sábado, 25 de abril de 2026

APISCAM apoya la concentración estatal ante el Congreso de este miércoles 29 de Abril por una ley de fijeza ante el abuso de temporalidad pública dando cumplimiento a las sentencias del Tribunal de Justicia de la UE como la reciente de 14/04/2026

 Esta Asociación de Profesionales de informática de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, apoya la  concentración estatal ante el Congreso  convocada por la  Plataforma Afectados Función Pública y la Asociación Nacional de Secretarios, Interventores y Tesoreros Interinos, conel apoyo de la Coordinadora Estatal de Personal Público Temporal y numerosas asociaciones y sindicatos depara este miércoles 29 de Abril de 11:00 a 15:00 para que se regule una normativa excepcional de fijeza ante el abuso de temporalidad pública, se  readmita a las personas cesadas en abuso de temporalidad , dando  cumplimiento de las sentencias del Tribunal de Justicia de la UE y evitando así la pérdida de fondos europeos del componente del PRTR sobre modernización de la AAPP (donde todas sus inversiones son de digitalización en la práctica) y futuras sanciones en el procedimiento de infracción abierto por la Comisión Europea.

En paralelo, a la concentración representantes de asociaciones mantendrán reuniones con los grupos políticos del Congreso 




 

La manifestación  llega en un momento crítico en que:
  •  el Tribunal de Justicia de la Unión Europea acaba de sentenciar el 14/04/2026 el asunto Obadal, la cuestion prejudicial de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo sobre sanciones válidas al abuso de la temporalidad : el TJUE reafirma que no vale como sanción al abuso de temporalidad del empleado público la doctrina del indefinido no fijo de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo ni las medidas que indicó, ni cada una ni en su conjunto: indemnizaciones topadas al cese , el régimen de responsabilidad de las AAPP existente si es inconcreto o la convocatoria de procesos mientras sean abiertos a personal no en abuso y de futuro incierto para el personal en abuso, como  es el caso de los procedimientos de estabilización de la ley 20/2021 
  • Como sigue sin haber sanción válida al abuso de temporalidad pública en la legislación española, la Comisión Europea está instando al Gobierno español , en el marco de un procedimiento de infracción abierto tras nuestra sentencia europea de 2020, a que regule ya una nueva norma legal para el empleado publico temporal más de 3 años  y decidió suspender el pasado 07/07/2025  626 millones de los fondos europeos para Españas, que sólo podrían ser recibidos si España establecía nueva normativa válida antes de 6 meses
  • existen propuestas de enmiendas en el Congreso de grupos minoritarios, en especial la de Junts Per Cataluña , para que se apruebe una normativa de fijeza directa de solución al más de medio millón de empleados públicos que siguen en abuso de temporalidad 
  • el gobierno del Estado   ha respondido a Junts Per Cat su pregunta sobre el estado de la suspensión de fondos europeos diciendo que ha recibido comunicación de valoración de la Comisión Europea [de la decisión de retirar definitivamente los fondos, previsiblemente] para la que tienen dos meses para presentar alegaciones y que es necesario avanzar" en "mecanismos que limiten el uso de la temporalidad", 
 


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151 comentarios:

Anónimo dijo...

Gracias Apiscam🙏🙏

Anónimo dijo...

Allí estaremos Apiscam. Y ahora que vemos un poco más cerca el final gracias por vuestra labor todos estos años.

Anónimo dijo...

Tod@s a Madrid!!!

Anónimo dijo...

Pues Tritors. Solo q semana Antes.

Superior Sala III
https://www.poderjudicial.es/search/AN/openDocument/868b8c3afba616cba0a8778d75e36f0d/20260420

Superior Sala IV
https://www.poderjudicial.es/search/AN/openDocument/bb2b922b9b67ca1ca0a8778d75e36f0d/20260422

Anónimo dijo...

Los de la IV , hablan de jurisprudencia "caduca" o Karka.

Los de la III, tienen un morro 🐽 subito

Anónimo dijo...

Todo@s a Madrid!!!

Anónimo dijo...

Tela - 6 de abril. Superior Aragón Sala III. Sección 2 por Ayto de Zaragoza. Arauz de por medio.
8 días antes. Directos al "matadero" si yo fuera la persona cesada, me subiría por las paredes.

Tela - 13 de Abril 1 día antes. Sala IV. Tela. Lanbide.
El compañero tuvo q consolidad por sus medios en concurso oposición de la 20/21.
Eso sí ni pasta , ni fijeza.
Ojo a lo que dice el Voto Particular. Q esta hasta las narices de la postura de sus compañeros, y pide fijeza para estos casos en los que se haya superado sin sacar plaza proceso selectivo o no

Anónimo dijo...

Perdon. La fechas están intercambiadas.
En cualquier caso, ahi está la "mediática" que opina en "el Diario" y por redes.
Dª Garbiñe Biurrun Mancisidor, Presidenta,

D. Florentino Eguaras Mendiri (voto particular, está hasta las narices de ella y su compañera)
Dª Maite Alejandro Aranzamendi, Magistrados/as

tritors dijo...

Gracias por los datos!! Veremos…

Anónimo dijo...

Justicia en este pais de Ayusitas no existe

tritors dijo...

Me acabo de leer la de la sala del contencioso…conociendo al tsj de Aragón…con esta sentencia han disfrutado por partida doble…por el petitum y por quien ponía el recurso…como no…se parapetan en la responsabilidad patrimonial y separan los criterios aplicables al laboral del funcionario…me huelo que van a seguir en la misma línea…al menos la sala del contencioso…los de lo social…veremos…por qué tampoco creo que estén muy receptivos…iremos viendo las próximas semanas

Anónimo dijo...

