Este 13/05/2026 tuvo lugar la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE [TJUE] del asunto C-155/25, el recurso ante el TJUE interpuesto el 21 de febrero de 2025 por la Comisión Europea contra la República Italiana como último paso , decidido el pasado Octubre de 2025, del procedimiento de infracción INFR(2014)4231 que tenía abierto contra Italia sobre la falta (todavía) de sanción adecuada al abuso de temporalidad en el caso de varios tipos de empleados públicos y de medidas para prevenir el abuso -personal administrativo de ciertas escuelas,trabajadores sanitarios, de enseñanzas artísticas, de organismos públicos de investigación, agentes forestales, bomberos y profesores de religión- , y por el que la Comisión Europea llevó el pasado Octubre en el paso final del procedimiento tras el Dictamen Motivado, ante el Tribunal de Justicia de la UE a Italia, tras cerciorarse de que persistían incumplimientos en un tipo de empleados pese al os cambios normativos últimos de Italia.
Recordemos que la Comisión Europea informó
que pasaba a validar -por fin- el nuevo
cambio legislativo realizado por el Gobierno italiano, en el marco del
procedimiento de infracción,en cuanto a la
sanción ante el abuso de temporalidad en los empleados públicos en general: además
de la indemnización adicional de
daños acreditados, el Gobierno elevó el máximo de la sanción genérica al
abuso sin acreditar daños (a 2 años) para que fuera disuasoria, retiró la condición de que fuera al cese -que la hacía inválida como sanción al abuso tal y como estableció el TJUE en la sentencia Sánchez Ruiz de 2020- y retiró así mismo que se
excluyera del derecho a esa indemnización al personal estabilizado por
un proceso selectivo (como los emprendidos en Italia para casi todos esos grupos de empleados públicos en reacción principalmente a a la sentencia
pionera del TJUE del asunto de cuestión prejudicial "Mascolo" de 2014, sobre docentes de secundaria por cursos)
Pero
la Comisión Europea decidió mantener el
procedimiento de infracción, llevando a Italia ante el TJUE, por la
falta todavía de medidas para evitar
el abuso en uno sólo de los colectivos inicialmente señalados: el personal administrativo, técnico y auxiliar "ATA" de las escuelas públicas .
En concreto, el texto publicado del recurso en el DOUE, ezaba:
"El 21 de febrero de 2025, la Comisión presentó un recurso ante el Tribunal de Justicia con el fin de que este declare que la República Italiana ha incumplido las obligaciones que para ella se derivan de la cláusula 5 del Acuerdo Marco (en lo sucesivo, «Acuerdo Marco»), que figura como anexo de la Directiva 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el trabajo de duración determinada, (1) al no haber adoptado medidas para evitar la utilización abusiva de sucesiones de contratos a tiempo determinado en relación con el personal administrativo, técnico y auxiliar (en lo sucesivo, «personal ATA») sustituto en las instituciones escolares estatales.
La Comisión estima, en primer lugar, que el personal ATA fue contratado mediante contratos de duración determinada sin que la legislación aplicable prevea razones objetivas en el sentido de la cláusula 5, apartado 1, letra a), del Acuerdo Marco, ya que no existe ninguna exigencia de flexibilidad que justifique el recurso a contratos de duración determinada para contratar personal ATA y la renovación de esos contratos, el recurso a esos contratos de duración determinada constituye la forma habitual de contratación del personal y el plazo para la incorporación permanente es tan variable como incierto.
En segundo lugar, la legislación italiana no contempla medidas para prevenir la utilización abusiva de contratos de duración determinada, regulando la duración máxima de esos contratos y el número máximo de renovaciones, infringiendo de este modo la cláusula 5, apartado 1, letras b) y c), del Acuerdo Marco.
En tercer y último lugar, la realización de una serie de concursos en los últimos años no constituye una medida legal equivalente para prevenir los abusos en el sentido de la cláusula 5, apartado 1, del Acuerdo Marco, ya que esos concursos no evitan el recurso abusivo a contratos de trabajo de duración determinada, su organización no está sometida a ningún plazo y las oportunidades de convertir en indefinidas las relaciones de trabajo dependen de circunstancias aleatorias e imprevisibles."
