martes, 16 de junio de 2026

El Consejo de la UE aprueba, ante la propuesta de la Comisión Europea tras solicitud de España, una nueva revisión del Plan de Recuperación español: sin cambios en los compromisos que tenía sobre temporalidad pública: tener cubiertos con personal fijo, a fin de 2024, 300 mil puestos por procesos de "estabilización" incluidos los de leyes de 2017 y 2018, vinculado al próximo tramo de pagos; y tener una ley en 2021 de reducción de la temporalidad pública que incluya medidas de sanción, y por cuyo incumplimiento ya se suspendieron 626 millones de euros

 El Consejo de la UE en su sesión de la semana pasada ha decidido ratificar la propuesta que hizo el pasado 21/05/2026  la Comisión Europea de aprobar la solicitud de España de una nueva revisión de su  Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. La anterior e importante  había sido  aprobada por la Comisión Europea en Diciembre del año pasado y ratificada por el Consejo a principios de año...Y, correspondientemente, también ha publicado el Consejo la actualización del Anexo I del Plan (compárese con su anterior versión de Diciembre de 2025 )  incorporando las modificaciones en ese  documento en el  que se detallan los hitos , objetivos , indicadores de seguimiento y cumplimento de cada medida   así como su reparto en los diferentes tramos de pagos vinculados al cumplimiento de los hitos , y tanto para las  "cantidades no reembolsables" o subvenciones como de los préstamos. 

La nueva revisión aprobada afecta a un  número relevante de  medidas, sus inversiones y algunos hitos, entre otras, a las medidas e inversiones del Componente nº 11 de Modernización de las AAPP:

  •  la medida de reforma C11.R1 o "reforma para la modernización y digitalización de la Administración",  parece ser que sólo para modificar la descripción del compromiso ("hito") nº 150 sobre reducción de temporalidad  de para dejarlo  en :

    "
    Publicación en diarios oficiales de las resoluciones de los procedimientos de contratación para estabilizar el empleo público de duración determinada (Procesos de estabilización de empleo temporal) que abarcan a 300 000 personas"
     
    Curiosamente esta descripción había sido modificada muy ligeramente en la anterior revisión del plan a una descripción más típica de  una evaluación que la descripción de un compromiso:

    "Se han estabilizado 300.000 puestos de trabajo de empleo público (incluidos los derivados de los procedimientos de estabilización de 2017 y 2018), como demuestra la publicación en el diario oficial de las correspondientes resoluciones donde se incluyen las listas de los adjudicatarios."

    La descripción original de este hito era:
    "Finalización de los procedimientos de contratación para estabilizar el empleo (a través de contratos o puestos estatutarios del personal) que involucran al menos 300 000 puestos (incluidos los que derivan de los procedimientos de estabilización de 2017 y 2018)"


    El hito nº 150 sigue estando vinculado , junto con otros 66 hitos, al 6º tramo de pago en su parte de subvenciones directas sin devolución de 6.204 millones de € .

  •  las inversiones del Componente 11 números
    • 1 de "Modernización de la Administración General del Estado", que se modifica en la relación de áreas sobre las que se ejecutarán contratos:

      Antes eran estas 4:
      "1. Proactividad, movilidad y experiencia del usuario; 2. Automatización y administración pública centrada en datos; 3. Infraestructuras físicas y lógicas, y software; y 4. Ciberseguridad, incluyendo la creación del Centro de Operaciones de Ciberseguridad."

      Y ahora pasan a ser estas 5:
      "1. Administración orientada a los ciudadanos, 2. Operaciones inteligentes, 3. Un gobierno de datos, 4. Infraestructuras digitales y 5. Ciberseguridad (incluida la creación del Centro de Operaciones de Ciberseguridad)."

    •  3  de "Transformación digital y modernización del Ministerio de Política Territorial y Función Pública, del Servicio Nacional de Salud, y de la Administración de las Comunidades Autónomas y de las Entidades Locales"

    • 4. del "Plan de transición energética en la Administración General del Estado"

    • 6 Ciberseguridad, donde se concretan ahora las Áreas: "i) Desarrollar capacidades para responder a las ciberamenazas; ii) Garantizar la seguridad y la resiliencia de los activos estratégicos; iii) Fortalecer las capacidades para investigar y enjuiciar los ciberdelitos; iv) Impulsar la ciberseguridad para ciudadanos y empresas; v) Impulsar la industria de la ciberseguridad; y vi) Desarrollar una cultura de ciberseguridad."

