martes, 12 de mayo de 2026

Reflejo en la prensa de la sentencia del Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo español modificando su doctrina sobre la sancion al abuso de temporalidad del empleado público laboral tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 14/04/2026 al asunto Obadal, la cuestión prejudicial de la propia Sala de lo Social del Tribunal Supremo

 Recabamos en esta entrada la reacción en la prensa general a la sentencia de 11/08/2026 del Pleno de  la Sala de lo Social del Tribunal Supremo donde ha fijado su nuevo criterio contra el abuso en la contratación temporal de personal laboral en las Administraciones públicas tras  la sentencia del asunto Obadal del Tribunal de Justicia de la UE del pasado 14/04/2026 [ que a nuestro juicio es : 

  • fijeza si el empleado la demanda y tiene superada una fase de oposición de un proceso selectivo para fijo sin obtener plaza,
  •  o si ha demandado indemnización,  una(nueva) indemnización por abuso "con los parámetros del TJUE", que fija la Sala en hasta los 10 mil euros de la LISOS, adicional a la indemnización de extinción ya existente más una posible adicional sólo por daños demostrables 
  • junto con el derecho a llevar siempre una sentencia de abuso ante la Inspección de Trabajo para que imponga, con posterioridad, una sanción a la AAPP responsable del abuso
  • estipulando que sólo es posible ampliar la demanda (para incluir la fijeza omla indemnización) antes de la vista oral del procedimiento de la primera instancia]

Damos el enlace a la noticia de cada medio sobre su titular principal:


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1 comentario:

Anónimo dijo...

Para Europa esto es una milonga