Publica El Diario.es este 04/07/2025 una entrevista al presidente del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), Koen Lenaerts, que acerca de la diferente interpretación de la del TJUE que parece tener nuestro Tribunal Supremo en el tema de la sanción al abuso de temporalidad de los empleados públicos temporales, responde que es "una cuestión que está pendiente de una sentencia de la Gran Sala del TJUE que presido, cuya vista se celebró hace unos días y cuya sentencia creo que podremos emitir este otoño.", señalando que se trata de un asunto por una cuestión planteada por el propio Tribunal Supremo español.
El presidente del TJUE también afirma que "a nivel general, no tengo indicios" de que esté en peligro el Estado de Derecho y la independencia judicial.
NOTA DEL EDITOR: se trata del asunto Obadal o C-418/24, que fue sido elevado por la propia Sala de lo Social del Tribunal Supremo -la que lleva las demandas de los empleados públicos laborales pero no la de los funcionarios y estatutarios interinos- y que lo hizo , aprovechando un recurso de casación por el caso de una cuidadora infantil empleada pública laboral temporal 8 años de la Comunidad de Madrid, como reacción a la importante sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 22/02/2024 , donde el tribunal europeo afirmó que la figura del indefinido no fijo es temporal , que mantenido durante años sufre nuevo abuso de temporalidad, no siendo válida para sancionar el abuso de temporalidad del laboral público , mientras que conceder la fijeza al laboral como sanción al abuso,sí sería una solución para el laboral público en abuso de temporalidad. Por contra el planteamiento de su cuestión prejudicial, la Sala de lo Social del Tribunal Supremo español defendía -aparentemente en contradicción con lo dictado por el TJUE en aquella sentencia de 22/02/2025- seguir concediendo la figura del indefinido no fijo como una sanción válida ante el abuso de temporalidad del empleado público laboral , o si no era posible de ninguna forma, pues, pasar a conceder una indemnización de 33 días por año (al cese) con tope (en vez de los 20 días por año con tope que conlleva el indefinido no fijo), siempre antes que la fijeza propuesta claramente por el Tribunal europeo en su sentencia de 22/02/2024.
Antes dela sentencia del TJUE tiene que publicarse el Informe de conclusiones del Abogado General , que ya se ha anunciado para el 9 de Octubre del 2025.
Puede verse un amplio resumen de la vista que tuvo lugar el pasado 24/06/2025 en esta entrada nuestra.
Entradas relacionadas:
- [19/03/2020] Sentencia esperanzadora del Tribunal Europeo del asunto acumulado "Sánchez Ruiz": hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada que requiere una sanción, que le corresponde al ordenamiento español fijar, orientando que no puede valer como sanción la convocatoria a proceso selectivo libre ni la figura del indefinido no fijo
- [22/10/2020] Auto del Tribunal Europeo ante cuestiones del Tribunal Supremo portugués: contraria a la Directiva europea una normativa de un Estado miembro que prohíba la conversión en fijo en un sector público si no incluye ninguna otra medida eficaz para evitar y sancionar el abuso de temporalidad
- [31/05/2021] Repaso de la Abogacía
General de la UE a los principios "bien establecidos de la
jurisprudencia del Tribunal Europeo sobre la sanción al abuso de
temporalidad": por el derecho a una reparación efectiva ante un abuso
-derivado del artículo 47 de la Carta de Derechos Fundamentales de la
Unión Europea-, aunque la cláusula 5ª de la Directiva 1999/70 sobre
medidas para evitar el abuso de temporalidad en sí no sea de efecto
directo, en el caso de que no haya ningúna medida en la legislación
nacional suficientemente disuasoria y eficaz prevista para sancionar el
abuso de temporalidad, "tendría que dejar de aplicarse cualquier norma
del Derecho nacional que obstaculice la conversión en fijo".
