'El Anteproyecto de Ley de Mutuas de la Seguridad Social, aprobado
por el Consejo de Ministros el pasado 20 de diciembre, apuesta por
continuar cediendo competencias de la Seguridad Social y del Sistema
Nacional de Salud a las Mutuas. Éste, al que aún le queda todo el
trámite parlamentario y podría ser alterado en su planteamiento y
concreción, vendría a modificar el procedimiento en la gestión de las
Incapacidades Temporales:
Las Mutuas harían un seguimiento de las IT desde el primer día y pedirían el alta cuando lo considerasen oportuno, controlando así el proceso desde el primer día, cuando en la actualidad es a partir del día 16, con la ambigua situación de que la propia Mutua sería la que controlaría los tiempos de recuperación, siendo a su vez parte interesada en el proceso, seguramente, a favor de la empresa. Para ello, realizarían una estimación del tiempo que el trabajador ha de estar en situación de IT en función de la patología, sin tener en cuenta las particularidades o posibles complicaciones en la evolución de la enfermedad (el tiempo de recuperación será mayor cuando el paciente padezca una patología crónica, etc.). Además, ahora, la independencia de la gestión de las altas/bajas laborales está garantizada por el S.N.S. que, siendo un ente público ajeno a la empresa, contempla únicamente los parámetros de la salud del trabajador, obviando cualquier posible presión empresarial.
Hasta ahora, es el médico de familia el que tiene acceso al historial clínico del trabajador, pero mediante este Anteproyecto de Ley, las Mutuas tendrían que acceder a la información personal incluyendo aspectos psicológicos, sociales y familiares del paciente, lo que podría suponer un complejo problema legal (acceso a datos personales por parte de entidades privadas).
Una vez que la Mutua proponga el alta al Servicio Público de Salud, éste dispondrá de un plazo de 5 días para decidir si da el visto bueno, o no, a esa solicitud de alta realizada por la Mutua, donde la falta de respuesta se entiende como silencio administrativo, lo que supondrá el alta médica inmediata del trabajador.
CSIT UNIÓN PROFESIONAL critica el planteamiento de este Anteproyecto de Ley de Mutuas de la Seguridad Social, ya que el poner en manos de empresas privadas (las Mutuas) la concesión, seguimiento y extinción de los procesos de IT no es más que otra forma de privatización de un servicio público, cediendo a estas empresas lo que hasta ahora ha estado gestionado por el Sistema Nacional de Salud, y todo ello en detrimento de los derechos de los trabajadores ya que las empresas van a ser, "juez y parte" del proceso.'
Fuente: CSIT-UP Sanidad 21/01/2014
Las Mutuas harían un seguimiento de las IT desde el primer día y pedirían el alta cuando lo considerasen oportuno, controlando así el proceso desde el primer día, cuando en la actualidad es a partir del día 16, con la ambigua situación de que la propia Mutua sería la que controlaría los tiempos de recuperación, siendo a su vez parte interesada en el proceso, seguramente, a favor de la empresa. Para ello, realizarían una estimación del tiempo que el trabajador ha de estar en situación de IT en función de la patología, sin tener en cuenta las particularidades o posibles complicaciones en la evolución de la enfermedad (el tiempo de recuperación será mayor cuando el paciente padezca una patología crónica, etc.). Además, ahora, la independencia de la gestión de las altas/bajas laborales está garantizada por el S.N.S. que, siendo un ente público ajeno a la empresa, contempla únicamente los parámetros de la salud del trabajador, obviando cualquier posible presión empresarial.
Hasta ahora, es el médico de familia el que tiene acceso al historial clínico del trabajador, pero mediante este Anteproyecto de Ley, las Mutuas tendrían que acceder a la información personal incluyendo aspectos psicológicos, sociales y familiares del paciente, lo que podría suponer un complejo problema legal (acceso a datos personales por parte de entidades privadas).
Una vez que la Mutua proponga el alta al Servicio Público de Salud, éste dispondrá de un plazo de 5 días para decidir si da el visto bueno, o no, a esa solicitud de alta realizada por la Mutua, donde la falta de respuesta se entiende como silencio administrativo, lo que supondrá el alta médica inmediata del trabajador.
CSIT UNIÓN PROFESIONAL critica el planteamiento de este Anteproyecto de Ley de Mutuas de la Seguridad Social, ya que el poner en manos de empresas privadas (las Mutuas) la concesión, seguimiento y extinción de los procesos de IT no es más que otra forma de privatización de un servicio público, cediendo a estas empresas lo que hasta ahora ha estado gestionado por el Sistema Nacional de Salud, y todo ello en detrimento de los derechos de los trabajadores ya que las empresas van a ser, "juez y parte" del proceso.'
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