jueves, 14 de mayo de 2026

[CCOO nacional - Area Pública ] 'CCOO: “La temporalidad abusiva en las Administraciones Públicas no puede seguir saliendo gratis” La reciente sentencia del Tribunal Supremo de 11 de mayo de 2026 (STS 475/2026), dictada por la Sala de lo Social, ratifica la fijeza si se ha superado un proceso selectivo' ["Junto a ello, la gran novedad de la sentencia es la creación de una indemnización específica por abuso de temporalidad"]

'El Área Pública de CCOO valora esta resolución como un movimiento importante que evidencia la presión ejercida por la jurisprudencia europea y por años de reivindicación sindical frente a un modelo de precariedad estructural instalado en el empleo público. 

Durante demasiado tiempo, miles de trabajadoras y trabajadores han sostenido servicios esenciales bajo contratos temporales fraudulentos, encadenando nombramientos y contratos durante años, e incluso décadas, sin que las Administraciones Públicas asumieran consecuencias reales por este abuso. 

La sentencia viene a reconocer una realidad que el sindicalismo lleva denunciando desde hace años: la temporalidad abusiva no es una anomalía puntual, sino un sistema de precarización que se ha institucionalizado por la desidia de las Administraciones Públicas. 

El punto de inflexión de esta nueva doctrina se encuentra en las resoluciones del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), la última de ellas del 14 de abril de 2026, que ha sido contundente respecto al modelo español del personal “indefinido no fijo”. 

Europa considera que esta figura sigue siendo temporal, algo que CCOO venía denunciado y, por tanto, insuficiente para sancionar el abuso cometido por las Administraciones Públicas. 

El TJUE ha reiterado además que existe fraude de ley incluso con un único contrato cuando su duración resulta desproporcionadamente larga. 

Asimismo, el tribunal europeo ha rechazado que la indemnización de 20 días por año trabajado al finalizar el contrato constituya una medida suficientemente disuasoria. En otras palabras: en opinión del TJUE, las Administraciones Públicas podían seguir abusando de la temporalidad porque las consecuencias económicas eran mínimas o asumibles, opinión que ha sido mantenida desde siempre por CCOO. 

A ello se suma la creciente presión de la Comisión Europea, que ha dado a España un ultimátum de dos meses para adaptar plenamente su normativa a la Directiva europea sobre empleo temporal. De no hacerlo, el Estado se enfrenta nuevamente a un procedimiento ante el TJUE y a posibles sanciones económicas. 

La STS 475/2026 analiza el caso de una trabajadora laboral que permaneció encadenando contratos temporales durante catorce años para atender necesidades estructurales de la Administración. 

El Tribunal Supremo reconoce finalmente su condición de trabajadora fija y no simplemente de indefinida no fija, siempre y cuando se haya superado un proceso selectivo, cumpliendo así con los principios constitucionales y con el TREBEP.

La sentencia considera especialmente relevante que la trabajadora hubiera superado previamente un proceso selectivo para plazas fijas, aunque no obtuviera plaza en aquel momento, y que continuara desempeñando funciones permanentes mediante sucesivos contratos temporales. 

Para CCOO, este pronunciamiento supone un reconocimiento expreso de que las Administraciones no pueden utilizar la temporalidad para cubrir de manera indefinida a puestos estructurales mientras ignoran los principios de estabilidad y dignidad laboral. 


Nueva doctrina: más protección y nuevas indemnizaciones 

El Tribunal Supremo establece ahora una nueva doctrina que introduce importantes cambios. 

La fijeza no se reconoce automáticamente a todas las personas afectadas por abuso de temporalidad, pero sí podrá concederse cuando concurran varios elementos: 

1. Haber superado un proceso selectivo para plazas fijas. 

2. Haber continuado prestando servicios mediante contratos temporales sucesivos. 

3. Existir una duración excesiva de la relación temporal, especialmente más allá de tres años en interinidad. 

Junto a ello, la gran novedad de la sentencia es la creación de una indemnización específica por abuso de temporalidad. 

