jueves, 9 de noviembre de 2023

[CSIT Admin y Servicios C. Madrid] ' Si no has superado la oposición de Estabilización, te facilitamos la solicitud para reclamar “el rescate vía concurso' [ por art. 217, del Real Decreto-ley 5/2023 del Estado]

'CSIT UNIÓN PROFESIONAL, en su línea reivindicativa sobre el proceso de Estabilización de empleo, pone a disposición de los interesados una nueva iniciativa, con la que perseguimos continuar presionando a la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, reclamando el cumplimiento de la legislación estatal y, en este caso, la aprobación de una Oferta Adicional de Empleo Público “de rescate”, antes del 31 de diciembre de este año, como recoge el 217, del Real Decreto-ley 5/2023 y las consiguientes convocatorias mediante Concurso de Méritos.

Por eso, si eres interino y no has superado la fase de oposición del proceso selectivo (habiéndote presentado) y tu plaza, incluida en el proceso de Estabilización, es de naturaleza estructural, vacante (no reservada a un titular), ocupada a fecha 30 de diciembre de 2021 por personal temporal en virtud de nombramiento único o contrato anterior a 2016, te facilitamos la solicitud para reclamar a la Consejería esa convocatoria de Oferta Adicional “de rescate, vía concurso”.

A pesar de la mala gestión del empleo público que ha venido realizando durante años la Comunidad de Madrid, sigue resistiéndose a desarrollar los procesos de estabilización de empleo público, en contraste a cómo lo han hecho el resto de AAPP. El acuerdo, rechazado por CSIT UNIÓN PROFESIONAL, que marca los criterios selectivos aplicables a las convocatorias de Estabilización del empleo temporal, Promoción interna y Funcionarización, rubricado por la Comunidad de Madrid, CCOO, UGT y CSIF, el 11/2/21 (BOCM 11/5/21), y que CSIT UNIÓN PROFESIONAL se negó a firmar, es en lo que se basa la Comunidad de Madrid para convocar, en su día, con premeditación y celeridad, todos los procesos de Estabilización, justo antes de la entrada en vigor de la norma básica estatal, justificando con ello que no está obligada a su aplicación y sorteándola.

Desde la firma de ese fatídico acuerdo, CSIT UNIÓN PROFESIONAL ha venido respondiendo contra el mismo con movilizaciones, recogida de firmas, impulsando debates en Comisión de Seguimiento y Paritaria, exigiendo su derogación o modificación, para permitir que cada proceso selectivo de Estabilización, Promoción interna y Funcionarización, responda al objeto para el que es convocado. Sin embargo, durante estos más de dos años, los firmantes de aquel mal acuerdo se han negado y resistido a rectificar su error.

No obstante, como quienes son causa del problema no pueden ser parte de la solución, desde CSIT UNIÓN PROFESIONAL, como sindicato mayoritario en los ámbitos afectados, esperamos servir de ayuda a aquellas personas que estén en esta situación y que quieran exigir a la Comunidad de Madrid que cumpla con la Ley 20/2021 para la reducción de la temporalidad en el empleo público y el RDL 5/2023.'

Fuente y texto completo: INFORMA de CSIT Administración Autonómica de 5/11/2023 y comunicado de CSIT-UP Administración Autonómica de 08/11/2023
Enlaces en el texto nuestros 

Entradas relacionadas:




10 comentarios:

Anónimo dijo...

Que da igual q estuvieran convocados a mala fe con alevosia y maldad previamente a la ley 20/21 para no cumplirla, que art. 14 de la CE sobre la igualdad ante la ley prevalece y no se pueden frente a una misma situación aplicar procesos distintos puesto que vulnera la igualdad, TODAS las plazas vacante ocupadas antes del 2016 que cumplan la DA6 o DA8 deb ir a meritos SI o Si, no se q parte no entienden, asi lo declara y explica el propio legislador en la exposicion de motivos del RD 5/23, y ademas NO superoar no es solo suspender.... ASi que a dejar de robar plazas panda de mafiosos junto a los compegambas de turno y cumplir la ley aunque no os guste o os repugne hacerlo....

Anónimo dijo...

Léete el informe de los servicios jurídicos de la CAM anda. Y aprende a escribir.

Anónimo dijo...

¿Puedes compartir ese informe de los servicios jurídicos de la CAM?

Anónimo dijo...

Los servicios juricos de la Cam pueden decir lo que les venga en gana, el legislador ya ha dejado claro como se interpreta y aplica su propia ley, y lo dice claramente en el rd 5/23 , y los jueces aplicarán lo que la ley dice y el legislador así dice... Luego los servicios jurídicos de la cam o otra aapp lo que tienen q hacer es cumplir la ley y no aplicaciones torticeras....

Anónimo dijo...

Lo que tú quieras. Hay un problema y es que el legislador ha dejado en manos de las administraciones el destino de esas plazas a través de la libertad en la aprobación del baremo de las convocatorias.
Si una administración no apoya a los temporales, puede apoyar a los funcionarios y establecer un baremo que promociona a los funcionarios antiguos y sólo se estabiliza el temporal de menor nivel que por otro lado es el más numeroso con lo cual, después, presentan la estadística de la estabilización y hasta les salen los números porque en cómputo global se estabiliza un numero razonable de personas sin entrar, porque no les conviene, al detalle por categorías.
En el caso de Madrid, os mantienen en concurso-opo y no quieren convocar concursos pero seguro que si lo hicieran, el baremo no beneficiaría al temporal y no sería entonces un "rescate" porque no acabaría la plaza en manos del abusado lo más seguro.
Cuando salgan las prejudiciales será el momento de ver cómo queda todo ahora es inútil.

Anónimo dijo...

Csit igual que estafARAUZ, al olor del negocio

Anónimo dijo...

El negocio, como no podía ser de otra forma en Madrid, es abusar del temporal hasta la extenuación durante años, cargarle de responsabilidades, tareas y trabajos de todas las vacantes que no se cubrieron en su momento y fueron desapareciendo, llegando a realizar el de varios ffcc de superiores cuerpos y niveles, incluso obliga a hacer el trabajo de otras Administraciones y funcionarios. A ver quién es el que hace negocio?

Espero que sea Arauz el que se forre, es el que lo merece, y no los sindicatos traidores a los trabajadores temporales, ya abusados ya cesados.

Anónimo dijo...

Vale.

Parir una Ley a sabiendas que sera injusta , por como se aplica ; no supone que no haya que parirla.

Desde el anonimato, que levante el dedo, el que haya sido cesado.
Pareciera que hay más cesados que consolidados.

Los que consienten los ceses , tienen nombre, cara y ojos.

Quizás en este foro, no haya que esconderse en el anonimato, y decir públicamente al menos quienes son los que con sus actos , producen el cese.


Anónimo dijo...

Yo he sido cesada en un concurso en el cual se promocionó a una persona funcionaria de toda la vida y que no había trabajado ni un día en el puesto, no digo en la plaza que eso tampoco, digo en el puesto.
Yo llevaba muchos años en mi plaza y había demandado y demandé al cese pero lo llevo francamente mal.
En mi administración y ccaa como yo hay mucgas personas.

Anónimo dijo...

Pues la persona funcionaria que ocupó tu puesto, es una caradura.
Tendrá nombre y apellidos, igual que quienes lo han consentido.