lunes, 4 de agosto de 2025

Sentencia el 04/09/2025 del asunto pendiente en Tribunal de Justicia de la UE sobre el abuso de temporalidad en magistrados honorarios italianos, el asunto "Pelavi", donde se pregunta si vale como medida de sanción al abuso el proceso de estabilización que reguló el gobierno en Diciembre de 2021 y si no tendría que dar una indemnización adicional al personal que lo ha superado

 Acaba de publicarse en el calendario  Tribunal de Justicia de la UE la fecha del 4/09/2025 para la sentencia - sin paso previo de informe de conclusiones de la Abogacia General de la UE,del  asunto de petición de decisión prejudicial pendiente sobre la Directiva de la UE sobre el empleo temporal, la 1999/70/CE en el caso de los magistrados honorarios italianos:  el asunto C-253/24 o asunto Pelavi, en el que el tribunal regional de apelación remitente , además de por la posible violación del principio de no discriminación entre el temporal y el fijo de la cláusula 4ª del Acuerdo Marco contenido en dicha directiva por su falta en el pasado del cobro del mes de vacaciones, pregunta si vale como medida para sancionar su situación de  abuso de temporalidad la ley de Diciembre de 2021,  o ley del "procedimiento de confirmación" hasta la jubilación de los magistrados honorarios. 

Ese procedimiento fue  regulado por el gobierno italiano  para modificar la situación de los 6 mil jueces honorarios con un mínimo de servicios prestados,  tras , precisamente, la sentencia previa del TJUE de 16 de julio de 2020 en el asunto C‑658/18, ley que incluía un procedimiento extraordinario de evaluación mediante exposición oral de un caso práctico del ámbito del candidato, restringido , que en caso de ser superado suponía la "confirmación" del magistrado honorario hasta su jubilación a los 70 años -es decir, la fijeza- así como un régimen mejorado de condiciones de trabajo más próximo a la de los jueces de carrera.

Recordemos que en la citada ley se contemplaba además una indemnización con un tope de 50 mil euros, en caso de no superar el proceso o de optar por no realizarlo, siempre en concepto de sanción al abuso de temporalidad.  Recordemos, que, bastante antes,   el propio Gobierno italiano había promulgado pocos meses después de la  famosa sentencia del asunto Mascolo de Noviembre de 2014 un cambio legislativo ( el Decreto Legislativo 81/2015 de transposición a su sector público de la   Directiva Europea 1999/70/CE sobre empleo temporal , en que dejó fuera a varios sectores del empleo público (como estos jueces honorarios) así como disposiciones legislativas transitorias de procesos restringidos  de estabilización directa, primero  para personal docente no universitario en abuso de temporalidad (como el personal de la sentencia Mascolo) y poco después  para un amplio conjunto de sectores de empleados públcos (del que, dejaron fuera también varios sectores).

Se da la circunstancia que la jueza demandante  del caso consiguió superar el proceso de confirmación, pasando al nuevo régimen como indefinida por tanto, pero se había opuesto a la solicitud del Ministerio de Justicia de que se declarará que esta demanda se había quedado sin objeto  por haber estabilizado con el proceso de confirmación. 

Con posterioridad a la publicación de la ley con esos procesos de estabilización, el TJUE dictó  sentencia el 07/04/2022, en el asunto C-236/20 o asunto "PG/Ministero della Giustizia y otros" , en el que entre otras cosas, ya afirmó que sus largas temporalidades son una situación de abuso de temporalidad que requiere de una sanción y la normativa italiana que prohíbe la fijeza  viola la normativa de la Unión Europea si no contempla otras sanciones disuasorias válidas.

Y, citando esta sentencia, tal, y como se explica en el resumen del caso publicado por el TJUE, el tribunal remitente afirma que "alberga dudas en cuanto a la idoneidad del procedimiento de estabilización para cumplir las obligaciones del Estado miembro establecidas en la cláusula 5 del Acuerdo Marco", aunque se presente en la propia ley  como "medida correctora en respuesta a las peticiones de la Comisión Europea" que decidió abrir un procedimiento de infracción contra Italia el INFR(2016)4081 tras esa primera sentencia, del TJUE. 