Sinceramente lo q decida el TS me da bastante igual Va A SER INJUSTO.

Anónimo dijo...

La historia es lo q decidan en Moncloa. EL TS es manifiestamente .............. indolente ... incapaz ... y previsible para mal

Anónimo dijo...

Las decisiones del TJUE son "consensuadas", la de esos ejpañoles NO.

Anónimo dijo...

A ver cuantos se unen a Parada?
A ver cuantos se unen a Balaguer?

Son como ir a esas reuniones de Comunidad, donde siempre se toman las peores decisiones posibles.

Anónimo dijo...

Defensor pueblo último informe 2025, presentado 2026...concluye : "Esta institución considera que los aspirantes de bolsa de trabajo no deben soportar en sus expectativas legítimas las consecuencias negativas derivadas de una falta de planificación de las necesidades estructurales de la Administración correspondiente y de la disposición efectiva de los recursos humanos necesarios para atenderlas. Tampoco deben verse privados de los derechos que les asisten en caso de superación de los límites legales a la temporalidad de la relación laboral."

Anónimo dijo...

Yo también para Madrid!

Anónimo dijo...

20 días pa INF ya estabilizadas, con contrato la boral antes del 2012.

No saben nada estos jueces asturianos. Q son 33 o más !!!!!!!


https://www.lavozdeasturias.es/noticia/aviles/2026/04/22/ayuntamiento-avilesdebera-pagar-153000-euros-cuatro-trabajadoras-tras-decadas-temporalidad/00031776859646786970217.htm

tritors dijo...

Este tsj y la resolución de Obadal los llevo yo en mi recurso de indemnización por haber estabilizado ya y petición de suspensión hasta que resuelva el ts…yo me hago a la idea que el ts de lo social estará en la horquilla de los 20-33…y no lo tengo seguro del todo…y el de lo contencioso…ni me mojo…

tritors dijo...

Me huelo que el parapeto para evitar denuncias masivas está ahí…en la responsabilidad patrimonial …y con causa juzgada a ver quién tiene huevos a pedir revisión de sentencia…Veremos…

Anónimo dijo...

A eso precisamente se agarrarán como clavo ardiendo

Anónimo dijo...

https://www.lawandtrends.com/noticias/laboral/los-juristas-javier-ramon-y-gerardo-perez-creen-que-tras-obadal-el-gobierno-esta-obligado-a-solucionar-la-situacion-de-1.html

Anónimo dijo...

Te esperamos el día 29, o quédate en tu casa que es lo que muchos hacen. Elige. seguir siendo sumiso al poder, así fue siempre, aunque nos perjudique, porque la sumisión y la disciplina son barreras para avanzar, o defiende lo que es tuyo y es de todos que es lo correcto, de todas maneras tu eliges, no hará falta un regalo para cada asistente, está en juego tu dignidad como afectado y la de todos los que estamos ahí

Anónimo dijo...

Obadal se aplica a funcionarios interinos: “la utilización abusiva de sucesivos contratos o relaciones de servicio de duración determinada”.

Otra cosa es que la sala contencioso - administrativa decida seguir prevaricando.

Anónimo dijo...

Y conviene subrayar que Obadal no es un episodio aislado. Sánchez Ruiz (2020), Consejería de Presidencia de Madrid (febrero de 2024), DG de la Función Pública de la Generalitat (junio de 2024) y, ahora, Obadal forman una secuencia. Una secuencia en la que el TJUE no se cansa de explicar lo mismo: que las medidas españolas, sean jurisprudenciales o legales —incluida la Ley 20/2021, hija del intento del Gobierno por cumplir con Bruselas—, no son ni efectivas, ni disuasorias, ni proporcionadas. Es decir, no son. Y mientras tanto, las personas afectadas envejecen en una temporalidad que el Derecho europeo declara una y otra vez ilegal, sin que el Estado español acabe de tomarse en serio la enmienda.

Anónimo dijo...

Así es. Además están poniendo sanciones que pagamos todos. Si nos pagaran a todos, nos deben 30.125,33 millones de euros.

Nos pagan lo mínimo posible y otra cosa.
De media "nos deben" 30.125 euros.

Eso sí , que se metan el dinero de todos por ahí, yo no lo quiero ..

Anónimo dijo...

8.03 Así es, NO ES HONESTO COBRAR DEL DINERO DE TODOS

Anónimo dijo...

Con ese dinero, mirad que cosas se hacen.

"18 de febrero de 2021 - 15:39)
EFE
El Gobierno central ha destinado más de 30.000 millones de euros en la Comunidad de Madrid durante el año pasado para hacer frente a las emergencias económicas, sociales y sanitarias provocadas por la pandemia del coronavirus. El delegado del Gobierno en Madrid, José Manuel Franco, ha presentado este jueves en rueda de prensa el balance de las inversiones del Ejecutivo central en la región, que asciende a un total de 31.722,7 millones de euros"

Anónimo dijo...

A estas alturas todo es deshonesto. Jueces, politicos, administracion, sindicatos... mejor digamos obscenamente indecente. Gracias Sanchez, Gracias Oscar, Gracias Feijo.... Y no me olvido del gran Escriva!!!.

Anónimo dijo...

Siendo así, espero que Europa arruine a España.

Anónimo dijo...

Que sentido tiene que Europa determine que todo está mal, y España continúe 25 años igual, impresionante como menosprecian el Derecho Europeo y prevarican los tribunales españoles. Es para salir a reclamar, pero de forma brutal. No hay otra manera.

Anónimo dijo...

Lo que no es honesto es buscar soluciones que no cumplen con las leyes Europeas y como resultado que pagan por ello los mas débiles....y ahora como dices tu: son "deshonestos". Y sin embargo, los responsables que ha creado esta situación están sentados cómodamente en sus sillones y cobrando sueldazos de todos los españoles.

