La razón fundamental en que se basa el recurso se halla en la necesidad de que por el Ayuntamiento se detraigan las plazas de todos los afectados, y no se oferten, en la medida en que deben ser reconocidos como personal fijo, teniendo en cuenta la reiterada superación de las pruebas selectivas en ejercicios anteriores por parte de todos ellos, y el abuso sistemático en que se viene incurriendo con sus contrataciones temporales fraudulentas de larga duración.
En este sentido informar que cuando se nos contrató se cometió una irregularidad en la fórmula de adscripción a nuestros puestos de trabajo, pues teóricamente debíamos cubrir las vacantes que daban cumplimiento a la Oferta Pública por la que nos presentamos, aspecto que se obvió asignándonos puestos de trabajo de manera arbitraria e irregular. Ello motivó que el colectivo de interinos laborales afectados iniciara un proceso de reclamación judicial y cuyas vistas legales todavía no se han celebrado.
Nuestro malestar y gran preocupación viene dada al saber que el propio Ayuntamiento, a través de sus Departamento de Recursos Humanos, con la aquiescencia de los Sindicatos UGT y CC.OO y otros con representación en el Comité de Empresa, han aprobado una Oferta Pública de Empleo en la que incluyen, entre otros, los puestos de trabajo que actualmente están cubiertos por el personal interino citado y que, tras su previsible ocupación futura, conllevaría a nuestro cese inmediato con la ilegalidad que esto conlleva. Y todo ello, además a sabiendas que tales puestos están sometidos a una vía judicial.
Por otro lado el Tribunal de Justicia de la Unión Europea acumula dos asuntos capitales de demanda de fijeza por abuso de temporalidad en empleados públicos del SERMAS y ha celebrado el juicio oral el próximo 15 de Mayo. La amplia batería de cuestiones lanzadas en ambos casos, al tratarse de forma conjunta, podría , en caso de sentencias favorables, dejar pocos resquicios a la aplicación posterior en los tribunales nacionales. En cuestión también si convocar sin más a OPEs los puestos de los temporales abusados puede ser una de las medidas válidas que exige la Directiva europea.
Uno de los asuntos que proviene directamente del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 8 de Madrid (caso de un informático del SERMAS estatutario interino de vacante más de 17 años) vendrá resolver entre otras cosas, de si el interino de vacante es un tipo de temporal y si hacer fijo a temporales de larga duración es una solución acorde a la exigencia europea aún cuando lo prohíba la interpretación actual de la jurisprudencia española que hace de la Constitución, entendiendo que también.
El otro de los asuntos derivado del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 14 de Madrid (por el caso de 5 odontólogas también del SERMAS y también personal estatutario temporal, es decir, no bajo contrato laboral) cuestiona si convocar a OPEs convencionales de los puestos de empleados públicos en abuso de temporalidad pueda ser una solución del fraude de ley del abuso de la temporalidad.
Ante tal situación y tras consulta con nuestra Asesoría Jurídica comandada por el prestigioso buffete de abogados de Aurora León respecto a la legalidad o no de tal decisión, esta Asociación entiende que se están cometiendo varios delitos tipificados en el código penal, puesto que es sabedor del Departamento de Recursos Humanos, así como de la parte Sindical, que los puestos que ocupamos, desde su contratación, no tienen asignado código de puesto laboral alguno, motivo por el que se constató un fraude de ley, de ahí que en su momento fueron denunciados por vía judicial.
En la actualidad ya se han efectuado la celebración de varias causas judiciales de 72 denuncias de 72 compañeros interpuestas contra el Ayuntamiento dándonos la razón los tribunales y admitiendo el fraude de ley y estamos a la espera de las resoluciones europeas, anteriormente citadas. Las sentencias determinarán en qué situación contractual figuraremos.
La Asociación Sindical de Interinos de Ayuntamiento de Sevilla solo negocia una consolidación de los puestos de trabajo, ya que entendemos que Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para 2017 prevé que tenga lugar un proceso de estabilización del empleo temporal. Y de hecho tanto en administraciones de Municipios como en administraciones de Comunidades Autónomas y en distintos lugares del territorio español, se están dando lugar consolidaciones del empleo público aún con colectivos de trabajadores sin la grave problemática que presentamos nosotros.
Por
tal motivo, y entendiendo que siempre es deseable la aprobación de
Ofertas Públicas de empleo que posibilite más gente trabajando, esta
Asociación Sindical de Interinos/as ha iniciado los trámites de las
denuncias oportunas, para impugnar tal decisión, además de reservarnos
nuestro legítimo derecho a iniciar los trámites judiciales que se
precisaran para pedir responsabilidades de forma individual y colectiva a
todos y cada uno de los firmantes del citado posible acuerdo'
Fuente:
Nota de Prensa de la Asociación Sindical de Trabajadores Laborales Interinos del Ayuntamiento de Sevilla (ASTLIAS) de 25/07/2019 recibida
en APISCAM
[NOTA: notas del Ayuntamiento de Sevilla sobre su OPE 2018 y su OPE 2018 de estabilización]
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