'El conjunto de todas estas medidas de ajuste asciende a 13.118 millones este año, 38.956 millones en 2013 y otros 50.075 millones en 2014. En total, un ajuste global de 102.149 millones de euros por las iniciativas aprobadas por Rajoy el 11 de julio y que entonces cuantificó en 65.000 millones. Esta diferencia, de cerca de 37.000 millones, se debe sobre todo a la cuantificación de algunas decisiones cuyo impacto no se había calculado o no se había estimado para 2014. Pero también hay algunas novedades.
Según fuentes gubernamentales, la principal medida adicional que incluye el proyecto bienal es una prórroga de la congelación de la oferta de empleo público, aprobada para este año, para 2013 y 2014 que supondrá un ahorro de unos 5.300 millones (1.800 millones en 2013 y 3.500 en 2014). Es decir, las Administraciones Públicas no podrán sustituir a los empleados públicos que se jubilen durante los dos próximos años, con lo que se reducirá la plantilla de trabajadores y por tanto disminuirá el gasto en nóminas. Por eso en el plan remitido por Rajoy a Bruselas figura un ahorro en la función pública de 14.320 millones de euros hasta 2014, frente a los 9.219 millones previstos hasta ahora.
Esta medida se matiza levemente para maestros, profesores, inspectores de Hacienda y Trabajo, policías, militares y personal sanitarios. En estos casos, el Gobierno sustituirá a uno de cada diez empleados públicos que se retiren. No obstante, hay que tener en cuenta que en muchas autonomías este matiz se queda en nada. Este año, por ejemplo, la mayor parte de comunidades no han sacado oposiciones al profesorado.'
' DESCARGABLE El plan bianual del Gobierno enviado a Bruselas'
Fuente y noticia completa: El País 04/08/2012
'La congelación del empleo público hasta 2015 envejecerá una plantilla con una edad media de 55 años'
'El plan presupuestario que el Gobierno ha enviado a Bruselas para 2013 y 2014 contempla la congelación de la oferta pública de empleo. Solo se convocarán oposiciones para sustituir a uno de cada 10 jubilados entre los maestros, profesores, médicos, enfermeros, policías, militares e inspectores y subinspectores de Hacienda y Trabajo y Seguridad Social.
“Esto acabará por agravar la situación de los empleados públicos”, se queja César Pérez, de CC OO, que explica que la edad media de los empleados públicos en España supera los 55 años.
La función pública ha estado en el punto de mira de los ajustes desde mayo de 2010. Ya entonces el Gobierno de Zapatero redujo las tasas de reposición de los empleados públicos. Y en diciembre de 2010, en una de las primeras medidas de Mariano Rajoy en La Moncloa se congeló la convocatoria de oposiciones para este año. Al final, las medidas van surtiendo efecto y el número de empleados públicos se reduce.
Según el Registro Central de Personal, que va con bastante retraso, en 2011 ya se redujo la plantilla total de las administraciones y, de acuerdo con la encuesta de población activa, en segundo trimestre de este año se han destruido casi 200.000 empleos públicos respecto al mismo periodo del año anterior.'
Fuente y noticia completa: El País 04/08/2012
'PLAN PRESUPUESTARIO 2013-2014. VERSIÓN 3 DE AGOSTO DE 2012 – 11 HORAS
INTRODUCCIÓN
[...] 'El presente Plan Presupuestario para el período 2013-2014 afianza la credibilidad en materia de política fiscal, al diseñar el escenario de las futuras decisiones en materia de política fiscal. En términos cuantitativos, las decisiones comprometidas en el presente documento permitirán alcanzar la senda presupuestaria fijada' [..]
'El esfuerzo que se está haciendo, en términos de ajuste estructural, como se expone más adelante, es muy relevante, y se traslada a todos los subsectores de nuestra economía, a la Administración General del Estado, y también a las CCAA, las CCLL y a la Seguridad Social. La reforma de la Constitución y la nueva Ley orgánica de estabilidad presupuestaria y de sostenibilidad financiera proporcionan un marco institucional creíble para plantear un ejercicio de política presupuestaria responsable, guiada por el cumplimiento de los objetivos, así como instrumentos eficaces para controlar a tiempo cualquier desviación en la ejecución de los presupuestos de las diferentes Administraciones. Esta reforma institucional se completará con una reforma de la normativa presupuestaria, que en cumplimiento de las recomendaciones del Consejo de 10 de julio, permitirán la creación de un consejo fiscal independiente.'
'Además del ámbito legislativo, se han adoptado iniciativas para avanzar en la racionalización de las administraciones y sus correspondientes organismos dependientes, así como en el ámbito del sector público empresarial. Asimismo, se están llevando a cabo reformas que tienden a repercutir en el usuario parte del coste de los servicios públicos y a mejorar la eficacia en la prestación de servicios públicos esenciales. En este sentido, destacan las medidas de racionalización del gasto sanitario y farmacéutico destinadas a garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud, contenidas en el Real Decreto Ley 16/2012, de 20 de abril, y las medidas de contención del gasto en el ámbito educativo, contenidas en el Real Decreto Ley 14/2012, de 20 de abril.' [...]
'En tercer lugar, se han aprobado una serie de medidas que tienen por objeto conseguir una mejora en la gestión de los recursos públicos, permitiendo una disminución apreciable de los costes operativos de las administraciones públicas. ' [...] 'En materia de gasto público, deben destacarse los avances en el marco del plan para revisar las retribuciones de directivos en el ámbito del sector público, en la estructura de la Administración, y de restructuración y racionalización del sector público empresarial y fundacional estatal. Medidas de contenido similar se han adoptado en el ámbito de las Administraciones territoriales.'
'Cuadro 5. Administraciones Públicas. Saldos presupuestarios (% PIB) del Programa de Estabilidad 2012-2015'
Administración Central y Seguridad Social -5,2 [2011] -3,5 [2012] -2,5 [2013] -1,9 [2014]
Comunidades Autónomas -3,3 -1,5 -0,5 -0,3
Corporaciones Locales -0,4 -0,3 0,0 0,0
TOTAL ADMINISTRACIONES PÚBLICAS -8,9 -5,3 -3,0 -2,2
Cuadro 6. Administraciones Públicas. Saldos presupuestarios (% PIB). Nueva senda
Administración Central y Seguridad Social -5,2 -4,5 -3,8 -2,7
Comunidades Autónomas -3,3 -1,5 -0,7 -0,1
Corporaciones Locales -0,4 -0,3 0,0 0,0
TOTAL ADMINISTRACIONES PÚBLICAS -8,9 -6,3 -4,5 -2,8
'
'Las medidas del Plan Presupuestario 2013-2014 pueden ser agrupadas en las siguientes categorías:
1. Medidas tributarias.
2. Medidas de reordenación y racionalización de las Administraciones Públicas [5.425 millones de euros de ajuste en 2012 por la eliminación de la paga extra, 3.723 en 2013 y 5.372 en 2014]
3. Medidas en materia de Empleo.
4. Medidas de racionalización del sistema de dependencia.
5. Medidas en materia de Seguridad Social.
6. Medidas en materia de infraestructuras y vivienda.
7. Medidas específicas de reducción del gasto en el Estado.
8. Medidas específicas de reducción del gasto en las Administraciones Territoriales. [6.867 millones de euros de ajuste en 2013 y 12.867 en 2014]
Este conjunto de medidas debe complementarse con las medidas ya previstas o aprobadas con anterioridad, como las medidas de ajuste incluidas en los Presupuestos Generales del Estado para 2012, las contenidas en los planes de reequilibrio aprobados en mayo de las Comunidades Autónomas, las derivadas de las reformas en los ámbitos de Sanidad y Educación y las medidas específicas de reducción del gasto en las Entidades Locales. ' [...]
'2. MEDIDAS DE REORDENACIÓN Y RACIONALIZACIÓN DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
El proceso de consolidación fiscal y de sostenibilidad de las cuentas públicas exige de las Administraciones Públicas adoptar medidas de modernización y racionalización de las estructuras administrativas, dirigidas a mejorar la calidad y productividad del empleo público, racionalizar y reducir el gasto de personal e incrementar la eficiencia de su gestión.
El Gobierno ya ha adoptado varias medidas de contención de gastos de personal con efectos en 2012. Así, el Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público, establece como medidas más destacadas las siguientes:
- En el año 2012, las retribuciones del personal al servicio del sector público no podrán experimentar ningún incremento respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2011. Igualmente, durante el ejercicio 2012 no se podrá realizar aportaciones a planes de pensiones de empleo o contratos de seguro colectivos que incluyan la cobertura de la contingencia de jubilación.
- Congelación de la oferta pública de empleo, con la excepción de las tasa de reposición del 10 por ciento para funcionarios docentes, plazas de hospitales y centros del Sistema Nacional de Salud, Fuerzas Armadas y Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado y personal dedicado a la lucha contra el fraude fiscal y laboral.
- Restricciones complementarias a la contratación de personal temporal y al nombramiento de funcionarios interinos y de personal estatutario temporal, en el sentido de prohibir el ingreso del citado empleo temporal y excepcionar exclusivamente el mismo en aquellos sectores, funciones y categorías que se consideren prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales y siempre que se trate de casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables.
- Se extiende la jornada laboral del sector público estatal a las 37,5 horas semanales como mínimo.
- Amortización de vacantes en el sector público estatal en un número de plazas equivalente, al menos, al de las jubilaciones que se produzcan, salvo en los sectores, funciones y categorías profesionales que se consideren prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales.
- Reducción de las estructuras administrativas del Estado.
La Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2012 incide en estas mismas medidas, incorporando las medidas retributivas en los términos del Real Decreto Ley 20/2011. Asimismo, mantiene la congelación de la oferta pública de empleo, incluyendo en la tasa de reposición del 10 por ciento a la Administración Local respecto de las policías locales y servicios de prevención y extinción de incendios, así como al personal docente investigador de las universidades y organismos públicos de investigación. Finalmente, extiende al sector público autonómico y local la jornada mínima de trabajo de 37,5 horas semanales de promedio en cómputo anual.
El Real Decreto Ley 20/2012 avanza en esta línea de optimización de los recursos humanos, de mejora en la gestión y en la transparencia de la Administración y de incremento de la productividad de los empleados públicos.
Las principales medidas incluidas en este Real Decreto Ley son las iguientes:
- Se regula con carácter básico la incompatibilidad de pensiones indemnizatorias, prestaciones compensatorias y percepciones similares que perciben determinados ex altos cargos de carácter básico, con el objeto de que se perciba esta prestación sólo en el supuesto de que el ex alto cargo no realice ninguna otra actividad remunerada pública o privada.
La medida se aplicará a los altos cargos de todas las Administraciones públicas, incluyendo los que prestan sus servicios en el sector público, entendiendo también por tal la actividad desarrollada por los miembros electivos de las Cortes Generales, Asambleas legislativas autonómicas y de las Corporaciones locales, órganos constitucionales, incluidos el Poder Judicial y el Ministerio Fiscal.
- Se suprime durante el año 2012 la paga extraordinaria del mes de diciembre y la paga adicional de complemento específico o pagas adicionales equivalentes del mes de diciembre.
- Reducción a 3 de los días de libre disposición (frente a los 6 hasta ahora vigentes) y supresión de los días adicionales de libre disposición y de vacaciones por antigüedad.
Desde el punto de vista presupuestario, esta medida producirá un efecto de aumento generalizado de la jornada y del tiempo efectivo de trabajo. Este aumento, que se producirá a partir de 2013, hará posible no recurrir a la incorporación de nuevo personal que, de otro modo, resultaría necesario para mantener constantes los niveles de servicio público. De este modo, por una parte, se compensarán las bajas de personal fijo, por jubilaciones u otras causas, sin que sea necesario recurrir a la oferta de empleo público. Por otra parte, se verán limitadas las necesidades adicionales de contratar personal interino y se reducirán las obligaciones de pago de horas extraordinarias.
- En materia de tiempo retribuido para realizar funciones sindicales y de representación, nombramiento de delegados sindicales, dispensas de asistencia al trabajo y demás derechos sindicales, se limitan los actualmente existentes a los estrictamente previstos por la normativa laboral, favoreciendo el incremento de los tiempos de trabajo destinados directamente al servicio público.
- Se modifica temporalmente el régimen retributivo del personal incluido en el Régimen General de la Seguridad Social durante la situación de incapacidad temporal, sin perjuicio de que se establece un mandato dirigido a las Administraciones Públicas a adoptar medidas para reducir el absentismo de su personal. Así, cada Administración Pública determinará, respecto del personal a su servicio, los complementos retributivos que en concepto de mejora voluntaria de la acción protectora de la Seguridad Social corresponda en las situaciones de incapacidad temporal. En todo caso, cuando se trate de una incapacidad temporal por contingencias comunes, durante los tres primeros días, tanto para el personal funcionario incluido en el Régimen General de la Seguridad Social como para el personal laboral, el complemento retributivo que con carácter de mejora voluntaria se pueda establecer no podrá superar el cincuenta por ciento de las retribuciones. Asimismo, desde el cuarto día de la situación de incapacidad temporal por contingencias comunes y hasta el vigésimo, ambos inclusive, el complemento retributivo que con carácter de mejora voluntaria se pueda establecer no podrá superar el setenta y cinco por ciento de las retribuciones. En estos mismos términos se modula la plenitud retributiva de la prestación económica del personal integrado en el Régimen de Funcionarios Civiles del Estado y el personal integrado en el régimen especial de seguridad social de las fuerzas armadas, en caso de incapacidad temporal.
- Se adoptan una serie de medidas de racionalización de los gastos de personal de la Administración General del Estado. En esta línea se crea un Registro de órganos de representación del personal al servicio de la Administración General del Estado y se habilita al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas a adoptar medidas dirigidas a garantizar una asignación eficiente de los recursos humanos.
Junto a las medidas del Real Decreto Ley 20/2012, los presupuestos para 2013 y 2014 mantendrán la congelación de la Oferta de Empleo Público.
El cuadro 10 resume el impacto presupuestario estimado derivado de las medidas previstas en el ámbito de la Función Pública.'
'8. MEDIDAS DE CONSOLIDACIÓN FISCAL EN LAS ADMINISTRACIONES TERRITORIALES
Comunidades Autónomas
Las administraciones territoriales también están contribuyendo al esfuerzo de consolidación fiscal a través de las medidas presentadas en sus respectivos planes de reequilibrio que fueron aprobados en mayo de 2012.
Dichos planes incluyeron un amplio catálogo de medidas con el fin de alcanzar el objetivo de déficit del 1,5 por ciento del PIB establecido en este ejercicio para las comunidades autónomas. En el mes de julio se está realizando el seguimiento de estas medidas, lo que supone conocer el estado de su ejecución para, en su caso, reforzar las medidas y garantizar así el compromiso con el déficit público
A ello hay que añadir las medidas aprobadas por el Gobierno en el ámbito de sanidad y educación, cuyos principales efectos se empezarán a sentir a partir de 2013, principalmente en educación, con ocasión de su aplicación a partir del curso escolar 2012-2013.
En particular, las medidas en el ámbito de la educación se centran en el ajuste de los ratios de alumnos en los centros docentes no universitarios, la reducción de asesores técnicos docentes así como el incremento de la jornada lectiva y la limitación de la cobertura de sustituciones hasta el undécimo día lectivo.
En el ámbito de la sanidad, hay que destacar las medidas que inciden en la reducción del gasto farmacéutico, principalmente las derivadas del incremento de la aportación del usuario de receta farmacéutica y la correlativa disminución de la demanda por sobrecoste de medicamentos, al tiempo que se reduce la financiación para medicamentos de escasa utilidad terapéutica.
En el capítulo presupuestario de gastos de personal se han adoptado medidas de gran calado. Por un lado, destacar las medidas encaminadas al incremento de la jornada laboral pasando de 35 a 37,5 horas y a la reducción del número de interinos y de personal eventual y, por otro lado, la reducción de liberados sindicales y el control del absentismo laboral.
Estas medidas del capítulo de gastos de personal se han visto reforzadas con la reciente aprobación del Real Decreto Ley 20/2012 de medidas para arantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, de cuya aplicación se derivan importantes ahorros como consecuencia de la reducción retributiva de los funcionarios públicos.'
Fuente y texto completo: El plan bianual del Gobierno enviado a Bruselas . El País 04/08/2012'
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