Anónimo dijo...

¿Cómo va la denuncia de Arauz a la sala contencioso administrativa del TS por prevaricación?

Anónimo dijo...

Obadal... recuerda a los Estados miembros qué pueden y qué no pueden hacer con su propio derecho cuando ese derecho roza el comunitario. Es decir, recuerda lo obvio: que la primacía del Derecho europeo no es un acto de fe, sino una técnica jurídica.

Es la hora de comprobar si el Estado español ha digerido, después de cuatro décadas de integración, que pertenecer a la Unión implica aceptar reglas comunes de interpretación. Quien crea que ese sometimiento es una claudicación debería detenerse a reflexionar sobre algo: cuando los tribunales internos dejan de operar dentro del marco que ellos mismos se han dado, son los tribunales externos los que acaban devolviendo la ley a su sentido. Eso, lejos de ser un fracaso del Estado de derecho, es exactamente para lo que se inventó.

El 14 de abril ya dejó una indicación. Lo que falta no es saber adónde va el viento. Es saber si la justicia española quiere darse cuenta antes de que vuelva a soplar.

Anónimo dijo...

Pues la JUGADA deshonesta es ESA. Hacernos pagar a TODOS lo mínimo posible 30.125 millones de euros. Y ahorrarse 20 mil millones más gracias a los jueces.

El apartado 77 de la Sentencia Obadal, lo dice muy claro.
"La responsabilidad es individual"

Vaya jetas .. q tenemos en España.

Anónimo dijo...

En España hay Justicia?.

Anónimo dijo...

Si, de lo contrario no sabríamos distinguir cuando no la hay, o cuando se decide alimentar la injusticia en un determinado momento a un colectivo concreto.

En España hay justicia pero no para todos, por eso no es un estado de derecho pleno, ni avanzado ni europeo.

Entre algunos datos relevantes sacados de la IA sobre la situación de la justicia en España:
Puntuación y Rankings: En el ámbito de la Unión Europea, EFTA y Norteamérica, España ocupa el puesto 18 de 31, indicando que hay países con mejor desempeño en la aplicación de la ley y la justicia.

Tenemos mucho margen de mejora e informes para tapar muchas bocas.

Anónimo dijo...

Más huelgas hacen falta:
https://www.tercerainformacion.es/articulo/actualidad/27/04/2026/convocan-huelga-en-la-educacion-publica-no-universitaria-andaluza-los-dias-29-y-30-de-abril/

Anónimo dijo...

Es un sin sentido que España esté gobernada por el PSOE, y justamente sea la administración quien más abuse de los empleados...y la actitud de los tribunales, la palabra prevaricación se queda corta. Una pena

Anónimo dijo...

Tritors, Apiscam.

29 Diciembre del 25.
TS. Sala IV. No se ponen deacuerdo ni en quien debe juzgar una ilegalidad fraudulenta tras cese despues de 30 años.
STS 6016/2025 - ECLI:ES:TS:2025:6016

Vottos. 8 a favor de Sala IV
5 a favor de Sala III.

El afectado tendrá suerte y todo. Y cobrará pasta tras Obadal. En fin .... !!!!

Anónimo dijo...

Desde al 96, hasta el 23. 27 años.
https://www.pielagos.es/blobs/transparenciaarchivo/285/01_04_02_01.pdf

Cese fraudulento de un eventual nombrado a dedo 27 años.
Sueldo. 2600 euros

Indemnizacion tras cese

16 años a 45 días
11 años a 33 días

Total de días a Indemnizar: 1083 dias (36 meses y 3 días)

Indemnización por 27 años de abuso: 93.860 euros ( 3.476 euros por año ) , tras ponerle a dedo 7 veces.


Anónimo dijo...

10:20 La realidad de una justicia desigual como la española, donde ante los mismos hechos caben diferentes fundamentos de derecho dando como resultado que unos sean reparados y otros no, prueba su inexistencia.

Anónimo dijo...

Joder.
Los de Aena trincan . Fijos a Extinguir.
Los eventuales cesados trincan.
Los de la 20/21 trincan
Los de la Sala IV trincan

Los únicos gilipollas q no trincamos somos los de la Sala III, q ya nos cesaron o cesareis (nos robaron nuestra silla)

Anónimo dijo...

¿Cuántos sindicatos han confirmado la asistencia a la concentración? ¿Vendrán abusados de fuera de la CAM? Es importantísimo que estemos todos a una!

Anónimo dijo...

Vamos a Madrid!!!! Desde Córdoba. ¿Quién se une? Ahora o nunca.

Anónimo dijo...

Pues TODOS podrían protestar también para que no se pague con su dinero. Aquí el problema no es solo de los interinos. Lo sufrimos TODOS. Cuando lo tengan que pagar ellos de su bolsillo se acaba el problema. De momento, que lo paguen con votos en contra.

Anónimo dijo...

Tod@s a Madrid!!!!!!!!!!!!!!!!!!!

Anónimo dijo...

No con mi voto.

Anónimo dijo...

Es cuestión de suerte, los que dependemos de los contenciosos además de cornudos apaleados 😵‍💫

Anónimo dijo...

Tú ya sabe! Pagamos TODOS pero NO A TODOS!

Al encargado de actividades deportivas si OIGA! Mierda de PAIS y sus gentes ...

Anónimo dijo...

No hay ni un solo juez honesto en la Sala III q diga BASTA!!!! ?????????

Anónimo dijo...

Soy tritors: Del poder judicial, tal y como esta estructurado (incluida sus formas de promocionar)...no espereis nada...para uno que te puedes encontrar que quiera aplicar justicia el resto miran mucho por su sitio y sus pretensiones...y el tema del abuso de temporalidad es radiactivo...Y del ejecutivo y del legislativo...pues que quereis que os diga...las cuentas les salen por que sino de otra manera ya les habria ardido el culo para sacar otra ley tipo 20/21...con tal de no seguir perdiendo pasta...pero como saben que no tienen la soga en el cuello...por ahora...pues esperan que el trabajo se lo resuelva el TS.

Anónimo dijo...

Arauz ha comunicado a través de Instagram, que el juzgado 13 de Sevilla, de lo social, aplicando la sentencia Obadal, ha hecho FIJA a una trabajadora del Ayuntamiento de Carmona, declarando improcedente su despido.
Primera fijeza tras Obadal.

Anónimo dijo...

Tú lo has dicho por ahora... A todo cerdo...

Anónimo dijo...

Juez/Magistrado contencioso honesto, nuevo oxímoron mientras no se demuestre lo contrario, y por las trazas, puedo prever que el asunto va para largo.


va para largo.

Anónimo dijo...

veremos cuando suba al tsj de andalucia que tambien es guapo...de los mas restrictivos...veremos si hace lo mismo...si teneis la sentencia pasarla para echarle un ojo a ver si es de los aprobados sin plaza o que criterio a aplicado...

Anónimo dijo...

15,23. A ver si podéis ampliar esa buena noticia!

Anónimo dijo...

por lo que he leído en la publicación de x...los datos son muy genericos...no hay referencia de ningún tipo sobre las sentencias a ver si con el tiempo conseguimos mas datos para evaluarlos...

Anónimo dijo...

Una vez más da información sesgada.

Q deje de hacerse publicidad
..

La juez del juzgado de Sevilla. Aurora. De ese Foro? 🤔
https://forojudicialindependiente.es/coordinadora-nacional/

Anónimo dijo...

Vamos a ver
El Ts no puede dar fijeza a los interinos Funcionarios porque tiene que ser el Gobierno quien legisle de urgencia
el Ts si puede conceder fijeza en interinos laborales y de hecho creo que lo dictará así
Solución Interinos Funcionarios, si el Gobierno no recoge el guante tiene que ser Demandar masivamente y que se entere Europa y que no coja fondos España de Europa, sino legislas te multan

De ahí que la Asistencia el 29 tiene que ser masiva, sobre todo de funcionarios pues nadie les va dar nada, Maestros, Médicos, Justicia
luego no os quejeis

Anónimo dijo...

Vamos a ver lo deseable es una ley. Pero si por sentencia das fijeza no digo funcionario a los laborales porque no a los interinos de lo contencioso. Que lo impide?. Nada. Dejémonos de líos. Que los jueces juzguen en base a leyes por políticos legislen. O los pusimos para otra cosa.

Anónimo dijo...

Demandar masivamente, manifestarse y sobre todo no votarles. Nunca.

Anónimo dijo...

Señores legislen de una vez. O no hay narices.

Anónimo dijo...

27 días quedan para legislar...ellos lo saben.

Anónimo dijo...

O no legislan y le endiñan al nuevo Gobierno el pastel, desde luego seria una bajeza, tanto como han alardeado de estar con los Trabajadores

Anónimo dijo...

Obadal tumba la ley 20/21, que era tanto para laborales como para funcionarios interinos. Ahora los jueces solo pueden hacer fijos, lo contrario, sería no solo incumplir la directiva europea y jurisprudencia del TJUE, sino vulnerar el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva, e incluso parece que además sería a sabiendas...
El Gobierno legislando rápido, podría evitar las multas y sanciones que se vienen encima.

Anónimo dijo...

Europa está por encima de la constitución. Si no hay fijeza tendrémos que llegar a Europa pero en MASA, que lo tenga claro Europa. Mi juicio que tengo pendiente en Sevilla no prospera correctamente no tendré otra que llegar al supremo y si tampoco prospera iré a Europa cueste lo que cueste... Como que en el resto de países de Europa no se permite estos abusos y en esta España tenemos que tragar con todo!!! YA ESTÁ BIEN, JODER.

Anónimo dijo...

No a mí voto y si a MADRID!!! VAMOS VAMOS VAMOS, seamos fuertes y siempre unidos...

Anónimo dijo...

Tendremos que ser más de 1 millón de personas que estemos en fraude de ley por abuso de temporalidad... Que se note este millón de personas en MADRID. Y EN LAS ELECCIONES DE ANDALUCÍA AUNQUE SEAN 300.000, más sus familiares...

Anónimo dijo...

"Si hay abuso, hay fijeza. ¡Europa manda, España obedece!"

Anónimo dijo...

¡FRAUDE ES FIJEZA!

Anónimo dijo...

Dan grima!
https://www.poderjudicial.es/search/AN/openDocument/e48ac65fea365177a0a8778d75e36f0d/20251212

Más laboro, y menos lemas absurdos...

Anónimo dijo...

19:53 La tutela judicial no es efectiva ni eficaz desde que reconocen un abuso que no se previno sino que se fomentó, y no sancionan como deben ni reparan adrede, mucho antes de Obadal.

El retraso español es palmario, lo mismo que el abuso y el fraude laboral, que sólo obedece al corrupto estado de desecho que tenemos que sufrir por cojones.

Anónimo dijo...

Tritors.

