[Recordatorio de entrada publicada el 06/02/2024]
Como ya informamos aquí en otra entrada previa, Función Pública del Estado ha publicado recientemente sus dos últimos Boletines Estadísticos del Personal al servicio de las Administraciones Públicas [BEPSAP] con datos actualizados a enero y julio de 2023, ya recogiendo los datos en un Registro Central de Personal público incluyendo por primera vez los nombramientos y contratos temporales por meses (muchas veces encadenados por décadas), por imposición de la Comisión Europea como parte los compromisos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, para poder recibir los fondos europeos.
En la web de dichos boletines, se han publicado en especial los "Microdatos" tanto de Enero de 2023 como de Julio de 2023,
que muestran los datos detallados por AAPP, tipo de personal , edad,
sexo y tipo de nombramiento/contrato en cuanto a temporalidad. Así, ya
indicamos en esa entrada anterior que los totales que arrojan como datos totales de temporalidad (entre todas las AAPP) a Julio de 2023 una cifra de 1.115.738 empleados (el 37,6% del total de 2.967.578 empleados públicos)
En una segunda entrada ya publicamos los totales de los datos del personal de cada CCAA y en una tercera los datos de temporalidad en los sectores de Administración General, docentes no universitarios e instituciones sanitarios del personal de las propias CCAA para cada autonomía, de los ue se concluye, por ejemplo, que a Julio de 2023, había un 53% de temporalidad en los servicios de salud autonómicos.
Ahora publicamos , para todos los casos en que disponemos de los datos, una comparativa de esos datos de temporales para los esos 3 sectores de cada CCAA: Administración General de la CCAA, docentes no universitarios e instituciones sanitarias, con el número de plazas a concurso de méritos excepcional según la nueva Ley de reducción de temporalidad pública 20/2021 y el posterior artículo 217 de "repesca" del Real Decreto-Ley 5/2023 ,una vez pasado ya el plazo normal para la publicación de las OPEs derivadas de dicha normativa (el 31/12/2023 para el caso del RD 5/2023)
En especial, para ilustrar mejor la comparativa, se da en la última columna el resultado de dividir el número de plazas convocadas a concurso de méritos con el número de plazas temporales a Julio de 2023 (en %). Hay que tener presente que varios procesos de estabilización de la ley anterior finalizaron completamente antes de Julio en 2023 en algunos sectores de algunas CCAA para algunos cuerpos/categorias, con lo que es de prever que la temporalidad a fecha de 29/12/2021, fecha de entrada en vigor de la ley 20/2021, era algo mayor que a fecha de Julio de 2023, con lo que el porcenjaje de plazas temporales cuando la ley 20/2021 convocadas finalmente a concurso de méritos será todavía menor:
DATOS BEPSAP 07/2023 | A CONCURSO DE MÉRITOS de ESTABILIZACIÓN | |||||||
CCAA | SECTOR AUTONÓMICO | TOTAL EMPL. | Nº TEMP. | %TEMP | por OPE LEY 20/21 | Art 217 RD 5/2023 | TOTAL | %TEMP a C.M. |
ANDALUCÍA | ADMIN. GRAL | 28637 | 5623 | 19,64 | 495 | 778 | 1273 | 22,6 |
ANDALUCÍA | DOCENCIA NO .UNIV. | 129599 | 40560 | 31,30 | 3287 | 0 | 3287 | 8,1 |
ANDALUCÍA | INSTIT. SANITARIAS | 128340 | 58630 | 45,68 | 8405 | 0 | 8405 | 14,3* |
|
||||||||
ARAGÓN | ADMIN. GRAL | 9244 | 4385 | 47,44 | 307 | 313 | 620 | 14,1 |
ARAGÓN | DOCENCIA NO UNIV. | 20218 | 9239 | 45,70 | 481 | 0 | 481 | 5,2 |
ARAGÓN | INSTIT. SANITARIAS | 27364 | 12827 | 46,88 | 705 | 0 | 705 | 5,5 |
C. F. NAVARRA | ADMIN. GRAL | 5436 | 2141 | 39,39 | 1087 | 0 | 1087 | 50,8 |
C. F. NAVARRA | DOCENCIA NO UNIV. | 11545 | 5933 | 51,39 | 527 | 0 | 527 | 8,9 |
C. F. NAVARRA | INSTIT. SANITARIAS | 13867 | 7362 | 53,09 | 1249 | 0 | 1249 | 17,0 |
C. MADRID | ADMIN. GRAL | 27162 | 14443 | 53,17 | 436 | 0 | 436 | 3,0 |
C. MADRID | DOCENCIA NO UNIV. | 65944 | 25748 | 39,05 | 1408 | 0 | 1408 | 5,5 |
C. MADRID | INSTIT. SANITARIAS | 92043 | 42721 | 46,41 | 9606 | 0 | 9606 | 22,5 |
C. VALENCIANA | ADMIN. GRAL | 16018 | 8521 | 53,20 | 2514 | 0 | 2514 | 29,5 |
C. VALENCIANA | DOCENCIA NO UNIV. | 72063 | 25859 | 35,88 | 7555 | 0 | 7555 | 29,2 |
C. VALENCIANA | INSTIT. SANITARIAS | 72331 | 48884 | 67,58 | 9550 | 1300 | 10850 | 22,2 |
CANARIAS | ADMIN. GRAL | 7544 | 3251 | 43,09 | 3242 | 0 | 3242 | 99,7 |
CANARIAS | DOCENCIA NO UNIV. | 29200 | 13418 | 45,95 | 3948 | 0 | 3948 | 29,4 |
CANARIAS | INSTIT. SANITARIAS | 46447 | 34084 | 73,38 | 10012 | 0 | 10012 | 29,4 |
CANTABRIA | ADMIN. GRAL | 4654 | 1658 | 35,63 | 81 | 0 | 81 | 4,9 |
CANTABRIA | DOCENCIA NO UNIV. | 9134 | 3663 | 40,10 | 676 | 0 | 676 | 18,5 |
CANTABRIA | INSTIT. SANITARIAS | 11438 | 6281 | 54,91 | 2200 | 0 | 2200 | 35,0 |
CASTILLA Y LEÓN | ADMIN. GRAL | 20702 | 7401 | 35,75 | 1908 | 0 | 1908 | 25,8 |
CASTILLA Y LEÓN | DOCENCIA NO UNIV. | 34978 | 14250 | 40,74 | 561 | 0 | 561 | 3,9 |
CASTILLA Y LEÓN | INSTIT. SANITARIAS | 37191 | 11166 | 30,02 | 4461 | 0 | 4461 |
39,9 |
CASTILLA-LA MANCHA | ADMIN. GRAL | 14149 | 4017 | 28,39 | 385 | 0 | 385 | 9,6 |
CASTILLA-LA MANCHA | DOCENCIA NO UNIV. | 34935 | 11161 | 31,95 | 116 | 0 | 116 | 1,0 |
CASTILLA-LA MANCHA | INSTIT. SANITARIAS | 37155 | 20190 | 54,34 | 1487 | 0 | 1487 | 7,4 |
CATALUÑA | ADMIN. GRAL | 30869 | 10238 | 33,17 | 9700 | 0 | 9700 | 94,7 |
CATALUÑA | DOCENCIA NO UNIV. | 90458 | 41876 | 46,29 | 12502 | 0 | 12502 | 29,9 |
CATALUÑA | INSTIT. SANITARIAS | 58309 | 32773 | 56,21 | 6169 |
0 | 6169 | 18,3* |
EXTREMADURA | ADMIN. GRAL | 14423 | 7018 | 48,66 | 2746 | 0 | 2746 | 39,1 |
EXTREMADURA | DOCENCIA NO UNIV. | 20614 | 6733 | 32,66 | 322 | 0 | 322 | 4,8 |
