Este 11/10/2023 se han publicado en la página web del SERMAS dedicada a los procesos selectivos en su apartado de las convocatorias 2022 de procesos de estabilización de empleo temporal de la OPE 2022 del SERMAS los primeros llistados provisionales de calificaciones del Concurso de Méritos según Ley estatal 20/2021 de reducción de temporalidad en el caso del Servicio Madrileño de Salud, para un segundo conjunto de categorías tras el primero publicado hace unos días, y entre ellas otra categoría de las de Sistemas y Tecnologías de la Información [S.T.I.] del SERMAS.
En concreto se han publicado los listados provisionales de las categorías:
- Sanitario Grupo A Subgrupo A1: Técnico de Salud Pública, Farmacéutico de Atención Primaria, Médico de urgencias y Emergencias
- Sanitario Grupo A Subgrupo A2: Óptico-Optometrista, Enfermero/a Especialista en Enfermería del Trabajo y Logopeda
- Sanitario Grupo C Subgrupo C1: Técnico Especialista, Técnico Especialista en Medicina Nuclear y Técnico Especialista en Higiene Bucodental
- Gestión y Servicios Grupo A Subgrupo A1: Ingeniero Superior y Técnico Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información
- Gestión y Servicios Grupo A Subgrupo A2: Grupo de Gestión de la Función Administrativa
- Gestión y Servicios Grupo C Subgrupo C1: Cocinero
- Gestión y Servicios Grupo C Subgrupo C2: Costurera, Operador Máquina de Imprimir y Reproducir, Peluquero, Albañil, Carpintero y Monitor
- Gestión y Servicios Grupo E: Peón, Planchadora y Limpiadora
abriéndose un plazo para presentar reclamaciones , que se realiza desde la opc desde la aplicación RMER , del 13 de Octubre al 19 de Octubre de 2023 (ambos incluidos)
Para el caso de la categoría de Técnico Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información [STI] , que tenía 79 admitidos para las 28 plazas (2 reservadas al cupo de discapacidad) y que es una categoría especial en cuanto era de nueva creación en el SERMAS, a la vista de las puntuaciones del listado, apreciamos que se ha cometido , al igual que en el caso del grupo A2 de STI n error en la baremación del personal con experiencia en categorías equivalentes a la de Gestión de Sistemas y Tecnologías de la Información de otros servicios de Salud: se puede deducir claramente que a este tipo de candidatos
- se les ha puntuado, correctamente, la mitad de puntos por mes en la categoría equivalente en su Servicio de Salud a la de Técnico Superior de S.T.I. según el catálogo vigente de equivalencias de categorías estatutarias entre servicios de salud para la categoría de referencia " TÉCNICO/A TITULADO SUPERIOR EN INFORMÁTICA"
- pero además, incorrectamente, se ha puntuado a personal ajeno al SERMAS como si fuera de una de las categorías equivalentes de informática, la antigüedad previa en otras categorías no equivalentes (generalmente, categorías de la función administrativa) , algo que sólo era posible para personal con algún nombramiento en la categoría de S.T.I. del SERMAS y para la experiencia previa en el SERMAS (y no podía ser posible en ningún caso para experiencia adquirida fuera del SERMAS en otra categoría que no fuera uan de las equivalentes a las de informática), en base a la conjunción de
- la base 1g) del Anexo II de la propia convocatoria publicada, que exige que "los servicios prestados, en la misma o distinta categoría, en categorías de nueva creación, en categorías que se han integrado en el régimen estatutario y en centros sanitarios que han sido integrados en el Sistema Nacional de Salud, serán computados en los términos previstos en las distintas órdenes de integración y en relación con las funciones efectivamente desempeñadas."
