC, y ahora quien pagara los platos rotos???

Anónimo dijo...

Seguramente elevaran otra prejudicial como con lo del IRPH, hasta que la realidad los ilumine.-

Anónimo dijo...

Lo que falta es voluntad para legislar, desde el año 2020 puedo ser y no, ley 20/21, pudo ser pero su efecto solo para unos y no para todos.

Mientras no exista castigo para quien teniendo la obligación de trasponer normas europeas no lo haga, provocando daños de imposible reparación por no respetar y aplicar la ley y sentencias europeas, nada que hacer.

Anónimo dijo...

No habrá paz para los malvados

Anónimo dijo...

Interesantisimo este articulo:


https://www.economistjurist.es/znoticia-portada1/agustin-azparren-abogado-magistrado-jubilado-y-exvocal-del-cgpj-la-estabilizacion-que-pide-la-ue-de-los-jueces-sustitutos-no-afecta-a-la-independencia-judicial/

Anónimo dijo...

No se le puede pedir IMC a quien ya lo esta cumpliendo, desde que empezó su trabajo, ya veremos luego quien pagara los platitos rotos

Anónimo dijo...

OJO!! Nos quieren exterminar:

https://www.eleconomista.es/legal/noticias/13451832/07/25/justicia-cambia-el-sistema-de-cese-de-los-interinos-por-la-cobertura-de-su-plaza-y-dejaran-de-irse-los-mas-nuevos.html

y así se va erradicando el problema

Anónimo dijo...

Hace años que dejamos de ser un problema para las Administraciones Públicas.
Todos a una nos hicieron desaparecer.

Anónimo dijo...

Pues ha llegado la hora de levantarse y luchar