Se configura así un sistema de doble compensación: 

1. La Indemnización tradicional de 20 días por año trabajado al extinguirse el contrato. 

2. Una nueva indemnización por abuso, compatible incluso con la continuidad en el puesto de trabajo. 

Esta nueva compensación busca reparar tanto los daños materiales como los daños morales sufridos por las personas trabajadoras que han padecido años de incertidumbre, precariedad y vulneración de derechos. 

El Tribunal Supremo toma como referencia la LISOS (Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social), fijando cuantías que pueden oscilar entre los 1.000 y los 10.000 euros, e incluso superiores si se acreditan perjuicios mayores. 

Además, y un dato muy importante, se abre la puerta a sanciones administrativas contra las Administraciones empleadoras mediante actuaciones de la Inspección de Trabajo, reforzando así el carácter disuasorio exigido por Europa.


CCOO: “La temporalidad abusiva no puede seguir saliendo gratis”

“Desde CCOO consideramos que esta sentencia representa un avance relevante, pero también insuficiente mientras no exista una reforma integral que garantice estabilidad real para el personal público en abuso de temporalidad”.

Para el sindicato, no puede aceptarse que las Administraciones Públicas, que deben ser ejemplo de legalidad y respeto a los derechos laborales, hayan utilizado durante años mecanismos de contratación precaria para sostener servicios esenciales como la sanidad, la educación, los servicios sociales o la Administración general.

Miles de trabajadoras y trabajadores han desarrollado su vida profesional en condiciones de absoluta inseguridad, sufriendo la incertidumbre permanente sobre su futuro laboral pese a desempeñar funciones estructurales y permanentes.

No obstante habrá que esperar qué decide la Sala de lo Contencioso Administrativo, que afecta al personal funcionario estatutario interino, que hasta ahora no se ha pronunciado y está siendo más conservadora en estos casos.

CCOO seguirá defendiendo: el cumplimiento íntegro de la normativa europea; medidas verdaderamente disuasorias contra el abuso; procesos de estabilización justos y garantistas; el reconocimiento efectivo de derechos para el personal temporal en fraude de ley; y el fin de la precariedad estructural en el empleo público.

Un aviso claro a las Administraciones

La STS 475/2026 evidencia que el modelo español de temporalidad masiva en el sector público ha entrado en crisis jurídica y política.

El Tribunal Supremo intenta adaptar la doctrina nacional a las exigencias europeas y evitar nuevos choques con el TJUE, pero incluso el voto particular incluido en la sentencia advierte de que las nuevas medidas podrían seguir siendo insuficientes para garantizar la verdadera disuasión que exige la Unión Europea.

Nos encontramos, por tanto, ante una resolución de enorme trascendencia que lanza un mensaje inequívoco: el abuso de la temporalidad ya no puede quedar impune.

Desde CCOO continuaremos impulsando la defensa jurídica, sindical y social de todas las personas trabajadoras afectadas, exigiendo estabilidad, dignidad y empleo público de calidad.'

 Fuente: Comunicado del Area Pública de CCOO nacional 14/05/2026

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22 comentarios:

Anónimo dijo...

Repetir la sentencia del TS no es decir nada. Si saben que les han dado un ultimatum al gobierno y saben que esta sentencia no cumple con Europa no entiendo porqué no se apuntan al carro de reconocer q es insuficiente la sentencia y defienden de una vez a los trabajadores. Empiezan a parecer un poco tontos todos q sabiendo q esto tiene que cambiar en breve siguen sin apoyarnos realmente.

Anónimo dijo...

Se apuntarán luego, cuando esto salga definitivamente a nuestro favor y encima querrán colgarse la medallita, los muy falsos

Anónimo dijo...

Tontos que tontos nacen, tontos que tontos son, tontos que quieren hacer tontos a los que tontos no son

Anónimo dijo...

buenisimo diario Sabemos

https://diariosabemos.com/analisis/interinos-bruselas-humilla-gobierno-sanchez_516849_102.html

Anónimo dijo...

