Sobre el escrito de AME, la Consejería de Sanidad aclara lo siguiente: El inicio de actividad asistencial en los hospitales que empezaron su andadura en 2008 (H. Infanta Leonor, el H. Infanta Sofía, el H. Infanta Cristina, el H. del Henares, el H. del Tajo y el H. del Sureste), supuso diversos retos entre los que estaba que su funcionamiento no ocasionase disfunciones en el servicio a proporcionar a los ciudadanos.
Para ello, se dotó a estos hospitales de los datos demográficos de los posibles pacientes de sus respectivas áreas sanitarias (entonces no había área única de Madrid) que pudiesen precisar asistencia en estos centros.
Estos hospitales tenían el carácter de pilotos en la implantación de la historia clínica electrónica, de ahí que fuera imprescindible tener una identificación precisa de los pacientes que evitara errores que pudieran producirse por registro manual de esos datos, y ahorrar tiempo al profesional y al paciente en la primera visita al hospital, para lo cual se hizo una carga “masiva” tal como se refiere previamente.
Los datos que fueron precargados se limitaron a los identificativos y demográficos, puesto que en ningún caso fueron utilizados datos clínicos de dichos ciudadanos, pero sí era preciso asignarles un número identificativo que sirviera, llegado el caso, como el número de la historia clínica de cada paciente cuando se precisara; es decir, en el momento inicial eran números de historias sin historial clínico.
Por ello, los pacientes que no hayan recibido ninguna asistencia sanitaria pero que inicialmente, en 2008, fueron cargados en las bases de datos de estos hospitales, figuran sin información clínica.
Por otro lado, en ningún momento se han producido cesiones de datos personales de pacientes ni de profesionales, a las empresas que habían resultado adjudicatarias mediante concurso público de la gestión indirecta de estos hospitales, ya que los contratos no se formalizaron.
Por último, en relación a que esto se podía haber hecho para incrementar el coste del servicio sanitario, cabe señalar que el cálculo del importe se realizaba multiplicando el coste de la cápita por el número de ciudadanos que conforman la población asignada (en ningún momento por el número de registro de pacientes con o sin historia clínica en sus bases de datos).
Gabinete de Prensa
Consejería de Sanidad'
Fuente: AME 29/04/2014
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