La Comisión solicitaba al Tribunal de Justicia de la UE en este recurso que "declare que la República Italiana ha incumplido las obligaciones que para ella se derivan de la cláusula 5 del Acuerdo Marco al no haber adoptado medidas para evitar la utilización abusiva de sucesiones de contratos a tiempo determinado en relación con el personal administrativo, técnico y auxiliar sustituto en las instituciones escolares estatales". Es decir, sólo solicitaba la declaración oficial del incumplimiento y no solicitaba todavía la imposición de una multa al país.
Y, como era previsible (ver el texto de la sentencia) , el TJUE ha estimado los argumentos de la Comisión Europea, basándose en su jurisprudencia previa sobre el abuso de temporalidad, fundamentalmente la sentencia Mascolo de 2014 -sobre el caso de docentes de secundaria contratados por cursos- y el asunto Sánchez Ruiz de 2020 -sobre el caso de un informático nuestro y otros empleados del Servicio Madrileño de Salud :
- este tipo de personal administrativo y de servicios de las escuelas no cae bajo el límite de 3 años a la contratación fijado para el resto de empleados
- no vale como una de las "razones objetivas" que permite la directiva para no poder tener sucesivos contratos temporales sin límites esgrimir que se trata de cobertura de plazas "de sustituciones anuales a la espera de que concluyan los
procesos selectivos de personal […] titular", exactamente igual que ya se dijo para el personal docente en la sentencia en el asunto
"Mascolo y otros" de 2014: resulta evidente del propio hecho de estar pendientes de procesos selectivos para fijo que las plazas sirven para cubrir una necesidad permanente y no son "temporales" realmente, con lo que su cobertura temporal durante años es una situación abuso de temporalidad
- no vale esgrimir la convocatoria de procesos selectivos como medidas contra el abuso de temporalidad si ya se ha superado los plazos razonables para ello o son insuficientes, literalmente "es cierto que el Tribunal de Justicia ha declarado que la convocatoria, dentro de los plazos exigidos, de procesos selectivos que tengan por objeto la provisión definitiva de las plazas ocupadas provisionalmente por empleados públicos con una relación de servicio de duración determinada puede evitar que se perpetúe la situación de precariedad de esos trabajadores, al garantizar que las plazas que ocupan se cubran rápidamente de manera definitiva. Por lo tanto, cabe que una medida de este tipo prevenga los abusos resultantes de la utilización de sucesivas relaciones de servicio de duración determinada y constituya así una «medida legal equivalente» (véase, en este sentido, la sentencia de 19 de marzo de 2020, Sánchez Ruiz y otros, C‑103/18 y C‑429/18, EU:C:2020:219, apartados 93 a 95)."
Italia había esgrimido que estaba realizando los cambios normativos pertinentes para este grupo final y pidió una suspensión del procedimiento, pero el TJUE recuerda que según la normativa de la UE, el TJUE está obligado a comprobar la existencia del incumplimiento al final del
plazo señalado en el dictamen motivado, para que haya consecuencias jurídicas del incumplimiento desde esa fecha aunque conposterioridad a ella el estado haya introducido la normativa correctora.
Así finalmente, "declara que la República Italiana ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la cláusula 5 del Acuerdo Marco sobre el Trabajo de Duración Determinada del anexo de la Directiva 1999/70/CE , al no haber adoptado medidas para evitar la utilización abusiva de sucesivos contratos de duración determinada en relación con el personal administrativo y de servicios sustituto que presta servicio en los centros de enseñanza pública."
Y como la Comisión había presentado un recurso sin solicitud de imposición de multas todavía, no hay imposición de multas por el momento.
Por supuesto, con esta declaración ya oficial del incumplimiento de Italia, los afectados pueden ya solicitar indemnizaciones por incumplimiento del derecho de la Unión, y las posibles futuras sanciones que se determinarían en otro procedimiento de infracción, en caso necesario, tomarán como fecha de partida de la suma a tanto alzado la de esta declaración del incumplimiento.