EXTREMADURA | INSTIT. SANITARIAS | 21662 | 9835 | 45,40 | 1886 | 0 | 1886 | 19,2 |
GALICIA | ADMIN. GRAL | 19695 | 8820 | 44,78 | 4158 | 0 | 4158 | 47,1 |
GALICIA | DOCENCIA NO UNIV. | 37983 | 8669 | 22,82 | 1156 | 0 | 1156 | 13,3 |
GALICIA | INSTIT. SANITARIAS | 46171 | 21177 | 45,87 | 1815 | 0 | 1815 | 8,6 |
ILLES BALEARS | ADMIN. GRAL | 4127 | 1883 | 45,63 | 328 | 13 | 341 | 18,1 |
ILLES BALEARS | DOCENCIA NO UNIV. | 15652 | 6189 | 39,54 | 2583 | 0 | 2583 | 41,7 |
ILLES BALEARS | INSTIT. SANITARIAS | 20659 | 11024 | 53,36 | 1605 | 0 | 1605 | 14,6 |
LA RIOJA | ADMIN. GRAL | 3010 | 1334 | 44,32 | 459 | 0 | 459 | 34,4 |
LA RIOJA | DOCENCIA NO UNIV. | 4868 | 2111 | 43,36 | 258 | 0 | 258 | 12,2 |
LA RIOJA | INSTIT. SANITARIAS | 4953 | 2220 | 44,82 | 334 | 0 | 334 | 15,0 |
P. ASTURIAS | ADMIN. GRAL | 8874 | 4076 | 45,93 | 1903 | 0 | 1903 | 46,7 |
P. ASTURIAS | DOCENCIA NO UNIV. | 13981 | 5439 | 38,90 | 234 | 0 | 234 | 4,3 |
P. ASTURIAS | INSTIT. SANITARIAS | 22593 | 11490 | 50,86 | 4463 | 0 | 4463 | 38,8 |
PAÍS VASCO | ADMIN. GRAL | 8507 | 5336 | 62,72 | 1884 | 0 | 1884 | 35,3 |
PAÍS VASCO | DOCENCIA NO UNIV. | 32600 | 18115 | 55,57 | 3361 | 0 | 3361 | 18,6 |
PAÍS VASCO | INSTIT. SANITARIAS | 36523 | 24529 | 67,16 | 1557 | 0 | 1557 | 6,0 |
R. MURCIA | ADMIN. GRAL | 7357 | 2777 | 37,75 | 257 | 179 | 436 | 15,7 |
R. MURCIA | DOCENCIA NO UNIV. | 24860 | 8463 | 34,04 | 266 | 0 | 266 | 3,1 |
R. MURCIA | INSTIT. SANITARIAS | 29582 | 17970 | 60,75 | 302 | 0 | 302 | 1,7 |
|
||||||||
TOTAL CCAAs | ADMIN. GRAL | 230408 | 92922 | 40,33 | 31.890 |
0 |
33.173 |
35,7 |
TOTAL CCAAs | DOCENCIA NO UNIV. | 648632 | 247426 | 38,15 | 42.068 |
0 |
42.068 |
17,0 |
TOTAL CCAAs | INSTIT. SANITARIAS | 706628 | 373163 | 52,81 | 65.850 |
0 |
67.150 |
18,0 |
TOTAL 3 SECTORES de CCAAs | 1.585.668 |
713.511 | 45,0% | 142.391 | 20,0% |
(Se
marca con un * los casos de instituciones sanitarias en que nos falta
sumar los datos de plazas a concursos de méritos de las instituciones
tipo empresa pública; iremos completando esta información junto con la
referencia a boletínes oficiales y páginas web de donde hemos obtenido
la información)
Como el número de efectivos no se ha incrementado de facto a lo largo de los años de forma notable , la única forma de que haya todas estas cifras descomunales de temporales es que la gran mayoría de los puestos temporales que ocupan hayan sido ocupados de forma temporal durante varios años, de hecho, muchos años. En ese supuesto de no estar en un incremento de personal efectivo enorme en los últimos años, como es el caso, de cubrirse todos los puestos de los jubilados de forma temporal durante un plazo menor de 3 años , como ahora marca el EBEP desde su reforma en Diciembre de 2021 no podrían darse esas cifras de temporalidad.
