viernes, 22 de noviembre de 2024

[Comisión Europea] 'Información sobre el seguimiento de la denuncia múltiple acerca de la incompatibilidad potencial de las condiciones de trabajo de los jueces honorarios en Italia con diversas disposiciones del Derecho laboral de la UE [denuncia CPLT(2015)01071], actualización'

'La Comisión Europea ha recibido un gran número de denuncias sobre la incompatibilidad potencial de las condiciones de trabajo de los jueces honorarios en Italia con diversas disposiciones del Derecho laboral de la UE.

La Comisión ha inscrito estas denuncias en el registro central correspondiente con el número de referencia CPLT(2015)01071.


El 16 de julio de 2020, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea se pronunció, en el asunto C-658/18 UX  , en el sentido de que estos jueces honorarios debían tener la condición de trabajadores. El 7 de abril de 2022, en el asunto C-236/20  , el Tribunal de Justicia de la Unión Europea hizo referencia a su sentencia anterior y dictaminó que, si los jueces honorarios se encuentran en una situación comparable a la de los jueces de carrera, deben tener derecho a la igualdad de trato en lo referente a beneficiarse de unas vacaciones anuales retribuidas y de estar amparados por la seguridad social. El 27 de junio de 2024, en el asunto C-41/23  , el Tribunal confirmó que no puede excluirse a los jueces honorarios del disfrute de vacaciones retribuidas o de estar amparados por la seguridad social obligatoria, y recordó que deben existir unas medidas eficaces y disuasorias para evitar y sancionar el uso indebido de relaciones laborales temporales sucesivas en el caso de los estos jueces.


El 15 de julio de 2021, la Comisión decidió incoar un procedimiento de infracción enviando una carta de emplazamiento a Italia, dado que su legislación nacional aplicable a los jueces honorarios no se ajustaba plenamente al Derecho laboral la UE. En opinión de la Comisión, la legislación italiana incumplía varias disposiciones del Acuerdo marco anexo a la Directiva 1999/70/CE, sobre el trabajo de duración determinada; del Acuerdo marco anexo a la Directiva 97/81/CE, sobre el trabajo a tiempo parcial; así como de la Directiva 2003/88/CE, sobre la ordenación del tiempo de trabajo, y de la Directiva 92/85/CEE, sobre las trabajadoras embarazadas. Varias categorías de cargos jurídicos honorarios, concretamente los jueces de paz honorarios («giudice onorario di pace»), los fiscales adjuntos honorarios (VPO) y los jueces de tribunales honorarios (GOT), no gozan de la protección que exige el Derecho laboral de la UE. Por ejemplo, reciben un trato menos favorable en lo que respecta a las prestaciones en caso de enfermedad, accidente o embarazo. También tienen la obligación de darse de alta en el Instituto Nacional de la Seguridad Social como trabajadores autónomos. En la carta de emplazamiento, la Comisión mencionó asimismo el hecho de que sufren perjuicios con la remuneración y las modalidades de remuneración, son objeto de discriminación fiscal, así como están discriminados en las cuestiones relativas al permiso de maternidad remunerado y al reembolso de los gastos jurídicos que puedan tener durante los procedimientos disciplinarios. Además, consideró que los jueces honorarios tampoco están suficientemente protegidos contra el empleo abusivo de contratos temporales sucesivos y no tienen la posibilidad de obtener una indemnización adecuada por tales abusos. Y, por otro lado, Italia no había establecido un sistema para medir el tiempo de trabajo diario de cada juez honorario. Italia adoptó nueva legislación a este respecto en diciembre de 2021. Sin embargo, las nuevas disposiciones seguían planteando problemas de conformidad con el Derecho de la UE, por lo que la Comisión envió a Italia una carta de emplazamiento adicional el 15 de julio de 2022. Italia respondió a esta carta el 28.10.2022 y el 15.12.2022.


El 14 de julio de 2023, la Comisión decidió emitir un dictamen motivado, al considerar que no se habían resuelto las cuestiones de Derecho expuestas en la carta de emplazamiento adicional. Italia envió varias respuestas al dictamen motivado e informó a la Comisión de las modificaciones legislativas que había previsto para dar respuesta a las cuestiones de Derecho expuestas en el dictamen motivado. Sin embargo, no facilitó información sustancial sobre los problemas que se habían detectado en relación con los jueces honorarios contratados después del 15 de agosto de 2017. Por consiguiente, el 3 de octubre de 2024, la Comisión decidió emitir un dictamen motivado adicional (véase el ámbito de actuación 10: Empleo y derechos sociales) para precisar y elaborar más los problemas que afectaban a este último grupo de jueces honorarios.


Por lo que se refiere a los jueces honorarios que estaban en servicio el 15 de agosto de 2017, están pendientes la entrada en vigor de los proyectos de medidas correctoras previstos por Italia y la evaluación de dichas medidas por parte de la Comisión. El dictamen motivado complementario relativo a los jueces honorarios contratados después del 15 de agosto de 2017 se entiende sin perjuicio de la evaluación complementaria de la Comisión relativa a los jueces honorarios que estuvieran en servicio en esa fecha.

La Comisión mantendrá a los denunciantes informados del curso dado a sus denuncias a través de este sitio web'

Fuente: versión en español de 20/11/2024 del comunicado de la Comisión Europea de 14/11/2024 

 

Entradas relacionadas:

 


1 comentario:

Anónimo dijo...



Supongo que los jueces del Tribunal Supremo de España estarán encantados de ver cómo se aplica la supremacía de la normativa de la Unión Europea.

A los jueces Italianos en abuso de temporalidad los tendrán que hacer FIJOS.

Si hay algún alérgico a la FIJEZA, que venga que lo atenderemos bien y le pincharemos Urbason

FIJEZA YA!!!!