El pasado jueves comparecía la Ministra de Función Pública en Comisión del
Senado para informar , entre otras cosas, sobre el plan de su Ministerio en relación con la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 19 de marzo de 2020
sobre la situación de los empleados públicos interinos", a petición del miembro del Grupo Mixto del Senado por el PAR, Clemente Sánchez-Garnica.
En dicha reciente y esperanzadora sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del asunto acumulado "Sánchez Ruiz/Fernández Álvarez y otros", el más alto tribunal europeo determinó que -en contra en la práctica de la jurisprudencia
superior contencioso-administrativa española- hay abuso de
temporalidad también en la interinidad de vacante prolongada de personal
empleado público bajo relación administrativa, que como exige la normativa europea el abuso
constatado requiere de una sanción, que le corresponde al ordenamiento
español
fijar pero orientando en todo caso que no puede valer como sanción la
convocatoria del puesto a
proceso selectivo de libre concurrencia -como precisamente el el caso de
esos procesos de estabilización- ni la figura del indefinido no fijo
ni una indemnización salvo que sea específica contra el abuso y suficientemente
disuasoria.
Por contra, en su comparecencia, la ministra Carolina Darias zanjó
que la sentencia deja en manos de los jueces fijar la sanción
disuasoria, sanción que a su juicio no puede ser la fijeza y que su
departamento impulsará los procesos de
estabilización acordados con los sindicatos ampliando un año más su
posibilidad,- y que consisten en Ofertas de Empleo Público convencionales con los puestos de lso temporales de larga duración, "animando" la Ministra a las CCAA "a impulsarlos" y modificará el Estatuto del
empleado público para limitar la
duración de la temporalidad para que no se repita esta situación de
enorme temporalidad pero reiteró que "no va a transponer la Directiva",
si bien en el turno de réplica comentó que está abierta a buscar
"soluciones de
largo alcance" mediante más modificaciones del EBEP siempre y cuando
fueran consensuadas con
las CCAA , pero sin aclarar en qué sentido o de qué tipo pudieran ser.
La
ministra ha estado reuniéndose estas dos últimas semanas de uno en uno
con los responsables de Función Pública de cada CCAA, comentando en su
comparecencia que en estas reuniones bilaterales ha preguntado sobre las
posibles medidas y que plantearía o abriría un debate al respegco ya
en conjunto en la una Conferencia sectorial interterritorial que tendrá lugar este jueves 11 de Junio desde las 10 de la mañana.
De
las reuniones bilaterales con cada CCAA, aparte de anodinas y clónicas
notas de prensa del Ministerio (ver aquí el "clon" para la reunión con el Consejero responsable en la Comunidad de Madrid, Javier Fernández- Lasquetty), sólo ha trascendido al respecto , aparte
de la coincidencia general en la solicitu de laas CCAA en que el MInisterio acabe con los límites de tasa
de reposición para las OPEs, que la C. Valenciana habría expresado o se habría interesado por una nueva vía de acceso excepcional para esas situaciones de abuso prolongado ya existente y que la C. de Castilla y León habría preguntado a la Ministra si piensa plantear algo desde el ministerio más allá de los procesos de estabilización actuales, y a lo que se acogerían.
A priori y salvo sorpresa mayúscula, de lo visto y oído en la comparecencia de la Ministra así como por las actuaciones previas de este gobierno impulsando las OPEs de estabilización en su propia Administración General del Estado, -ante la probable falta de petición generalizada de las CCAAs y la segura falta de petición en ese sentido de los sindicatos de la Mesa de la Función Pública estatal- no se espera ninguna propuesta de medida excepcional real de consolidación real directa del enorme acúmulo -centenares de miles- de personal público en situación más que candidata de abuso de temporalidad; y sí en cambio un "impulso" o aceleración en tiempo y ampliación en ámbito de afectadxs de dichos procesos de estabilización, mientras se hacen cantos de sirena de un debate para un cambio en la normativa básica del empleado público - "mejorar la regulación del personal
interino, para evitar situaciones que han llevado a un alto nivel de conflictividad y pronunciamientos del Tribunal de Justicia de la UE" en palabras de la propia nota del Ministerio- que podría no afectar -o dejaría atrás en terminología usual hoy en día- a toda esa bolsa de personal temporal en "fraude de ley", principalmente localizado en las CCAAs y entidades locales.
A priori y salvo sorpresa mayúscula, de lo visto y oído en la comparecencia de la Ministra así como por las actuaciones previas de este gobierno impulsando las OPEs de estabilización en su propia Administración General del Estado, -ante la probable falta de petición generalizada de las CCAAs y la segura falta de petición en ese sentido de los sindicatos de la Mesa de la Función Pública estatal- no se espera ninguna propuesta de medida excepcional real de consolidación real directa del enorme acúmulo -centenares de miles- de personal público en situación más que candidata de abuso de temporalidad; y sí en cambio un "impulso" o aceleración en tiempo y ampliación en ámbito de afectadxs de dichos procesos de estabilización, mientras se hacen cantos de sirena de un debate para un cambio en la normativa básica del empleado público - "mejorar la regulación del personal
interino, para evitar situaciones que han llevado a un alto nivel de conflictividad y pronunciamientos del Tribunal de Justicia de la UE" en palabras de la propia nota del Ministerio- que podría no afectar -o dejaría atrás en terminología usual hoy en día- a toda esa bolsa de personal temporal en "fraude de ley", principalmente localizado en las CCAAs y entidades locales.
Aunque
con notables diferencias por las legislaciones nacionales diferentes, y
con enormes lagunas de los detalles en especial de la implementacion
práctica, puede resultar interesante establecer un paralelismo del momento actual con el italiano meses después tras la sentencia Mascolo de 2014 del mismo Tribunal de justicia de la Unión Europea [TJUE], al menos con lo que se ha conocido desde aquí por lo resumido en las cuestiones prejudiciales al TJUE por sus tribunales .