martes, 12 de febrero de 2013

[CSIT-UP] 'Hay circunstancias por las que percibimos el 100% del salario aun estando de baja por enfermedad'

[08/02] '- Hospitalización e Intervención quirúrgica que se derive de tratamientos que estén incluidos en la cartera básica de servicios del Sistema Nacional de Salud.

- Procesos de incapacidad temporal que impliquen tratamientos de radioterapia o quimioterapia.

- Procesos que tengan inicio dentro del periodo de gestación, aun cuando no den lugar a una situación de riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia.

- La Comunidad de Madrid establecerá qué otros supuestos se consideran de carácter  excepcional y por lo tanto, pueden percibir  también el 100% de su retribución.

Según Instrucción emitida por la Dirección General      de la Función Pública, http://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/01/31/BOCM-20130131-1.PDF) y por la Dirección General de Recursos Humanos del SERMAS (http://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/01/31/BOCM-20130131-9.PDF), se establecen nuevos criterios en materia de incapacidad temporal y ausencias por enfermedad, en aplicación de los apartados 3 y 7 de la Instrucción de 15/10/2012 del Estado.'

Fuente: CSIT-UP 08/02/2013

Entradas relacionadas:

No hay comentarios: