'El jueves 17 de octubre a las 20:00 h. se cerrará el formulario de recogida de apoyos de organizaciones a la manifestación del sábado 19 en Madrid. El listado resultante se remitirá al Ministerio acompañando una carta con las reclamaciones del colectivo, podéis leerlas en el texto que encabeza el formulario.
NOTA DEL EDITOR: APISCAM está entre las organizaciones que apoyan esta importante manifestación , que llega en un momento crucial para que el gobierno del Estado y administraciones cambien de visión ante el grave problema del abuso de temporalidad público, masivo, y negado por todos hasta hace bien poco. Estamos especialmente orgullosos de haber podido contribuir en una pequeña parte - con la coorganización en 2016 de buens parte del grupo de demandas con Araúz de abuso de temporalidad y fijeza como única sanción válida ante la jurisprudencia europea a falta de sanciones válidas en el ordenamiento jurídico español del empleado público español, que dio lugar a la sentencia europea de 19/03/2020- a que al menos que aflorara este problema desde la óptica de una infracción grave y masiva del derecho laboral europeo, al que también está sometido España, aunque le pese a muchos de sus gobernantes y, lamentablemente, también algunos sindicatos, y a que muchas de las personas en esta situación de abuso fuera conocedora de su derecho -fundamental- europeo a una reparación, que, a falta de la validez contrastada por el Tribunal de Justicia de la UE- de las medidas incluidas en la Ley 20/2021, sólo puede ser la fijeza.
- [19/03/2020] Sentencia esperanzadora del Tribunal Europeo del asunto acumulado "Sánchez Ruiz": hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada que requiere una sanción, que le corresponde al ordenamiento español fijar, orientando que no puede valer como sanción la convocatoria a proceso selectivo libre ni la figura del indefinido no fijo
- [22/10/2020] Auto del Tribunal Europeo ante cuestiones del Tribunal Supremo portugués: contraria a la Directiva europea una normativa de un Estado miembro que prohíba la conversión en fijo en un sector público si no incluye ninguna otra medida eficaz para evitar y sancionar el abuso de temporalidad
- [31/05/2021] Repaso de la Abogacía
General de la UE a los principios "bien establecidos de la
jurisprudencia del Tribunal Europeo sobre la sanción al abuso de
temporalidad": por el derecho a una reparación efectiva ante un abuso
-derivado del artículo 47 de la Carta de Derechos Fundamentales de la
Unión Europea-, aunque la cláusula 5ª de la Directiva 1999/70 sobre
medidas para evitar el abuso de temporalidad en sí no sea de efecto
directo, en el caso de que no haya ningúna medida en la legislación
nacional suficientemente disuasoria y eficaz prevista para sancionar el
abuso de temporalidad, "tendría que dejar de aplicarse cualquier norma
del Derecho nacional que obstaculice la conversión en fijo".
- [28/06/2021] [Poder Judicial] '[La Sala de lo Social de] El Tribunal Supremo establece doctrina sobre la duración de un contrato de interinidad por vacante en el sector público tras la sentencia del TJUE La duración máxima será la del tiempo que duren los procesos de selección para cubrir la vacante conforme a lo dispuesto en su normativa legal o convencional específica' ["Una duración superior a tres años debe considerarse injustificadamente larga, lo que comportará que el trabajador interino pase a ostentar la condición de indefinido no fijo". Sentencia confirmando la indemnización al cese de laboral interina de vacante de casi 8 años que demandaba ser considerada indefinida no fija al cese a efectos indemnizatorios por superar el plazo de 3 años]
- [24/12/2021] El
Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, con discrepancia de
3 magistrados, sentencia este 25/11/2021 seguir concediendo el
indefinido no fijo y no la fijeza ante el abuso de temporalidad en
empleados públicos laborales que sólo hayan superado proceso selectivo
para temporal. Dice que hacerlo iría contra la norma del Estatuto Básico
del Empleado Público y que las sentencias del Tribunal europeo no le
obligan a dejar de aplicar normativa nacional en abusos de temporalidad.