Te dejamos en la administración hasta que les de la gana de convocar o amortizar la plaza, porque eso ya de por sí es una sanción para las personas de la administración que incumple la Ley y te deja en abuso. (Es pa reírse de los que escriben eso, ....a la cara)

Y. Aquí tenéis las razones por las que no te dan la PASTA DE TODOS EN LA SALA III.

SI TE VAMOS A DAR UNA MIERDA, EN BUENA LOGICA, PARA QUE TE VAMOS A INDEMINIZAR

"En este orden de cosas, una consecuencia que consistiera sólo en el reconocimiento de un derecho al resarcimiento de los daños y perjuicios que pudiera haber causado el abuso, no sería lo bastante disuasoria como para garantizar esa plena eficacia, por razón del quantum reducido que en buena lógica cabría fijar para la eventual indemnización"


FUENTE: https://vlex.es/vid/741387349
HUBO CUESTIÓN PREJUDICIAL, Y A UNA ESTATUTARIA (AÑO 2016, HACE 10 AÑOS, CASI LA HACEN INF)

Anónimo dijo...

En resumen , llevan mas de 10 años en la Sala III, tejiendo una madeja que es vergonzosa. SESGO ENREVESADO DE LOS LETRADOS Y JUECES DE LA SALA III.

MUCHOS PREJUICIOS, Y POCA HONESTIDAD, VAYA!!
MENOS CONSTITUCIÓN, Y MAS DECENCIA...

Anónimo dijo...

Bueno da igual Tritors, tu vas a ir a por la pasta de todos en lo Social, tirando de lo q dice la sentencia asturiana, que sí que te abre la puerta a cobrar 20 días sin limite, ya que ya has estabilizado.
Los 33 o 45, no te los van a dar ni de palo.

Anónimo dijo...

Los jueces han decidido que va a ahorrarnos a todos, 20.000 millones que deberían pagar unos cuantos.
Y de los 32.500 millones que habría que pagar a 1 millones de personas, solo saldrán de dinero de todos un 30%.
Este desaguisado son, 9.750 millones de euros de lo que realmente supone que son 50 mil millones.

Solo van a soltar un 20% del dinero de todos, y los lumbreras que se han compinchado para que "no les pase nada" se van a salir con la suya a pesar de lo que dice la Sentencia Obadal en su punto 77.

Anónimo dijo...

Muy bien explicado.
Nos tendrían que pagar 50 y van a pagarnos 10 con dinero que no es suyo. Evidentemente, un 70% no verá ni un euro.

Anónimo dijo...

Resumido. Tras tanta movida.
Los de la IV : Veran Pasta + Fijeza , o Pasta + Cese
Los de la III: Veran Fijeza sin pasta, o Cese sin Pasta.

Y la family de ayusina, tan feliz.

tritors dijo...

Y no lo tengo tan claro…tengo uno de los tsj más restrictivos que ha tirado ya a unos cuantos compañeros…veremos que hace el ts el dia 8

Anónimo dijo...

Multas y sanciones es lo que van a ver.

Anónimo dijo...

A ver, hablamos por hablar! Cuando llegue el momento y se desestime una sentencia que claramente no se respete o incumpla, no valen eufemismos ni darle la vuelta a las cosas, ni retrasar e incluso no ser contundentes o ejemplarizantes con la sentencia Obadal o en general lo dicho por el TJUE, lo que los abogados deben hacer es enviar esta sentencia al TJUE y a la Comisión Europea con todos los detalles, a ver que pasa.

Anónimo dijo...

Cese Improcedente de alguien elegido a dedo durante 4 años.
El Supremo dice q va por lo Social.
El Ayuntamiento pide q sea por la Sala III. En Auto le dicen NO.

Resumido. 27 de Marzo.
Sentencia le declara INF, y toca pagar 71 mil y picoo readmitirle.

En principio eran 1083 días por despido improcedente, pero al final han sido 891 días ( 2 años y 5 meses) por un sueldo de 2500 al mes

https://www.cantabrialiberal.com/cantabria/el-juzgado-declara-improcedente-el-cese-del-anterior-tecnico-de-deportes-de-pielagos,820529.html

En resumen sentencia q declara despido improcedente en lo social tras 27 años de 7 dedazos antes de Obadal, y para el calculo no pone topes de 24 meses. 🤣.
Y encima le hacen INF 🤣🤣🤣🤣

Vaya tema!!

A un interino de lo Contencioso, le despiden por 0 euros, sin haber sacado Ope, y para este hombre, el embudo es al revés.


Anónimo dijo...

El alcalde (político), y el elegido a dedo, no se llevan...

Paginas 14 y 15 . Hace 8 años.
https://www.pielagos.es/blobs/documento/1299/archivo.04

Cuando entra como alcalde le cesan. Pero claro, ya había sido nombrado a dedo 7 veces.
Resultado. 71 mil por 27 años.
2659 euros año.
Cada dedo de 4 años. 10.637 euros. 4 meses de sueldo con trienios 🤣

La pregunta q flota en el aire. Pq hay q pagar casi 72 mil de golpe y no dejarle ahí en un cuarto leyendo el 🗞️, otros 2 o 3 años.

Ojo al dato . Contratar a Ruth B. en el Ayto, dará empaque.

Anónimo dijo...

A comprar flores. Año 2012.
5 dedos ya.

El concejal de deportes, futuro alcalde, y el futuro cesado

https://www.pielagos.es/hemeroteca/hemeroteca/el-alcalde-y-el-concejal-de-deportes-reciben-a-ruth-beitia-en-el-aeropuerto

Anónimo dijo...

Total, si llevas 16 años, ya sabes dónde se compran las flores

Anónimo dijo...

Más rápido, q Obadal.
https://www.fcatle.com/wp-content/uploads/2025/08/todoslostiempos2025_5000mH.pdf

Anónimo dijo...

Cesado a los 60 tras 27 años de abandonar las pistas.

Anónimo dijo...

Se está hablando aquí del día 8. ¿Podría alguien aclarar que ocurrirá ese día? Gracias.

Anónimo dijo...

Que articulo mas bueno

https://diariosabemos.com/analisis/interinos-duelo-sol-en-plaza-luxemburgo_516530_102.html

Anónimo dijo...

El dia ocho nada, que se le puede caer el suelo bajo los pies a Oscar... igual tiene alas.

Anónimo dijo...

Nuestra pista es el 🎪.
Ahora ese q recibió el dedo local es uno más de los nuestros.
Si la sentencia hubiese sido 1 mes más tarde recibiría 95.000 .
Por ser buen INF 🤣
Todos los cesados que seáis INF, y que llevaseis 27 años, y cobréis 2900 en Mayo del 23.
Pues os tocan 23.000 mal que a el, pq lo vuestro no tiene topes.

Anónimo dijo...

Hombre Alas no se, pero por culillo va a dar todo el que pueda, de todas maneras me quedo con la frase del articulo anterior del Diario Sabemos es buenísima:
cumplir Europa en el BOE, incumplirla en la práctica y luego decir que la culpa es de Bruselas por no entender nuestras “peculiaridades”.

Anónimo dijo...

El TJUE dictó sentencia el 14 de abril de 2026 en el asunto C-418/24, Obadal, y el comunicado oficial fue bastante menos folclórico que la escena, pero igual de contundente: las medidas previstas en España para sancionar el abuso de contratos temporales sucesivos en el sector público no parecen conformes con el Derecho de la Unión. Luxemburgo recordó que corresponde al Supremo valorar el Derecho nacional, sí, pero le dejó el mapa, la brújula y una advertencia: la sanción debe ser efectiva, proporcionada, disuasoria y capaz de eliminar las consecuencias del abuso. No una palmadita administrativa, no una estabilización de tómbola, no una indemnización con tapa y caña, no una figura de “indefinido no fijo” que viene a ser como llamar “propietario provisional” al inquilino que pueden echar cuando toque.

Ahí estamos ahora. El Supremo tiene la sentencia en la mano y se está pensando si obedece, si interpreta, si matiza, si bordea, si gana tiempo o si vuelve a ensayar esa vieja coreografía española: cumplir Europa en el BOE, incumplirla en la práctica y luego decir que la culpa es de Bruselas por no entender nuestras “peculiaridades”.

Peculiaridades, en castellano administrativo, suele significar: “hemos abusado durante años, pero ahora no queremos pagar la factura”.

Anónimo dijo...

Esto es un simpa en toda regla...

Anónimo dijo...

Hay información no segura que dice que el día 8 puede salir la sentencia del TS social del caso Obadal pero no es información oficial, a ver si se confirma.

Anónimo dijo...

Perdón por mi ignorancia, pero ¿por qué 27 días?

Anónimo dijo...

Pues llevo 30 años abusado, me cesan mañana y cobro 3.000. cuanto me toca? He calculado que son 118.075 euros.

Anónimo dijo...

La broma al no estar topada les sale por 46.075 euros más. Si estuviste topada a lo que quería el TS , les hubiese costado 72.000 euros

Anónimo dijo...

En principio me dicen q no me retienen nada. Eso sí el abogado me saldrá por 4 mil 5 mil euros.

He utilizado esto para el cálculo.
los contratos anteriores a la reforma, se calculan dos indemnizaciones: una para el periodo anterior al 12 de febrero de 2012 y otra para el tiempo transcurrido desde entonces. Así, para el primer periodo, la indemnización es de 45 días por año trabajado hasta un máximo de 42 mensualidades. Para el segundo, corresponde una indemnización de 33 días por año trabajado y el máximo son 24 mensualidades.

Una vez hechos ambos cálculos, se suman y el resultado tiene que ser inferior a 24 mensualidades –solo se puede superar si la indemnización correspondiente al primer periodo, es decir, antes de febrero de 2012, se sitúa por encima de las 24 mensualidades, en cuyo caso recibirá el importe calculado, con un máximo de 42 meses.

Anónimo dijo...

7:43 Asi es!
"La paradoja es obscena. El sistema dice que no puede hacer fijos a quienes llevan años trabajando porque no han superado determinados procesos selectivos. Pero ese mismo sistema sí ha considerado perfectamente aceptable que esas personas sostengan hospitales, escuelas, juzgados, ayuntamientos, servicios sociales y universidades durante años, a veces décadas, bajo nombramientos temporales sucesivos. Para trabajar, valían. Para estabilizarse, ya no. Para cubrir necesidades permanentes, eran útiles. Para reconocer derechos, son un problema constitucional.

Es el milagro español: el interino es suficientemente bueno para que el Estado funcione, pero no suficientemente bueno para que el Estado le respete."

En mi opinión, entramos (sin saberlo) para ser abusados laboralmente, unos desde el minuto 1, otros más tarde pero a la larga, de manera irremediable,
dependiendo de las necesidades y/o del ansia de los responsables al saberse impunes, el relato estaba preparado..."ah, haber aprobado".

Sin protección dentro ni tutela fuera el abuso se desmadró y escaló hasta el TS, pensando que negando la mayor, aquí NO, era suficiente explicación, y no, no lo es.
Qué prevención es esa que no tiene límite en el tiempo ni en el número de abusados ni en la gravedad de los abusos, es una situación que empeoraba si o si, no se previno porque era lo buscado y se consiguió sin la posterior y debida sancion y reparación.
Ante estos hechos, España optó por la peor salida, no hacer nada y seguir negandolo durante 27años, reconocerlo le honraria, pero me temo que el estado de desecho que tenemos no va a defraudar y nos va a hacer sufrir todavía más porque reconocerlo sería ir en contra de sus ya pobres y desfasados argumentos.

