Informa El Mundo este 04/10/2024 de la reacción del Ministerio de Función Pública ante la cartas de emplazamiento complementaria que la Comisión Europea anunció este 03/10/2024 acaba de enviar al Gobierno español por el procedimiento de infracción 2014/4334 [INFR(2014)4334] sobre el incumplimiento de la cláusula 5ª de la Directiva Europea 1999//0/CE por el abuso de temporalidad en el empleo público, instando a ESPAÑA a que impida el uso abusivo de las relaciones laborales de duración determinada y señalando que la normativa aprobada por el gobierno, la ley 20/2021 "sigue sin abordar suficientemente los problemas detectados, en particular por lo que se refiere a la eficacia de las medidas sancionadoras" .
El Gobierno Español afirma que el procedimento sigue en una "fase preliminar en la que la Comisión se limita a preguntar e
instar a España a presentar alegaciones en el plazo de dos meses" antes de que la Comisión lleve realmente al Tribunal de Justicia de la UE para imponer multas, que va a evitar "remitiendo a las autoridades europeas una serie de alegaciones convincentes", que podrían incluso acabar con el "cierre del expediente que lleva
10 años abierto" (siempre según el Gobierno).
- [29/03/2017] Texto íntegro del acuerdo de Gobierno del Estado y sindicatos para la reducción de la temporalidad en el empleo público: permiso a las CCAA en Sanidad de procesos de consolidación para los temporales de antes de 2005 según el EBEP y de OPE de hasta el 90% de los temporales actuales de más de 3 años sin límites por tasa de reposición
- [12/04/2017] [El independiente] CCOO y UGT admiten que el acuerdo estatal sobre estabilidad y OPEs extraordinarias podría dejar a temporales muy antiguos sin trabajo
- [19/03/2020] Sentencia
esperanzadora del Tribunal Europeo del asunto acumulado "Sánchez
Ruiz": hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada
que requiere una sanción, que le corresponde al ordenamiento español
fijar, orientando que no puede valer como sanción la convocatoria a
proceso selectivo libre ni la figura del indefinido no fijo
- [20/09/2021] Finalizó
el plazo de enmiendas en el Proyecto de Ley de modificación del Real
Decreto-Ley de reducción de la temporalidad. El PSOE propone permitir a
las AAPP la posibilidad de concurso de méritos libre con las plazas
temporales más de 10 años que no se hayan convocado y, para el resto de
futuras convocatorias de procesos de estabilización, la posibilidad de
que los ejercicios de la oposición no sean eliminatorios. EL Partido
Popular propone ampliar las plazas bajo los procesos de estabilización y
garantizar que las AAPP los ejecuten como concurso-oposición,
proponiendo solamente la posbilidad de no hacer oposición a quien tenga
superarado sin plaza uno de los procesos selectivos anteriores. Podemos
propone concurso de méritos obligatorio con valoración especial de la
antigüedad en el puesto para los puestos temporales más de 5 años y
oposición no eliminatoria para el resto
- [29/12/2021] Publicada en BOE la nueva Ley de reducción de temporalidad pública.Obliga a todas las AAPP a realizar concursos de méritos de libre concurrencia con las plazas estructurales temporales y las de personal temporal anteriores a 1/1/2016 si no están ya en convocatorias en marcha o resueltas cubriendo la plaza. En días y semanas pasados ha habido "carreras" por muchas AAPP convocando en procesos con oposición las plazas de los procesos de estabilización anteriores
- [13/07/2023] IMPORTANTE: La Comisión Europea informa oficialmente del curso de la denuncia múltiple abierta desde 2018 -y vinculada a un procedimiento de infracción contra España- sobre el abuso de duración de temporalidad en empleados públicos españoles: la Comisión aplaza cualquier acción por su parte hasta que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea sentencie en las cuestiones prejudiciales de los 5 asuntos pendientes de España sobre abuso de temporalidad en empleo público
- [22/02/2024] El
Tribunal de Justicia de la UE, en su sentencia de este 22/02/2024
reafirma la figura del indefinido no fijo como un temporal que mantenido
durante años sufre nuevo abuso de temporalidad, tumba tanto la figura
del indefinido no fijo para el abuso de temporalidad del laboral público
como que puedan valer como sanción indemnizaciones al cese ni procesos
de consolidación abiertos [como es la ley 20/2021]. Si el tribunal
remitente entiende que se puede hacer la interpretación de que es
constitucional, la solución para el laboral público en abuso es la
fijeza. Posible futuro cambio jurisprudencial de la Sala de lo Social
del Tribunal Supremo y posible exigencia de la Comisión Europea de más
cambios legislativos con medidas completamentarias a la ley 20/2021
- [13/06/2024] Sentencia
de 13/06/2024 del Tribunal de Justicia de la UE en los asuntos
acumulados #GenCat: no valen como sanción al abuso de temporalidad
pública la doctrina del Contencioso del Supremo ni los procesos de
estabilización e indemnización al cese o con tope de la ley 20/2021.