 Así, el tribunal regional italiano plantea estas dudas específicas sobre la validez de ese proceso de estabilización como medida de sanción al abuso:

1. ¿Tiene el procedimiento de evaluación, que puede concluir con confirmación o no, un carácter suficientemente cierto, no aleatorio o imprevisible a efectos de la transformación de la relación, de modo que pueda servir como sanción de la reiteración abusiva de contratos de duración determinada?


2. En el supuesto de que se considere que el procedimiento de evaluación es lo suficientemente cierto porque, de no producirse la confirmación, se prevé en todo caso, el pago de la indemnización, ¿puede considerarse que la medida en su conjunto constituye una sanción lo suficientemente firme y disuasoria en relación con el abuso de las relaciones laborales de duración determinada, habida cuenta de que implica una renuncia a cualquier derecho adquirido anteriormente?


para así determinar o no si debe conceder una indemnización por el abuso de temporalidad pasado a la demandante, ya "fija" por el proceso de estabilización.

Así, la segunda de las cuestionres prejudiciales  de este asunto publicadas en el DOUE reza literalmente:


"¿Se opone la cláusula 5, apartado 1, del Acuerdo Marco sobre el Trabajo de Duración Determinada a una norma interna que, como medida destinada a sancionar la utilización abusiva de relaciones laborales de duración determinada, prevé la confirmación en su puesto del juez honorario hasta que cumpla los setenta años tras haber superado un procedimiento de evaluación de naturaleza no concursal y, en caso de no superarlo, prevé una indemnización económica, con renuncia, en ambos casos, a todo derecho adquirido con anterioridad?"

 

En su  sentencia al asunto Peigli de 27/06/2024, el Tribunal de Justicia de la UE reiteró al tribunal administrativo superior italiano, que la normativa que tenían los magistrados honorarios viola la Directiva europea sobre temporalidad por no tener sanciones válidas o fijeza ante el abuso, siendo indispensable una sanción.

Nótese el interés que tienen estas cuestiones en su traslado a los procesos de estabilización que reguló el Gobierno español también en Diciembre de 2021 en reacción a sentencias europeas sobre el abuso de temporalidad en el empleo público y un procedimiento de infracción contra España, y muy especialmente ante una evenual posible normativa que acabara regulando España  tras la declaración del Tribunal de Justicia de la UE en su sentencia de 13/06/2024  en los asuntos acumulados #GenCat de que no valen como sanción al abuso de temporalidad pública los procesos de estabilización e indemnización al cese o con tope de la  citada ley 20/2021 y la reciente suspensión de fondos europeos por ello.

 

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27 comentarios:

Anónimo dijo...

Se van cumpliendo plazos y fechas hasta ahora todo igual que lo previsto, todo parece indicar que se va hacia un cumplimiento total de la directiva 99/70, lo que no tengo tan claro es si en vez de mandar este Gobierno y mandasen PP y Vox, con elecciones anticipadas??? si cumplirían con lo mandado por Bruselas, digamos que en Publico no se les ha visto con muchas ganas, y con eso vuelta la burra al trigo.-

Anónimo dijo...

Esperemos que se mantenga este gobierno mínimamente hasta que este asunto se solucione, para bien o para mal de una vez.

Anónimo dijo...

Solución de Fijeza con readmisión e indemnización para todos los cesados con sentencias de Abuso sin sanción por el TS.

Anónimo dijo...

Pues, la Ayusina..en Baleares
... . Esa tía viva de puta madre ...
Q tía!!

Anónimo dijo...

Si. Le gusta, qué pasa?

Anónimo dijo...

Pues invitala a fruta ...
A Casa de los Nadal ..

Necio!

Anónimo dijo...

Lo que vale un peine,así se van a acordar algunos como se anticipen las elecciones y gane el PP y Vox

Anónimo dijo...

Prefiero una indemnización acorde con las normas del TJUE, por mis 25 años en los peores puestos y por su negativa a estabilizarme, ahora a mis caso 60 años no quiero volver a un fijo a extinguir defectuoso, donde voy a ser la última persona en todo en una administración abusadora.

Anónimo dijo...

Lo más seguro. A no ser que apoyen los cambios que vienen a favor de los abusados y cesados etc etc y estén de acuerdo con las medidas de la justicia europea.

Anónimo dijo...

El día que entendáis que en este país no hay colores (azules, rojos, verdes o morados) sino de estado y de sociedad civil y dejéis de pelear entre vosotros, esta lucha y todas las demás cambiarán.

Y sino, mirad cuando luchan los mineros o los astilleros, no luchan entre si, sino contra el estado.

Desde 1999 que se aprobó la Directiva y habiendo pasado por "la silla estatal" tanto azules como rojos (con colorines de apoyo unos y otros), decidme, quien la ha traspuesto correctamente?

Anónimo dijo...

Que España es un país corrupto y sus administraciones públicas las primeras que dan buena cuenta de ello lo tenemos claro, no de ahora sino desde hace demasiados años.

Anónimo dijo...

El día que entiendas tu, que el PP y Vox se niegan a reconocer el abuso de Temporalidad en todas las Administraciones y hasta ahora lo han negado, comprenderás porque el PP nunca lograra la mayoría en el Parlamento pues unos tres millones de votos, se le irán como agua por el sumidero , tendría el PP para ganar con mayoría absoluta que abrazar y apoyar la nueva Ley que se prepara de Función Publica y facilitarles la vida a los interinos, con ese cambio lograrían hacerse con un nicho importante de votos, que por ahora y con su hacer los va a votar, quien tu sabes, ... pues tu y algunos mas.Punto

Anónimo dijo...

10:54 insistes en la diferencia entre iguales.

No existe diferencia entre quienes habiendo podido solucionarlo no lo han hecho, llamense PP, PSOE o el abecedario completo.

Diferencia hay entre Estado (aparato integrado por partidos políticos, sindicatos, organizaciones empresariales..) y ciudadanos.

Mientras que los ciudadanos se enfrenten los unos a los otros defendiendo falsos colores (azules, rojos...), el Estado se seguirá saliendo con la suya (como hasta ahora).

Ciudadanos libres, unidos y luchando por una causa común, sin banderas, sin colores. No hay más.

Anónimo dijo...

Con estos estamos más cerca que nunca. Con los otros estaríamos más lejos.

Anónimo dijo...

Los ceses de miles de interinos abusados, gracias a la ley de 2017 del ministro Montoro, tan de actualidad ahora no para bien.. pues que se sancione por Europa con fijeza, readmisión e indemnización. Ya es hora.

Anónimo dijo...

Es el momento de que Europa reconozca la fijeza y readmisión de los cesados con sentencias de abuso y sin sanción por el TS. Justicia ahora y siempre.

Anónimo dijo...

Además de las indemnizaciones reparadoras y disuasorias que correspondan

Anónimo dijo...

Sera lo que tenga ser, a lo mejor se adelantan elecciones y todo queda en agua de borrajas,y otra vez a empezar, otros 25 años de calvario. PP y Vox han votado en contra de del anteproyecto de Ley de Función Publica, con lo cual no habrá sanciones reparadoras y disuasorias, Se fini

Anónimo dijo...

Lo que les faltaba a los pseudo progresistas, dejarnos colgados de la brocha a 800.000 temporales públicos abusados.

En que hora se me ocurrió trabajar en las AAPP españolas.

Es una tortura, una pesadilla que no acaba.

Anónimo dijo...