Ya hicimos un análisis en esta entrada de la revisión de Julio de 2021 del Anexo I, en cuanto a su impacto en el asunto de la temporalidad del empleo público en España así como los profesionales públicos de los servicios de Salud, tanto en general como en el caso particular del personal de servicios de Salud, y que sigue intacto desde entonces por tanto en cuanto a su impacto en el asunto de la temporalidad del empleo público en España así como los profesionales públicos de los servicios de Salud, tanto en general como en el caso particular del personal de servicios de Salud.

Recuérdese que en la revisión de Julio de 2021 de las reformas ya desapareció lo que se planteaba como compromiso originalmente en el documento enviado por el Gobierno en Abril : que la reforma del Estatuto  Marco del personal sanitario pasara a incluir  que el sistema selectivo de los "profesionales sanitarios" con especialidades y accesos tipo MIR fuera el del concurso puro de méritos , mecanismo que se indicaba "podría estar ya disponible" para los "que lleven un período de tiempo" en e marco de los proceso de estabilización comprometidos.

En cuanto a la reforma 1 del Componente 11 sobre la AAPP  (C11.R1)  , en especial se mantienen, en la práctica,  intactos en cuanto a lo comprometido sus dos  hitos relacionados con  la temporalidad pública:

  • [nº144] Hito "Entrada en vigor de acto legislativo para reducir la temporalidad en las administraciones públicas"
    • Fecha de cumplimiento  [comprometida]: Segundo cuatrimestre de 2021
    • Descripción:   "Entrada en vigor de un Acto Legislativo que estipule medidas para reducir la temporalidad en el empleo público y disposiciones efectivas para prevenir y sancionar  abusos, incluida la obligación de publicar todas las convocatorias de procedimientos de estabilización de  personal temporal a más tardar el 31 de diciembre de 2022. Este Acto Legislativo será aplicable al Estado, administraciones públicas regionales y locales."

      Este hito fue declarado incumplido el pasado 7/7/2025 por la Comisión Europea, por la falta de medidas válidas de sanción al abuso de temporalidad en la ley 20/2021, tal y como han establecido las sentencias del TJUE de 2024
      decidiendo suspender 626 millones de fondos europeos mientras España no realice modificaciones normativas;
  • [nº 150] Objetivo "Estabilización del empleo público"
    • Fecha de cumplimiento  [comprometida] : Cuarto cuatrimestre de 2024
    • Descripción: "Publicación en diarios oficiales de las resoluciones de los procedimientos de contratación para estabilizar el empleo público de duración determinada (Procesos de estabilización de empleo temporal) que abarcan a 300 000 personas"

El hito 144 , aunque había sido dado por cumplido preliminarmente en Diciembre de 2021, lo fue "sin perjuicio del procedimiento de infracción INFR(2014)4334." . Finalmente fue declarado incumplido el pasado 7/7/2025 por la Comisión Europea, por la falta de medidas válidas de sanción al abuso de temporalidad en la ley 20/2021 a la vista de las sentencias del Tribunal de Justicia de la UE de 2024 , decidiendo la Comisión  suspender 626 millones de fondos europeos mientras España no realizara modificaciones normativas acorde a las sentencias del TJUE en el plazo estricto de 6 meses, plazo que habría concluido a principios de este año sin que el Estado español haya realizado ni una sola modificación normativa, con lo que , es de presumir, que la Comisión europea habrá decidido declarar el incumplimiento definitivo para la retirada definitiva de los fondos.   Según las reglas de funcioamiento del plan de recuperación, tras comunicar al país su evaluación final de una retirada definitiva de fondos, el país todavía tiene dos meses para presentar alegaciones contra la decisión (por ejemplo, discrepar afirmando que sí se ha cumplido con algo realizado en esos 6 meses o, incluso, cumplir de sopetón).

Y precisamente,  el Gobierno de España  respondió hace unas semanas  a Junts Per Cat una pregunta parlamentaria sobre el estado de esta  suspensión de 626 millones de fondos europeos : el Gobierno se limitó a decir en su respuesta que 
  • había recibido comunicación de "valoración" de la Comisión Europea [previsiblemente con esa decisión de retirar definitivamente los fondos tras haberse cumplido el plazo de 6 meses sin que el Gobierno aprobara norma alguna] ante la que tenían "dos meses para presentar alegaciones"
  • con la ley 20/2021 se ha superado el hito de estabilizar 300 mil plazas 
  • y "es necesario avanzar" en "mecanismos que limiten el uso de la temporalidad", citando la propuesta que presentó a las CCA en Septiembre


 
En cuanto al hito 150, por el curioso cambio que tuvo en su descripción anterior , se podía deducir que ya se daba por cumplido el compromiso, y por tanto, no iba a  implicar reducción de más fondos del pago de tramo donde se reubicó, el 6º tramo, , justo el que  está en curso  tras la solicitud realizada por el Gobierno español de su cobro  de 7.300 millones del Plan de Recuperación Española (en sus dos partes  de subvenciones no reembolsables y préstamos).
 

