martes, 21 de enero de 2025

El Consejo de Ministros aprueba el anteproyecto de reforma de la LOPJ que incluye el proceso de regularización comprometido de los jueces y fiscales sustitutos: plantea un proceso selectivo abierto, por el "cuarto turno" [prueba más meritos], es decir, un concurso-oposición para ser jueces/fiscales de carrera

El Consejo de Ministros de este 21/01/2025 ha aprobado un anteproyecto de ley para la  reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial en cuanto a los procesos de selección y mecanismos de acceso a la carrera judicial, según ha informado en la rueda de prensa posterior el propio  Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños , quien ha avanzado que la reforma contiene, entre otras, estas modificaciones::

  • aumentan el número de becas para opositores y habilitan un centro público de oposiciones, creando un  un registro público de compatibilidad de jueces y magistrados que han pedido la compatibilidad para preparar opositores,

  • se adecúa las oposiciones al trabajo real del juez, que consiste en "escribir y razonar en derecho" introduciendo un ejercicio escrito  en lugar de la prueba oral,

  • se modifica el denominado "cuarto turno" para que juristas de reconocida competencia accedan a la carrera judicial:
    • se intercambia el orden de sus dos fases, pasando a ser en primer lugar la prueba escrita (un "dictamen") y en segundo lugar la valoración de méritos
    • se crea para el acceso a fiscales
    • las pruebas serán simultáneas con las del turno libre, para garantizar la proporción de 4 por turno libre a 1 por 40 turno

  • regularización de jueces/magistrados sustitutos y fiscales sustitutos: [extracto de audio]
    • existen unas figuras que es la de los 913 jueces sustitutos y los 298 fiscales sustitutos existente en estos momentos;
    • que la Comisión europea nos obliga a regularizar su situación de empleo temporal mediante la carta de emplazamiento en el procedimiento de infracción que tiene abierto contra España donde nos piden que regularicemos esta "temporalidad excesiva"
    • para ellos "vamos a establecer un proceso extraordinario de regularización de jueces sustitutos, magistrados suplentes y fiscales sustitutos"  
    • el proceso de estabilización será a través un cuarto turno, abierto a estas personas para regularizar su situación y también a profesionales de reconocida competencia
    • con esto se cumpla con la obligación contenido en la ley de eficiencia de la justicia publicada y en vigor hace 21 días
    • elimina su incompatibilidad para  otras profesiones durante el tiempo que no son llamados para el ejercicio del cargo
    • límite a la temporalidad: no podrán estar en una vacante más de 1 año

Hay que recordar que en su sentencia de 13/06/2024 el Tribunal de Justicia de la UE sentenció que  no valen como sanción al abuso de temporalidad pública los procesos de estabilización que sean abiertos a personal que no ha sufrido el abuso de temporalidad.


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46 comentarios:

Anónimo dijo...

Acortando plazos,@ menos de 1 mes
Con 2 Cartas de Emplazamiento ( la última de Octubre ), previas y mediante 4 turno.
Con lo cual será una Ley 20/2021 para 1200 personas.

Y al resto??? Que nos den??!!! Q barbaridad!

Anónimo dijo...

🤣 cuarto turno 🤣 libre ?
https://www.youtube.com/live/2qAcay46lbM?si=V_VvUvN6i8jQt5vb

Anónimo dijo...

https://www.lavanguardia.com/politica/20250121/10304038/gobierno-presenta-reforma-democratizar-acceso-juez.html

Anónimo dijo...

En que quedamos. Concurso o Concurso Oposición??

Acabar con la temporalidad
Por otro lado, el anteproyecto de ley regula un proceso extraordinario de consolidación de empleo temporal en las carreras judicial y fiscal para dar cumplimiento al mandato de la Comisión Europea de acabar con la temporalidad en el sector público. Este proceso selectivo constará de una convocatoria para acceder a la carrera judicial por la categoría de juez y otro para el acceso en la carrera fiscal por la categoría de abogado fiscal. El sistema de selección será de concurso oposición, similar al del cuarto turno.

Anónimo dijo...

Cuarto turno, primero prueba escrita, después concurso.

Anónimo dijo...

Hay que recordar que en su sentencia de 13/06/2024 el Tribunal de Justicia de la UE sentenció que no valen como sanción al abuso de temporalidad pública los procesos de estabilización que sean abiertos a personal que no ha sufrido el abuso de temporalidad.

