jueves, 17 de octubre de 2024

[Valencia Plaza] El Gobierno valenciano añade el requisito de "estar en abuso de temporalidad" para que los cesados por procesos de "estabilización" la Ley 20/2021 cobren la compensación económica contemplada en la ley , que además calculará sólo con el último nombramiento

Informa Valencia Plaza este 17/10/2024 que el borrador que está preparando la la Dirección General de Función Pública del Gobierno valenciano sobre instrucciones para la "indemnización" [N.E.: realmente la ley regula una "compensación"] contemplada en la Ley estatal 20/2021 para el personal cesado por procesos de estatabilización incluye estos requisitos:

  • sólo será para el personal temporal de su AAPP regional valenciana que haya sido cesado por los procesos de estabilización derivados de la ley 20/2021
  • se añade[ N.E: este requisito no figura en la ley] que el temporal debía "estar en abuso de temporalidad" en el momento del cese

y que para el cálculo de dicha indemnización, que la ley establece en 20 días por año trabajado con un tope de 12 mensualidades, sólo  se tendrá en cuenta el tiempo trabajado en el último nombramiento o contrato temporal antes del cese.


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11 comentarios:

Anónimo dijo...

que cachondos, se les ve el plumero a estos granujas, solo si tienes declarado el abuso, no se de donde se sacan eso eso no lo dice en la ley 20/21, y encima del ultimo nombramiento, vamos si te han movido de plaza o sucesion de nombramientos sin que ni hubiera un dia de interrupcion, estos granujas quieren solo pagar del ultimo, como sino no existiera un abuso en la sucesion de nombramientos y la relacion con la aapp de abuso sea toda la relacion laboral continuada no desde el ultimo nombramiento o ya puestos de la ultima situacion administrativa q ha podido cambiar.... Son lo peor ni estabilidad ni pasta estos quieren seguir con sus cortijos de cese libre y gratuito...

Anónimo dijo...

Al rico denuncie Mazón, dont worry bebé

Anónimo dijo...

17 de octubre de 2024, 10:21 , ¿con tener declarado el abuso querrán decir tener una sentencia firme en la que conste la declaración de "situación objetivamente de abuso"?

Anónimo dijo...

Indefinido no fijo

Anónimo dijo...

Con la corrupción hemos topado, pueden hacer lo que quieran. A ti te cesan cuando y por lo que quieran y a ellos no les condenan por acosar, desinformar, prevaricar, abusar....

Anónimo dijo...

Hacen y deshacen a su antojo.
Manda huevos....
https://presidencia.gva.es/documents/80279719/363264683/PRES+158+2022+indemnización+cambio+residencia+CVMC.pdf/ae6251be-c4b1-911c-f2a2-a78f33f21f68?t=1660634442213

Anónimo dijo...

La presidenta y vicepresidenta de ...(patatín patatan) ... tienen derecho a la indemnización por cambio de residencia que reconoce a los altos cargos el Acuerdo de 8 de septiembre de 1995 del Consell.

A lo mejor, a todos esos gañanes que hacen esos informes jurídicos, y a "todos los beneficiados" por los mismos. Altos cargos, como NO, habría que darles una "buena patada en el trasero" por jetas.

Anónimo dijo...

Valencianos. Nadie piensa llevar un asunto así a un juzgado? Es indígnante!!

Anónimo dijo...

Lo mejor es una denuncia conjunta de los afectados por vulneración de los derechos fundamentales de la persona trabajadora, pero no generalista sino denunciando a quien ha cometido o firmado tal iniquidad.-

Anónimo dijo...

Totalmente de acuerdo. Deberíamos ponernos de acuerdo para demandar por lo penal a los responsables de estas barbaridades.
Una sentencia ejemplarizante y a otros ya no se les ocurrían vómitos como que te indemnizen sólo si hay declaración de abuso. Es para ir por lo penal. ¿por que no organizamos una colecta para demandarles por lo penal?

Anónimo dijo...

es lo que merecen estos desalmados..., miles de afectados por Valencia