Dos magistrados afirman que conceder la fijeza no viola esa normativa
nacional y otro que tendría que haberse consultado al Tribunal Europeo
si la norma que impide la fijeza no viola la normativa europea
- [29/012/2021] Publicada
en BOE la nueva Ley de reducción de temporalidad pública.Obliga a todas
las AAPP a realizar concursos de méritos de libre concurrencia con las
plazas estructurales temporales y las de personal temporal anteriores a
1/1/2016 si no están ya en convocatorias en marcha o resueltas cubriendo
la plaza. En días y semanas pasados ha habido "carreras" por muchas
AAPP convocando en procesos con oposición las plazas de los procesos de
estabilización anteriores
- [31/08/2022] La
Comisión Europea vuelve a informar oficialmente del curso de la
denuncia múltiple abierta desde 2018-y vinculada a un procedimiento de
infracción contra España- sobre el abuso de duración de temporalidad en
empleados públicos españoles: está evaluando si las medidas de reducción
de temporalidad tras la nueva Ley 20/2021 y sus aplicaciones
sectoriales son conformes a la normativa y sentencias europeas
- [22/02/2024 El Tribunal de Justicia de la UE, en su sentencia de este 22/02/2024 reafirma la figura del indefinido no fijo como un temporal que mantenido durante años sufre nuevo abuso de temporalidad, tumba tanto la figura del indefinido no fijo para el abuso de temporalidad del laboral público como que puedan valer como sanción indemnizaciones al cese ni procesos de consolidación abiertos [como es la ley 20/2021]. Si el tribunal remitente entiende que se puede hacer la interpretación de que es constitucional, la solución para el laboral público en abuso es la fijeza. Posible futuro cambio jurisprudencial de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo y posible exigencia de la Comisión Europea de más cambios legislativos con medidas completamentarias a la ley 20/2021
- [13/06/2024] Sentencia de 13/06/2024 del Tribunal de Justicia de la UE en los asuntos acumulados #GenCat: no valen como sanción al abuso de temporalidad pública la doctrina del Contencioso del Supremo ni los procesos de estabilización e indemnización al cese o con tope de la ley 20/2021. Ante la falta en la normativa nacional de medidas válidas de sanción debe intentar realizarse una "interpretación conforme" del derecho nacional, sin ser contra él, para aplicar la fijeza como sanción, modificando la jurisrpudencia incompatible del Supremo, siendo posible en este caso con la declaración de personal indefinido con la misma condiciones de cese que el funcionario de carrera
- [23/0'7/2024] Actualizado el Boletín Estadístico del Personal al servicio de las Administraciones Públicas por Función Pública con datos a Enero de 2024. I - Datos globales: sigue reconociendo más de 1 millón de empleados públicos temporales entre todas las AAPP , el 35% de los empleados públicos, con una reducción de sólo 60 mil temporales en el último medio año pese a los procesos de "estabilización" de plazas. 3/4 están en las CCAA. 51% de temporalidad en instituciones sanitarias
- [23/09/2024] Manifestación el sábado 28 de septiembre a las 12h en Barcelona por la estabilidad de las personas en abuso de temporalidad pública #LasQueEstamosNosQuedamos
- [24/09/2024] [CEPPT] Manifestación estatal el sábado 19 de Octubre a las 12h en Madrid por la estabilidad de los empleado públicos en abuso de temporalidad, incluidos los cesados, en cumplimiento de la normativa europea
- [03/10/2024] IMPORTANTE [Comisión Europea] Paquete de procedimientos de infracción de octubre: Cartas de emplazamiento. 'La Comisión insta a ESPAÑA a que impida el uso abusivo de las relaciones laborales de duración determinada y las condiciones laborales discriminatorias en el sector público' [ "Las nuevas normas nacionales" -ley 20/2021- "siguen sin abordar suficientemente los problemas detectados, en particular por lo que se refiere a la eficacia de las medidas sancionadoras" ]
13 comentarios:
https://www.vozpopuli.com/espana/gobierno-maniobra-ocultar-curriculo-bachiller-miquel-iceta-transparencia.html
España no puede seguir siendo el único país de la Unión Europea que no sanciona el abuso de temporalidad en el sector público.