- la orden de integración de la categoría de Gestión de Sistemas y Tecnologías de la Información es el Decreto de integración en las categorías de Sistemas y Tecnologías de la Información de 2010 (DECRETO 69/2010, de 30 de septiembre, del gobierno de la Comunidad de Madrid), que en su "Disposición Adicional 4ª" Punto 1 específica que sólo podrán valorarservicios prestados por otras categorías si fueron en el SERMAS y y sólo para personal que ya fue integrado en la categoría del SERMAS
Que se está dando este hecho de puntuación incorrecta resulta evidente a la vista de la puntuación a varias personas que es conocido son compañeros de categorías de informática de otros servicios de salud que han recibido una puntuación en el apartado de experiencia que sólo sería posible si la citada categoría hubiera existido antes del año 2000 incluso, cuando entonces no existía en el INSALUD, y que pertenecen a servicios de Salud que han visto creadas sus categorías específicas de informática- las únicas equivalentes-, mucho más recientemente que la puntuación asignada (como por ejemplo 2006-7 para Castilla y León y 2017 para Castila-La Mancha).
Así ,cinco candidatos de otros servicios de salud habrían podido desplazar , por una baremación global errónea, a personal propio del SERMAS en las categorías de mucha antigüedad (anterior a 2016) cuya plaza había sido contabilizada para el concurso de méritos.
Que a la hora de baremar se debía tener mucho cuidado en este punto del Decreto de integración de las categorías de informática, como exige la base de la convocatoria, es algo que esta asociación ya trasladó a los sindicatos y a la Subdirección General de Selección del Personal y Provisión de Puestos del SEERMAS, a los que, naturalmente, pondremos en conocimiento de este error, que esperemos sea subsanado con la publicación de una corrección de errores del listado provisional.
En todo caso, el personal afectado de la categoria de S:T.I. del SERMAS podrá contar con toda la asistencia y ayuda de esta asociació para, en su caso, la reclamación judicial
Y nuestra enhorabuena al personal propio que con el listado actual va a obtener la justa estabilidad , todos de una larguísima y abusiva temporalidad y bastantes de ellos partícipes en las pioneras demandas judiciales de 2016 que acabaron provocando, como reacción estatal insuficiente, el concurso de méritos por el que será fijos.
Después se acordó el baremo aplicable a estas convocatorias de concurso de méritos de la Ley 20/2021 en el SERMAS: 70% la experiencia solamente en la misma categoría con el máximo con 23 años de antigüedad si es en el SERMAS, puntuando la mitad por mes si es en otro servicio de salud, y no pudiendo participar personal ya fijo en la categoría de cualquier servicio de salud. Por tanto, en aquellas categorías (muy pocas) donde el número de plazas al concurso de méritos sí coincida con las de personal temporal de larga duración porque no estén en marcha convocatorias de concurso-oposición con plazas de larga duración, se producirá consolidación del propio personal que tenga una temporalidad alta, estando en riesgo el personal de poca temporalidad si en su categoría existe personal temporal de otros servicios de salud de muy larga temporalidad que se presente.
Finalmente en el BOCM de 16/12/2022, se publicaron 6 convocatorias con los procesos selectivos por Concurso de Méritos de la Ley 20/2021 en el SERMAS, con el baremo acordado.
- por
un lado, todas las 110 plazas de las 3 categorías de S.T.I: de la OPE
2019 de estabilización anterior del SERMAS no llegaron a convocarse a
concurso-oposición y han sido finalmente convocadas por este concurso de
méritos, y que ese número sí coincide básicamente con el número de
personal en categorías de S.T.I. con temporalidad en la categoría de más
de 7 años a día de hoy más algunos pocos más de menor temporalidad en plazas antiguas
- por otro lado , existe personal de categorías estatutarias de STI o equivalentes de muy larga temporalidad en, al menos los servicios de Salud de Castilla y León y Andalucía
- el
baremo de méritos finalmente aplicado en las convocatorias, donde
puntúa la mitad en antigüedad en categorías STI de otros servicios de
salud
Por supuesto, la ley estatal 20/2021 NO garantiza la estabilidad de todo el personal en abuso,
al no forzar a incluir en procesos por méritos todas las plazas del
temporal en abuso de temporalidad (de más de 3 años ) ni obligar a bases
que garanticen la estabilización de ese personal ni contar con una
indemnización específica para el abuso o suficiente. Por tanto, desde
nuestro punto de vista, por sí sola, no vale para cumplir con la
jurisprudencia y normativa europea.