Anónimo dijo...

Magnífica entrevista a Gerardo Pérez en la televisión Canaria. No se puede explicar mejor.
https://www.youtube.com/watch?v=_Pud1MMJaFY

Anónimo dijo...

¿eres personal laboral o funcionario interino? ¿Tan seguro tiene tu abogado la cuantía de la indemnización?¿Aún siendo funcionario interino? Ojalá así sea. Suerte

Anónimo dijo...

10:34 Haces bien en desear suerte, porque desear justicia con los mimbres patrios es imposible.

Anónimo dijo...

10:34 Claro meridiano.
No hay mas ciego que el que se niega a ver, saber, conocer y cumplir siendo su obligación.

Anónimo dijo...

💪 Pastuqui per tutti 🤑

Anónimo dijo...

Muy buena la entrevista 10,34, estos de la Pasta flaco favor hacen al Colectivo

Anónimo dijo...

Desconocía que los laborales ya estabilizados a los que les están reconociendo las indemnizaciones iban a renunciar a ellas

Anónimo dijo...

Niente. Andiamo.

Anónimo dijo...

El TS a la suya.
https://www.poderjudicial.es/search/AN/openDocument/5e6dbf3804499b5aa0a8778d75e36f0d/20260423

"c) Sobre el requisito de que el particular perjudicado haya alegado la infracción del Derecho de la Unión en el
marco del recurso contra la actuación administrativa que ocasionó el daño.
Sobre este punto, el TJUE declara que el hecho de exigir que el particular perjudicado haya invocado, desde la
fase previa del recurso contra la actuación administrativa que ocasionó el daño, y que tiene por objeto evitar
dicho daño o limitarlo, la infracción del Derecho de la Unión posteriormente declarada, so pena de no poder
obtener la indemnización del perjuicio sufrido, puede suponer una complicación procesal excesiva, contraria al
principio de efectividad. En efecto, en esa fase puede resultar excesivamente difícil, o incluso imposible, prever
qué infracción del Derecho de la Unión declarará finalmente el Tribunal de Justicia. "

Anónimo dijo...

27 dias.

Anónimo dijo...

Ala. Ya sabeis lo que va hacer el TS.

Mare de Deu

"8) El comportamiento del Estado español ha sido diligente, reaccionando con rapidez ante la STJUE de 27 de
enero de 2022.
Así, inmediatamente después de la STJUE, se promulgó (el 9 de marzo de 2022) la Ley 5/2022, por la que se
modificaron la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Y, en este caso, no existía en ese momento una doctrina
mínimamente consolidada de la UE que permitiera apreciar la existencia de una clara infracción del Derecho
de la Unión Europea a este respecto. Esto es, cuando el legislador español aprobó la reforma operada por la
Ley 7/2012 no podía conocer una jurisprudencia del TJUE sobre la correcta interpretación de los artículos 63
y siguientes del TFUE en este aspecto concreto y determinado (relativo al incumplimiento de la obligación de
información sobre los bienes y derechos de los contribuyentes del IRPF y del IS en el extranjero), dado que
aún no existía dicha doctrina.
9) No se ha infringido deber alguno de transposición de una Directiva.
En el presente caso, no concurre la infracción de ese deber. A lo que cabe añadir que nos encontramos ante la
regulación nacional de los impuestos sobre la renta (IRPF e Impuesto sobre Sociedades), que no están sujetos
a armonización, de manera que los Estados miembros gozan de una amplia libertad regulatoria.
En consecuencia, valorando conjuntamente las circunstancias expuestas, la Sala no alberga duda de que
en este caso no cabe apreciar la concurrencia de una infracción del Derecho de la Unión suficientemente
caracterizada, por lo que falta uno de los requisitos básicos para poder acoger la pretensión de responsabilidad
patrimonial del Estado legislador que ha sido formulada por la parte recurrente.
Partiendo de lo anterior, resulta ya innecesario evaluar si en este caso el recurrente observó o no la diligencia
exigible para mitigar las consecuencias dañosas de la infracción del Derecho de la Unión."

Anónimo dijo...

El fin se acerca.

Anónimo dijo...

Va a hacer un Pilatos.

Anónimo dijo...

Quizá el Supremo que no lo tengo yo tan claro. Pero el gobierno no podrá. 27 días faltan. Se acabo.

Anónimo dijo...

27 para qué????????

Anónimo dijo...

Para que nos den por ahí, otra vez

Anónimo dijo...

o único que les duele es que lleguemos al supremo con las demandas. Mientras más demandemos mejor, como pasó con las clausulas suelo. No, no, no, hasta que se hartaron de recibir demandas por un tuvo y los bancos empezaron a devolver los dineros. La presión de las demandas, no asustaros y demandar, demandar, demandar y el voto... ni estos ni los de antes ... llevamos 25 años pasando de los abusos de la temporalidad en lo público, porque en lo privado es diferente. Motivo: Los sindicatos tb tienen que comer con los cursitos de formación, temarios de exámenes... no les interesa tampoco la fijeza a la gran mayoría. Esto es una rueda y quién se salga no come... con la edad te das cuenta que todo es un circo y los abusos a gran escala, atontados todos, que fuerte. Espero que la gente se de cuenta de una vez por todas..

Anónimo dijo...

27 días para legislar una solución.

Anónimo dijo...

¿De dónde habéis sacado lo de los 27 días? La verdad es que estoy que no puedo más con tanta cuenta atrás... Menuda ansiedad...

Anónimo dijo...

Tranquila todo se va a solucionar

Anónimo dijo...

Falta muy poco

Anónimo dijo...

Podéis ser más explícitos con lo de los 27 días? Porque de gente con bola de cristal y jeroglíficos estamos un poco hartitos...

