viernes, 25 de enero de 2013

[CSIT-UP] 'Reclamación de la paga extra de Diciembre'

[23/01]  'Con la entrada en vigor del Real Decreto-Ley 20/2012 de 13 de julio, de Medidas para Garantizar la Estabilidad Presupuestaria y de Fomento de Competitividad, se suprimió para el personal del sector público tanto la PAGA EXTRAORDINARIA como la paga adicional de complemento específico o pagas adicionales equivalentes al mes de diciembre de 2012.

      Una vez finalizado el año 2012, se ha llevado a efecto la supresión de la paga extraordinaria y también la parte proporcional de la misma hasta que el mencionado Real Decreto-Ley entró en vigor.


     Los Servicios Jurídicos de CSIT UNIÓN PROFESIONAL, una vez cumplido el hecho, están preparando la interposición del Conflicto Colectivo para el personal laboral, así como las acciones necesarias para el personal funcionario y estatutario que eviten la multiplicación de acciones individuales y el correspondiente colapso judicial.'

' Os informamos       que   los  plazos   legales  para    realizar  las reclamaciones son:
    - Para el Personal Laboral: 1 año natural.
    - Para el Personal Funcionario y Estatutario: 4 años naturales.
'
Fuente: CSIT-UP 23/01/2013

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