Así, considerando el 18,08% de personal en el tramo de edad de 60 a 64 años publicado en el mismo boletín estadístico se puede extrapolar que al menos un 80% de las cifras de temporales serán plazas temporales de más de 6 años de antigüedad a la entrada en vigor de la ley 20/2021 (los datos del BEPSAP, ya con "todos" los temporales, son de 2023, y habría, incluso, algo más de temporales a la fecha de entradas en vigor de la ley 20/2021, dado que estaban en marcha algunos procesos de estabilización por concurso-oposición de las leyes anteriores que concluyeron , aumentando ligeramente el volumen de personal fijo entre la publicación de la ley 20/2021 y la toma de los datos).
Lamentablemente,
Función Pública no ha publicado las cifras de antigüedad en su
administración de los empleados temporales (ni los tenemos), con lo que
sólo podemos realizar esa extrapolación. Pero a la vista de la
última columna resulta evidente que las cifras de plazas para concursos
de méritos excepcionales de estabilización en estos 3 sectores -menos
del 20% de sus temporales- quedan muy por debajo en casi todos los casos
de sectores autonómicos, de ese orden del 80% sobre total de temporales
que sería esperable, siendo en algunos casos escandalosamente cifras
muy bajas, con lo que , con toda probabilidad, no se han contabilizado
para procesos de estabilización por méritos la gran mayor parte de las
plazas de personal temporal en la AAPP desde antes de 2016. Por tanto,
podemos estimar que, siempre exclusivamente en cuanto a esos 3 sectores
autonómicos, habiendo al menos unos 570 mil temporales de más de 6 años
en el momento de entrada en vigor de la ley 20/2021, sólo se convocaron
140 mil plazas, con lo que al menos 430 mil temporales en abuso de
temporalidad de los 3 sectores autonómicos no han podido obtener plaza
fijza por esa vía del concurso de méritos exepcional de la ley
20/2021 (por dos razones: por número insuficiente de plazas, y porque en
algunos casos , el baremo del concurso de méritos permitía que la plaza
del "abusado" se la llevara personal no en abuso), es decir, al menos 3/4 del personal temporal en abuso.
Recordemos que el "acuerdo de funcionamiento" original firmado entre la CE y España de sus compromisos por el Plan de Recuperación y los fondos asociados, figura el hito [nº 150] Objetivo "Estabilización del empleo público" , asociado a la reforma 1
del Componente 11 sobre la AAPP so(C11.R1), que exigía:
- Fecha de cumplimiento [comprometida] : Cuarto cuatrimestre de 2024
- Descripción: "Finalización de los procedimientos de contratación para estabilizar el empleo (a través de contratos o puestos estatutarios del personal) que involucran al menos 300 000 puestos (incluidos los que derivan de los procedimientos de estabilización de 2017 y 2018)"
- Información adicional: "Los procedimientos de selección se considerarán concluidos una vez que se publiquen en el Diario Oficial las resoluciones correspondientes incluyendo las listas de candidatos que hayan superado el procedimiento de estabilización."
- Mecanismo de verificación: [básicamente, copia de los Diarios Oficiales con las convocatorias publicadas antes de 31/12/2022 y certificados con el "número de puestos estabilizados"]
Cuando el Gobierno español envió a la Comisión Europea en Abril de 2021 su Plan de Transformación, Recuperación y Resiliencia español reconoció que de los procesos de estabilización de las leyes anteriores de 2017 y 2018 estaban convocadas 154 mil plazas de las 218 mil ofertadas y finalizadas sólo estaban 56 mil plazas (siempre entre todas las AAPP):
Estabilizaciones por leyes 2017/8 a Abril de 2021 |
Recordemos también que en la evaluación preliminar de la Comisión Europea del
cumplimiento satisfactorio del otro hito de tener publicada norma extraordinaria para reducir la
temporalidad , la Comisión Europa entendió que era "positiva" con el artículo 2 del Real Decreto Ley 14/2021 de establecer "medidas de estabilización" pero apostillando "sin perjuicio del procedimiento de infracción INFR(2014)4334" que en paralelo mantenía abierto en relación a la sentencia
del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 19/03/2020 para evaluar
precisamente ,si, primero el RDL 14/2021 y después la Ley 20/2021, dan
satisfacción a las exigencias de la sentencia y normativa europea en
materia de abuso de temporalidad.