Por mucho que se recuerde, si no son de acatar, si no son de cumplir plazos, ni leyes ni de reducir la temporalidad y que a la vez sirva como sanción y reparación del fraude y abuso qué hacemos?

Anónimo dijo...

Satisfechos de que?
https://x.com/i/status/1881767782985175228

Anónimo dijo...

Hombre. La prueba Escrita es "redactar una sentencia". Que es lo que llevan haciendo muy bien.
AAaaños. Y si a eso sumas méritos.
Pues complicado es q no estabilicen de forma extraordinaria. No??

Anónimo dijo...

https://www.europapress.es/nacional/noticia-asociaciones-avisan-reforma-gobierno-puede-servir-meter-jueces-sustitutos-puerta-atras-20250121193506.html

Anónimo dijo...

Depende, si son mil jueces/magistrados suplentes y sacas 100 plazas, como han hecho muchas Administraciones Públicas con los concursos, incumpliendo la ley 20/21, cuando deberían sacar TODAS las plazas que estaban en abuso de temporalidad...
O para estos si van a sacar las 1000 plazas? Entonces, seguimos con unos SI y otros NO, que es la tónica general de éste estado de desigualdad y discriminación.

Anónimo dijo...

Y vuelta la borrica al trigo. Qué no es meter, que ya están, que ya son jueces, que ejercen esa función, en precario, eso sí, porque así lo ha querido este pseudo Estado de Derecho.

Qué a los señoritos les gusta tener esclavos, que en Europa está prohibido, que se inspecciona, se persigue y se resarce al abusado. En este país en vías de desarrollo NO.
Qué somos una p. farsa de país. Que abuso sin sanción es corrupción.

Anónimo dijo...

"para "meter" jueces sustitutos por la "puerta de atrás"." Entonces en calidad de qué llevan años sentenciando? O son o no son. Y si están es que lo son, y como son, y en Europa no se puede ejercer sin ser porque entonces estás simulando una figura que no es, o son y lo que has consentido son jueces de segunda ejerciendo las mismas funciones pero sin los mismos derechos, en precario y puteadas como hemos estado muchas, 10,20,30 años, que todavía estamos esperando que se haga justicia.

Anónimo dijo...

Vale, podéis borrar los comentarios anteriores. Los jueces/magistrados/ fiscales/laj sí son personas, los demás somos gilipollas con forma de sillas, plazas, que son las que han estabilizado.

Anónimo dijo...

Vivimos en un un putopais reaccionario y envidioso...
Como dijo una del PP, que se jod..

Anónimo dijo...



Ojalá hagan FIJOS a todos los trabajadores jueces en abuso de temporalidad.

Pero lo que veo no es restringido, no es sanción al abuso de temporalidad en el sector público.

El Gobierno no hace caso de las cartas de emplazamiento de la Unión Europea.

FIJEZA YA!!!!

Anónimo dijo...

De las 3 soluciones,
"Han resucitado "el tercer turno"" o "Un cuarto turno "especial""
https://confilegal.com/20241124-cuarto-turno-indemnizacion-o-ser-convertidos-en-jats-soluciones-para-el-problema-de-los-jueces-sustitutos/

Anónimo dijo...

Más cuarto turno , que tercero.
https://www.iustel.com/diario_del_derecho/noticia.asp?ref_iustel=1002628

Anónimo dijo...

Al de los procesos "restringidos", bajate de la moto YA. Eso nunca ha existido, ni existira para borrar la mala imagen de la administración como mala empleadora, que se ha ganado a pulso.

Anónimo dijo...

Todavía está por ver qué saquen todas las plazas de los jueces abusados más las de los que no lo han sido. Para fiarse...

Anónimo dijo...

20:19 Efectivamente, o eres del PP o que te jodan, como ya han hecho con los abusados en las Administraciones que mal gestionan.

Anónimo dijo...

En el telediario han dicho que las personas con más de 10 años hacían prueba y méritos. Como si fuera restringido. No sé, lo he escuchado de pasada pero han nombrado los 10 años.

Anónimo dijo...

Mediante el cuarto turno, los juristas de reconocida competencia con más de 10 años de ejercicio profesional pueden acceder a la carrera judicial a través de la evaluación de méritos y de una prueba escrita.

Con el fin de agilizar la selección de los opositores que acceden por el cuarto turno, Bolaños ha señalado que primero se realizará la prueba escrita y solo se evaluarán los méritos y los currículums de quienes la hayan superado.

Anónimo dijo...

Pues eso suena a meter a dedo a quien les apetezca... y qué dicen los jueces sustitutos?

