viernes, 12 de noviembre de 2021

Aunque ya está por fin el Informe preceptivo con el primer filtro de enmiendas, no tendrá lugar todavía al menos una semana más el primer debate de las enmiendas al Proyecto de Ley de modificación del Real Decreto-Ley de reducción de temporalidad. Sí tendrá lugar comparencia en Comisión de Hacienda y Función Pública de la Ministra el Jueves 18.

Se ha actualizado hoy  la página web del Congreso de los Diputados con la  agenda del Congreso para esta semana que viene  y no figura debate en Comisión de Hacienda y Función Pública ( cuya página sobre sus sesiones acaba de estrenar contenido) del ya famoso "Proyecto de Ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público" (nº de iniciativa  121/000063), destinado presumiblemente a mejorar el Real-Decreto Ley  publicado en el B.O.E. núm. 161, de 7 de julio de 2021 , que entró en vigor desde el 8 de Julio  y fue finalmente convalidado por el Congreso en su  sesión de debate en Pleno del pasado 21 de Julio que tratamos ampliamente en una entrada aquí,. con lo que el Real Decreto-Ley sigue en vigor en sus términos. Tampoco  habrá sesión del Pleno del Congreso.

Pero sí consta que habrá, la que va a ser la primera tras las reordenaciones ministeriales, Sesión de la Comisión de Hacienda y Función Pública (tras las reordenaciones ministeriales), este Jueves 18 a las 10.00, y según su orden del día, estará dedicada a la comparecencia de la Ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero Cuadrado, para informar , a petición propia, de las líneas generales de su departamento, entre ellas a buen seguro el Proyecto de Ley citado. Podrá seguirse en este enlace.

Por otro lado  la página web de la iniciativa del Proyecto de Ley ha cambiado su estado a (pendiente de) Dictamen de la Comisión de Hacienda y Función Pública, es decir, de que tenga lugar Sesión de la Comisión de Hacienda y Función Pública para debatir y votar públicamente las enmiendas al articulado del Proyecto de ley partiendo de la lista clasificada en el Informe de la Ponencia y emitir como salida el texto del Proyecto de Ley  modificado por las enmiendas que se apruebe (ese texto se denomina "Dictamen de la Comisión"). Las enmiendas que sean rechazadas en su votación en Comisión todavía pueden pasar a ser debatidas y votadas en Pleno  del Congresosi así lo estiman sus proponentes (lo habitual).

 Por tanto. la  Ponencia cerró ayer su Informe en la reunión que tenía prevista.


Recordamos a modo de sumario acumulado:

1. el contenido de partida del Proyecto de Ley es  idéntico al  Real Decreto-Ley publicado yen vigor, en cuanto a la enorme bolsa de abuso de temporalidad actual que sigue habiendo.

 

Este contenido de partida -pese a ser en su mayoría de muy larga duración y pese a las sentencias europeas que establecen que es una situación de abuso que requiere una sanción para la que no valen ni procesos selectivos ni indemnizaciones al cese como la del indefinido no fijo-  estipula realizar en cada AAPP un último proceso selectivo libre extraordinario denominados de  "estabilización"  

