jueves, 26 de diciembre de 2019

Recordatorio [02/2017]. Publicado Informe de la SEIS "Las TIC y la seguridad de los pacientes"

[Recordatorio de entrada publicada el 01/02/2017] La Sociedad Española de la Salud [SEIS] acaba de ultimar y hacer pública su XI Informe SEIS “Las TIC y la seguridad de los pacientes” con  el objetivo de "sensibilizar, contribuir a generar conocimiento y comprometer a todos los involucrados, para que los objetivos de seguridad de los pacientes se incorporen desde el primer momento a todos y cada uno de los proyectos de sistemas TIC en el sector de salud"


[Poder Judicial] 'El presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial recuerda de nuevo al Congreso y al Senado la necesidad de renovar el órgano de gobierno de los jueces. Carlos Lesmes ya se dirigió en enero y julio pasados a los presidentes de ambas Cámaras instándoles a renovar el Consejo, cuyo mandato finalizó el 4 de diciembre de 2018.

'El presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes, ha dirigido hoy sendas cartas a las presidentas del Congreso y del Senado, Meritxell Batet y Pilar Llop, en las que les recuerda “la necesidad de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 568 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial”, que establece expresamente que los presidentes de ambas Cámaras deberán adoptar las medidas necesarias para que la renovación del Consejo General del Poder Judicial se produzca en plazo.
 
El mandato de cinco años del actual órgano de gobierno de los jueces venció el 4 de diciembre de 2018.


martes, 24 de diciembre de 2019

[USCAL] 'Denuncia de la temporalidad irregular en las Administraciones Públicas españolas en el Parlamento Europeo.'

'Formando parte de una delegación de organizaciones representantes de trabajadores temporales de todas las Administraciones Públicas españolas, compañeros de CiALTEP, USCAL y SINNTA viajamos hasta el Parlamento Europeo, en Bruselas, para denunciar que España incumple la Directiva 1999/70/CE: al no existir medidas eficaces que prevengan y eliminen el abuso en la contratación temporal, la temporalidad lícita acaba en irregular, ilícita, bien porque se cubren necesidades permanentes con contratos temporales, bien porque los contratos temporales se prolongan más allá de lo que establece la propia Ley.

Nos hemos reunido con varios eurodiputados españoles: entre otros, Jordi Cañas y Soraya Rodríguez, ambos del grupo Ciudadanos y Manuel Pineda, del grupo Izquierda Unida. Otros, que no pudieron asistir, nos han solicitado toda la información por escrito.

Los eurodiputados presentes se sorprendieron de que el Gobierno Español oculte las cifras de temporalidad ilícita a la UE, que esta temporalidad irregular sea un problema enquistado desde hace décadas en todas las Administraciones Públicas españolas, que afecte a más de 500 000 personas en toda España y que aún no se haya completado la trasposición de la Directiva 1999/70 para prevenir y sancionar los abusos en la Función Pública.


domingo, 22 de diciembre de 2019

Entradas más vistas de la semana 16/12/2019-22/12/2019 en este blog: Tribunal y juzgados de Galicia sentencian fijeza a empleados públicos laborales por abuso de temporalidad si accedieron por proceso selectivo, Tribunal Supremo reitera su doctrina a la baja de no indemnizar al laboral interino cesado y ya no dar indefinido no fijo por el transcurso de tres años, ..

Además de recordarte que tienes a tu disposición los ATAJOS de "Entradas importantes", "Entradas nuestras" (feed) y canal de "Informática sanitaria" (feed), transcribimos a continuación el estado actual del componente del blog Entradas + vistas en los últimos 7 días:

viernes, 20 de diciembre de 2019

[CSIT-UP] Aprobada la OPE 2019 del SERMAS por Acuerdo de la Mesa General de Empleados Públicos de la Comunicad de Madrid [3.139 plazas, 781 plazas de la última OPE de estabilización del SERMAS; enr ellas todas las de los informáticos, con más de un 80% de temporalidad entre ellas las de los informáticos con más de un 80% de temporalidad]

'La Mesa General de Empleados Públicos de la Comunidad de Madrid ha aprobado la OPE 2019 de Instituciones Sanitarias con un total de 3139 plazas:
- 2321 plazas de nuevo ingreso.
- 15 para Promoción Interna a Técnico de Emergencias
Sanitarias.
- 22 plazas para La Fundación Hospital Alcorcón.

