viernes, 29 de mayo de 2026

Publicado en el BOE el Real Decreto que regula la evaluación de "tecnologías sanitarias" en el Sistema Nacional de Salud , como medicamentos, productos sanitarios, pruebas diagnósticas, terapias digitales y procedimientos clínicos

 Se ha publicado en el BOE de este 29/05/2026 el Real Decreto 415/2026, de 27 de mayo, por el que se regula la evaluación de tecnologías sanitarias, que el Gobierno del Estado aprobó en su último Consejo de Ministros y que establece "un marco reglamentario completo, transparente y coordinado para analizar medicamentos, productos sanitarios y otras herramientas utilizadas en el Sistema Nacional de Salud (SNS)" adaptando el sistema español el Reglamento (UE) 2021/2282 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de diciembre de 2021,

El objetivo de la norma es, según la nota de prensa del gobierno "regular cómo se van a evaluar las tecnologías sanitarias cuando estos análisis -que tendrán carácter preceptivo, pero no vinculante- sirvan para apoyar decisiones públicas sobre financiación, precio, incorporación a la cartera de servicios, modificación de las condiciones de uso o retirada de tecnologías sanitarias".


Entre las "tecnologías sanitarias"  ámbito del Decreto se incluyen" medicamentos y productos sanitarios; pruebas diagnósticas —por ejemplo, PCR, test rápidos, pruebas genéticas o herramientas de inteligencia artificial capaces de detectar tumores en radiografías—; procedimientos clínicos —como técnicas quirúrgicas, intervenciones mínimamente invasivas o nuevos métodos de rehabilitación—; terapias digitales —como aplicaciones móviles para controlar la diabetes—; y nuevas formas de organizar la atención sanitaria, como programas de seguimiento remoto de pacientes o sistemas de atención domiciliaria."

El Sistema para la evaluación de las tecnologías sanitarias estará formado por el Consejo de Gobernanza y dos oficinas independientes para la evaluación de las tecnologías sanitarias: la Oficina para la evaluación de los Medicamentos ,una unidad funcional de la AEMPS, y la Oficina para la evaluación de las tecnologías sanitarias no farmacológicas ("productos sanitarios, tecnologías digitales, procedimientos clínicos, así como las medidas o modelos organizativos para la prevención, el diagnóstico, el tratamiento o rehabilitación de enfermedades utilizados en la asistencia sanitaria que no incluyan específicamente medicamentos").

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