El hito 150, sólo exigía reducción de puestos temporales, utilizando como indicador la publicación antes del 31/12/2024 en boletines oficiales de  declaraciones de superación de procesos selectivos de estabilización (por tanto, derivados de las leyes estatales de PGE 2017, PGE 2018, RDL 14/2021. la Ley 20/2021 y el RDL 5/2023) La Federación de Servicios Públicos de UGT, en un informe de Febrero ya había avanzado la información de Función Pública de que iban " estabilizadas 225.082 plazas" y justo el mismo día 18/12/2024  el Ministro de Función Pública compareció en la  Comisión de Hacienda y Función Publica  para informar de sus líneas generales en Función Pública y anunció que  ya se han conseguido 321 mil "plazas estabilizadas" cumpliendo por tanto ya con dicho hito comprometido con la Comisión Europea para los fondos de recuperación", con lo que hace tiempo que este hito se preveía que iba a ser dado por cumplido (el incumplido es el hitol 144 de tener una ley de temporalidad con sanciones suficiente).

Se está a la espera de la decision de la Comisión Europea sobre el cumplimiento de los hitos de este 6º tramo. En el Comunicado oficial de la Comisión Europea se detallará si se declara cumplido el hito 150 o si no lo está acompañándolo en ese caso de una suspensión de fondos (que no puede superar los 6 mil millones no reembolsables  del tramo claro)

La fecha límite  que tiene los estados para cumplir hitos es el 31/08/2026, y la comisión podrá realizará pagos hasta el final de 2026, pero no más tarde.



Hay que notar según la actualización el Boletín Estadístico del Personal al servicio de las Administraciones Públicas por Función Pública con datos a Julio de 2024, se seguían  reconociendo ¡más de 1 millón de empleados públicos temporales! Según esos mismo s datos se extrae que el 18,22% del personal de la Administración del Estado (donde se detallan los datos por edad) tiene una edad de 60-64 años, , con lo que se podría extrapolar en primera aproximación un ritmo de 108 mil empleados públicos jubilados por año entre todas las AAPP. recogidas en el estudio. Como el número de efectivos no se ha incrementado de facto a lo largo de los años  de forma notable , la única forma de que haya más de 1 millón de temporales  como había en Julio de 2024 es que la gran mayoría de los puestos temporales que ocupan hayan sido ocupados de forma temporal durante muchos años, con lo que se puede extrapolar que aproximadamente al menos 700 mil puestos temporales estaban todavía en fraude de ley de abuso de temporalidad, y que llegó a haber más de 800 o 900 mil temporales en abuso de temporalidad cuando se redactó el Plan (muchos de ellos ahora ya cesados o siendo cesados por procesos de estabilización anteriores o de otro tipo). 

Curiosamente, en la exposición de la reforma en el documento sumario del Plan Español se razonaba que estaba el objetivo (de las recomendaciones del "Semestre Europeo" de años anteriores) de reducir la temporalidad al 8% en el empleo público y que por eso se incluía una medida de reforma de reducción de la temporalidad en el empelo público. Evidentemente , existiendo más   de un 1 millón de empleados públicos temporales y en torno a un 40% de temporalidad, con 300 mil plazas a estabilizar no se podía reducir la temporalidad al 8% . Recuérdese que en 2017, cuando el acuerdo sindical previo a la ley de estabilización con Montoro, el gobierno cifró el número de empleados públicos "temporales"  en poco más de 300 mil, con lo que es de suponer que la cifra de 300 mil puestos estabilizados.



Recordar que  la Comisión Europea mantiene abiertos  dos procedimientos de infracción contra Españasobre posibles violaciones de las leyes nacionales de la Directiva 1999/70/CE en el empleo público : ,  que han pasado hace unos pocos días al estado  de Dictamen Motivado :

  1.  el procedimiento de infracción 2014/4224 [INFR(2014)4224] , en cuanto a discriminación de los temporales con el fijoy que la Comisión Europea pasó a Dictamen motivado, por seguir existiendo discriminaciones en algunas condiciones de trabajo entre temporales yfijos para "ciertos" tipos de empleados públcos
  2.   y el  procedimiento de infracción 2014/4334 [INFR(2014)4334] sobre incumplimiento de la cláusula 5ª sobre el abuso de temporalidad de la citada directiva, este último tras la denuncia múltiple abierta sobre el abuso de duración de temporalidad en empleados públicos españoles CHAP(2013)01917, de la que la anterior  información oficial hace ya más de un año y medio,  indicaba que había visto ha visto las sentencias del Tribunal de Justicia de la UE de 22 de Feberro de 2024 y de 13 de Junio de 2024 y había enviado una carta de emplazamiento adicional  instando a España medidas sancionadoras más eficaces que la ley 20/2021. 

    Finalmente, ante la ausencia de nuevas  medidas sancionadoras,el pasado 29/04/2026 la Comisión Europea envió el Dictamen motivado "por 
    no brindar España una protección suficiente contra el uso abusivo de contratos sucesivos de duración determinada a los trabajadores del sector público.", dando un plazo que finalize el próximo 29 de Junio para que España apruebe una nueva normativa correctora, anunciando que llevará al España al TJUE para que declare el incumplimiento con posibles multas en caso contrario.

 


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65 comentarios:

Anónimo dijo...

Y ahora, ¿qué?

Anónimo dijo...

Que alguien lo explique en cristiano, que n o lo entiendo

Anónimo dijo...

Qué cara tienen! Ponen en la nueva descripción del hito personas y no puestos o plazas. No fueron PERSONAS fueron PLAZAS.

Anónimo dijo...

Que significa esto

Anónimo dijo...

Hez por doquier

Anónimo dijo...

Intentando colársela otra vez. Y lo peor de todo es que lo conseguirán...

Anónimo dijo...

Este silencio es sospechoso, a 13 días de cumplirse el plazo.

Anónimo dijo...

Supongo que todas estas trampas están denunciadas a la comisión. No creo que cuelen.

Anónimo dijo...

Alguien con conocimiento puede explicar esta Noticia, no la entiendo y como yo supongo que hay bastantes, Gracias

Anónimo dijo...

Abstengase lo de la IA y Trolls varios

Anónimo dijo...

Si no lo hacen bien ,Junts y ERC, les dirán que Jaque Mate

Anónimo dijo...

Qué tenemos, otros dos meses de plazo?

Anónimo dijo...

Entonces que le dan más plazos para maquillar y mentir sobre nuestra situación? Alucinante

Anónimo dijo...

No lo acabo de entender

Anónimo dijo...

Yo creo que sale este mes

Anónimo dijo...

El silencio revela que lo van a sacar ya

Anónimo dijo...

Sí yo leí que sí

Anónimo dijo...

Claro, es un argumento atronador...

Anónimo dijo...

A ver si hay suerte de una vez,luego dicen los políticos que los jóvenes no pueden acceder a la vivienda, como lo van a hacer si no les están dando un futuro, ojalá lo hagan, gracias a todos los políticos honrados que se parten la cara por los interinos sean del signo que sean

Anónimo dijo...

Pues pocos son, y los que están a nuestro favor, le poco le sirve el voto.

Anónimo dijo...

Querrás decir políticos presuntamente honrados, ¿no? Porque ninguno se molesta en mencionar el tema cuando hablan ante los medios de comunicación generales, pero de otras chorradas vamos servidos.

Anónimo dijo...

Señalamiento 24/06/2026 Sala 4. Pleno. Moralo.
008 0001685/2023
Sentencia Eguaras 31/01/2023
ECLI:ES:TSJPV:2026:982


Pues Moralo va a revisar esta Fijeza Laboral el 24 de de Junio, concedida por Eguaras e Iturri a una Trabajadora del Servicio de Limpieza de un Instituto en el País Vasco que aprobó Ope sin Plaza hace casi 25 años, y lleva trabajando más de 20 , de los cuales 3 ya Fija.

"En contra de la tesis que sostiene tanto la instancia como la impugnación del recurso, debemos indicar que el
sistema de acceso por la vía de la meritocracia, que incluye el mérito, la capacidad y publicidad, queda atendido
en aquellos casos en los cuales el trabajador accede a la contratación cuando es incorporado a las listas de
contratación por superación de una convocatoria para la cobertura de plaza fija, aunque no obtuviese la misma,
de conformidad a la doctrina sentada, entre otras, por el TS en la sentencia de 16-11-2021, Rec. 3245/19.
En nuestro caso la base octava de la convocatoria que superó la demandante establecía la incorporación en
listas de contratación. Dicha incorporación se ha realizado para necesidades permanentes y estables de la
Administración, en plazas realmente estructurales, siendo que el devenir temporal de toda la contratación de
la demandante objetiva: por un lado, su capacidad y el acceso a la contratación mediante la superación de un
procedimiento de fijeza; y, de otro, la atención con su prestación de servicios a una necesidad permanente,
mediante una contratación irregular que supone el concepto de inusualmente larga a la que se ha referido la
jurisprudencia, ( STS 8-6-2021, Rec. 2247/18).
Desde las anteriores perspectivas el que esa tesis que sostiene la impugnación del recurso deba interpretarse
por vía de contrarios, y entender que la superación de los procesos de fijeza implican el que esa contratación
posterior se encadene con la superación del proceso. Diferente es el caso en el que se ha superado un sistema
de selección para contrataciones temporales, en cuyo caso ese mérito acreditado no lo es para la plaza fija
sino para la temporal.
Lo anterior determina el que se estime el recurso con pronunciamientos favorables para la actora, y sin costas
por aplicación del art 235 LRJS.
Vistos: los artículos citados y los demás que son de general y pertinente aplicación"

Resumido: El 24 de Junio Moralo y el TSrevisa sentencia de Eguaras y después de lo acordado por el TSPV la semana pasada revisará su criterio y aplicará el indicado por Biurrun o mantendrán lo dicho por Molins y él mismo tras votacion en Pleno el 5 de Mayo de este año.

Anónimo dijo...

Como es obvio Molins y Moralo copiaron en 2026 a Eguaras e Iturri

Les volverán a copiar ahora en lo dicho por Eguaras el 4 de Junio.

Que nervios , pa tanta gente q va por lo Social!! El 24 de Junio se la juegan!!! 🧐

Sirve también la Ope sin plaza si es posterior al abuso??

La educadora infantil de Portugalete y muchos se lo agradecerían.

Anónimo dijo...

A los Sociales, os quedan 8 días pa terminar está tortura judicial ??
Al resto, 13 días?

Anónimo dijo...

Jajaja.
Se los quieren cargar...
Os nos hacen Fijos o Sefini.

https://x.com/jpagesm/status/2066954721361875048?s=20

Anónimo dijo...

El panorama político actual no es nada favorable, parecéis inocentes, España no va a ir en contra de la Constitución y del TS. Dará la fijeza a unos pocos y seguirá el sufrimiento de muchos otros.

Anónimo dijo...

Pa los q les guste pedir pasta!
https://archive.ph/Q0R7x

Anónimo dijo...

Por responsabilidad patrimonial solo te abonaremos la diferencia entre lo q podías ganar aquí, y lo q realmente has ganado.

Como el paro dura dos años y el contrato de interino 3. Te pagaremos el sueldo de 1 año (tercer año)
íntegro, solo si no has conseguido otro empleo.


1 año por despido improcedente tras 20 de interino.

30.000
+
5500 por Lisos
+
30.000 por lucro cesante

65.500 euros pa los cesados q el tercer año estén en paro.




Anónimo dijo...

De donde sacas esto?

Anónimo dijo...

Es IA, y una verdad absoluta. Aquí es donde perdemos toda opción real, y por eso llevamos 25 años.

Por tanto, Junts, Sumar y Podemos lograrán forzar al Gobierno a modificar las leyes de empleo público futuras para acortar plazos y endurecer castigos económicos a las administraciones infractoras, pero es altamente improbable que su presión logre un decreto de fijeza masiva debido al bloque constitucional monolítico que forman el PSOE, el PP y los altos tribunales.

Anónimo dijo...

Este silencio me mata, como es posible que no trascienda la intención del gobierno.

Anónimo dijo...

Oye igual no tienen intención de nada. Y van directos a la multa.

Anónimo dijo...

No me extrañaría, han pasado 25 años y sin cambiar de perspectiva.

Anónimo dijo...

Alguien, sabe en que punto estamos?. Estamos cansados de esperar y nunca pasa nada bueno para los interinos

Anónimo dijo...

El Consejo de la Unión Europea aprueba una nueva revisión….con un poco de suerte los 629 millones ya no se pierden.

Anónimo dijo...

La Unión Europea, no nos hace ni caso. Pasa de nosotros. Sólo palabras, palabras, que no sirven para nada. Que desidia

Anónimo dijo...

Que encima los mantiene? Puede apagar y vámonos, se le advierte con sanciones y ahora se le concede de nuevo sin solucionar el problema. España abusa, pero Europa nos maltrata.

Anónimo dijo...

Agotada mentalmente, por unos y otros, desprotegidos estamos y encima ignorados a consciencia

Anónimo dijo...

Y el RD en cocción creo que tir.a por las indemnizaciones, pero poniéndolo muy complicado, dividiendo a los afectados y cargándole el mochuelo a las arcas de cada CCAA.
Viva la UE, España y su pm.

Anónimo dijo...

Eso cargando el mochuelo a otros. No se a que esperan las comunidades del PP para reaccionar. Feijo debería contraatacar.

Anónimo dijo...

Crees, pues no deberías de creer tanto,porque hasta ahora el silencio es lo que hay, no se mueve nada

Anónimo dijo...

Eso es lo parece, pero precisamente por eso parece que tira por esa vía. El despertar de la PPSOE.

Anónimo dijo...

Que inocentes hemos sido pensando que habría decreto con fijeza, nos venimos arriba con el documento de líneas innegociables, y el tostón va a ser cojonudo.

Anónimo dijo...

Menudo timo es la Unión Europea, sus directivas y sus rollos. No hacen puñetero caso. Estamos completamente abandonados a nuestra suerte. Con un pie en la calle y el otro también. Y no pasa nada. Directamente, creo, que no se quieren enterar del tema y además pasan de nosotros

Anónimo dijo...

Que asco de pais, y mientras para tapar todo...el p. mundial de futbol y todos los idiotas. Como si ganando la selección se le solucionarían los problemas de empleo, vivienda, pobreza, corrupción, deterioro de servicios públicos...

Anónimo dijo...

Los diputados españoles y los eurodiputados, hacen algo por nosotros, aparte de cobrar buenos sueldazos?. No hacen absolutamente nada. Y los jueces menos. Que tortura

Anónimo dijo...

Aquí la justicia la marca Europa es la principal culpable que España actúe como actúa. De que ha servido Obadal, decirme, para qué

Anónimo dijo...

Para hacernos vanas ilusiones. Que desesperación. El tiempo pasa y no pasa nada bueno para nosotros

Anónimo dijo...

Ni va a pasar, España ha asumido que será denunciada por la comisión. El proceso se alargará otros 2 años y en medio cesados cientos de abusados. Juegan con el tiempo y así nos hunden más.

Anónimo dijo...

Qué tendrá que ver el tocino con la velocidad. A ti te gustará el ballet, por ejemplo, y a mí me puede parecer una tontería y una pérdida de tiempo, aunque te relajes y desconectes con ellos, pero no te llamo idiota ni te critico.

Anónimo dijo...

A ver, ¿puedes desarrollarlo algo más?

Anónimo dijo...

Van a legislar

Anónimo dijo...

Se va a legislar, pero antes habrá RD, y examen para fijeza, cumplir IMC y Contra Legem

Anónimo dijo...

Otro examen cuándo

Anónimo dijo...

Dos vias
La primera sería aprobar un real decreto ley que reconozca la plaza de forma directa a quienes ya hayan superado pruebas selectivas, incluidos procesos de estabilización, pero no hayan conseguido plaza. La segunda consistiría en un concurso excepcional de méritos para el resto del personal afectado, con un procedimiento rápido, gratuito y con identificación de oficio por parte de las propias Administraciones.

Anónimo dijo...

De 6 a 11 días.

Anónimo dijo...

Claaaaaro, y ahora nuevamente el baremo lo confeccionan los sindicatos para volver a meter más de los suyos, y el propio infractor te dirá que no te reconoce de oficio más que cuatro casos como pasó con la ley 20/21. Y a correr.

Anónimo dijo...

Yo apuesto antes del 29, porque el plazo expira el 29 saldrá antes

Anónimo dijo...

23 rojo.

Anónimo dijo...

Y que crees que pasará, concurso de méritos o examen?

Anónimo dijo...

Eso no lo sé.

Anónimo dijo...

Sin duda concurso, otra cosa es la capacidad, quiero decir que si llevas 20 años fuera, poco vas a poder demostrar

Anónimo dijo...

Y como sabéis eso quién lo dice

Anónimo dijo...

Pero eso dónde está

Anónimo dijo...

Si claro, adivináis bola de cristal arriba, bola de cristal abajo. No?