Pero si todo esto es cierto, sanciones millonarias, indemnizaciones millonarias y pérdida definitiva de 626 millones, ¿Como es posible que el Gobierno no se dé por aludido? Algo se nos escapa. Tan cantidad de dinero, prejuicios para TODOS los españoles y NINGUN POLÍTICO del PSOE y PP actúa, supuestamente los que han dirigido el país desde la democracia. Ver para creer.

Anónimo dijo...

Se viene Ley ICETA 2.0, prepárense para OPE de excepcional de estabilización el próximo año

Anónimo dijo...

Elucubras, pero ojalá tengas razón. El problema es que "el próximo año" es tarde. ¿Estarán esperando a las elecciones para buscar votos?

Anónimo dijo...

Las opes de resultado incierto no son válidas según dice el TJUE.
Este gobierno tiene que resolver la situación de amenaza a la inacción del gobierno para que se adecue a la directiva de fuertes repercusión económica no puede pasar el problema al próximo, estamos en el descuento...

Anónimo dijo...

https://www.lawandtrends.com/noticias/laboral/francisco-javier-ramon-la-sentencia-del-supremo-sobre-obadal-no-cumple-con-lo-que-dice-el-tjue-urge-una-reforma-1.html

Anónimo dijo...

“La temporalidad abusiva en las Administraciones Públicas no puede seguir saliendo gratis”

Ni la desinformación que ofrecéis al temporal abusado durante años para causarle el mayor daño posible, mandarle al paro, espero que lo paguéis caro.

Anónimo dijo...

"España no solo afronta una crisis laboral en el sector público, sino un serio problema de seguridad jurídica, credibilidad institucional y sostenibilidad presupuestaria."

Anónimo dijo...

Las sanciones contempladas por la LISOS de 3000 a 10000 son una broma de indemnización por décadas de abuso. Eso no compensa en absoluto al trabajador abusado ni es de ninguna manera disuasorio para las administraciones.

Anónimo dijo...

Así que la justicia europea obliga a Italia a modificar su legislación y condena en costas. “El TJUE adelanta en Italia lo que nos puede pasar a España. La Comisión ya nos ha enviado el dictamen motivado y nos ha dado dos meses para corregir el abuso de temporalidad; si el gobierno no responde de manera clara el ejecutivo comunitario nos denunciará ante el TJUE; y el camino ya está trazado”, señala Juan Ignacio Navas, socio-director de Navas & Cusí, despacho especializado en derecho europeo.

En cuanto a la oposición del Supremo a la fijeza, Navas señala que los internos ya cumplen con el requisito constitucional de acceso a la función pública bajo los principios de igualdad mérito y capacidad. “Entraron en la bolsa de interinos con criterio de igualdad y han ido siendo renovados por su mérito y capacidad”, concluye.

Anónimo dijo...

Así es

Anónimo dijo...

Esta noticia del País aunque no puedo verla anuncia ya acciones por parte de un despacho de Abogados
https://elpais.com/economia/2026-05-15/los-empleados-publicos-temporales-afectados-por-la-sentencia-del-supremo-llevaran-el-fallo-ante-bruselas.html

Anónimo dijo...

Esto acabará cuando España sea multada. Desgraciadamente no queda otra. Entonces correrán se supone.

Anónimo dijo...

Pero, esta gente cuándo van a empezar a pensar en las PERSONAS. Si saben de sobra que están abocados a otorgar la fijeza porque la alternativa es una ruina para el país. ¿Por qué no se sientan a trabajar en una solución YA? Hablo de todos, políticos y jueces.

Anónimo dijo...

Alguien debera antes denunciar ante la Comision

Anónimo dijo...

Les gustan las multas.

Anónimo dijo...

Tardan demasiado en recaudarlas, más pronto le tenían que poner las pilas al Gobierno

Anónimo dijo...

Ojala, pero lo veo muy difícil que hagan otra Ley ICETA. Ya buscarán otros artificios para marear la perdiz.

Anónimo dijo...

Fabián Valero: “Tras la sentencia del Supremo y las indemnizaciones y sanciones que plantea, es rentable a las administraciones tener en abuso a los interinos”.