Por eso, si eres interino y no has superado la fase de oposición del proceso selectivo (habiéndote presentado) y tu plaza, incluida en el proceso de Estabilización, es de naturaleza estructural, vacante (no reservada a un titular), ocupada a fecha 30 de diciembre de 2021 por personal temporal en virtud de nombramiento único o contrato anterior a 2016, te facilitamos la solicitud para reclamar a la Consejería esa convocatoria de Oferta Adicional “de rescate, vía concurso”.
A pesar de la mala gestión del empleo público que ha venido realizando durante años la Comunidad de Madrid, sigue resistiéndose a desarrollar los procesos de estabilización de empleo público, en contraste a cómo lo han hecho el resto de AAPP. El acuerdo, rechazado por CSIT UNIÓN PROFESIONAL, que marca los criterios selectivos aplicables a las convocatorias de Estabilización del empleo temporal, Promoción interna y Funcionarización, rubricado por la Comunidad de Madrid, CCOO, UGT y CSIF, el 11/2/21 (BOCM 11/5/21), y que CSIT UNIÓN PROFESIONAL se negó a firmar, es en lo que se basa la Comunidad de Madrid para convocar, en su día, con premeditación y celeridad, todos los procesos de Estabilización, justo antes de la entrada en vigor de la norma básica estatal, justificando con ello que no está obligada a su aplicación y sorteándola.
Desde la firma de ese fatídico acuerdo, CSIT UNIÓN PROFESIONAL ha venido respondiendo contra el mismo con movilizaciones, recogida de firmas, impulsando debates en Comisión de Seguimiento y Paritaria, exigiendo su derogación o modificación, para permitir que cada proceso selectivo de Estabilización, Promoción interna y Funcionarización, responda al objeto para el que es convocado. Sin embargo, durante estos más de dos años, los firmantes de aquel mal acuerdo se han negado y resistido a rectificar su error.
No obstante, como quienes son causa del problema no pueden ser parte de la solución, desde CSIT UNIÓN PROFESIONAL, como sindicato mayoritario en los ámbitos afectados, esperamos servir de ayuda a aquellas personas que estén en esta situación y que quieran exigir a la Comunidad de Madrid que cumpla con la Ley 20/2021 para la reducción de la temporalidad en el empleo público y el RDL 5/2023.'
Fuente y texto completo: INFORMA de CSIT Administración Autonómica de 5/11/2023 y comunicado de CSIT-UP Administración Autonómica de 08/11/2023
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10 comentarios:
Que da igual q estuvieran convocados a mala fe con alevosia y maldad previamente a la ley 20/21 para no cumplirla, que art. 14 de la CE sobre la igualdad ante la ley prevalece y no se pueden frente a una misma situación aplicar procesos distintos puesto que vulnera la igualdad, TODAS las plazas vacante ocupadas antes del 2016 que cumplan la DA6 o DA8 deb ir a meritos SI o Si, no se q parte no entienden, asi lo declara y explica el propio legislador en la exposicion de motivos del RD 5/23, y ademas NO superoar no es solo suspender.... ASi que a dejar de robar plazas panda de mafiosos junto a los compegambas de turno y cumplir la ley aunque no os guste o os repugne hacerlo....
Léete el informe de los servicios jurídicos de la CAM anda. Y aprende a escribir.
¿Puedes compartir ese informe de los servicios jurídicos de la CAM?
Los servicios juricos de la Cam pueden decir lo que les venga en gana, el legislador ya ha dejado claro como se interpreta y aplica su propia ley, y lo dice claramente en el rd 5/23 , y los jueces aplicarán lo que la ley dice y el legislador así dice... Luego los servicios jurídicos de la cam o otra aapp lo que tienen q hacer es cumplir la ley y no aplicaciones torticeras....
Lo que tú quieras. Hay un problema y es que el legislador ha dejado en manos de las administraciones el destino de esas plazas a través de la libertad en la aprobación del baremo de las convocatorias.
Si una administración no apoya a los temporales, puede apoyar a los funcionarios y establecer un baremo que promociona a los funcionarios antiguos y sólo se estabiliza el temporal de menor nivel que por otro lado es el más numeroso con lo cual, después, presentan la estadística de la estabilización y hasta les salen los números porque en cómputo global se estabiliza un numero razonable de personas sin entrar, porque no les conviene, al detalle por categorías.
En el caso de Madrid, os mantienen en concurso-opo y no quieren convocar concursos pero seguro que si lo hicieran, el baremo no beneficiaría al temporal y no sería entonces un "rescate" porque no acabaría la plaza en manos del abusado lo más seguro.
Cuando salgan las prejudiciales será el momento de ver cómo queda todo ahora es inútil.
Csit igual que estafARAUZ, al olor del negocio
El negocio, como no podía ser de otra forma en Madrid, es abusar del temporal hasta la extenuación durante años, cargarle de responsabilidades, tareas y trabajos de todas las vacantes que no se cubrieron en su momento y fueron desapareciendo, llegando a realizar el de varios ffcc de superiores cuerpos y niveles, incluso obliga a hacer el trabajo de otras Administraciones y funcionarios. A ver quién es el que hace negocio?
Espero que sea Arauz el que se forre, es el que lo merece, y no los sindicatos traidores a los trabajadores temporales, ya abusados ya cesados.
Vale.
Parir una Ley a sabiendas que sera injusta , por como se aplica ; no supone que no haya que parirla.
Desde el anonimato, que levante el dedo, el que haya sido cesado.
Pareciera que hay más cesados que consolidados.
Los que consienten los ceses , tienen nombre, cara y ojos.
Quizás en este foro, no haya que esconderse en el anonimato, y decir públicamente al menos quienes son los que con sus actos , producen el cese.
Yo he sido cesada en un concurso en el cual se promocionó a una persona funcionaria de toda la vida y que no había trabajado ni un día en el puesto, no digo en la plaza que eso tampoco, digo en el puesto.
Yo llevaba muchos años en mi plaza y había demandado y demandé al cese pero lo llevo francamente mal.
En mi administración y ccaa como yo hay mucgas personas.
Pues la persona funcionaria que ocupó tu puesto, es una caradura.
Tendrá nombre y apellidos, igual que quienes lo han consentido.
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