En el resto de los supuestos, del primer al tercer día se abonará el 50 por ciento de las retribuciones si se trata de la primera baja y el 40 por ciento si es la segunda. Después de la tercera baja en un mismo año, el complemento se pagará sólo a partir del cuarto día. Entre los días 4 y 20 se abonará el 75 por ciento de las retribuciones, y a partir del día 21 el cien por cien.'
'Otras medidas previstas son la eliminación de tres de los nueve días libres al año que tenían los empleados públicos y la posibilidad de que el Consello de la Xunta rebaje hasta un tercio la jornada laboral de interinos y temporales. Asimismo se reforma de manera unilateral el convenio suprimiendo el derecho a comedor y los días libres por domingos y festivos trabajados'
Fuente y noticia completa: Diario Médico 16/02/2012
'Otras medidas previstas son la eliminación de tres de los nueve días libres al año que tenían los empleados públicos y la posibilidad de que el Consello de la Xunta rebaje hasta un tercio la jornada laboral de interinos y temporales. Asimismo se reforma de manera unilateral el convenio suprimiendo el derecho a comedor y los días libres por domingos y festivos trabajados'
Fuente y noticia completa: Diario Médico 16/02/2012
No hay comentarios:
Publicar un comentario