- 781 plazas más de estabilización de empleo.

Esta nueva oferta de empleo público del SERMAS sería la tercera tras el acuerdo estatal de estabilización de empleo por lo que debe sumarse a la aprobada en el año 2017 (11.664 plazas) y la correspondiente a 2018 (4.792 plazas).

Seguidamente, el acuerdo de hoy debe pasar la aprobación del Consejo de Gobierno en su última reunión de este año, el día 27 de diciembre y, posterior y previsiblemente, se publicará en el BOCM el día 30 o 31.


[Iniciativa Sindical Andaluza] 'ISA impugna la oferta de empleo extraordinaria en la Junta por “fraude de ley” y pide su suspensión'

'Iniciativa Sindical Andaluza (ISA) ha impugnado ante la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Interior las bases y el baremo de las ofertas de empleo extraordinarias que ha convocado la Junta y ha pedido su suspensión cautelar, ya que a su juicio se da un “fraude de ley” al no abordar la estabilización de los funcionarios interinos, que debía ser su objetivo, sino que simplemente se ha planteado una oposición convencional.

En su recurso de reposición, ISA critica que se saquen estas convocatorias
cuando se está tramitando una Iniciativa Legislativa Popular en el Parlamento de Andalucía para que se realice un concurso exclusivamente de méritos para este colectivo, con lo que el Gobierno andaluz se estaría “saltando y ninguneando al legislativo”. Además, está a punto de pronunciarse el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en relación a los interinos, una sentencia a la que también se debería esperar.

[CSIF Madrid] 'La Comunidad de Madrid se cierra en banda a que los empleados públicos recuperen las 35 horas'

'La Comunidad de Madrid ha dado hoy una nueva muestra de su oposición a que los empleados públicos de la región recuperen la jornada de 35 horas semanales, como ha venido reivindicando insistentemente la Unión Autonómica de Madrid de la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF). Así se lo ha transmitido la directora general de Función Pública a este sindicato en la reunión de la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos de la Administración de la Comunidad de Madrid, celebrada hoy, en la que ha afirmado que el cumplimiento de la regla de gasto por parte de esta Comunidad, que ha confirmado el Ministerio Hacienda recientemente, “es un espejismo”.

La Comunidad de Madrid ha argumentado que todavía no se puede volver a la jornada de 35 horas por varios motivos: porque estamos con unos presupuestos prorrogados,  porque aún no se cumple con el máximo de 8% de temporalidad en la Administración regional y porque la regla de gasto, positiva para Madrid según el Ministerio de Hacienda, aún “no está consolidada”, ya que la proyección es que “en abril no se cumpla”.

jueves, 19 de diciembre de 2019

Más Juzgados de Galicia declaran fijos a empleados públicos laborales como sanción al abuso de temporalidad si accedieron por proceso selectivo

Tal y como comentábamos en una entrada nuestra  reciente el Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha dictado ya 3 sentencias que vienen a establecer como su doctrina conceder la fijeza como sanción ante el fraude de abuso de temporalidad al empleado público de contrato laboral temporal que lleve al menos más de 3 años y que haya accedido al puesto temporal por un proceso selectivo cumpliendo los principios de igualdad, mérito y capacidad.

Este criterio  del tribunal regional gallego fue establecido por primera vez en su ya famosa sentencia de 28 de junio 2018  por el  recurso aquella vez de  empleados públicos  del Ayuntamiento de la Guardia también contra una sentencia de Juzgado de indefinidos no fijo, y donde consideró insuficiente como aplicación de la cláusula 5ª de la famosa Directiva europea sobre empleo temporal, la 1999/70/CE. Tras esa pionera sentencia surgieron dudas de si había sido esencial para este tribunal gallego que el proceso selectivo del caso no se hubiera publicitado claramente que era para temporal, o que fuera del tipo  concurso-oposición o incluso que además la oposición tuviera que ser un examen, para estimar ese cumplimiento del principio de igualdad, mérito, capacidad,.. exigidos por el EBEP para el acceso a la función pública.