Nótese que en el caso de España, se da una situación paralela, aunque de mayor gravedad y evidente menor cumplimiento de la normativa . Así , recordemos que la Comisión Europea mantiene dos procedimientos de infracción desde hace años en relación al personal empleado público temporal o "interino":
- el procedimiento de infracción 2014/4224 [INFR(2014)4224] en cuanto a discriminación con los fijos incumplimiento la cláusula 4ª de la Directiva Europea de empleo temporal [1999/70/CE],
- y el procedimiento de infracción 2014/4334 [INFR(2014)4334] , por el que el 03/10/2024 envió una carta de emplazamiento complementaria, sobre el incumplimiento de la cláusula 5ª de la misma directiva por el abuso de temporalidad , tras la denuncia múltiple de empleados públicos españoles , también abierta, como CHAP(2013)01917, y por el que el Gobierno aprobó en la Ley 20/2021, tanto medidas a futuro como unos procesos de estabilización , que las sentencias europeas de 20224 habían dictaminado que no valen como sanción al abuso de temporalidad ya cometido por las AAPP de forma masiva.
Recordemos por último los pasos de un procedimiento de infracción de la Unión Europea, que pueden conducir a importantes sanciones millonarias:
0. (Procedimiento de infracción informal) Diálogo estructurado o "EU Pilot", para dar oportunidad de solución rápida y evitar el procedimiento formal de infracción
1. "Carta de emplazamiento"
al Gobierno del Estado, que supone la apertura del procedimiento formal
de infracción. En teoría, en dos meses debe haber observaciones .
2. "Dictamen motivado"
, si no hay respuesta o no es satisfactoria. Plazo de dos meses para que
el Estado se ajuste al cumplimiento del Derecho de la UE señalado.
Puede haber una prórroga de 3 meses como indicábamos Es
éste el estado en el que se encuentra el procedimiento de infracción INF(2014)4334
3. "Recurso al Tribunal de Justicia de la Unión Europea",
si no hay respuesta o no es satisfactoria, con la posibilidad -opcional- de incluir ya una petición
de la Comisión al Tribunal que imponga el pago de una suma a tanto
alzado o de una multa coercitiva.
4. Sentencia de Recurso del Tribunal de Justicia de la Unión Europea
(después de una media de 2 años) sobre si el Estado ha infringido el
Derecho la UE y la imposición de multa y la obligación de adaptar la
legislación lo antes posible
5. El asunto vuelve a remitirse al
Tribunal de Justicia de la UE, tantas veces como el incumplimiento
estime la Comisión con nuevas propuestas de multas
- [20/12/2014] El Tribunal de Justicia de la Unión Europea sentencia en el asunto "Mascolo y otros" que la situación de docentes italianos temporales durante años por cursos, en diferentes centros o en el mismo, es un abuso de temporalidad según la Directiva 1999/70/CE siendo " indispensable" alguna medida de sanción que "ofrezca garantias de protección" al trabajador
- [25/03/2015] [GILDA/Snadir] El tribunal regional de Nápoles sentencia la recalificación a fijo, aplicando la sentencia europea "Mascolo y otros " para 3 de los docentes de la sentencia europea, pese a la prohibición de la conversiíon en fijo de la normativa nacional
- [17/10/2017] Tras
la sentencia europea de 2014 Mascolo y la reacción judicial italiana,
el Gobierno italiano acaba aprobando una norma legislativa excepcional
para realizar procedimientos restringidos para convertir en indefinidos
empleados del sector público con más de 3 años de temporalidad, que se
suma al proceso excepcional restringido de personal docente ya
realizado
- [10/06/2018] Denuncia
en la Comisión Europea sobre la conformidad de la legislación italiana
ante el abuso de duración de la temporalidad en el sector público
italiano: la CE se esperará en su evaluación a la sentencia del asunto
Rossato en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea
- [09/09/2018] La
Comisión Europea unifica el gran número de denuncias recibidas sobre
abuso en duración de la temporalidad de empleados públicos españoles y
anuncia que se esperará en su respuesta a la sentencia del Tribunal de
Justicia Europeo al caso del informático del SERMAS que demanda la