Anónimo dijo...

La IA sí que sabe. Ejercicio de lógica:

Premisa 1.- El derecho europeo prevalece sobre cualquier norma nacional, incluida la Constitución.
Premisa 2.-Se da por probado un abuso de temporalidad en el sector público.
Premisa 3.- Un juez tiene que dictar sentencia teniendo en cuenta la jurisprudencia europea y especialmente la sentencia Obadal en un caso de un interino, en fraude de ley.
Dicta sentencia.
Hazlo de manera que haya un análisis basado en la lógica.
Adivinad cuál es el resultado.

Anónimo dijo...

Os resumo sólo con el fallo que IA propone:

FALLO:
PRIMERO. Se declara la existencia de un abuso de derecho y fraude de ley en la relación laboral/administrativa del demandante con la Administración Pública.
SEGUNDO. En virtud de la Sentencia del TJUE (Asunto Obadal y otros), este Tribunal constata que las medidas previstas en la legislación nacional española (procesos selectivos de libre concurrencia o indemnizaciones genéricas) no constituyen una "sanción" suficiente, ya que no garantizan la reparación del trabajador ni castigan adecuadamente a la Administración empleadora.
TERCERO. Aplicando el Principio de Primacía del Derecho de la Unión, este juzgador procede a inaplicar los artículos de la Constitución y de la ley nacional que prohíben la adquisición de la condición de fijo sin pasar por un proceso selectivo previo de oposición.
CUARTO. Se acuerda, como medida reparadora única y necesaria, la conversión de la relación de interinidad en una relación de fijeza absoluta. El demandante queda reconocido como personal fijo, con plenos derechos de inamovilidad y antigüedad desde la fecha de su primer contrato fraudulento.

Anónimo dijo...

Por desgracia no juzgará la IA, lo juzgará la gente que se está riendo de nosotros desde hace 25 años, ¿Comprendéis la situación? Cuando se pronuncie el supremo nos darán caramelos sobrantes de las cabalgatas de Reyes.

Anónimo dijo...

Creo que nos vacilan...

Anónimo dijo...

A ver tres cosas

Indemnización pecuniaria por antigüedad
Procesos restringidos particularizando cada caso
Indefinido a extinguir

Anónimo dijo...

Es el Gobierno el que tiene que legislar y no quiere,¿¿Que hacemos???

Anónimo dijo...

A ver si mañana sale bien la Manifestación y se da el eco que merece

Anónimo dijo...

Calma el gobierno no quiere pero querrá. Los jueces no pueden aplicar unas leyes y sanciones que no existen. No las pueden inventar. Hay que legislar. 27 años después. Repito hay que legislar. Nada de lo existente sirve.

Anónimo dijo...

Hay formas de abrirles la mente. Que duda cabe...unas más imaginativas que otras.

Anónimo dijo...

"Están ahí arriba, gritándose nombres,
con sus trajes caros y sus mentes de corcho.
Creen que el mundo termina en su micrófono,
mientras afuera, un hombre cuenta sus últimos cinco euros
y el perro de la esquina tiene más decencia
que todo su maldito parlamento."

Anónimo dijo...

2+7 son 9. Número de la pureza y la verdad. 27 días faltan. Domingo de Pentecostés. Esta festividad cristiana, que marca el final del Tiempo de Pascua y conmemora la venida del Espíritu Santo 50 días después del Domingo de Resurrección, es una fecha fundamental.

Anónimo dijo...

FIJEZA EN EL CONTENCIOSO
https://www.lawandtrends.com/noticias/administrativo/una-sentencia-en-el-orden-contencioso-marca-el-primer-gran-giro-tras-obadal-una-interina-de-larga-trayectoria-en-la-1.html

Anónimo dijo...

Ole!!!!

Anónimo dijo...

Todavía no me entero de esos 27 días. ¿Por qué? ¿Qué ocurrirá?

Anónimo dijo...

27?????????

Anónimo dijo...

👏👏👏

Anónimo dijo...

Mañana a MADRID...

Anónimo dijo...

Si vamos a Madrid en 27 días fijeza. Finnnnnnn.

Anónimo dijo...

https://x.com/Pafp_mad/status/2048993825712943603

Anónimo dijo...

Te has fumado algo no?

Anónimo dijo...

Porque la coña ya no tiene gracias

Anónimo dijo...

¿Por qué en 27 días? Es lo que todos nos preguntamos.

Anónimo dijo...

VAMOS A POR ELLO SUERTE

https://diariosabemos.com/analisis/interinos-sanchez-mide-hoy-fuerza-colectivo_516563_102.html

Anónimo dijo...

27 días porque acaba el plazo para que los 626 millones de la UE DESAPAREZCAN irremisiblemente. Y se lo han avisado al Gobierno.

Anónimo dijo...

Vamoss!!

Anónimo dijo...

Hay que renovar los votos como demandantes de abuso, fraude, desinformación, cese + la nula tutela obtenida en la ⚖️ que no ha hecho si no que empeorar la situación del temporal abusado con sus lentas e incompletas sentencias del "aquí NO" porque 🇪🇦 es una piña a la hora de no querer ver el abuso perpetrado y perpetuado injustificadamente por las AAPP o una vez reconocido no sancionarlo ni repararlo como daño irreparable?

Anónimo dijo...

Ya se puede leer la sentencia que concede fijeza una funcionaria interina en un contencioso:

https://www.tercerainformacion.es/articulo/actualidad/29/04/2026/la-justicia-anula-el-cese-de-una-interina-tras-casi-veinte-anos-de-abuso-y-la-reconoce-indefinida-por-sentencia/

Anónimo dijo...

Gracias