Informa Cinco Días de El País este 16/05/2019 del juicio que tuvo lugar ayer 15/05/2019 en en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre los asuntos acumulados planteados por dos juzgados madrileños por los casos de nuestro informático estatutario interino de vacante de 18 años y el de 4 odontólogas ambos del Servicio Madrileño de Salud y que habían demandado la fijeza con el abogado Javier Araúz de Robles, haciéndose especial eco de las tajantes afirmaciones que realizó el representante de la Comisión Europea en dicho juicio:
- "las Administraciones españolas no pueden ampararse en la ley nacional para nombrar personal temporal para atender necesidades provisionales y que, sin embargo, son usados para atender necesidades permanentes”
- "no existe en España medidas sancionadoras para garantizar el cumplimiento" de la cláusula 5ª de la Directiva europea contra el abuso en la temporalidad."
- "los procesos de estabilización del empleo para reducir la temporalidad al 8%", argumentados por el Ejecutivo español, "son genéricos y no ofrecen garantía concreta para prevenir y sancionar el abuso en la temporalidad en el Sector Público" y "no son disuasorios porque no implica ni indemnizaciones que beneficien al trabajador ni ningún otro efecto desfavorable para la Administración que ha cometido el abuso"
- “una eventual indemnización no es una medida que, por sí sola, proteja a los trabajadores”.
- " la conversión en interino o prolongación ab infinitum no puede considerarse medida preventiva o de sanción"
trasladando
la exigencia del abogado de los demandantes que ante la inexistencia de
sanciones válidas “no cabe más opción que transformar al funcionario
interino y al personal laboral temporal en un empleado público fijo”,
opinando al respecto que “el TJUE está muy sensibilizado contra el
abuso generalizado de la
temporalidad existente en España"