Ante la falta en la normativa nacional de medidas válidas de sanción
debe intentar realizarse una "interpretación conforme" del derecho
nacional, sin ser contra él, para aplicar la fijeza como sanción,
modificando la jurisrpudencia incompatible del Supremo, siendo posible
en este caso con la declaración de personal indefinido con la misma
condiciones de cese que el funcionario de carrera
- [15/07/2024] Registrado
en Comisión Europea informe para el Procedimiento de infracción contra
España sobre abuso de temporalidad en empleo público
- [03/10/2024] IMPORTANTE [Comisión Europea] Paquete de procedimientos de infracción de octubre: Cartas de emplazamiento. 'La Comisión insta a ESPAÑA a que impida el uso abusivo de las relaciones laborales de duración determinada y las condiciones laborales discriminatorias en el sector público' [ "Las nuevas normas nacionales" -ley 20/2021- "siguen sin abordar suficientemente los problemas detectados, en particular por lo que se refiere a la eficacia de las medidas sancionadoras" ]
- [04/10/2024] [Araúz] 'La Comisión Europea presiona a España por los abusos de la temporalidad' ["La única forma de dar cumplimiento correctamente a la Directiva 1999/70 es la conversión de las relaciones temporales abusivas en una relación fija"]
53 comentarios:
Esto lo soluciona el nuevo Ministro de Disfunción Pública.
Este sabe presentar "alegaciones bien hechas". No como los anteriores Ministerios, que no sabían hacerlo y por eso España ha tenido un procedimiento de infiltración abierto 10 años.
Esperemos que no tarde mucho en irse a tomar vermut y nombren a alguien con talento que transponga la Directiva 70/99 y sancione el abuso de temporalidad en el sector público
Esas actitudes no ayudan nada nada. Tanta prepotencia es indigna. No tienen sanciones, válidas, que se sienten con nosotr@s de una santa vez , legislen y ejecuten la solución a coste 0 q es concursos obligatorios para tod@s.
PD. Ah , y al asturiano q habla de hachazos y Don Mendo. Mejor que se relaje ..
Nada. Calma. Se creen q tienen la sartén por el mango. Y desde ayer YA sabemos q NO.
Les está pasando lo mismo q a tod@s con el contra legem. Pasarán los días y ya lo asumirán.
Si creen q van a morir matando, y sálvese el q pueda, lo llevan claro... 😉
jajajaj patético gobierno jajajaja. Se van a llevar una buena somanta jajaja. Cada vez queda menos,...tic tac, tic tac.
Pues yo no lo veo la gracia: el gobierno ha conseguido lo que quería, que se retrase la posible sanción a España por el abuso y así le da tiempo a las CCAA incumplidoras de finalizar los procesos de "estabilización" de las leyes anteriores de de Montoro (2017 y 2018) con sus oposiciones a gusto de sindicatos-academias y sin indemnizaciones para los ceses a gusto de sus gobernantes de PP-PSOE.
Cuando se vea realmente "obligado" a hacer los cambios legislativos para evitar la sanción ya no habrá abuso masivo pasado que resarcir económicamente y sólo tendrá que cambiar la indemnización a futuro, que tampoco quiere, claro, pero es asumible
Y no le veo la gracia porque mientras tanto me veo cesada sin indemnización por una oposición con mi puesto que la Comunidad de Madrid convocó poco antes de la ley del concurso de méritos, no dejando ni una plaza para el concurso de méritos en mi categoría. Y con la justicia diciéndome que con la ley actual española, justo la que no acaban de cambiar, pues no me corresponde nada
Los procedimientos de infracción tienen sus fases. Son todos así.
Lo que es curioso es que partidos de izquierda y sindicatos mientan por escrito sobre lo que están haciendo con los trabajadores más vulnerables. Pero claro que esperas de un país que colonizo latinoamerica a machetazos. Somos lo peor de Europa.
Así es. A machetazos es como se han desecho algunas Administracines, con conocimiento, e intervención en nuestra contra, de los sindicatos subvencionados de temporales públicos abusados de años.
Ni caso. Alguien se cree a los periodistas del Mundo? No dicen nada nuevo, hacen un remix. Por favor, Apiscam. Retirad esta noticia que nada aporta!!! Vaya unos periodistas...
Sabemos mucho más nosotr@s que ellos de lo que pasa, y en que momento estamos. Suerte a todos , y a la compañera cesada, que deje de ver "brujas" donde no las hay. Espero que todo se solucione para ella, y tod@s!
Estos días, son muy esclarecedores. Acabo de leer la carta del emplazamiento 4224 del 2015, que alguien envió ayer... y es "muy esclarecedora". Recomiendo su lectura , en vez de todos esos panfletos ...
Las 5 cartas (3 del 4224 y 2 del 4334), deben estar en algún lugar del Ministerio siempre y cuando 3 de ellas , Montoro&Comapany , no las hayan quemado!! ;-)
Por cierto, en Italia, van haciendo cosas, "a su ritmo" , eso si!!
11:25 ¿Dónde puedo encontrar esa carta de emplazamieinto 4224 del 2015??
11:34 Tienes enlazada la primera carta de emplazamiento del 4224 en la entrada de APISCAM sobre la segunda carta complementaria:
https://apiscam.blogspot.com/2024/07/comision-europea-la-comision-insta.html
11:35 Muchas gracias! Y dónde puedo encontrar la carta de emplazamiento del 4334 que ha enviado la Comisión a España esta semana?
litigation phase2:
• The EC requests a MS to comment on non-
compliance issue, typically within two months by
sending a letter of formal notice (Art 258 of
TFEU).
• If no satisfactory reply has been received from a MS
concerned, the EC requests the MS to comply within
a given time limit by sending a reasoned opinion
(Art 258 of TFEU)
Litigation phase:
• If no satisfactory reply has been received from the
MS, the EC brings this MS before the Court (referral
to the Court, Art 258 of TFEU).
• If the MS still does not comply, the EC launches a
2nd infringement procedure by sending a 2nd letter
of formal notice. In a 2nd judgement, the Court
may, on the basis of a proposal from the EC, impose
lump sum and/or a daily penalty payment on a MS
concerned (Art 260 (2) of TFEU).
• In cases of failure to transpose EU legislative
directives into national law on time, the EC may
propose penalty payments without the need for a 2nd
judgement (Article 260(3) of TFEU).
Statistics in 2014
25 judgments, of which 18 (82%) were in the European
Commission’s favour
3 judgements, including:
• ITALY [lump sum payment of € 30million; penalty: € 12million
for each half-year of non-compliance with the judgment under
Article 258 of TFEU];
• ITALY [lump sum payment of € 20million; penalty: € 120000
for each day of non-compliance with the judgment under
Article 258 of TFEU];
• GREECE [a lump sum payment of € 10million; a penalty:
€ 3.64 million for each half-year of non-compliance with the
judgment under Article 258 of TFEU].