[NOTA
DEL EDITOR: Segunda versión de esta entrada corrigiendo la errata de 0
plazas RDL 5/2023 de Admin. General de Baleares y completando los datos
que faltaban de Cantabria, La Rioja y Murcia. Y adición de párrafo
recordando los hitos del PTRR]
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- [29/06/2017] Publicados los Presupuestos Generales del Estado de 2017: marco para las OPEs extraordinarias (permiso a las AAPP para convocar procesos de consolidación para los temporales de antes de 2005 según el EBEP y de OPE en Sanidad, docentes de Educación y otros sectores con hasta el 90% de los temporales ade más de 3 años, sin límites por tasa de reposición PERO sin fijar bases de consolidación) y subida del 1% sueldo empleados públicos
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- [09/07/2018] Publicada en el BOE la Ley de Presupuestos Generales del Estado con el segundo acuerdo con sindicatos nacionales con la extensión a todos los sectores de la posibilidad de convocar los puestos de temporales de más de 3 años y los de los "indefinidos no fijos" a procesos denominados de "estabilización", sin fijar que sean de consolidación del propio personal. Subidas acordadas de sueldo de empleados públicos 2018 a 2020
- [19/03/2020] Sentencia esperanzadora del Tribunal Europeo del asunto acumulado "Sánchez Ruiz": hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada que requiere una sanción, que le corresponde al ordenamiento español fijar, orientando que no puede valer como sanción la convocatoria a proceso selectivo libre ni la figura del indefinido no fijo
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- [10 de noviembre de 2021] Divulgado el "acuerdo de funcionamiento" entre el Gobierno Español y la Comisión Europea con hitos y plazos de cumplimiento firmados de las reformas comprometidas en el Plan de Recuperación a cambio de los fondos europeos. Sobre temporalidad pública, comprometida ley que regule una reducción de la temporalidad vía "procesos de estabilización de puestos" así como "disposiciones efectivas para prevenir y sancionar abusos" .
- [14 de diciembre de 2021] Plan de recuperación UE: "Evaluación preliminar positiva del cumplimiento satisfactorio del hito de norma para reduciir la temporalidad con el RDL 14/2021 "sin perjuicio del del procedimiento de infracción INFR(2014)4334."
- [13/07/2023] IMPORTANTE: La Comisión Europea informa oficialmente del curso de la denuncia múltiple abierta desde 2018 -y vinculada a un procedimiento de infracción contra España- sobre el abuso de duración de temporalidad en empleados públicos españoles: la Comisión aplaza cualquier acción por su parte hasta que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea sentencie en las cuestiones prejudiciales de los 5 asuntos pendientes de España sobre abuso de temporalidad en empleo público
- [22/01/2023] [Secretaría de Estado de Función Pública] 'Publicados los dos últimos Boletines Estadísticos del Personal al servicio de las Administraciones Públicas (BEPSAP) con datos actualizados a enero y julio de 2023, boletines que introducen cambios para ofrecer una imagen más fiel del empleo público' [2/3 pertenecen al sector público autonómico, el 59,4% tienen más de 50 años]
- [23/01/2024] El último Boletín Estadístico del Personal al servicio de las Administraciones Públicas publicado por Función Pública reconoce, a Julio de 2023, más de 1 millón 100 mil empleados públicos temporales entre todas las AAPP , el 38% de los empleados públicos. Se puede extrapolar que más de 800 mil puestos estarían en fraude de ley de temporalidad superior a 3 años. La C. de Madrid tiene temporales al 45% de sus empleados públicos, la mayoría en Sanidad, con un 53% de temporalidad en su sector de Administración General.
- [02/02/2024] Datos de temporalidad del personal de las propias CCAA según el último Boletín Estadístico del Personal al servicio de las Administraciones Públicas publicado por Función Pública: a Julio de 2023 tenían 713 mil temporales con un 43% de temporalidad, todas por encima del 35% de temporalidad
- [05/02/2024] Datos de temporalidad en los sectores de Administración General, docentes no universitarios e instituciones sanitarios del personal de las propias CCAA según el último Boletín Estadístico del Personal al servicio de las Administraciones Públicas publicado por Función Pública: a Julio de 2023 53% de temporalidad en los servicios de salud autonómicos
25 comentarios:
Muchas gracias APISCAM por el trabajazo que supone recopilar todos estos datos.
La conclusión parece evidente: No sólo lo dicen literalmente las sentencias del TJUE (en especial las 2 últimas, de 22 Febrero y 13 de junio), la Ley de Estabilización no sirve para cumplir la directiva. Pero es que además, las administraciones, en especial las Comunidades Autónomas le están dando tan raquítico cumplimiento, con tan pocas plazas a estabilizar que quedan más de medio millón de interinos de larga o larguísima duración de su abuso sin opción siquiera a estabilizar. Y lógicamente buscan y buscarán el amparo de la justicia.
Esta pelota se está haciendo tan grande, y puede ser tan brutal cuando estalle en forma de indemnizaciones que no creo que tarden en poner cordura y darle una solución, legislativa del estado presionado por las Comunidades Autónomas.
Ya lo expliqué con mi datos.
Que en esencia coinciden con los vuestros Apiscam.
Resumido. Solo han estabilizado siendo generosos 1 de cada 2. De los que debieron de hacerlo.
Medio millón en fraude, pendiente de reconocimiento con derecho a indemnización dando por hecho que los ya estabilizados no pedirán su indemnización.
Si cada uno recibe 25000 euros.
12.500 Mill de Euros.
Cada día q pasa sin solución la factura es más cara.
Totalmente de acuerdo. Además, es preciso menciona que algunas Administraciones han ido más allá y se han negado a convocar concurso de méritos para las plazas no convocadas como ordenaban la Ley 20/2021 y el RDL 5/2023. La pregunta, más allá de que sean o no suficientes estas normas, es que estamos en un país donde las administraciones públicas no cumplen las leyes aprobadas por el poder legislativo y el poder ejecutivo da indicaciones al poder judicial para que no sancione el abuso y el incumplimiento; es decir, todos los poderes del Estado muestran un acuerdo manifiesto, con la ayuda inestimable de los sindicatos, de consolidar y respaldar el abuso. Europa ha hablado alto y claro: es obligado resarcir a las víctimas.
Gracias APISCAM. Esperemos que estos datos objetivos sirvan para tomar alguna decisión práctica y drástica por el Gobierno de España y así facilitar que cada AAPP pueda saldar la deuda que con su abusado personal temporal tenga.
Es una bofetada a los argumentos del TS en las prejudiciales que planteó al TJUE.
Es decirle a la cara que no está diciendo la verdad.
Espero que en Bruselas tengan acceso a esta información para ver quién dice la verdad y quién está engañando.
Si en España se recaudan
https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/estadisticas/recaudacion-tributaria/informe-anual/ejercicio-2022/resumen.html#:~:text=Los%20ingresos%20tributarios%20en%20el,la%20cifra%20del%20a%C3%B1o%202021.
255.463. Millones de Euros al año
Eso quiere decir que un 4,9% va a ir para los interinos en abuso. Os parece poco?
La Administración va a hacer, un despilfarro de dinero publico con ese dinero.
Por ejemplo el gasto sanitario de 2022 en España fue de 92072 millones.
Eso quiere decir que de cada 100 euros de gastos sanitarios por ciudadano, 13,55 irían a Indemnizaciones para Interinos.
A nadie le va a entrar un sofoco??
https://cincodias-elpais-com.cdn.ampproject.org/c/s/cincodias.elpais.com/legal/2024-06-28/bruselas-debe-intervenir-fijeza.html?outputType=amp&usqp=mq331AQGsAEggAID&_kit=1#
Desde 41:15 el que quiera que escuche a la Sra. García (doble).
Habrá que mirar las sentencias de García de la Audiencia Nacional en lo Contencioso desde Julio. Verás como come pasta. 🍝
El TJUE le ha contestado que no tiene razón ayer 27 de Junio, en lo referido a los Jueces y Fiscales sustitutos italianos. ¿Qué pasa que los de aquí son diferentes? Pues NO señora, bájese de su burra.
Ver desde minuto 41.15 hasta el final (poco más de 3 minutillos en el año 2019). Bájense del burro señores del Supremo. La Fijeza es posible, para todos salvo para ustedes.