"fijeza
- [05/11/2018] [TJUE] 'Sentencia en el asunto C-331/17 Martina Sciotto/Fondazione Teatro dell’Opera di Roma. Los trabajadores del sector de actividad de las fundaciones líricas y sinfónicas no pueden quedar excluidos de la protección contra los abusos de los contratos de trabajo de duración determinada' [Si los jueces nacionales determinaran que no existe otra medida efectiva en un sector donde se prohíbe la conversión a fijo por una norma nacional, podrían optar por aplicar la sanción prevista por la norma general del Derecho del trabajo y recalificar automáticamente a contrato por tiempo indefinido]
- [15/05/2019] Sentencia
del Tribunal de Justicia de la Unión Europeo asunto Fabio Rossato
(C-494/17) por el caso de empleado público de Educación de Italia ya
convertido en fijo: ante el abuso en la temporalidad la conversión a
fijo es una medida suficiente y no hay obligación de indemnización
adicional
- [19/03/2020] Sentencia
esperanzadora del Tribunal Europeo del asunto acumulado "Sánchez
Ruiz": hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada
que requiere una sanción, que le corresponde al ordenamiento español
fijar, orientando que no puede valer como sanción la convocatoria a
proceso selectivo libre ni la figura del indefinido no fijo
- [04/12/2020] [Comisión Europea] 'Decisiones de infracción. Cartas de emplazamiento complementarias Condiciones de trabajo: la Comisión insta a ITALIA a impedir el abuso de contratos de duración determinada y las condiciones laborales discriminatorias en el sector público' [Plazo de dos meses para introducir medidas concretas para evitar el avance al siguiente paso de este procedimiento de infracción abierto porque sigue habiendo colectivos de su sector público sin suficiente protección contra el abuso de la temporalidad]
- [16/04/2021] [Comisíón
Europea] 'Denuncias múltiples - Información sobre el curso dado a la
denuncia registrada con la referencia CHAP(2013) 2870 – Posible abuso de
sucesivos contratos de duración determinada en el sector público
italiano – actualización de marzo de 2021'
- [23/03/2022] [Snadir GILDA UNAMS] Reacción del Gobierno italiano , tras la sentencia del Tribunal Europeo del pasado 13 de Enero sobre los profesores de religión y las primeras sentencias locales de indemnizaciones teniéndola en cuenta: un proceso selectivo extraordinario restringido a los profesores temporales de más de 3 años.
- [23/03/2022] [Snadir GILDA UNAMS] Reacción del Gobierno italiano , tras la sentencia del Tribunal Europeo del pasado 13 de Enero sobre los profesores de religión y las primeras sentencias locales de indemnizaciones teniéndola en cuenta: un proceso selectivo extraordinario restringido a los profesores temporales de más de 3 años.
- [30/06/2022] El
Tribunal Supremo de Casación de Italia, tras la sentencia del Tribunal
de Justicia de la Unión Europea de 13/01/2022 , confirma el abuso de
temporalidad en los docentes de religión superados los 3 años y que
basta con conceder la indemnización por reparación del daño genérico del
abuso (no al cese) regulada en el derecho general sin incluir la
conversión en fijo
- [21/04/2023] [Comisión Europea] 'Paquete de procedimientos de infracción de abril de 2023: Dictámenes motivados. Condiciones de trabajo: la Comisión pide a ITALIA que impida el uso abusivo de contratos de duración determinada y las condiciones laborales discriminatorias en el sector público'
- [07/06/2023] [Comisíón Europea] 'Denuncias múltiples - Información sobre el curso dado a la denuncia registrada con la referencia CPLT(2013) 2870 – Posible abuso de sucesivos contratos de duración determinada en el sector público italiano – actualización' [ La Comisión Europea avanza el procedimiento de infracción vinculado, INFR(2014)4231, al estado de Dictamen Motivado al seguir existiendo tipos de empleados del sector púbico en los que se vulnera la directiva europea sobre abuso de temporalidad]