- [28/06/2021] [Poder Judicial] '[La
Sala de lo Social de] El Tribunal Supremo establece doctrina sobre la
duración de un contrato de interinidad por vacante en el sector público
tras la sentencia del TJUE La duración máxima será la del tiempo que
duren los procesos de selección para cubrir la vacante conforme a lo
dispuesto en su normativa legal o convencional específica' ["Una
duración superior a tres años debe considerarse injustificadamente
larga, lo que comportará que el trabajador interino pase a ostentar la
condición de indefinido no fijo". Sentencia confirmando la indemnización
al cese de laboral interina de vacante de casi 8 años que demandaba ser
considerada indefinida no fija al cese a efectos indemnizatorios por
superar el plazo de 3 años]
- [10/12/2021] La Comunidad de Madrid sigue publicando convocatorias de las OPEs de "estabilización" anteriores (con las plazas temporales , todas ya más de 6 años a 31/12/2020 ) de su personal de la Administración y Servicios con el sistema de concurso-oposición y oposición eliminatoria siguiendo las bases acordadas en la Comunidad con los sindicatos en Febrero. La C. de Madrid no se espera a la nueva Ley aprobada por el Congreso y pendiente del Seando de reducción de temporalidad bajo la que tendría que convocar en concurso de méritos todas las plazas de estas convocatorias
- [24/12/2021] El Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, con discrepancia de 3 magistrados, sentencia este 25/11/2021 seguir concediendo el indefinido no fijo y no la fijeza ante el abuso de temporalidad en empleados públicos laborales que sólo hayan superado proceso selectivo para temporal. Dice que hacerlo iría contra la norma del Estatuto Básico del Empleado Público y que las sentencias del Tribunal europeo no le obligan a dejar de aplicar normativa nacional en abusos de temporalidad. Dos magistrados afirman que conceder la fijeza no viola esa normativa nacional y otro que tendría que haberse consultado al Tribunal Europeo si la norma que impide la fijeza no viola la normativa europea
- [10/10/2023] El
Tribunal Supremo Administrativo portugués sentencia la conversión en
indefinida a la empleada pública del Auto "Gondomar" del Tribunal
Europeo , pese a la prohibición de "fijeza" de la ley portuguesa para
los empleados públicos y ante la ausencia de medidas efectivas de
sanción reparadora: "el principio de igualdad de acceso a la función
pública no puede superponerse ciegamente al derecho a la estabilidad en
el empleo"
- [22/02/2024 El
Tribunal de Justicia de la UE, en su sentencia de este 22/02/2024
reafirma la figura del indefinido no fijo como un temporal que mantenido
durante años sufre nuevo abuso de temporalidad, tumba tanto la figura
del indefinido no fijo para el abuso de temporalidad del laboral público
como que puedan valer como sanción indemnizaciones al cese ni procesos
de consolidación abiertos [como es la ley 20/2021]. Si el tribunal
remitente entiende que se puede hacer la interpretación de que es
constitucional, la solución para el laboral público en abuso es la
fijeza. Posible futuro cambio jurisprudencial de la Sala de lo Social
del Tribunal Supremo y posible exigencia de la Comisión Europea de más
cambios legislativos con medidas completamentarias a la ley 20/2021
- [15/07/202] [CEPPT] Registrado en
Comisión Europea informe para el Procedimiento de infracción contra
España sobre abuso de temporalidad en empleo público que "desmonta las
tesis" del gobierno
- [31/05/2024] [Poder
Judicial] 'El Tribunal Supremo pregunta al TJUE sobre la situación de
los empleados públicos con temporalidad abusiva' [ si es contrario a la
directiva europea no conceder la fijeza por los principios
constitucionales y si una indemnización superior al cese del indefinido
no fijo es una medida suficiente]
- [09/01/0225] [Dirección General de Recursos Humanos C. Madrid] 'Instrucciones para el abono de la compensación en procedimientos de estabilización sujetos a la Ley 20/2021' [Deja fuera a los cesados en plazas de la OPE de estabilización masiva con oposición convocadas semanas antes de la ley, exige llevar más de 3 años en ese puesto ysólo tiene en cuenta el último nombramiento o contrato]
- [27/02/2025] [ElDiario.es/20 Minutos] La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo mantiene que no puede conceder ningún tipo de fijeza como sanción al abuso de temporalidad porque iría contra la Constitución española y reitera su doctrina vigente desde 2018 sobre las consecuencias del abuso de temporalidad en el funcionario interino [Sentencias a dos de los recursos de casación del pasado 11 de Febrero
- [28/02/2025] [Poder
