[Recordatorio de entrada publicada el 08/08/2022] Recientemente se ha publicado en la web del Tribunal Constitucional el Auto 108/2022, de 30 de junio de 2022 del Tribunal Constitucional por el que se acepta el desistimiento del Gobierno del Estado a su recurso de inconstitucionalidad (nº 4585/2021) que había interpuesto en junio de 2021 contra la famosa disposición transitoria del Estatuto del personal del Parlamento de la Rioja de Abril de 2021 que reconocía directamente la condición de empleado público fijo a los empleados del propio Parlamento de La Rioja temporales más de 5 años ante el fraude de ley de abuso de temporalidad y haber accedido por un proceso selectivo público,afectando a sus 5 funcionarios interinos de larga duración, todos ya más de 7 años temporales. La disposición se encontraba suspendida cautelarmente por la interposición del recurso.
Así,
en concreto, el pasado 22 de marzo el Consejo de Ministros acordaba
desistir de este recurso de inconstitucionalidad , debemos suponer que
toda vez que la norma recurrida había sido modificada por el Parlamento de la Rioja pocos días antes (Boletín Oficial de la Rioja de 04/03/2022) para pasar a regular que las 5 plazas afectadas se convocaran a proceso selectivo para alcanzar la condición de funcionario de carrera por el sistema de Concurso excepcional de Méritos, abierto, ya contemplado para todas las
AAPP por la nueva ley estatal de reducción de temporalidad 20/2021 de 28 de Diciembre,
de para plazas temporales o de personal temporal desde antes de 2016,
como lo eran , sin duda, las 5 plazas afectadas por la norma original
por ser todos los interinos que las ocupaban de más de 7 años de
antigüedad a Abril de 2021.
De hecho, el 26/04/2022 se publicaba ya en el Boletín Oficial de la Rioja la convocatoria de Concurso de mëritos de las 5 plazas por 5 categorías/perfiles para alcanzar la condición de funcionario de carrera por el citado sistema Concurso excepcional , con una baremación consistente en:
- 60 puntos la experiencia, puntuando 3 veces más la antigüedad en la categoría convocada en el propio Parlamento de la Rioja que en otras categorías u otras AAPP, alcanzándose el máximo de puntuación con 15 años de antigüedad en la misma categoría convocada en el Parlamento de la Rijoa AAPP (o 45 años en otro sitio)
- 20 puntos por la presentación de una memoria sobre las tareas y funciones de la plaza
- 20 puntos de formación, 8 de ellos en herramientas informáticas utilizadas para el desempeño del puesto convocado
- 15 puntos por otros méritos, entre ellos 5 por tener un proceso selectivo público del mismo cuerpo superado
Y ya se han publicado las calificaciones definitivas,siendo evidente que en cada uno de las 5 convocatorias/perfiles ha habido un candidato con una puntuación en el baremo muy superior al restante, probablemente el propio interino de larga duración y amplia experiencia y formación en el puesto que lo ocupaba.
Recordemos una vez más el informe del Letrado Mayor del Parlamento de la Rioja, favorable a la legalidad (y por tanto constitucionalidad) de la disposición de fijeza en su forma original de conversión en "empleado público fijo" (es decir, una "fijeza a extinguir" sin alcanzar la condición de "fucionario de carrera" como tal) , cuestión de fondo sobre el que NO ha llegado a pronunciarse ni va a tener que pronunciarse el Tribunal Constitucional por este recurso, ya finalizado con el desestimiento del recurrente.
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3 comentarios:
Me alegro por estos sufridos elegidos, como tantos trabajadores temporales públicos, su solución ha sido la más lógica y justa. Otros no corrimos la misma suerte, es nuestro peculiar "Estado de Derecho" para que lo apliquen mafiosos, sin reproche alguno ni por sindicatos ni por la justicia, y lo suframos los borregos que ya estamos tardando en pirarnos de esta sinrazón llamada 🇪🇦.
Unos poquitos sí, y el resto.... qué?
Por el interés.... te
vergüenza de país
Es como jugar a la ruleta rusa...
Miles cesados, miles que cesarán, y solo unos pocos se salvarán...
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