6 cases:
the highest penalty payments proposed to:
• GERMANY [for failing to fully implement the Waste Electrical
and Electronic Equipment Directive and proposed a daily
penalty of € 210078],
and the lowest to:
• LUXEMBOURG [for failing to fully implement the Directive
establishing a framework for the recovery and resolution of
credit institutions, investment firms, and proposed a daily
penalty of € 6700].
You are here.
If no satisfactory reply has been received from a Member Sate
concerned, the EC requests the Member Sate to comply within
a given time limit by sending a reasoned opinion
(Art 258 of TFEU)
Next Step
Si la Comisión estima que un Estado miembro ha incumplido una de las obligaciones que le incumben en virtud de los Tratados, emitirá un dictamen motivado al respecto, después de haber ofrecido a dicho Estado la posibilidad de presentar sus observaciones.
El Ministro deja bien claro que no tiene ninguna intención de establecer alguna sanción al abuso de temporalidad en el sector público.
Y que seguirá alargando todo lo que sea posible.
Sólo podemos esperar que en ausencia de sanción al abuso de temporalidad, la aplicación de la normativa de la Unión Europea sea igual para todos los trabajadores de la Unión Europea
En ausencia de sanción corresponde FIJEZA!!!
FIJEZA YA!!!
http://apiscam.blogspot.com/2024/10/publicada-en-la-web-del-tjue-como.html?m=1
Fijeza ya! Basta de ninguneos judiciales y del Gobierno de Ejpanya.
Cada vez están más acorralados. SEGUIMOS!
13.24. El Ministro no ha dicho nada de nada.
Hoy está aquí, practicando Inglés.
https://www.youtube.com/live/VmcpepsxwR8?si=MlmMV-XWkVEf-tmQ
Que hable Óscar López, que hable, a ver si da la cara el señor Ministro de Función Pública del Gobierno de España.
Que salga y de soluciones efectivas y definitivas para sancionar y reparar el abuso sufrido como interinos.
Caras, en ese ministerio, ya hemos visto pasearse a demasiadas!
https://diario16plus.com/analisis/interinos-importancia-nueva-sentencia-tjue_502343_102.html
10 minutos de discurso institucional. Bien Ministro!
En Italia.
"The Commission opened this infringement procedure in July 2021 with a letter of formal notice, followed by an additional letter of formal notice sent in July 2022 and a reasoned opinion in July 2023. Despite planned legislative amendments to ensure compliance with EU law as regards honorary magistrates who were in service on 15 August 2017, Italy did not present plans to address the issue at stake for honorary judges recruited after that date. Therefore, the Commission has decided to issue a reasoned opinion to Italy, which now has two months to respond and take the necessary measures. Otherwise, the Commission may decide to refer the case to the Court of Justice of the European Union"
Ya han llevado el procedimiento a la última etapa previa a acudir al TJUE. Pasó 1 año desde la carta complementaria, hasta la primera "Opinion razonada" de la CE.
Ver.
Today, the European Commission decided to send a reasoned opinion to Italy (INFR(2016)4081) for failing to bring its national legislation applying to honorary magistrates fully in line with EU labour law. In the Commission's view, the Italian legislation fails to comply with EU rules on fixed-term work, on part-time work, on working time and on pregnant workers (Framework Agreement annexed to Directive 1999/70/EC, Framework Agreement annexed to Directive 97/81/EC, Directive 2003/88/EC, Directive 92/85/EEC, respectively). Several categories of honorary magistrates – honorary justices of the peace, honorary deputy prosecutors, and honorary court judges – do not enjoy the status of a ‘worker' under Italian national law, and are considered volunteers providing services on an ‘honorary' basis. Because of this, they do not enjoy protection granted to workers under EU labour law, leading for instance to a lack of allowances in case of illness, accidents and pregnancy, to differences in pay, and to tax discrimination. Honorary magistrates are also not sufficiently protected against the abuse of successive fixed-term contracts, and they do not have the possibility to obtain proper compensation for such abuse. Furthermore, Italy has not set up a system to measure the daily working time of each honorary magistrate. This reasoned opinion follows an additional letter of formal notice sent in July 2022. The Commission considers that the Italian reply of December 2022 does still not satisfactorily address its concerns and has now decided to send a reasoned opinion. Italy has two months to respond and take the necessary measures. Otherwise, the Commission may decide to refer the case to the Court of Justice of the European Union.
