martes, 30 de abril de 2019

[CCOO Sanidad Madrid] 'CCOO consigue en los tribunales la primera sentencia que declara indefinido a uno de los investigadores del hospital La Princesa'

'CCOO consigue en los tribunales la primera sentencia judicial que declara la relación laboral indefinida de uno de los investigadores que trabaja en la Fundación de Investigación Biomédica del Hospital de La Princesa, reconociendo que la relación laboral constituía fraude de ley.

Con esta ya superan las cuarenta el número de sentencias favorables que han ganado los servicios jurídicos de CCOO, en todo el sector de la investigación en la Comunidad de Madrid y algunos organismos de ámbito nacional. Cabe resaltar la importancia de esta sentencia, puesto que es la primera que se dicta para la fundación del Hospital de La Princesa.


CCOO anima al conjunto de los profesionales de la investigación a defender su estabilidad en el empleo ante instancias judiciales. La Comunidad de Madrid mantiene al 90% de los profesionales que realizan labores de investigación en las Fundaciones de Investigación Biomédica (FIB) de los Hospitales de la Comunidad de Madrid con contratos temporales y casi un tercio se encuentran contratados en fraude de ley, encadenando contratos temporales año tras año y sin tener asegurada su continuidad.'


Fuente: Nota de prensa de la Federación de Sanidad y Serctores Socio-Sanitarios de CCOO de Madri de 25/04/2019

NOTA DEL EDITOR: Presumiblemente CCOO se refiere a la figura de "indefinido no fijo", figura en el orden de lo  Social (es decir, para empleados públicos laborales -es decir con "contratos" laborales- y NO para funcionarios de cualquier AAPP/estatutarios de Servicios de Salud) que sigue  asentada de forma rutinaria  tras la jurisprudencia del Supremo de concederla al laboral  interino de vacante o en sucesión de contratos de obra y servicio, etc por más de 3 años , y que implica que cuando se cubre reglamentariamente la plaza, el cese se declara procedente pero es indemnizado con veinte días por año trabajado con un tope de 12 mensualidades. En cambio, en la reciente sentencia del Tribunal Supremo de 26/09/2018 para estatutarios eventuales/funcionarios interinos de programa en abuso de temporalidad, la Sala de lo Contencioso-Administrativo afirmó que esta figura no es aplicable al personal de carácter funcionarial ( el  funcionario de cualquier AAPP y el estatuario de los Servicios de Salud  (que ostentan "nombramientos" y no contratos), considerando el Alto Tribunal español la interinidad de vacante sin indemnización ante el futuro cese como una solución ya  "suficiente",

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