jueves, 16 de abril de 2026

Cuestiones prejudiciales pendientes en el Tribunal de Justicia de la UE sobre abuso de temporalidad en empleados públicos : dos asuntos de la Sala de lo Social del TSJ de Galicia y dos asuntos de un Juzgado de lo Social de Murcia

Una vez que  asunto Obadal o C-418/24 o la  cuestión prejudicial que elevó finalmente la Sala de lo Social del Tribunal Supremo al Tribunal de Justicia de la UE ha recibido la importante sentencia del Tribunal de Justicia de la UE este 14/04/2024 hay que recordar que quedan 4 asuntos pendientes  más de cuestiones prejudiciales sobre abuso de temporalidad en el empleado público.

 Por un lado están  las dos cuestiones prejudiciales de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Galicia  , que precisamente quedaron suspendidas, hasta que resolviera el asunto Obadal :

  • la publicadaen el DOUE de 18/12/2023 , citando que son las mismas 3 cuestiones que en el asunto C-434/23, del asunto  Consorcio Gallego de Servicios de Igualdad y Bienestar  C-508/23, presentado el 08/08/2023, con 3 preguntas,   que fueron comentadas en esta entrada resumen resumen de las noticias de El País y la Cadena SER

Y por otro lado están  dos asuntos de cuestiones prejudiciales que elevó  el Juzgado de lo Social nº 3 de Murcia al Tribunal de Justicia de la  UE [TJUE]  con cuestiones:

  • la publicada e el DOUE de 22/09/205 del asunto Ayuntamiento de Murcia o C-201/25  (página web del asunto) que elevó en Febrero de 2025 el Juzgado de lo Social nº 3 de Murcia al Tribunal de Justicia de la UE con cuestiones sobre abuso de temporalidad en el empleo público., preguntando en concreto por el caso -no cubierto en la Sentencia del TJUE de 13/06/2024 en los asuntos acumuladores "Generalitat de Catalunya

  • la publicada en el DOUE de 22/09/2025 para el asunto Ayuntamiento de Murcia II o C- 253/25  (página  web del asunto)  la segunda que elevó dicho juzgado por Auto de 21 de marzo de 2025  con preguntas complementarias, intentando cubrir muchos aspectos posibles no cubiertos o de diferentes interepretaciones,  de la citada Sentencia del TJUE de 13/06/2024 en los asuntos acumuladores "Generalitat de Catalunya"- en esencial , centrándose cuando la conversión en fijo como sanción al abuso de temporalidad implique una interpretación que la justicia española crea que es "contra legem" del Derecho nacional (como ha establecido el 27/02/2025 la Sala de lo Contencioso del Supremo español como interpretación de la sentencia del TJUE de 13/06/2024). y si en ese caso no habría que conceder por sentencia también, mientras no haya sanción válida contra el abuso de temporalidad recogida en la normativa nacional, una condición de fijeza.

 


 

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2 comentarios:

Anónimo dijo...

Pues leyendo algunas por encima, y sin ser ningún experto, da la sensación de que la contestación a algunas de estas prejudiciales acotarían mucho mas las actuaciones futuras de los tribunales españoles respecto a la fijeza que la sentencia Obadal.

Anónimo dijo...

Y para cuándo se espera la respuesta?????