[Diario Médico 29/02] 'No todo el mundo se ha subido a la nueva ola tecnológica de los smartphones, las tabletas y demás dispositivos móviles, pero cada vez son más en todos los ámbitos. La Sanidad es uno de ellos, y poco a poco su uso está cambiando algunos paradigmas del día a día sanitario.'
'Cómo es el sector de los dispositivos móviles en España? Para no abrumar, usaremos sólo los datos más significativos. Un 96 por ciento de los ciudadanos españoles posee un terminal móvil, frente al 85 por ciento en Estados Unidos. ¿Y en salud? Un 48 por ciento de los usuarios móviles buscan información sobre médicos u otros profesionales de la salud, frente al 31 por ciento de los usuarios de internet sin dispositivo móvil. Además, aunque sean datos estadounidenses, el 64 por ciento de los médicos de ese país tienen un smartphone y el 27 por ciento una tableta (cinco veces más que la población general).
Aportados por Marcial García Rojo, miembro de la Junta Directiva de la Sociedad Española de la Salud (SEIS), durante la jornada Mobile Pharma, organizada por Unidad Editorial Conferencias y Formación, con la colaboración de Correo Farmacéutico, los datos aportan una explicación clara -los dispositivos móviles son importantes en Sanidad y en general, y lo serán aún más- y una justificación: "El éxito de estas herramientas se debe a su facilidad de uso, a la conexión a internet y a que se pueden utilizar en cualquier lugar".
Según García Rojo, los profesionales sanitarios han sido de los primeros en adoptar esta tecnología, "pese a que no lo fueron cuando se trató de introducir la informática e internet". Aun así, cree que las aplicaciones existentes son pocas y que deberían estar sometidas a certificación. Además, "deben abordarse los aspectos éticos del trabajo en red y evaluarse los riesgos".'
Fuente y noticia completa: Diario Médico 29/02/2012
Blog de APISCAM
ATAJOS:"Entradas importantes", "Entradas nuestras"
(feed) y canal de "Informática sanitaria"(feed). Entradas sobre sentencias, sobre jurisprudencia (Supremo y TJUE) y sobre jurisprudencia pendiente
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario