Con esta ley, a partir de ahora “la permanencia en el servicio activo podrá prorrogarse como máximo al 30 por ciento del personal que cumpla la edad de jubilación en el año correspondiente, en función de las necesidades de la organización, articuladas en el marco de los planes de ordenación de recursos humanos del Sermas”.
Las prolongaciones se efectuarán mediante resolución expresa por un período de un año, prorrogables por períodos de igual duración.
También se concederá prolongación en el servicio activo en el supuesto incluido en el apartado 3, del artículo 26 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud.
Todas aquellas prolongaciones de la permanencia en el servicio activo concedidas con anterioridad a la entrada en vigor de esta ley serán revisadas en el plazo máximo de tres meses desde la vigencia de la presente ley, conforme a los criterios del apartado 1 de este artículo.
Asimismo, los nombramientos de personal estatutario temporal podrán expedirse para la prestación de servicios con dedicación parcial en el porcentaje, días y horario que, en cada caso, y atendiendo a las circunstancias organizativas, funcionales y asistenciales, se determinen, con una limitación máxima del 75 por ciento de la jornada ordinaria, en cómputo anual, o del que proporcionalmente corresponda si se trata de nombramiento temporal de menor duración.
El director general de Recurso Humanos de la Consejería de Sanidad, Armando Resino, ha explicado que el personal estatutario es aproximadamente el 80 por ciento del conjunto de la plantilla del Sermas, lo que supone cerca de 80.000 trabajadores.
Tras destacar que lo que se ha hecho hasta ahora es prorrogar de oficio el servicio activo de estos médicos, ha indicado que la nueva Ley expone que la permanencia se podrá prorrogar sólo “dentro de los planes de ordenación de Recursos Humanos del Sistema Madrileño de Salud” y que se tendrá que revisar anualmente.
Resino, que ha señalado que se prorrogará el servicio activo de todas aquellas personas que no hayan cotizado los 15 años correspondientes para tener derecho a pensión, ha explicado que la medida “se enmarca en la situación presupuestaria actual” y en el hecho de que ahora ya no faltan facultativos, como ocurría hace unos años. De hecho, ha dicho que en las plantillas de algunas especialidades tienen “excedentes”.'
Fuente y noticia completa: Redacción Médica 03/12/2012
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