La Dirección General de Función Pública y el
Instituto Asturiano de las AAPP de la Consejería de Administración
Autonómica de la CCAA de Asturias han anunciado que las plazas de la
tasa de estabilización de sus OPEs de 2017 y 2018, derivadas de las
habilitaciones extraordinarias reguladas en las Leyes de Presupuestos
Generales del Estado para 2017 y 2018 para incluir fuera de tasa de
reposición los puestos temporales más de 3 años a 31/12/2017, pasarán ,
"a fin de dar un tratamiento homogéneo a las convocatorias de
estabilización", a integrar la tasa extraordinaria de estabilización de
la OPE 2021 regulada por el artículo 2 del famoso Real Decreto-Ley 14/21
publicado el 7 de Julio, y en vigor , para todos los sectores de todas
las AAPP en cuanto a ese artículo 2, desde el 8 de Julio.
Recordemos
que el artículo 2 del RDL 14/21 habilita (y de hecho, podría
interpretarse por su redacción que obliga) a incluir en OPEs publicadas
antes de 31/12/2021 sin límites
de tasa de reposición -y a publicar las convocatorias hasta 31/12/2022- todas las plazas temporales
más de 3 años a 31/12/2020, con lo que, explícitamente no hay problema
legal alguno en dejar "caducar"- al no proceder con sus convocatorias-
las plazas de estabilización de OPES de años anteriores para incluirlas
en la tasa de estabilización de una OPE 2021 de estabilización nueva.
Recuérdese que el el 24/06/2020, el Gobierno del Estado había publicado otro Real Decreto-Ley, el 23/2020 , que en su artículo 11 extendía, donde fuera
necesario hasta 31/12/2021 la fecha para publicar las convocatorias de OPEs de 2017 con plazas de estabilización, y que se toma como plazo de "caducidad" para proceder con la publicación de la convoatoria de una OPE los 3 años del artículo 70.1 del EBEP, con lo que las OPEs publicadas en 2018 "caducarían" este 2021.
Nótese que, evidentemente, sólo dejar "caducar" plazas de tasa de reposición podría implicar -y para
las
que no sean de más de 3 años a 31/12/2020- haber "malgastado" una
tasa (que es lo único que se "pierde" al dejar caducar plazas de una
OPE por no convocar, no la plaza en sí, claro). Existiendo una tasa sin
límites con rango legal básico estatal para cualquier plaza temporal
de más de 3 años a 31/12/2020 no tiene sentido hablar de que se pueda
"perder" nada, dado que no hay límites para su inclusión en la nueva OPE de estabilización.
Es
más, hasta sería aconsejable hacer ese trasvase de plazas antiguas
incluidas en OPEs anteriores a la nueva OPE 2021 de estabilización si es queila AAPP tiene interés en estabilizar en lo posible al personal de larga
duración, dado que el personal temporal cuya plazas se incluya en la nueva OPE de estabilización podría "disfrutar" en comparación con las anteriores de las (supuesta) mejoras que introducirá la Ley de
modificación de dicho RDL actualmente en trámite en el Congreso.
Naturalmente,
la AAPP que explícitamente incluya una plaza en nueva OPE de
estabilización según el RDL 14/21 asume que sin ningún género de duda
tendrá que indemnizar con los 20 días por año trabajados regulados ahí a
los temporales que no superen las convocatorias derivadas (todo esto
sin perjuicio de otras sanciones judiciales o de posibles cambios por
ese proyecto de ley en tramitación)
Nótese que esta posibilidad que Asturias usa tranquilamente del Real Decreto-Ley, la niegan tanto el SESCAM como la propia Comunidad de Madrid cuando dicen que si no convocan
antes de fin de 2021 las plazas de sus OPEs 2017 y 2018 , con plazas de estabilización y todas de mucha más antigüedad que 3 años a 31/12/2020, "se pierden",
y que por tanto, están obligadas a publicar las convocatorias antes de fin de año, como están haciendo. Es de presumir, que estas
AAPP no plantean tampoco indemnizar a los temporales que cesen por estas nuevas convocatorias aún siendo convocatorias publicadas con posterioridad a la entrada en vigor del RDL
14/21, lo que, sin duda, traerá reclamaciones judiciales ,más si cabe.
Nótese que la CCAA de Asturias
afirma , por otro lado, que "para evitar su caducidad" sí procederá a
convocar antes del 19/12/2021 todas las plazas de la OPE 2017 y 2018 que
"no pertenezcan a tasa de estabilización" y que se encuentren sin
convocar a fecha actual.