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- [16/03/2023] Publicados los listados provisionales de admitidos a la convocatorias de las categorías de personal sanitario de subgrupos A2, C1 y C2 y de las categorías de personal no sannitario con áreas específicas del Concurso de Méritos según Ley 20/2021 en el SERMAS.
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- [18/05/2023] Publicados los listados definitivos de admitidos y comienzo del autobaremo de méritos en la convocatoria de las categorías de personal no sanitario de subgrupo C1 del concurso de méritos del SERMAS, entre ellas las de Técnicos Especialistas en S.T.I., con casi 3 aspirantes por plaza para las 47 plazas correspondientes aprox. con las del personal propio más de 7 años en ella
- [31/05/203] Publicados los listados definitivos de admitidos y comienzo del autobaremo de méritos en la convocatoria de las categorías de personal sanitario y no sanitario de subgrupo A2 del concurso de méritos del SERMAS, entre ellas las de Técnicos de Gestión en S.T.I., con casi 3 aspirantes por plaza para las 35 plazas correspondientes aproximadamente con las del personal propio más de 7 años en ella
- [15/06/2023] Publicada la composición de la Comisión de Selección Central del concurso de méritos de no sanitarios C1 del SERMAS
- [19/06/2023] Publicada la composición de la Comisión de Selección Central del concurso de méritos de no sanitarios A2 del SERMAS
- [27/06/2023] Publicada la composición de la Comisión de Selección Central del concurso de méritos de no sanitarios A1 del SERMAS
- [06/07/2023] Publicados los listados definitivos de admitidos y comienzo del autobaremo de méritos en la convocatoria de las categorías de personal no sanitario de subgrupo A1 del concurso de méritos del SERMAS, entre ellas las de Técnico Superior en S.T.I., con casi 3 aspirantes por plaza para las plazas correspondientes aproximadamente con las del personal propio más de 7 años en ella
- [29/09/2023] Publicados los primeros resultados provisionales de concurso de méritos de estabilización del SERMAS, para categorías de Gestión y Servicios con pocas plazas, entre ellas las de Técnicos de Gestión en S.T.I. , donde se ha cometido un error en la valoración del personal de otros servicos de Salud, desplazando, en contra de las bases de la convocatoria , a personal propio
7 comentarios:
Enhorabuena Apiscam y Sánchez Ruiz.
Los errores seguro q se solucionan.
Si vosotros, esto no sería lo mismo.
Gracias.
Enhorabuena Sánchez Ruiz.
Yo me siento otra Sánchez Ruiz por ir contra el sistema que me es tan hostil.
Ojalá yo también pueda celebrarlo en un futuro. Como me han cesado, soy pesimista a pesar de que existe Arauz y demanda en mi nombre fijeza y al cese.
Ahora es tú momento y me alegro.
Enhorabuena, Domingo.
La merecida fijeza ha llegado para ti después de todo lo que has luchado. Has sido un gran ejemplo para todos los que estamos en este barco.
Enhorabuena!!!
Muy merecida esa FIJEZA. Que no ha sido sanción, puesto que fue un procedimiento de libre concurrencia.
Y esperanza en que con las próximas prejudiciales España deje de ser el único país de la Unión Europea donde no se sanciona el abuso de temporalidad en el sector público.
9:51. 👏👏👏 🤔 Parece que lo escribí yo. Comparto tu mismo sentir hacia Sánchez Ruiz, enhorabuena, más que merecida la estabilidad laboral.
La emocional seguro que tuvo sus altibajos pero debes saber que la lucha te engrandeció y nos sirvió a los demás abusados y por desgracia también cesados. Muchas Gracias.
Enhorabuena Sánchez Ruiz y a todos los empleados públicos del SERMAS que obtendrán plaza por el sistema de concurso de méritos. Una pena que para los empleados públicos de Administración y Servicios esta fórmula no se haya tenido en cuenta por la Administración Autonómica. Parece que a sus ojos existan empleados temporales "de larga duración" de primera y de segunda.
18:22 Es lo esperado en un país europeo de tercera y en una comunidad autónoma de cuarta, la CAM, donde la coherencia brilla por su ausencia al tratar a los trabajadores temporales públicos abusados de diferente manera frente a un ilícito por ella misma generado.
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