La Directiva 70 99 es normativa laboral de la Unión Europea. Son nuestros derechos como ciudadanos Europeos.
Son 25 años en los que se debería evitar el abuso de temporalidad en el sector público.
A políticos, sindicatos y jueces les ha dado igual nuestra precariedad laboral, nuestra inestabilidad.
Es hora de defender que se aplique la normativa de la Unión Europea y sentencias del TJUE.
Por nosotros y nuestras familias.
NOS VEMOS EN MADRID
Yo flipo con estas entrevistas.
Preguntan por los Naranjitos y los Mufaceños...
De nuestro tema .... NADA.....
https://www.lavanguardia.com/politica/20241013/10016775/oscar-lopez-mejor-catalunya-le-sienta-espana-mas-illas-ayusos.html
Ay señor...
PD. Que tiene esa pared del Ministerio pa hacerse fotos, ahí también llevaron a Escrivá 🤣
10.16.
La verdad, es q uno ve el ninguneo de esta gente y el ninguneo es permanente
1. Que si me "reúno" con los inútiles antes del RD de Iceta.
2. Que si me reúno con Fedeca con Escrivá.
3. Q si me reúno con Consejerías de Función Pública de Ccaa después de 22F.
4. Que si decido esperar a lo que diga Kumin en el 25 con Escrivá.
5.Ministronuevonovaahacernadanuevo.
En fin..
La única forma de que no nos ninguneen es acudir masivamente a la manifestación del próximo sábado 19 de Octubre en Madrid. De esta movilización puede depender en parte nuestro futuro.
Mi familia y yo vamos a ir y eso que vivimos a más de 100 km de Madrid, porque tenemos claro que hacer ruido ahora y la noticia que salga en la prensa ese día va a ser importantísimo.
Totalmente de acuerdo, escribir en blogs o foros pero que no nos vean protestando, y sobre todo que no salga en los medios no sirve para nada
El 22F dijeron que es a ambigua
El 7A no les llegaba la camisa al cuello.
El 10A dijeron que aprobar sin plaza no valía.
El 30M dijeron que es inconstitucional.
El 12J sugieren indemnización.
El 13J nos hacen un synalagma.
El 17Ju . Parada denuncia el synalagma.
El 3Oct. La Comisión estudia.
El 19 Oct. Verán nuestra rabia.
Echo de menos a La Asociación de Jueces para la Democracia, como juristas que son deberían mostrar su apoyo. De hecho les he visto defendiendo en los medios a los ciudadanos cuando existen razones para ello, como es este caso, avalado por el derecho europeo.
19.06.
Lo dijeron en Vigo. Si no te has enterado, eso no quiere decir que no nos apoyen.
18.10 Te refieres a TS!!
* El 22F dijeron que es a ambigua
* El 7A no les llegaba la camisa al cuello.
* El 10A dijeron que aprobar sin plaza "a ellos" no les valía, a los de Madres SI.
* El 30M dijeron que es inconstitucional.
* El 12J sugieren indemnización.
* El 13J nos hacen un synalagma.
* El 17Jul . Parada denuncia el synalagma.
* El 3 Oct. La Comisión "escribe".
* El 19 Oct. Verán nuestra rabia.
** En el 25 se rompe el Synalagma y TJUE admitirá la compensación de 33 días. PD. El Constitucional seguirá callado (incomprensible). Y Oscar terminará legislando ( Legislará nuevo Concurso obligatorio para todos y/o compensación de 33 días ).
PD. Lo audaz es legislar nuevo Concurso en Enero del 25. Lo "normal ( o lo que va a pasar" es lo otro ).
El TJUE no admitirá 33 días porque ya ha dicho en varias ocasiones que tendría que ir acompañado de otras medidas efectivas y disuasorias (y aquí no van a sancionar personalmente a ningún responsable)... como es el caso de Italia por ejemplo.
Así es, los 33 días junto con el resto de medidas disuasorias podrían servir para evitar los abusos en el futuro, pero para los abusos ya producidos por ausencia de medidas sancionadoras, únicamente pueden hacer fijos. Aunque viendo como están gestionando todo las cabezas pensantes, igual quieren pagarnos además indemnizaciones.
Gestionando dice.
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