Anónimo dijo...

No sé lo que dicen, lo que si sé es que pueden echar a la calle a quienes ellos quieran cuando quieran, sorpresiva e ilegalmente, con conocimiento y total desprotección de los sindicatos.

Anónimo dijo...

PAIS BRICS 🤣🤣🤣
El vendebiblias seguro pilla plaza luego de su estafa, tiene 3 Demandas por Mala Praxis y lo que vendra.

Anónimo dijo...

BRICS No, pero País PIGS sí, lo seremos de por vida, para los europeos y los nacionales sin derechos!!

Anónimo dijo...

Yo les recomiendo a los jueces sustitutos que se hagan de un sindicato hasta que termine su proceso y después le mende a...
Es la única forma de estar protegidos e informados durante el proceso. Ellos tienen información privilegiada.
Eso sí, después a tomar por...

Anónimo dijo...

Mala recomendación, los sindicatos españoles anteponen sus intereses a cualquier otro, más cuando se trata de temporales públicos abusados.

Hacen piña con las administraciones abusadoras que les subvencionan hasta tal punto que ofrecen información falsa para procurar ceses sorpresivos e ilegales.

Pero en este país de discriminación y total inseguridad jurídica nunca sabes quién te va a traicionar, si el gobierno, los sindicatos por todos los gobiernos subvencionados o jueces/magistrados que también montaron su tinglado a costa del temporal abusado.

Todo depende de la suerte que tengas, y no de la justicia ni equidad, de la que depende tú futuro laboral.

Anónimo dijo...

En mi caso, si me hubiera hecho de ugt, sería a día de hoy funcionaria seguramente. Ugt informaba a todo el mundo en general de lo que iba ocurriendo con la estabilización, excepto de lo que ocurrió con un juicio que ellos pusieron y defendieron sólo a unos pocos. Cuando me enteré de ese juicio, yo ya estaba cesada y había pasado el plazo de recurrirlo y después, no me defendieron a mí y eso que les dije de todo. Lo habría ganado casi seguro. No informaban de una irregularidad que estaba cometiendo la administración y cuando me enteré ya era tarde. Tienen información privilegiada y no defienden a los trabajadores, defienden a quien les da la gana.

Anónimo dijo...

11.13.

De que juicio se trataba? Está la sentencia en Cendoj?
Si quieres te ayudo a buscarla , y a interpretar lo que sucedió, para intentar ayudarte con toda esta "sinrazón"

Anónimo dijo...

Al parecer, los jueces, magistrados, fiscales sustitutos son considerados perdonas y no plazas, me alegro por ellos, conozco alguno y sé la incertidumbre que cargan desde hace muchos años. Es justo que estabilicen de una vez.

La pena es que la justicia social no sea para todos igual. Donde un ministro ve trabajadores temporales públicos abusados, otro sólo ve plazas a estabilizar.

Anónimo dijo...

*personas

Anónimo dijo...

11,19 gracias pero estoy preparando un recurso de revisión de actos nulos por discriminación. El caso es muy claro pero no sé si al ser fuera de plazo será muy difícil ganarlo cuando en plazo casi seguro que lo habría ganado, o eso me dicen. Hay abogados que me han desanimado a seguir peleando por este tema y uno me lo está defendiendo aunque no sé si será tirar el dinero. Si hubiera sido de Ugt a lo mejor me habría enterado y además me habrían defendido a mí también. Después, sabiendo que estaba yo con mi caso afectada también, me dejaron tirada.

Anónimo dijo...

11.44. Por qué o por cuanto tiempo estás fuera de plazo?
Si me indicas si tienes la sentencia, y si la misma está en Cendoj, yo creo que te puedo ayudar.
En cualquier caso, mucho ánimo!!

Anónimo dijo...

Ánimo a tod@s. Ya está bien de injusticias.

Expediente Gub. 548-2024.- CGPJ. Escrito de fecha 29.10.2024, de la
Secretaría General del CGPJ, con certificación de Acuerdo de la Comisión
Permanente de fecha 29.10.2024 por el que se acuerda Denegar la solicitud
de suspensión instada en el recurso de reposición núm. 505/2024,
interpuesto por el letrado Agustín Azparren Lucas, en representación de la
jueza sustituta Lydia Polo Alba, contra el acuerdo adoptado por esta
Comisión Permanente, en su reunión del día 24 de julio de 2024 por el que
se resuelve el concurso para provisión de plazas de magistrado/a suplente y
de juez/a sustituto en el año 2024/2025, en el ámbito de este TSJMU, entre
otros. Acuerdo de Presidencia de fecha 30.10.2024. Dación de cuenta.