Entradas relacionadas:
- [29/06/2017] Publicados los Presupuestos Generales del Estado de 2017: marco para las OPEs extraordinarias (permiso a las AAPP para convocar procesos de consolidación para los temporales de antes de 2005 según el EBEP y de OPE en Sanidad, docentes de Educación y otros sectores con hasta el 90% de los temporales ade más de 3 años, sin límites por tasa de reposición PERO sin fijar bases de consolidación)
- [12/04/2017] [El independiente] CCOO y UGT admiten que el acuerdo estatal sobre estabilidad y OPEs extraordinarias podría dejar a temporales muy antiguos sin trabajo
- [09/07/2018] Publicada en el BOE la Ley de Presupuestos Generales del Estado con el segundo acuerdo con sindicatos nacionales con la extnsión a todos los sectores de la posibilidad de convocar los puestos de temporales de más de 3 años y los de los "indefinidos no fijos" a procesos denominados de "estabilización", sin fijar que sean de consolidación del propio personal.
- [19/03/2020] Sentencia esperanzadora del Tribunal Europeo del asunto acumulado "Sánchez Ruiz": hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada que requiere una sanción, que le corresponde al ordenamiento español fijar, orientando que no puede valer como sanción la convocatoria a proceso selectivo libre ni la figura del indefinido no fijo
- [06/07/2021] [Min de P.T. y Función Pública] 'El Gobierno acuerda con los sindicatos CC.OO, UGT y CSIF el Plan de choque para reducir la temporalidad en las administraciones públicas. Previamente, el secretario de Estado de Política Territorial y Funció Pública, Víctor Francos, ha presidido la reunión de la Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas, donde están representadas las comunidades autónomas, la FEMP y los sindicatosSe realizará un último proceso de estabilización para los interinos que ocupen actualmente plazas de carácter estructural'.
- [07/07/2021] [IMPORTANTE] Publicado en el BOE el REAL DECRETO-LEY del "plan de choque" de reducción de la temporalidad en el empleo público acordado con los sindicatos fijando un último proceso extraordinario de estabilización de plazas con los puestos temporales de más 3 años a 31/12/2020 que no estén ya en los procesos de estabilización de las leyes de 2017 y 2018: un concurso-oposición libre con peso de la fase de méritos del 40% e indemnización de 20 dias/año máx 12 mensualidades al cese del temporal que no lo supere. Entra en vigor mañana 08/07/2021
- [21/07/2021] Consejero
de la C. de Madrid , Fernández-Lasquetty, responde a pregunta del PSOE
sobre qué van a hacer tras el acuerdo del Gobierno nacional con los
sindicatos : "lo que hasta la fecha" ..."con el único cambio
significativo de abonar una indemnización" al temporal que cese por los
proceso selectivos. EL PSOE dice que con el acuerdo estatal cumple con
la sentencia europea y pide que la C. de Madrid lo cumpla para reducir
la temporalidad, "se lo debemos a los trabajadores" .
- [20/09/2021] El Consejero con la Función Pública de la C. de Madrid , Fernández-Lasquetty, responde a pregunta de Más Madrid, sobre qué van a hacer ante la reforma estatal en tramitación sobre la temporalidad de larga duración , que publicar todas las convocatorias pendientes [de procesos de estabilización entre ellas] porque esa reforma solo les afecta a futuro. Añade que no le "cuadra" hacer fijos sin opositar.
- [13/10/2021] Publicada la primera convocatoria de las OPEs de "estabilización" (con las plazas temporales ya más de 7 años) de personal de la Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid con el sistema de concurso-oposición siguiendo las bases acordadas en la Comunidad con los sindicatos en Febrero de 2021: oposición eliminatoria, 36% del total la antigüedad, puntuando igual la de en la propia categoría de la C. de Madrid que en otra AAPP. La C. de Madrid no se ha esperado a si surgen posibilidades más favorables por la reforma del Real Decreto-Ley de reducción de temporalidad actualmente en el Congreso
- [19/10/2021] Publicada otra convocatoria de las OPEs de "estabilización" (con las plazas temporales ya más de 7 años) de personal de la Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid con el sistema de concurso-oposición siguiendo las bases acordadas en la Comunidad con los sindicatos en Febrero de 2021: auxiliares administrativos, oposición eliminatoria, 36% del total la antigüedad, puntuando igual la de en la propia categoría de la C. de Madrid que en otra AAPP. La C. de Madrid no se ha esperado a si surgen posibilidades más favorables por la reforma del Real Decreto-Ley de reducción de temporalidad actualmente en el Congreso
- [21/10/201] [El Diario.es] Podemos de Castilla-La Mancha pide que el gobierno regional pare la convocatoria con los puestos de los informáticos, temporales durante décadas
1 comentario:
Me encanta como se cambian el significado de la palabra "improrrogable" y del instituto de "la caducidad"; cuando conviene a los intereses del estado.
Fantástico.
Se prorrogan, se transmutan y lo que haga falta.
Publicar un comentario