'El Plan de Ordenación de Recursos Humanos del Servicio Madrileña de
Salud recoge el compromiso de aprobar las nuevas plantillas orgánicas
que sean el resultado de la aplicación de todas las medidas a
desarrollar por la Comunidad de Madrid, a fin de su adecuación a las
necesidades asistenciales existentes y teniendo en cuenta el presupuesto
asignado.
Entre las medidas adoptadas por el Servicio Madrileño de Salud, ligado a la aprobación de las plantillas, se encuentra el nombramiento de un número importante de profesionales como personal estatutario interino, permitiendo de esta manera una mayor estabilidad en el empleo temporal.
Por ello, una vez aprobadas las nuevas plantillas, se hace necesario establecer unos criterios que sustentados en los principios de igualdad merito y capacidad, posibiliten el acceso del personal eventual a un nombramiento como personal estatuario interino.
En consecuencia, la Administración Sanitaria y las organizaciones Sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Sanidad, tras las reuniones mantenidas los días, 3 10 17 Y 18 de julio en las que se han negociado los criterios para el nombramiento de personal interino en los centros sanitarios del Servicio Madrileño de Salud, adoptan el siguiente:
ACUERDO
Entre las medidas adoptadas por el Servicio Madrileño de Salud, ligado a la aprobación de las plantillas, se encuentra el nombramiento de un número importante de profesionales como personal estatutario interino, permitiendo de esta manera una mayor estabilidad en el empleo temporal.
Por ello, una vez aprobadas las nuevas plantillas, se hace necesario establecer unos criterios que sustentados en los principios de igualdad merito y capacidad, posibiliten el acceso del personal eventual a un nombramiento como personal estatuario interino.
En consecuencia, la Administración Sanitaria y las organizaciones Sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Sanidad, tras las reuniones mantenidas los días, 3 10 17 Y 18 de julio en las que se han negociado los criterios para el nombramiento de personal interino en los centros sanitarios del Servicio Madrileño de Salud, adoptan el siguiente:
ACUERDO
1. Objeto
Este acuerdo tiene por objeto establecer los criterios de baremación a tener en cuenta en el procedimiento de nombramiento de personal estatutario eventual en personal estatutario interino.
2. Ambito Personal
Lo previsto en este acuerdo será de aplicación al personal estatutario con nombramiento eventual expedido al amparo del artículo 9. 3 del Estatuto Marco, que a la fecha de suscripción del mismo, se encuentre prestando servicios en los centros sanitarios de los ámbitos de Atención Especializada, Atención Primaria, y SUMMA 112 del Servicio Madrileño de Salud, en las distintas categorías estatutarias.
3. Ambito funcional
El proceso de nombramiento como personal estatutario interino del personal que se encuentra incluido en el ambito de este acuerdo, se realizará de manera cerrada en cada una de las gerencias, por lo que el personal afectado continuará prestando servicios en el mismo centro de trabajo.
4. Criterios generales de Baremación para personal que cuenta con bolsas de empleo
Con carácter general, los criterios para el acceso a la condición de personal estatutario interino serán los contemplados en las bolsas centralizadas de empleo temporal, con las siguientes salvedades:
a) Personal de categorías que cuentan con bolsa centralizada
Los meritos recogidos en los acuerdos de bolsas temporales de empleo centralizadas se encuentran actualizados hasta octubre del año 2012, por lo que las gerencias deberán baremar al personal eventual de su centro de trabajo, desde octubre de 2012 hasta la fecha de la firma de este acuerdo, con los mismos criterios previstos en dichas bolsas, debiendo proceder a la suma de ambas puntuaciones.
b) Personal de categorías que cuentan con bolsa propia de centro
En aquellas gerencias en las que exista bolsa propia de centro, se debe utilizar para la baremación los criterios que se recogen en las mismas, teniendo en cuenta que si éstas no estuvieran actualizadas deberán valorar los meritos hasta la fecha de suscripción de este acuerdo conforme a dichos criterios.
5. Otro personal de categorias estatutarias que no cuentan con bolsa
La valoración de estos profesionales se efectuará con los criterios recogidos en las bolsas centralizadas de empleo temporal, adaptados a la categoría y actividad profesional que realiza cada colectivo.
6. Personal facultativo de Hospitales
Los criterios para el acceso a la condición de personal estatutario interino de los facultativos de hospitales serán los que a continuación se indican:
a) Criterios de baremación
Se valorará a los facultativos de hospitales conforme a los apartados que a continuación se especifican y atendiendo a los siguientes porcentajes de puntuación que se otorga a cada uno de ellos:
Experiencia profesional 40%
Formación 20%
Docencia e Investigación 20%
Entrevista 20%
En la entrevista se valorarán los aspectos del baremo señalados anteriormente y dirimirá los empates.' [...]
Fuente y texto completo: Documento de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Madrileño de Salud
Resaltado en negrita cursiva nuestro
NOTA DEL EDITOR: el 49% del personal con función informática de las instituciones sanitarias del SERMAS no tiene regularizada su situación en plantilla de las categorías de informática; 36 de ellos (el 23% del total del personal informático) por encontrarse en la situación de nombramientos eventuales. en la práctica totalidad de los casos acumulados durante más de dos años y en la gran mayoría durante más de 10 años.
Las categorías de informática no cuentan con bolsas de empleo
- [17/12/2013] [Acta Sanitaria] 'Las mejoras en el empleo anunciadas por Sanidad de Madrid, fruto de acuerdos de 2007'
- [27/03/2013] [Comunidad de Madrid] 'Plan de Ordenación de Recursos Humanos del Servicio Madrileño de Salud' [Plantilla fija e interina actual, normativas de movilidad, ceses, ..., compromiso de fijar nueva plantilla a finales de 2013]
- [19/12/2013] Carta abierta al Consejero de Sanidad sobre eventuales y regularización pendiente de la plantilla de personal informático del SERMAS
- [30/04/2014] Mesa Sectorial de Sanidad de ayer 29 de Abril. La reconversión de los 5000 eventuales a interinos, de "todas" las categorías
- [03/06/2014] [Gaceta Médica] 'Más de un 17 por ciento de los médicos está fuera de la plantilla estructural' [4000 en Madrid, según AMYTS]
- [08/07/2014] [Gaceta Médica] 'Javier Rodríguez, Consejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid. "Los profesionales son responsables, no necesitamos incentivos en prescripción"' ['EL 100% de los eventuales no van a pasar a interinos']
- [09/07/2014] [CSIT-UP] 'Nombramientos personal interino visto en la mesa sectorial de sanidad' [de 3 de Julio de 2014]
- [09/07/2014] [AMYTS] 'Resumen Mesa Sectorial 3 de julio de 2014' ['Inicio negociación nombramiento de interinos']
- [14/07/2014] [AMYTS] Resumen Mesa Sectorial del 10 de Julio de 2014 [Negociación nombramiento de internos. Pago de la productividad variable en julio/agosto]
- [14/07/2014] [CSIT-UP] 'El nombramiento de interinos se abre a todos los eventuales en activo' [Mesa sectorial de Sanidad de 10/07/2014]
- [17/07/2014] [Diario Médico] Entrevista al Consejero de Sanidad, Javier Rodríguez [Ya tienen las plantillas orgánicas previas a la conversión de 5000 eventuales a interinos]
- [18/07/2014] [Redacción Médica] 'La Comunidad de Madrid aprueba la conversión de 5.000 eventuales en interinos. La consejería cierra el acuerdo sin el apoyo del sindicato médico'
- [19/07/2014] [AMYTS] 'Resumen mesa sectorial del 17 Y 18 de julio de 2014' [Conversión de eventuales a interinos cerrada]
- [21/07/2014] [AMYTS] 'INTERINOS SÍ, pero según los acuerdos 2007, con objetividad y sin discriminaciones. Por qué AMYTS no ha firmado' [Habría 35 mil eventuales; 4 mil facultativos]
- [21/07/2014] [CSIT-UP] 'Acuerdo sobre criterios a aplicar en proceso reconversión personal eventual a interino'
- [22/07/2014] [CCOO] 'Reconversión de 5.000 contratos eventuales en interinos en la sanidad pública madrileña'
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