Después esa postura del Tribunal regional gallego  fue reiterada por la misma Sección del mismo Tribunal regional en su sentencia de 30/04/2019 (rec. 4813/2018) y su sentencia de 15/05/2019 (rec. 280/2019) ante casos muy similares pero esta vez sin dudas de que el proceso selectivo por el que habían accedido los trabajadores eran para puestos temporales y por fin su sentencia   de 07/11/2019 en el que al tribunal gallego le bastó que en la prropia resolución pública del proceso selectivo la administración asegurara que se trato de un proceso que cumplía los principios de igualdad, mérito y capacidad.

Y desde esa primera sentencia del Tribunal regional, comentábamos también que varios juzgados de lo Social, como el de Lugo en marzo de 2019  por laborales del Ayuntamiento de Cervo o el de Ourense en Junio de 2019 y en Octubre de 2019 por laborales del Ayuntamiento de Castro Caldelas, habían seguido a suTribunal Superioren casos prácticamente idénticos a los de las tres primeras sentencias en cuanto a que se trataban laborales temporales en fraude de ley de temporalidad con acceso a ésta por procesos selectivos en la forma de concurso-oposición y con un examen como oposición; o la  seentencia del juzgado de lo Social de Orense que por fin declaraba fija a laboral de la Xunta de Galicia como sanción al abuso de temporalidad de su contrato de obra y servicio de más de 10 años por haber accedido por proceso selectivo de concurso-oposición, aunque en este caso la oposición fuera una entrevista, siempre aplicando  la "doctrina" de su Tribunal Superior de Justicia regional.

Ahora hemos conocido dos nuevas sentencias de juzgado de Galicia, siempre de fijeza como sanción al abuso de temporalidad y tras certificar que se accedió por un proceso selectivo al puesto temporal:

miércoles, 18 de diciembre de 2019

[Poder Judicial] 'El Tribunal Supremo fija doctrina sobre las compatibilidades de los empleados públicos para realizar actividades privadas La Sala Tercera establece que para denegar su concesión deben percibir un complemento que remunere expresamente la incompatibilidad'

'La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-administratvo del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que fija doctrina sobre el reconocimiento de la compatibilidad a los empleados públicos para el ejercicio de actividades privadas, y destaca que para denegarla deben estar cobrando un complemento que remunere expresamente el concepto de incompatibilidad. La sentencia da la razón al técnico de una agencia pública de Andalucía a quien la Junta le negó la compatibilidad y a quien el Supremo se la reconoce por dos motivos: que su complemento de “puesto de trabajo” no retribuía expresamente la incompatibilidad y ser incuestionable que el mismo no superaba el umbral del 30% de las retribuciones básicas.


Acuerdos de gobierno de convalidacion de los gastos incrementados para los servicios extraordinarios de soporte de la Historia Clínica Electrónica regional de la Comunidad de Madrid HCIS con el adjudicatario del contrato anterior ya caducado y a la espera de la resolución del concurso nuevo

El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid acordó en sus consejos de Gobierno de 15/10/2019 y de ayer 17/12/2019  sendas  convalidaciones de  gastos extraordinarios a la empresa de DXC IT Corporate Solutions por los  servicios prorrogados extraordinariamente  de mantenimiento  y  soporte  de las  aplicaciones  informáticas  HP-HCIS (y las residuales HP-HIS1) instaladas  en  hospitales tradicionales  del  Servicio  Madrileño  de Salud de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid (entre ellos, los 5 grandes) correspondientes a los  meses  de  abril a junio de 2019 y de julio a septiembre de 2019, respectivamente, a razón de 549 mil euros por mes, toda vez que finalizó el contrato anterior adjudicado por concurso público y que con  fecha de inicio prevista el 01/03/2018 y un plazo de ejecución de 12 meses (a razón de 431 mil euros por mes) , sin posibiidad de prórrogas a la espera de la resolución de un nuevo concurso publicad en Octubre.