Precedido de,

6.10- Exp. Gub. 548-2024.- CGPJ. Comunicación de la Sección de Recursos
del CGPJ, de fecha 21.10.2024 solicitando, en relación con el Recurso de
Reposición n.º 505/2024 interpuesto por Dª Lydia Polo Alba (se acompaña
copia del Recurso y solicitud de medida cautelar de suspensión del acuerdo)
contra Acuerdo de la C.P de 24.07.2024, copia ordenada y completa del
Expediente relativo a la solicitud presentada por Dª Lydia Polo Alba en la
convocatoria de Jueces sustitutos y Magistrados suplentes para el año
2024/2025, con toda la documentación relativa a la misma así como la
elaboración de un informe, aprobado por la Sala de Gobierno, en el que se
especifiquen las causas y los criterios por las fue excluida del listado de
candidatos propuestos para su nombramiento como Magistrados suplentes y
Jueces sustitutos. Acuerdo de Presidencia de fecha 21.10.2024. Informe de
Presidencia de 31.10.2024. Dación de cuenta y decisión.

Anónimo dijo...

https://murciaplaza.com/el-grito-de-auxilio-de-los-jueces-sustitutos-murcianos-nos-cuesta-llegar-a-final-de-mes

Anónimo dijo...

sistematiza un proceso de estabilización de los jueces sustitutos y fiscales interinos, en línea con los requerimientos de la Comisión Europea y con el mandato establecido en la Ley Orgánica de Eficiencia del Servicio Público de Justicia.

Del mismo modo, para los jueces sustitutos y magistrados suplentes, elimina la incompatibilidad para el ejercicio de otras profesiones durante el tiempo que no son llamados para el ejercicio del cargo.

Anónimo dijo...

Vaya, vaya, dice que no son interinos, pero sin embargo si se benefician del procedimiento de infracción, y de la carta de emplazamiento de octubre.

Anónimo dijo...

17:26 Han demandado, se han manifestado? De quién es la culpa de lo que te pasa si no levantas la cabeza?
Ya sé que es una injusticia, hayas demandado, manifestado o dado visibilidad a lo que está pasando en este estado de desecho, pero para todos debe ser igual la reparación toda vez que existe el fraude, el abuso, la falta de transparencia e información, cesión, cese ilegal, discriminación, condenados a una perpetua incertidumbre...

Anónimo dijo...

17:31 No son interinos, no son temporales laborales, no son plazas, son ciudadanos europeos con derecho a estabilidad.

Anónimo dijo...



Pero que dices??

No te has leído las sentencias del TJUE del año pasado? No te has leído las cartas de emplazamiento de la Unión Europea?

Tampoco te leíste la sentencia del TJUE de marzo de 2020.

Vaya, así es difícil que entiendas que estás hablando de trabajadores en abuso de temporalidad. Ningún procedimiento de libre concurrencia sirve como sanción al abuso de temporalidad.

No hay sanción al abuso de temporalidad en el sector público. Es una burla de lo que está pidiendo la Unión Europea.

Una burla.

Anónimo dijo...

Yo si las leí, quienes NO lo hacen, o sí pero no interpretan igual que el TJUE, son los políticos españoles, OOSS, jueces y magistrados de carrera, todos ellos enemigos de los trabajadores temporales públicos abusados por las AAPP en la temporalidad y todos los abusos que de éste puedan derivar al no sancionarse ni repararse de ninguna forma.

Por lo que sea hay que tapar la corrupción a toda costa mientras impiden que tengamos los mismos derechos que los trabajadores europeos.

Anónimo dijo...

Muchas burla, pero unos sí y otros NO.

Anónimo dijo...

Si es que llevan concursando de sol a sol, todos lo años.
https://www.poderjudicial.es/stfls/TRIBUNALES%20SUPERIORES%20DE%20JUSTICIA/TSJ%20Catalunya/ACUERDO/DOCUMENTOSCGPJ/Baremo%20de%20m%C3%A9ritos%20de%20jueces%20sustitutos%2024-01-2012.pdf

Anónimo dijo...

Y para los que no han hecho concursos sino que nos han puesto en la calle con nocturnidad tras años de abusos laborales de todo tipo, desinformación de sindicatos,, cedidos y acosados?

Anónimo dijo...

Insisto, para unos si y para otros NO !!!