Sigue con la misma cantinela desde hace casi 5 años.
https://www.poderjudicial.es/portal/site/cgpj/menuitem.65d2c4456b6ddb628e635fc1dc432ea0/?vgnextoid=59ee5ae02c6ae610VgnVCM1000006f48ac0aRCRD&vgnextchannel=8f4a2eef020e9510VgnVCM1000006f48ac0aRCRD&vgnextfmt=default&vgnextlocale=es_ES
Algún docente catalán.
En este foro??
https://elpais.com/espana/catalunya/2024-06-27/cataluna-incorpora-a-mas-de-30000-nuevos-profesores-funcionarios.html
En Septiembre quizás ya sepamos quien miente??
18:04 que mienten ya lo sabemos, la duda es porqué, tanta tozudez es preocupante y mosqueante, estarán untados, será corrupción, no encuentro otra explicación.
En Navarra, después de cesar a muchos temporales de larga duración por una promoción encubierta de antiguos funcionarios, ahora nos crujen a impuestos porque hacienda no considera exenta la indemnización por no pasar proceso selectivo en los concursos y estamos reclamando al cese, reclamando impuestos, aguantando que se han quedado con nuestras plazas gente que en muchos casos no tiene ni un día de antigüedad en el puesto...
Abuso sobre abuso...
En Aragón, no hay nadie estabilizado por concurso de méritos de la administración general.
Nadie.
19:41 La no sanción del abuso en la temporalidad genera que éste derive en otros abusos laborales, sociales, perjuicios que no tenemos el deber de soportar.
Quién nos los va a reparar, y pagar?
En Aragón no hay nadie estabilizado por concurso de méritos, en la administración general, porqué lo han dejado para finales de año.
Y de lo mío, no van a estabilizar, ni la cuarta parte de los que estamos en abuso de temporalidad.
De otras especialidades, nadie puede estabilizar, como ejemplo "delineantes", que no deben saber que existen y no les han sacado nada.
Es la solución que el gobierno de España ha querido para sus ciudadanos trabajadores temporales públicos abusados, por ellos mismos o el resto de irresponsables políticos y administrativos, jueces y sindicatos.
Pero hay que decir que somos una democracia plena, europea y no sé cuantas mentiras más!
El resto por concurso-oposición.
Igualdad, méritos, capacidad y libre concurrencia.
Te vas a llevar un disgusto...
Alguien sabe de 2 personajes patéticos...
Q están en Europa, dándonos por el saco..?
Los 2 son de PP. Raro, raro...
5 de Julio del 2021.
Hace casi 3 años
Se han ofertado 218.671 plazas en procesos 17 y 18. De ese número, se han convocado 154.483 y ya se han cubierto 56.236, según datos del mes de abril del 21.
4 de Junio del 24
Hay 600.000 plazas Ofertadas, 522.000 convocadas y más de 225.000 cubiertas.
5 de Julio del 2021.
Hace casi 3 años
Se han ofertado 218.671 plazas en procesos 17 y 18. De ese número, se han convocado 154.483 y ya se han cubierto 56.236, según datos del mes de abril del 21.
Por tanto.
Si la Oferta es de 818.671 plazas. Y se han convocado minimo 676.483 y se han cubierto al menos 281.236 plazas.
Eso DA UNA IDEA DE LA MAGNITUD DE LA TEMPORALIDAD Y PRECARIEDAD, E INEFICIENCIA DE GESTION DE LAS OPES por parte de la Administración.
En 5 años han tenido que hacer todo lo que no han hecho en los años precedentes, ES DE UN DESCARO BRUTAL.
Por tanto, minimo deben indemnizar a
818.671 - 281.236 = 537.435 personas abusadas si excluimos las ya estabilizadas (evidentemente seran más por el "jetismo" de aquellos que han provovado ceses de compañeros)
537.435 * 25.000 euros = Casi 13.436 millones de euros.
Minimo 13.436 millones de euros según sus datos, a 25.000 euros de media por abusado. FLIPANTE.
Como posiblemente se habrá estafado a unos 100.000 compañeros mínimo.
Pues el importe sera de al menos, 16.000 MILLONES DE EUROS.
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