Por tanto es posible que nuestra opinión razonada de la Comisión Europea llegue como muy tarde en Octubre del 25.
De hacerlo así, no tendrán tiempo de reacción, porque el caso Obadal se resolverá en ese momento probablemente.
Si sigue la negativa a ser escuchados, para tener una solución legislativa a coste 0 que consiste en la Obligatoriedad de Concursos para todos los que nos lo merecemos. ==>>
Al final esto, se resolverá en una nueva Cuestión prejudicial en este caso del la Comisión Europea que llevará al Reino de España al TJUE para que trasponga correctamente la directiva 1999/70 al ordenamiento jurídico con medidas sancionadoras y justas para los abusados.
Por tanto, esto estará resuelto entre 2025 y 2026. Suerte!!
Nota.- Ojo , todo esto es consecuencia de lo sucedido con mogollón de responsables de administraciones que no han sacado plazas que debieron, y de aquellos que como en el Sergas se comportan como jetas en los procesos, ya que envían al paro a un abusado.
Mi consejo es que cada uno haga lo que quiera hasta entonces, esto debe caer por su propio peso.
Era de esperar, somos los campeones del Incumplimiento, junto a Italia y Grecia.
https://commission.europa.eu/document/download/2c0ff9b4-a838-4bde-a7d0-96b82952eb1c_es?filename=country_factsheet_spain.pdf
Año 2021. España.
Category Employment, Social Affairs and Inclusion
1 - Late transposition 1
2 - Incorrect transposition and/or incorrect application of directives 2
* In 2021, the Commission opened 38 new infringement cases against Spain by sending a letter of formal notice under Article 258 TFEU.
Ejemplo de procedimiento de infracción cerrado y Fechas.
INFR(2015)2041 Spain
28/05/2015 Formal notice Art. 258 TFEU
30/10/2020 Additional formal notice Art. 258 TFEU
23/09/2021 Reasoned opinion Art. 258 TFEU
18/10/2023 Closing of the case
Tipo ==>> Environment IMPACT - SPAIN - Non-conformity of the transposition of the Environmental Impact Assessment
11 meses hasta el 23 d Septiembre del 21 (con Agosto de por medio).
Si lo nuestro sigue la misma secuencia. Esto se va a finales de Septiembre del 25, justo antes de que Kumin, abra la boca por última vez espero.
Y en Octubre del 27, asunto finiquitado.
Por tanto finales de Septiembre del 25. Reasoned opinion Art. 258 TFEU
The Commission is calling on Spain to bring their national legislation in line with the Directive 1999/70 .... ,. Spain has not correctly reflected the Directive in its national legislation, as Spanish law ..... . The Commission is therefore sending reasoned opinion to Spain. Member State now have two months to remedy the situation, otherwise, the Commission may decide to refer them to the Court of Justice of the European Union.
Es decir. O legislan en 14 meses, o ya saben lo que hay.
Resumido. Kumin contesta a Arauz el mes que viene. Y Kumin contesta al TS entre Junio y Octubre del 25. El plazo para legislar acaba en Noviembre del 25.
Si a ARAUZ le contestan con FIJEZA como sanción en ausencia de sanción en la legislación nacional.
Me da igual que modifiquen la legislación. Mejor si no lo hacen.
Podemos tener FIJEZA vía judicial antes de Navidad 🎄
17.40. Papa Noel no existe.
Parece que va ser que si existe:
https://www.elindependiente.com/economia/2024/10/03/la-comision-lleva-a-italia-a-los-tribunales-por-los-profesores-interinos-y-amenaza-con-lo-mismo-a-espana/
Papa Noel está al caer, le pese a quien le pese
Los del TS no están por la labor de cambiar nada y son intocables. Buscad el youtube ese que anda por aquí y escuchad atentamente lo que dicen los ponentes. Le dan la vuelta a todo y como que no.
El TS ya sabemos que han sido seleccionados y las historias políticas de Consejo del Poder Judicial.
Pero tienen un límite.
Tienen que justificar sus sentencias sin contradecir al TJUE. La imaginación no es ilimitada.
Lo que sí es ilimitada en España es la corrupción dentro de la Administración. Sostenida y alinentada por ffcc, ya sean responsables administrativos o pertenecientes a sindicatos. Si luego la justicia niega las ilegalidades cometidas, como el abuso en la temporalidad, o lo reconoce pero no sanciona, degenera en otros más graves, cierran filas y aquí no ha pasado nada.
Corruptos, menuda pestilencia emana España, hez pura
🤣🤣🤣 el hidalgo vende biblias , barbara tiene audios de este timador,. España torrente 35.
Mmm troll….me desayuno tu rica bilis…mmm bilis de troll….
A la administración por abusación. FIJEZA YA. Grande Araúz.
Este Troll es ademas de ser un Troll es alguien con oscuros intereses que le llevan a hacer esos comentarios, Bravo por el Señor Arauz y transposición de la directiva 99/70 CE, fijeza es lo que toca.-
A ellos les importa una full, quién pagará la sanción? " EL TATO"
FIJEZA Y SANCIÓN !! El que incumple la Ley, es un “ DELINCUENTE "
12:09 Eso ya es el colmo, lo pagaremos los ciudadanos, entre ellos los que hemos sido abusados y cesados ilegal y gratis!!
Extraño progreso!!
Está tortura contra los trabajadores en abuso de temporalidad se puede acabar en unas semanas si aplican la misma normativa en la contestación a Arauz que igual que al resto de la Unión Europea.
Puede ser que estemos muy cerca.
Diría que tengo ganas de reírme de las chorradas que dice el Ministro, pero realmente quiero que se sancione el abuso de temporalidad en el sector público y descansar con mi familia
Si supieran en lo que puede derivar el abuso en la temporalidad? Quizás sí lo saben, y quienes debieron perseguirlo y sancionarlo no lo hicieron conscientes de la cantidad de ilegalidades que se han cometido, por eso la decisión de quedarse en el primero y negarlo durante tantos años, para así no ahondar en todo lo que hay detrás?
La Administración Pública está podrida, da igual cuando leas esto.
La jurisdicción contenciosa por eso es lenta y cara, para que no puedas chafarle el gran chiringuito en el que ha convertido a la Administración, flaco favor le hace defendiendo lo indefendible.
No es casualidad que su gestión esté en manos de tipos sin ningún compromiso, capacidad ni el más mínimo respeto hacia la función pública, sólo les interesa hacerse un hueco para garantizarse un buen sueldo en algún lugar estratégico y así poder servir lo mejor posible a los intereses de partido, sindicato o colectivo.
Lo han conseguido, cada uno desde su inacción y falta de voluntad se han cargado el prestigio y credibilidad que como autoridad ostentan.
Si siguen en sus 13. El abuso les va a salir por 12.500 millones de euros. Y otros 4.500 se van para Hacienda. Total. La factura son 17.000 millones.
El que quiera saber cuanto le quedaría por compensación q. Multiplique su sueldo actual * 8 meses. Tan simple como eso.
Otra posible solución, por incomodar, seria colapsar el siguiente buzón dirigido al Ministro o a la propia Clara Mapelli: https://administracion.gob.es/pagSugerencias/buzon/buzonCiudadano.htm
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