Nótese que el gasto mensual por estos servicios extraordinarios han tenido un incremento notable con respecto al concurso anterior adjudicadode 431 mil euros a 549 mil euros seguramente por el mayor número de hospitales que han pasado a tener HCIS como sistema de HCE ya implantado. El mismo notable incremento hasufrido el presupuesto del millonario nuevo concurso.


martes, 17 de diciembre de 2019

Concedida la última prórroga del contrato de 1,4 millones/año con Accenture de la Oficina general de proyectos de sistemas de información sanitaria de los servicios centrales del Servicio Madrileño de Salud, que siguen casi totalmente externalizados

Este 13/12/2019 se publicaba la aprobación el pasado 24/10/2019 la 2ª y última prórroga por 12 meses (del 01/01/2020 hasta el 31/12/2020) del contrato que volvió a ganar Accenture de  la "Oficina de Proyectos de Sistemas de Información sanitaria", el servicio externalizado de la gestión de proyectos de la informática central del Servicio Madrileño de Salud.

Recordemos que este contrato del SERMAS con Accenture era 2,85 millones de euros en 2 años con fecha de comienzo el 30/12/2016, y prorrogable a otros dos años más, tras ganar  dicha empresa el concurso del SERMAS que, según comentamos aquí,  suponía continuar varios años más con la externalización integral de esta unidad de los Servicios Centrales de informática [SSCC] del SERMAS bajo la Dirección Gral de SSII Sanitaria   [DGSIS, ahora "y de equipamientos sanitarios" o DGSIES].
Esta oficina está encargada de la gestión y control de los proyectos informáticos   que decida abordar la Consejería de Sanidad  desde dichos SSCC, para la implantación , mejora etc de algún producto o servicio informático de uso para  esos SSCC o para los centros sanitarios del SERMAS, si bien  ésta es la Oficina general de proyectos, existiendo además en los mismos SSCC de informática del SERMAS  estas otras Oficinas de proyectos específicas  -y por supuesto totalmente externalizadas- también con funciones de gestión y control de proyectos:
  • Oficina de la Unidad MEDAS ( la de Mantenimiento, evolución y desarrollo de las aplicaciones sanitarias unidad externalizada íntegramente en  5 lotes, adjudicado el lote 5  [de la "Oficina de la Gobernanza"] con la gestión y control de los proyectos específicos de desarrollo y mantenimiento de aplicaciones, a Coremain por 400 mil euros/año
  • Oficina para los Proyectos y control de los dos sistemas de Historia Clínica Electrónica [HCE] hospitalaria , también denominada Oficina Técnica de Hospitales, Selene y HCIS, del SERMAS  externalizada íntegramente y adjudicada a Plexus por 750 mil euros/año
  • Oficina de Gestión de la Demanda, con funciones "de apoyo al control" en la planificación de los expedientes de tanta contratación así como ¡del estudio de sus viabilidades!, adjudicada a Everis por 100 mil euros/año
lo que sumado al gasto en la oficina general supone una cantidad anual en la externalización de la gestión de proyectos informáticos desde los servicios centrales de informática que se acerca a los 3 millones de euros

Tal y como ya exponíamos en la entrada del concurso, esta Asociación, que representa los intereses del personal propio,  naturalmente no sólo defiende que funciones tan "nucleares" como las de gestión de todos los proyectos- así como parte de muchas otras todavía más técnicas- deben residir al menos en parte en personal propio porque de no ser así corre un grave riesgo de desgobierno y descontrol de las TIC en un ámbito donde son tan importantes, sino que además denuncia la aberrante situación de que en paralelo el personal técnico de los centros esté siendo detraído de funciones según son centralizadas sin aportar la organización vía establecida y reconocida alguna para que parte de ese personal tenga carrera profesional en proyectos de los Servicios Centrales.

[Diario Sur] Andalucía aprueba 2 mil plazas en la OPE 2019 de "estabilización" de Educación y anuncia otras 3 mil para la OPE 2020

Informa Diario Sur este 13/12/2019 que la Junta de Andalucía ha presentando a los sindicatos de la Mesa Sectorial de Educación la Oferta Pública de empleo de 2019 entre ellas con  otros 2 mil plazas de "estabilización" [ de puestos temporales más de 3 años] anunciando su intención de incluir otras 3 mil más en la última OPE  de estabilización que se publicaría en 2020

[Poder Judicial] 'El TSJ de Castilla y León anula el catálogo de puestos de funcionario de la Junta de Castilla y León La sentencia, que puede ser recurrida, afecta a las relaciones de puestos de trabajo y concursos aprobados con posterioridad'

'La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Castilla y León con sede en Valladolid ha anulado el decreto de la Junta por el que se aprueba el catálogo de puestos tipo de personal funcionario al servicio de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y de sus organismos autónomos. 
 