Step by Step
https://www.acalsl.com/blog/2025/07/indefinidos-no-fijos-han-de-incluirse-las-plazas-que-ocupan-en-la-oferta-de-empleo-publico

Anónimo dijo...

A ver si lo explico.
A ver abusadores. Nos tenéis hasta los cojones, con vuestro pie 👣 en pared, y con vuestros actos miserables, que SUPONEN CESES INJUSTOS.

Negociar con vosotros UNA SOLUCIÓN DIGNA es IMPOSIBLE.
Vuestra Constitución de mierda, solo sirve para amamantar vuestra Prepotencia, y sesgado comportamiento.

Pagaréis de alguna forma por ello!

Anónimo dijo...

Son seis meses,el plazo :

https://www.larazon.es/economia/entrega-espana-23000-millones-quinto-pago-fondos-europeos-pero-retiene-otros-1000-incumplimientos-gobierno_202508086895dfdd8180495aa5138f36.html

Anónimo dijo...

Javier Araúz tiene razón, y muchos años de conocimiento de la verdad.
Otra cosa es que se la den, pues eso implicaría reconocer que los abusadores están por encima de la ley y los abusados por debajo o al margen de ella. Esto último es demostrable y conocido por TODOS, aunque lo quieran silenciar y no ver.
A los abusados, a unos más que a otros, nos crearon una burbuja de indefensión, sin regulación pasados los tres años desde que fuimos nombrados para ejercer la función pública con todas las bendiciones de la Administración.
Es a partir de ese plazo cuando nace nuestro limbo jurídico de desprotección administrativa, sindical, laboral, social, que por mucho que quieran negar o no ver, existe.

La desprotección con la que hemos estado trabajado durante tantos años nos dejó a los pies de los caballos, unos lo pudieron sortear con buena fé y voluntad de sus superiores, se hicieron cargo, y otros fuimos pateados hasta la expulsión sin sanción ni reparación.
Los abusadores se protegen entre ellos y sí, están por encima de la ley, ninguno ha resultado responsable, no se les ha sancionado aunque fueran quienes unilateralmente crearon esta situación de abuso generalizado e indefinido en el tiempo.
En un principio no previeron, por dejadez del legislador supongo, pero si sabían que la situación irregular se alargaba años y cada vez eramos más.
Funciona para el bolsillo no regular, dejar al margen de la ley, sigue saliendo el trabajo, el servicio es de calidad pero mucho más barato, recortas en derechos administrativos y laborales de temporales. Es arriesgado pero si la justicia está del lado del que abusa, no hay problema.
Ahora se va a saber quién responde y de qué.
Cada uno de los abusadores tiene su parte de culpa, no legislar, no proteger, no prevenir sino seguir abusando sin límite ni piedad y no responder a una situación de abuso palmario, perpetrado y perpetuado por todos los poderes de un estado y con efectos negativos para todos los ciudadanos, no sólo para los abusados.

Anónimo dijo...

11:07 De momento, los abusadores han vencido, pero no convencido, ni a los abusados ni a Europa, que aunque no les guste a los cabestros españoles, es la que porta la fusta.

Anónimo dijo...

ojala esta solución que esta por venir sea de lo mas equitativo con las personas en abuso laboral, eso si, ni PP ni Vox lo quieren, y por aquí algún Troll que intenta jugar al despiste, tampoco, veremos cuando haya que votar

Anónimo dijo...

Los derechos civiles son el cimiento sobre el cual se construyen los derechos laborales, y su aplicación es esencial cuando el Estado actúa como empleador para proteger a sus funcionarios y garantizar un entorno laboral justo y equitativo.

Si un Estado no puede garantizar los derechos laborales de sus abusados temporales tampoco garantiza los derechos civiles de éstos, por tanto, es un grupo marginado.

Anónimo dijo...

11:58 No son cabestros, saben que la única forma de mantener viva la corrupción existente dentro de las administraciones públicas españolas es negar, no investigar, no prevenir ni sancionar.

La justicia ampara a los corruptos con su inacción.