Judicial] 'El Tribunal Supremo declara que el ordenamiento jurídico
español no permite convertir en funcionario fijo o equiparable a quien
ha recibido nombramientos temporales abusivos sin que medien los
procesos selectivos previstos por la ley Destaca que este criterio no
se opone a la jurisprudencia del TJUE sobre la materia'
- [09/05/2025] [PAFP]
La vicepresidenta de Empleo y Derechos Sociales de la UE, Roxana
Minzatu, en su visita a España, se reúne con la Plataforma de Afectados
por la Función Pública por la situación de abuso de temporalidad
pública en España
- [31/03/2025] Publicada en la web del Tribunal de Justicia de la UE como asunto C-201/25 la cuestión prejudicial que elevó el Juzgado de lo Social de Murcia sobre qué hacer cuando la conversión en fijo implica una interpretación contra legem de un Derecho nacional que no tiene sanción válida contra el abuso de temporalidad
- [13/05/2025] Publicada
en la web del Tribunal de Justicia de la UE como asunto C-253/25 la 2ª
cuestión prejudicial que elevó el Juzgado de lo Social de Murcia sobre
qué hacer cuando la conversión en fijo implica una interpretación contra
legem de un Derecho nacional que no tiene sanción válida contra el
abuso de temporalidad
- [26/05/2025] La Comisión Europea reconoce que la reunión del 13 de Marzo del Ministro de Función Pública con la Comisaria Europea de Empleo fue íntegramente sobre el procedimiento de infracción contra España por el abuso de temporalidad en el empleo público español
- [28/05/2025] [Arauz]
La Comisión Europea incorpora a los procedimientos de infracción las
denuncias por incumplimiento del compromiso de reducir al 8% la
temporalidad pública y por la vulneración de la Sala de lo Contencioso
del Supremo de la jurisprudencia europea
- [16/06/2025] Actualizado
el Boletín Estadístico del Personal al servicio de las Administraciones
Públicas por Función Pública con datos a Enero de 2025. I - Datos
globales: 2024 acabó con un 32% de temporalidad en el empleo público,
muy lejos del 8% exigido por la UE; casi 1 millón de empleados públicos
temporales entre todas las AAPP , pese a los procesos de
"estabilización" de plazas. 3/4 están en las CCAA. 48% de temporalidad
en instituciones sanitarias
- [24/06/2025]
Resumen de la vista del asunto Obadal en el Tribuna de Justicia de la UE sobre la cuestion de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo tras la sentencia del TJUE de 22/02/2024. España: la doctrina del Tribunal Supremo cumple con la normativa y jurisprudencia europea. Comisión Europea: la conversión en indefinido no fijo no puede ser una solución . Habrá informe de conclusiones del Abogado General, el 9 de octubre, antes de la sentencia
11 comentarios:
STJ de 27 de junio de 2024, C-41/23, Peigli, dice que la cláusula 5ª del Acuerdo Marco “debe interpretarse en el sentido de que se opone a una normativa nacional, en virtud de la cual la relación laboral de los jueces y fiscales honorarios (sustitutos) puede ser objeto de renovaciones sucesivas sin que se prevean, para limitar el uso abusivo de estas renovaciones, sanciones efectivas y disuasorias o la transformación de la relación laboral de dichos jueces y fiscales en una relación laboral de duración indefinida” (apdo. 74).
Resumido. Sanción o Fijeza "prueba mediante".
Si el legislador no quiere Sanción la solución es bien clara.
Un zasca para los del IMC, y ahora quien pagara los platos rotos???
Seguramente elevaran otra prejudicial como con lo del IRPH, hasta que la realidad los ilumine.-
Lo que falta es voluntad para legislar, desde el año 2020 puedo ser y no, ley 20/21, pudo ser pero su efecto solo para unos y no para todos.
Mientras no exista castigo para quien teniendo la obligación de trasponer normas europeas no lo haga, provocando daños de imposible reparación por no respetar y aplicar la ley y sentencias europeas, nada que hacer.
No habrá paz para los malvados
Interesantisimo este articulo:
https://www.economistjurist.es/znoticia-portada1/agustin-azparren-abogado-magistrado-jubilado-y-exvocal-del-cgpj-la-estabilizacion-que-pide-la-ue-de-los-jueces-sustitutos-no-afecta-a-la-independencia-judicial/
No se le puede pedir IMC a quien ya lo esta cumpliendo, desde que empezó su trabajo, ya veremos luego quien pagara los platitos rotos
OJO!! Nos quieren exterminar:
https://www.eleconomista.es/legal/noticias/13451832/07/25/justicia-cambia-el-sistema-de-cese-de-los-interinos-por-la-cobertura-de-su-plaza-y-dejaran-de-irse-los-mas-nuevos.html
y así se va erradicando el problema
Hace años que dejamos de ser un problema para las Administraciones Públicas.
Todos a una nos hicieron desaparecer.
Pues ha llegado la hora de levantarse y luchar
Publicar un comentario