Aparte de introducir a los titulares de las nuevas Direcciones Generales de la estructura de la Consejería de Sanidad y del SERMAS en dicho Consejo de Administración, está la novedad de introducir en su composición al titular de la Agencia Madrileña de Atención Social y extender los vocales nombrados por el Consejero de Sanidad de 5 a 7, incluyendo ahora la obligación de haber uno del Colegio Oficial de Farmacéuticos de Madrid además de los que ya había del Colegio de Médicos y del de Enferemería, así como otros tres de los "restantes" Colegios Oficiales de profesiones sanitarias que haya en la Comunidad de Madrid.
a) Presidente: El titular de la Consejería de Sanidad.
b) Vicepresidente: El titular de la Viceconsejería de Sanidad.
c) Vocales:
— Los titulares de las Direcciones Generales del Servicio Madrileño de Salud.
— Los titulares de las Direcciones Generales de la Consejería de Sanidad.
— El titular de la Dirección General de Presupuestos y Recursos Humanos de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda.
— El titular de la Dirección General de Calidad de los Servicios y Atención al Ciudadano de la Comunidad de Madrid.
— El titular de la Agencia Madrileña de Atención Social.
— Tres
representantes de las organizaciones sindicales con presencia en la Mesa
Sectorial de Sanidad, con rango de Secretario General.
— Siete Vocales
nombrados por el Consejero de Sanidad entre profesionales de reconocido
prestigio, de los cuales tres serán a propuesta del Colegio Oficial de
Médicos, de Enfermería y de Farmacéuticos de Madrid, respectivamente, y
otros tres a propuesta de los restantes Colegios Oficiales representados
en el Pleno de la Comisión de Formación Continuada de las Profesiones
Sanitarias de la Comunidad de Madrid, y un vocal nombrado libremente por
el Consejero de Sanidad entre profesionales de reconocido prestigio.
d) Secretario: El titular de la Secretaría General del Servicio Madrileño de Salud, quien asistirá con voz pero sin voto”.
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