Además de recordarte que tienes a tu disposición los ATAJOS de "Entradas importantes", "Entradas nuestras" (feed), canal de "Informática sanitaria" (feed), entradas sobre sentencias, sobre jurisprudencia y sobre jurisprudencia pendiente , transcribimos a continuación el estado actual del componente del blog Entradas + vistas en los últimos 7 días:
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4 comentarios:
"Tribunal Constitucional afirma que por la D.A.8ª de la Ley 20/2021 las plazas convocadas en procesos de estabilización anteriores que estuvieran ocupadas por temporales desde antes de 2016 cuando la convocatoria del concurso de méritos también se tenían que adicionar al número de plazas del concurso de méritos"
Por favor, este párrafo entre comillas qué quiere decir?
En mi administración aprobaron plazas y dijeron que las de concurso oposición eran para dar cumplimiento a las leyes de estabilización anteriores derivadas de las leyes de prespuestos generales del estado.
A escasos días de de la ley 20/2021 aprobaron las plazas, que no la convocatoria que ya salio en el 2022-
Quiere esto decir que las vacantes que fueron a concurso oposición, deberían haber salido por la ley 20/21?
En esta convocatoria, la fase de oposición fue eliminatoria (interinos a la calle), y las plazas pasaron a sumarse con las libres.
Fue esto correcto, según este artículo? SOS, ayuda...
Quiere esto decir que las vacantes que fueron a concurso oposición, deberían haber salido por la ley 20/21? Sí, si estaban ocupadas por empleados temporales que eran temporales en esa AAPP desde antes de 2016 (en esa o en otra plaza).
Fue esto correcto, según este artículo? NO
Gracias! Ahora me falta encontrar esa sentencia del Constitucional donde se afirma ese asunto.
Pues lo tienes fácil, pincha en el primer enlace de la lista de enlaces que sigue al final del primer prrafo, justo tras "Entradas + vistas en los últimos 7 días" y luego en la entrada que te aparecerá pincha en el enlace que dice "Texto de la sentencia del Tribunal Constitucional de 29/01/2025 a la CI 2796/2024"
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