- [9 de enero de 2024] [Comisión Europea] 'Denuncias múltiples - Información sobre el curso dado a la denuncia registrada con la referencia CPLT(2013) 2870 – Posible abuso de sucesivos contratos de duración determinada en el sector público italiano: actualización' [ Tras avanzar el procedimiento de infracción vinculado, INFR(2014)4231, al estado de Dictamen Motivado, por seguir existiendo tipos de empleados del sector púbico en los que se vulnera la directiva europea sobre abuso de temporalidad, Italia dio respuestas que la Comisión está evaluando]
- [24/09/2024] [LAVOROSI] El Gobierno italiano publica un Decreto Ley con la posibilidad de una mayor indemnización por daños ante el abuso de temporalidad en el sector privado y público para evitar la multa en el procedimiento de infracción 2014/4231 de la Comisión Europea
- [03/10/2024] Comisión Europea] Paquete de procedimientos de infracción de octubre. La Comisión ha decidido llevar a ITALIA ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por no haber puesto fin a la utilización abusiva de contratos de duración determinada y a las condiciones laborales discriminatorias'
- [07/10/2024] [Comisión Europea ] 'La Comisión decide llevar a ITALIA ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por no poner fin al uso abusivo de contratos de duración determinada [ya sólo del personal administrativo, técnico y auxiliar en las escuelas públicas] y a las condiciones de trabajo discriminatorias [de los profesores temporales de escuelas públicas]' [Por el procedimiento de infracción INFR(2014)4231 que estuvo abierto por una denuncia múltiple de más tipos de empleados públicos que quedaron fuera de la reforma de 2017 tras la sentencia europea Mascolo]
- [13/02/2025] [Comisión Europea] Paquete de procedimientos de infracción de febrero: La Comisión insta a ITALIA a que ponga fin a la discriminación del profesorado temporal en los centros públicos [no tienen el derecho a una progresión salarial por antigüedad que tienen los fijos]
- [12/03/2025] La Comisión Europea informa en el procedimento de denuncia múltiple sobre abuso de temporalidad en el sector público italiano que valida el nuevo cambio legislativo, en el marco del procedimiento de infracción, de la sanción al abuso de temporalidad pública: además de la adicional de daños acreditatos, se ha elevado el máximo de la sanción genérica al abuso sin acreditar daños (a 2 años) y se ha retirado que sea al cese y la exclusión del estabilizado por un proceso selectivo. Mantiene el procedimiento de infracción por la falta todavía de medidas para evitar el abuso en algunos colectivos
- [24/04/2025] Publicada en la web del Tribunal de Justicia de la UE como asunto C-155/25 el recurso de incumplimiento ante el Tribunal de Justicia de la UE interpuesto por la Comisión Europea contra Italia por la falta todavía de medidas para evitar el abuso en algunos colectivos de empleados públicos (personal administrativo de ciertas escuelas)
- [298/04/2026] El próximo 13 de Mayo el Tribunal de Justicia de la UE dictará sentencia al asunto C-155/25, el recurso de incumplimiento ante el Tribunal de Justicia de la UE interpuesto por la Comisión Europea contra Italia por la falta todavía de medidas para evitar el abuso en algunos colectivos de empleados públicos (personal administrativo de ciertas escuelas)
- [04/05/2026] La Vicepresidenta y comisaria europea de empleo Minzatu responde la pregunta de la eurodiputada de ERC, Diana Riba, sobres actuaciones para garantizar que España cumpla con la normativa y sentenias europeas en el abuso de temporalidad pública: podría llevar a España ante el TJUE para imponer sanciones financieras
- [05/05/2026]
2 comentarios:
Como dicen aquí, no les ha durado la alegría ni 24 horas: https://diariosabemos.com/analisis/interinos-supremo-su-nueva-doctrina-no-ha-durado-ni-24-horas_516863_102.html
Ni caso a los periódicos que solo publican notas de prensa sesgadas. Y Araúz ya lo advirtió, que esto no tendría mucho recorrido una vez que llegue a Europa. Lo dicho, han perdido un precioso día. Ya les queda menos tiempo. Mientras, siguen abusando de la gente.
Eso es para Italia, nada que ver en España.
Circulen!
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