El Tribunal estima así el recurso de la Unión Sindical de Castilla y León (USCAL) por considerar que la aprobación el pasado mes de marzo de tal norma, que sirve como instrumento de clasificación y ordenación de los puestos de trabajo del personal funcionario de la Administración de la Comunidad, vulneró el procedimiento legalmente establecido por varios motivos: falta de motivación en la creación y funciones de algunos puestos así como la omisión del Cuerpo al que están adscritos; el proyecto no fue remitido al Consejo Jurídico Consultivo y, además, en la negociación previa a su aprobación, el ejecutivo autonómico infringió la ley al negar a los sindicatos información y documentación reincidiendo en un proceder que ya había llevado a la anulación de la normativa anterior en diciembre del pasado año.


El Tribunal Supremo reitera su doble doctrina "a la baja" sobre empleados públicos laborales interinos de vacante de muchos años: "el plazo de 3 años del artículo 70 del Estatuto Básico del Empleado Público no "opera de forma automática" para declarar "indefinido no fijo" y no corresponde indemnización ante el cese como tales interinos por la cobertura reglamentaria de su puesto -como tras una OPE-

La Sala de lo Social (la que lleva los casos de los empleados públicos de tipo laboral) del Tribunal Supremo -la máxima instancia judicial española- continua su serie de sentencias que siguen de forma ya rutinaria su decepcionante y "a la baja" nueva doctrina para el personal empleado público laboral interino de larga duración que ha derivado de sus dos sentencias:
  1. su sentencia de  24/04/2019 (nº recurso 1001/2017) en la que sorprendía afirmando que "el plazo de tres años del EBEP no puede operar de modo automático", tal y como había venido utilizando hasta entonces para reconocer el fraude de ley por larga temporalidad y de ahí la -para muchos de todas formas insuficiente- figura del indefinido no fijo como sanción ante este fraude siempre sólo para personal laboral
  2. su sentencia de 13/03/2019 (nº recurso 3970/2016) o la resolución final  del famoso caso de Ana De Diego Porras, que tras una segunda consulta al Tribunal de justicia Europeo del propio Supremo, vio como  el Tribunal Supremo revocaba la sentencia favorable del tribunal regional que había seguido la sentencia de la primera consulta al mismo Tribunal europeo, para dictaminar finalmente el alto tribunal español que no le corresponde indemnización alguna al personal laboral interino cesado por cobertura reglamentaria de su puesto aunque lleve muchos años, mientras sea una interinidad "legal" es decir no se  haya cuestionada judicialmente esa situación por fraude de ley por irregularidad del tal forma que la situación legal cuando se da el cese no sea ya bajo la figura del interino sino la del indefinido no fijo por ejemplo El caso Diego de Porras se trataba de un contrato laboral de interinidad de sustitución prolongada y no de interinidad de vacante, pero como ya avanzábamos la exposición del Supremo parecía del todo aplicable a todo laboral interino, incluido los de vacante ante cobertura reglamentaria de supuesto, como acabaría sucedio en la sentencia del pasado 10/05/2019 y en la que se abordaba el cese de laboral interino de vacante por la cobertura fija de su puesto tras una Oferta  Pública de Empleo

Así , en su más reciente sentencia publicada en el CENDOJ de 12/11/2019 (rec. nº 3503/2018) , en un caso  caso de un laboral interino de  vacante de más de 8 años  - auxiliar de obras y servicos de la Consejeŕia de Política Sociales de la Comunidad de Madrid- que  acabó -como numerosos compañer@s- cesado tras la cobertura de su puesto tras su convocatoria en un proceso selectivo de concurso-oposición curiosamente denominado "de consolidación" , y tras haber visto como el Tribunal de segunda instancia -el la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia madrileño- le había reconocido la figura del indefinido no fijo por abuso de la temporalidad y su indemnización al cese de 20 días por año, la Sala de lo Social del Tribunal Supremo no sorprende y reafirma con rotundidad una vez más de las innumerables (salvo para el profesor Ignasi Beltrán) veces desde aquellas sentencias: