lunes, 1 de febrero de 2021

[CSIF Madrid] 'CSIF recurre en los tribunales la orden de la Comunidad de Madrid de no volver a contratar al personal que rechace ir al Zendal. Presenta un recurso contencioso-administrativo en el que pide la anulación de dichas órdenes y una rectificación pública'

'La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato más representativo en las administraciones públicas y con presencia creciente en el sector privado, ha interpuesto un recurso contencioso-administrativo contra las instrucciones emitidas por el Servicio Madrileño de Salud los pasados 30 de diciembre, 5 y 18 de enero a los gerentes y directivos de hospitales y centros dependientes del SERMAS, según las cuales los hospitales no podrían volver a contratar a los profesionales que rechazaran la adscripción temporal para trabajar en el Hospital Enfermera Isabel Zendal.

CSIF pide en su escrito, además de la nulidad de las citadas instrucciones por no ajustarse a Derecho, la rectificación de la información difundida a través de los medios de comunicación “para así dar a conocer a todos los trabajadores sanitarios que pudieran verse afectados en su decisión de traslado forzoso de la falta de amparo legal en las manifestaciones vertidas, para así poder tomar una decisión libremente sin presiones ni amenazas que no pueden en derecho hacerse efectivas”.

Y es que, además de las instrucciones a las gerencias de los hospitales por parte de la Dirección de Recursos Humanos del SERMAS, hubo declaraciones públicas que refrendaron esta forma de actuar contra los profesionales sanitarios que rechazasen el traslado forzoso al Isabel Zendal. Fue el caso del vicepresidente de la Comunidad de Madrid, Ignacio Aguado, quien públicamente respaldó esta actuación. “Es una decisión de la Consejería de Sanidad que yo respaldo”, afirmó el pasado 18 de enero en una entrevista en TVE, donde negó que se tratara “de una represalia”. Y añadió: “Esas personas que están contratadas para reforzar la labor frente al Covid tienen que tener esa disponibilidad y esa capacidad para desplazarse a ese hospital”.

Según expone CSIF en su demanda, presentada hoy, dicha decisión y las posteriores manifestaciones son contrarias a la normativa vigente e implican, como mínimo, una presión, además de una amenaza o coacción a los profesionales afectados. Los servicios jurídicos de CSIF Madrid señalan en su escrito que esta actuación y las posteriores declaraciones no están amparadas en ninguna normativa y que, por tanto, se estarían vulnerando las disposiciones del Estatuto Marco del personal estatutario de los Servicios de Salud, del Estatuto Básico del Empleado Público, así como del Plan de Ordenación de Recursos Humanos del SERMAS.

Asimismo, CSIF también considera que con dicha decisión se vulnera el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 5 de febrero de 2016 sobre selección de personal temporal en las Instituciones Sanitarias adscritas al SERMAS, pues ni se está respetando el procedimiento, al prescindir de la negociación e información a las organizaciones sindicales, ni las sanciones legalmente establecidas pueden tener el alcance que se anunciaban en las instrucciones refrendadas por el dirigente del Gobierno autonómico.

En aplicación de dicho Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de febrero de 2016 de selección de personal temporal en las Instituciones Sanitarias, en caso de negativa a trasladarse o rechazar una contratación dirigida al Hospital Isabel Zendal, se pasaría a ocupar el último lugar en la bolsa de empleo temporal correspondiente, situación que se mantendrá a lo largo de un año. Transcurrido dicho período, el candidato volverá a ocupar el orden que le corresponda según su puntuación.

 

Sin embargo, las directrices de la Comunidad de Madrid anulan esta posibilidad, pues impide cualquier renovación contractual. Para este sindicato, negar la permanencia y el acceso al empleo en lo sucesivo y de manera definitiva a los empleados que rechacen el traslado al Isabel Zendal es “materia necesaria de negociación colectiva, por afectar a las normas que fijan los criterios generales en materia de acceso, carrera, provisión, sistemas de clasificación de puestos de trabajo, y planes e instrumentos de planificación de recursos humanos, al igual que a las condiciones de trabajo de dichos empleados públicos”.

 

Pedir la notificación por escrito

 El pasado 18 de enero, CSIF, ante las dudas sobre la legalidad de la orden, aconsejó a los profesionales afectados que pidieran la notificación del traslado al Zendal por escrito, incluyendo la información de la sanción en caso de negativa por parte del trabajador.

 

CSIF recordó entonces que las normas de funcionamiento sobre selección de personal temporal en las instituciones sanitarias adscritas al SERMAS, por Acuerdo de Mesa Sectorial, establecen que los aspirantes podrán optar por estar incluidos en uno o más centros tanto de Atención Primaria como de Atención Hospitalaria SUMMA 112, así como el tipo de jornada. Sin embargo, el Hospital Enfermera Isabel Zendal no está entre los centros de elección adscritos al SERMAS. Entonces, ¿por qué motivo se va sancionar a un profesional si se niega a ir a un centro que nunca seleccionó para trabajar?

 

Desde CSIF consideramos que esta movilidad forzosa para los contratos Covid modifica las condiciones de trabajo y la ubicación, ya que los profesionales no han marcado en su solicitud este centro y por lo tanto, no entendemos que se les pueda penalizar. Además, según el citado Acuerdo de Mesa Sectorial la penalización consiste en pasar al último lugar de la bolsa de contratación durante un año, pero en ningún caso supone la exclusión de la bolsa.'

Fuente: Nota de Prensa de CSIF  Madrid de 01/02/2021 recibida en APISCAM

 



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