'El Comité de Huelga ha registrado una petición dirigida a la Directora General de Función
Pública del Gobierno de Navarra, así como a la Directora General de Recursos Educativos y a las
correspondientes Mesas General y Sectorial de Personal Docente No Universitario.
En la petición, el Comité de Huelga exige que, de conformidad con lo establecido por la
jurisprudencia del Tribunal Supremo, no se puede proceder al cese del personal contratado
temporalmente sin cumplir los requisitos legales establecidos por la legislación reguladora de
función pública. Así, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en susentencia de 26 de septiembre de 2018 aplicó en el Derecho interno, la cuestión prejudicial
resuelta previamente mediante sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el
conocido como caso Castrejana.
Desde el Comité de Huelga, se recuerda que esta jurisprudencia del Tribunal Supremo
obligó a que el propio Gobierno de Navarra, en el ámbito del personal temporal al servicio de la
Administración Educativa, y con fecha de 26 de Diciembre de 2018, aprobase la ORDEN FORAL
de la entonces Consejera de Educación ( María Solana) por la que se inició el procedimiento de
elaboración de un Decreto Foral para regular la duración de los contratos del personal docente
del Departamento de Educación, que consideraba necesario que los contratos temporales del
personal docente, que tenían una duración máxima de un curso escolar, se realizasen sin fecha
fin. Sin embargo y a pesar de suponer un compromiso del pacto educativo, dicha Orden no fue
finalmente aprobada. De esta forma, el Comité de Huelga denuncia que el próximo 31 de Agosto
se vaya a proceder al cese masivo e injustificado de miles de docentes contratados en abuso de
temporalidad y fraude de ley, vulnerando lo dispuesto en la Directiva 99/70 y la jurisprudencia del
TJUE y del Tribunal Supremo. Además, en muchos casos, estos docentes no podrán volver a
obtener plaza en los procesos previstos de adjudicación telemática de plazas ( ATP) toda vez
que, una vez celebrados este mes de Julio, los procesos selectivos en la mayoría de
especialidades docentes, se van a elaborar nuevas listas de contratación temporal, lo que va a
suponer la pérdida de sus puestos de trabajo para el personal docente afectado por abuso
temporalidad. Para el Comité de Huelga, esta situación debe evitarse, para que no se condene al
paro a cientos de docentes afectados, a pesar de que tanto la legislación comunitaria como
nacional protegen su empleo frente a los ceses injustificados. Así lo ha establecido el Tribunal
Supremo al señalar textualmente que la “relación de empleo subsiste y debe continuar, con los
derechos profesionales y económicos que le son propios, hasta que cumpla en debida forma lo
que ordena la norma de carácter básico establecida en el art. 10.1 de la Ley 7/2007, de 12 de
abril, y hoy en el mismo precepto del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre”.