martes, 12 de mayo de 2026

[CCOO nacional - Area Pública ] 'Valoración de CCOO sobre la sentencia del Tribunal Supremo respecto al personal laboral indefinido no fijo' [ Afecta exclusivamente al personal laboral en abuso mediante resolución judicial]

 'El Área Pública de CCOO hace una primera valoración de la sentencia del Tribunal Supremo sobre personal laboral indefinido no fijo de la que ha informado hoy en una nota de prensa, si bien la sentencia completa todavía no se ha publicado y, por tanto, no se puede analizar adecuadamente su alcance.

La presente sentencia afecta exclusivamente al personal laboral que, mediante resolución judicial, ostenta la condición de indefinido no fijo. El sindicato precisa que esta figura jurídica no existe en el ámbito contencioso-administrativo, que regula al personal funcionario y estatutario.

En lo que respecta al alcance de la sentencia, únicamente el personal laboral indefinido no fijo que haya superado un proceso selectivo completo —no limitado a una prueba de examen — podrá reclamar la fijeza en su puesto. El resto del personal laboral en situación de indefinido no fijo que no haya superado dicho proceso podrá, en su caso, solicitar una indemnización. Cabe subrayar que no todo el personal laboral se encuentra en esta situación: en la mayoría de los casos, los trabajadores continúan en régimen de temporalidad.

Igualmente se recuerda que esta sentencia no afecta al personal funcionario interino, cuyo régimen jurídico es distinto y queda al margen de lo aquí expuesto.

CCOO seguirá reivindicando estabilidad en el empleo, compensación al abuso o fraude en la contratación, y responsabilidad y sanciones ejemplares a las Administraciones Públicas que incumplan.'

Fuente: Comunicado del Area Pública de CCOO nacional de 12/05/2026

Enlaces en el texto nuestros

Entradas relacionadas:

3 comentarios:

Anónimo dijo...

Después de Obadal TJUE, en la que dice que el INF no es una sanción a la temporalidad aceptada. Ahora resulta que sólo los INF, con oposición IMC aprobada, son los unicos que pueden acceder a fijo. Entonces los INF con 20 años con oposición IMC aprobada, no pueden ser fijos Después del cambio del TS? Que alguien explique esto de la nota de prensa de CCOO, por favor.

Anónimo dijo...

Quieren pero no pueden

Anónimo dijo...

Igualmente los que no son indefinidos no fijos por sentencia judicial sin oposición IMC, no pueden optar por la idemnizacion?
Por favor que alguien lo explique. Esto son solo trabas?