  • [artículo 2.1] con los puestos de los temporales más de 3 años a 31/12/2020 que no estén ya incluidos en los procesos de estabilización anteriores derivados de los acuerdos de 2017 y 2018,  que en el acuerdo se cifra en 300 mil plazas, contemplando ahora una  indemnización de 20 días por año con tope de 12 mensualidades al temporal  que teniendo su puesto en dicho proceso se presente y no lo supere, siendo cesado por tanto
  • la OPE de  este último proceso de estabilización  en cada AAPP debe publicarse antes de 31/12/2021, 
  • la convocatoria del proceso selectivo en sí derivado de esa OPE antes  de 31/12/2022 y la resolución final del proceso deberá estar antes de fin de 2024 , debiendo situarse la tasa de temporalidad por debajo del 8%
  • siendo  el sistema selectivo un concurso-oposición (salvo para el personal investigador en los casos como hasta ahora y "sin perjuicio de lo establecido en su caso en la normativa propia de función pública de cada AAPP o la normativa específica")
  • con oposición eliminatoria  
  • con un peso de la fase de concurso de méritos del 40%,
  •  siendo los méritos "mayoritariamente" por la antigüedad "en el cuerpo o escala o categoría o equivalente" (OJO no dice "puesto en la misma AAPP")
  • habría una  indemnización de 20 días por año de servicio con tope de 12 mensualidades al temporal  que teniendo su puesto en dicho proceso se presente y no lo supere, siendo cesado por tanto (en el caso del laboral será la diferencia con la indemnización ya contemplada en algunos tipos de contrato por su extinción de tal forma que el total sea la misma de 20 días...)
  •  se explicita en la Disposición transitoria 1ª qué pasa con las convocatorias derivadas de  OPEs de estabilización actuales: las publicadas en la fecha de entrada en vigor del texto del Real Decreto-Ley deben seguir ejecutándose como  están



  • Por tanto, si la nueva Ley no se aprueba con ninguna enmienda que modifique o suprima esta Disposición transitoria y se apruebe una supuesta propuesta por Función Pública, no afectaría a las plazas que ya tuvieran una convocatoria publicada en el momento de entrada en vigor de la Ley
  •  

    2. las enmiendas presentadas al Proyecto de Ley:

    • El PSOE propone permitir a las AAPP la posibilidad de concurso de méritos libre con las plazas temporales más de 10 años que no se hayan convocado y, para el resto de futuras convocatorias de procesos de estabilización, la posibilidad de que los ejercicios de la oposición no sean eliminatorios. 
    • EL Partido Popular propone ampliar las plazas bajo los procesos de estabilización y garantizar que las AAPP los ejecuten como concurso-oposición, proponiendo solamente la posibilidad de no hacer oposición a quien la tenga superada sin obtener plaza en uno de los procesos selectivos anteriores. 
    • Podemos propone concurso de méritos obligatorio con valoración especial de la antigüedad en el puesto para los puestos temporales más de 5 años y oposición no eliminatoria para el resto
    • NI PSOE, ni PP ni Podemos propone la paralización o exclusión de las plazas de personal temporal en abuso de los procesos ya convocados
    • Coalición Canaria presenta enmiendas  con la fijeza como sanción al abuso de temporalidad  al personal público actual temporal más de 3 años en puestos o plazas de función estructural  mediante la figura de personal "fijo a extinguir", la suspensión de las OPEs estabilización convocadas e indemnizaciones disuasorias a futuro para evitar nuevos abusos. 
    • ERC presenta una amplia batería de enmiendas con multitud de alternativas para procesos de estabilización extraordinarios: desde fijeza a extinguir a OPEs no eliminatorias, pasando por concursos de méritos restringidos y libres, con y sin exclusión de plazas de las OPEs
    • Ciudadanos propone la fijeza a extinguir para el interino entre 3 y 9 años y concurso de méritos restringido para ser funcionario de carera al interino de más de 10 años 
    • Más País propone una inspección para determinar el personal en abuso, prohibiendo nuevas convocatorias mientras tanto, y un concurso de méritos para el personal en esa situación quedando como fijo a extinguir si no lo supera
    3. la noticia de ayer que la coalicición de Gobierno, PSOE y Unidas Podemos, han pactado con ERC y PNV enmiendas "transaccionales" para que las plazas cubiertas de forma temporal desde antes de 1/1/2016 se convoquen por concurso de méritos de libre concurrencia


    3 comentarios:

    Anónimo dijo...

    ¿Es ese informe público?

    Anónimo dijo...

    Consta en la web Congreso q ayer se hizo el dictamen

    Anónimo dijo...

    Ya, pero podemos leerlo ya?