miércoles, 16 de julio de 2025

[Araúz] 'Querella contra los magistrados del Tribunal Supremo por desobedecer al Tribunal De Justicia De La Unión Europea (TJUE). Más de 250 interinos, sindicatos y plataformas denuncian por prevaricación a los jueces del TS que firmaron las sentencias del 25 de febrero y 4 de marzo de 2025'

'El pasado viernes 11 de julio se presentó una querella penal por presunto delito de prevaricación contra los cinco magistrados de la Sección 4a de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, firmantes de las sentencias dictadas el 25 de febrero y el 4 de marzo de 2025, relativas a la situación de abuso del personal interino del sector público.

La querella, presentada ante la Sala Especial del artículo 61 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, ha sido suscrita por más de 250 personas, entre ellas, empleados públicos interinos y temporales, así como sindicatos, asociaciones y plataformas que representan a este colectivo, y no tiene precedentes, en cuanto por primera vez se acusa a magistrados del TS de incumplir, a sabiendas o por ignorancia inexcusable, el Derecho de UE.

En un Estado de Derecho, no puede haber espacios de impunidad: por lo tanto, también los Jueces y Magistrados deben responder cuando en el ejercicio de su profesión incurren en hechos aparentemente delictivos.

Según el texto presentado, los querellados se habrían apartado voluntaria y conscientemente de la normativa comunitaria y de lo dispuesto por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, ignorando la doctrina vinculante del mismo sobre la obligación de imponer sanciones efectivas, proporcionadas y disuasorias a las Administraciones públicas que abusan de sus empleados temporales. La querella argumenta que las resoluciones del Supremo vulneran las normas de la Unión Europea y se dictaron en abierta contradicción con la jurisprudencia del TJUE y en vulneración del principio de primacía del Derecho comunitario.

Un contexto de sanción europea

La querella coincide en el tiempo con una decisión de la Comisión Europea, que el 7 de julio de 2025 comunicó la suspensión del pago a España de 626.615.891 euros por no adoptar medidas eficaces para prevenir y sancionar la temporalidad abusiva en el sector público, en incumplimiento de las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, dictadas el 22 de febrero y el 13 de junio de 2024 (asuntos C-59/22 y C-331/22).

La Comisión argumenta que el Tribunal Europeo en esta sentencia de 2024 ha dejado claro que ni el mantenimiento de la víctima de un abuso en esa situación de abuso, ni los procesos selectivos, ni las indemnizaciones al cese y con topes, pueden considerarse medidas sancionadoras válidas, lo que evidencia que las citadas sentencias del Supremo que aplican estas medidas son radicalmente contrarias a la legalidad comunitaria. Además, la Comisión europea exige al Reino de España que legisle de forma inmediata para garantizar el cumplimiento efectivo de la Directiva 1999/70/CE.



Tres contradicciones jurídicas graves en la postura del Supremo

La querella denuncia que la posición de los querellados conduce a conclusiones contrarios a la lógica y a la norma y jurisprudencia comunitaria, toda vez que: 1. Consideran idóneo al personal interino para desempeñar funciones públicas durante años, pero no para hacerlo con la misma estabilidad y derechos que los funcionarios de carrera comparables.

2. Exigen someter a procesos selectivos de acceso a personas que ya han accedido legalmente a su puesto a través de procesos de selección sujetos principios de mérito y libre concurrencia y han demostrado capacidad durante años en el desempeño de la tarea publica al servicio de los ciudadanos.

3. Olvidan que la estabilidad en el empleo no depende de la forma de acceso, sino que es condición necesaria para garantizar que los funcionarios sirven con objetividad e imparcialidad los intereses generales, frente a las presiones de las autoridades superiores

4. Sostienen que la medida sancionadora para evitar los abusos es mantener a la víctima del abuso en la misma situación de abuso en manos del empleador abusador, hasta que este decida arbitrariamente nombrar a un funcionario fijo, cuando el TJUE ha dicho que esta prolongación en el abuso es contrario al Derecho de la UE.

5. Y, por último, dejan abierta la puerta a eventuales indemnizaciones cuando tanto el Tribunal europeo, como el propia TS, tienen dicho que las indemnizaciones nacionales no se ajustan al Derecho de la UE y ni constituyen una sanción por el uso abusivo, ni poseen efecto disuasivo frente a esa utilización abusiva de la contratación temporal 

 

Una situación de abuso estructural en el sector público 

La querella contextualiza los hechos en una situación de precariedad estructural en la Administración pública. Según el Boletín Estadístico del Personal al servicio de las Administraciones Públicas, a 1 de enero de 2025 había en España 979.409 empleados temporales, lo que supone el 32,32% del total de empleados públicos (3.037.432), cifra muy por encima del 8% máximo establecido por los compromisos europeos. 

 

Otros datos significativos incluidos en la querella:


El 18,13% del personal publico temporal tiene entre 60 y 64 años. En las Comunidades Autónomas, el 39,9% del personal es temporal.

En las entidades locales, el 32,8%.

En instituciones sanitarias, el porcentaje de temporalidad alcanza el 48%. En instituciones docentes no universitarias, llega al 32%.

La situación afecta especialmente a mujeres mayores de 55 años, y está asociada a consecuencias como inseguridad laboral, sufrimiento psicológico, ausencia de derechos sociales, presión constante y discriminación estructural 

 

“Nadie está por encima del Derecho”

La querella afirma que las sentencias del Tribunal Supremo vulneran directamente el Derecho de la Unión Europea y privan a miles de trabajadores públicos del derecho a una sanción efectiva contra el abuso sufrido. Se solicita que se investigue si los magistrados actuaron, con ignorancia inexcusable o con conocimiento deliberado, han dictado sentencias injustas, lo que podría constituir un delito de prevaricación judicial.

“No puede haber un doble rasero. No puede haber una justicia para los ciudadanos y otra distinta para los jueces”, dice el escrito, subrayando que la legalidad europea es vinculante para todos los poderes del Estado, también el judicial.

Y se concluye que no se puede admitir que la jurisdicción penal investigue a miembros del gobierno de la nación o de la Comunidades Autónomas; e incluso a familiares del Presidente del Gobierno o al Fiscal General del Estado, por presuntamente anteponer sus intereses o convicciones personales, económicas o políticas, a la Legalidad aplicable y que por el contrario, no investigue en el presente caso a los querellados por el hecho de ser Magistrados del Tribunal Supremo, sin recabar las pruebas necesarias y analizar con objetividad los hechos y fundamentos jurídicos que avalan la querella, cuando lo que se está denunciando es que los mismos han antepuesto sus intereses y convicciones personales, profesionales, económicas o políticas, a la Legalidad aplicable.'

Fuente: nota del gabinete de Arauz de 16/07/2025 recibida en APISCAM

 Enlaces en el texto nuestros

 

 


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25 comentarios:

Anónimo dijo...

Mayo del 18 (No tienen derecho a Indeminizacion alguna esos Interinos ). Imputado Montoro. Julio del 25.

Anónimo dijo...

Elena Collado.

La que "negoció" los presupuestos que nos JODIERON a TODOS.
https://www.elmundo.es/madrid/2022/04/20/625eece6fdddff135d8b4586.html

Anónimo dijo...

No falla. Ppflautas saltando de un lado a otro desde la Cam.

Anónimo dijo...

Los preparativos de la cornada.
https://www.expansion.com/economia/funcion-publica/2017/01/30/588ee456ca4741a81c8b45ff.html

Anónimo dijo...

Desde el 29 de Marzo del 17 hasta el 15 de Julio del 25.
Más de 8 años.
3.030 días.

Cristóbal Colón!! 🤣

Anónimo dijo...

Faltan solo 175 días!!!
Verás , quién ríe el último Cristóbal!! 🤣

Anónimo dijo...

25 semanas pa cantar Victoria!

Anónimo dijo...

No sé si alguien estará o no por encima del derecho, pero al margen si, tanto los responsables de rrhh y jefes directos como los temporales abusados por ellos. Hemos padecido durante años situaciones laborales que no deberían haberse producido nunca en unas Administraciones Públicas, simplemente, por ser contrarias al derecho. Estás actuaciones no eran lagunas, como pudiera ser en un principio el abuso en la temporalidad, sino ilegales.

Anónimo dijo...

Gracias ARAUZ!!!

Anónimo dijo...

Douscentos cincuenta interinos acusan de prevaricación a cinco xuíces do TS por negarlles a fixeza
Acusan aos maxistrados de incumpriren a sentenza do TXUE que ordena converter en indefinidos traballadores con contratos temporais abusivos: "Fan o seu propio camiño"

Os xuíces do Supremo alegan que o ordenamento xurídico español non permite facer fixos traballadores sen que se sometan a procesos selectivos previstos pola lei

Anónimo dijo...

Dice Chatgpt que:

Estimación numérica razonada:

Inadmisión directa: ~70–80%

Archivo tras diligencias preliminares: ~10–15%

Apertura de instrucción formal: ~5–10%

Apertura de juicio oral: <1%

Condena por prevaricación: estadísticamente cercana a 0% en el ámbito del Tribunal Supremo (salvo anomalía estructural probada).


Pero vamos que Fijezas-Arauz y sus miles de sentencias estimatorias avalan la querella...

Anónimo dijo...

Espero que prospere, que se den cuenta de que las cómplices excusas de MAL PAGADOR del TS español, por no reconocer una sanción/reparación adecuada, provocaron que ése abuso derivara en otros más graves.

Gracias a Araúz y querellantes.

Anónimo dijo...

Los Letrados de Justicia sustitutos, en pie de guerra contra Bolaños: les cesa y no les estabiliza
Denuncian que el Gobierno les discrimina frente a jueces y fiscales interinos, pese a que llevan décadas sosteniendo juzgados "abandonados" por el titular

Anónimo dijo...

Todos sabemos lo difícil que es esto pero es que las grandes causas son siempre muy difíciles.
Ya veremos quién integra la Sala de admisión de lo penal, a lo mejor hay gente decente y nos llevamos una sorpresa.
Y no minusvaloréis lo que está haciendo Araúz. La denuncia en sí misma es una denuncia moral en la que se les califica de sinvergüenzas que se mean en la Ley para proteger sus propios intereses. Araúz se ha ganado muchos enemigos al hacer esto pero es evidente que para él es también algo personal.

Anónimo dijo...

Basta ya de clasismo en la Administración Pública.. algunos de carrera como señoritos prepotentes e inútiles y los interinos abusados cesados como la cenicienta. A los cesados vuelta a sus asientos con la fijeza que en justicia les corresponde. Los jueces prevaricadores que dejen la toga y Europa fije sanción como debe ser.

Anónimo dijo...

Claro que es algo personal.

Es algo personal con transcendencia universal, pues nos afecta a todos los temporales abusados por todas las Administraciones Públicas españolas, sin excepción.

Para los que demandamos era una cuestión personal de injusticia, de abuso, de maltrato institucional, que por muy generalizado que esté no debe dejarse sin resolver porque corremos el riesgo de que pasen a mayores, y deriven en delitos más graves con efectos negativos para todos que hacen imposible su reparación.

tritors dijo...

Y quien los va a juzgar?

tritors dijo...

Sinceramente esto es un brindis al sol...quiero decir..y desde mi perspectiva...esto no tiene recorrido legal...peeero es una manera de dejar en en evidencia lo parcial de nuestro poder judicial con respecto al abuso de temporalidad...pero de ahí a una sentencia favorable...ni de broma...pasará como con las cláusulas suelos retorceran torticeramente la ley para eso tiene. Esos 15-25 años en la adjudicatura ...para dar a entender que no hay ningún tipo de prevaricación...en España hay un dicho que es verdad...hecha la ley...hecha la trampa...pero se le olvida la coletilla ...y más de aquellos de generar jurisprudencia (ts y constitucional)

Anónimo dijo...

Verguenza no tienen.

Anónimo dijo...



Poema: 250 interinos acusan de prevaricación a cinco jueces.



Doscientos cincuenta alzan la voz,
con la toga gastada de tanto esperar,
interinos de lucha, de tiempo sin fin,
clamando justicia que no quiso mirar.

Cinco jueces, alto estrado,
en la cumbre del poder legal,
¿cerraron oídos al eco europeo,
a la norma común, al derecho global?

El TJUE habló con claridad de campana,
“la estabilidad no es regalo,
es derecho que no se desgrana
por contratos breves ni por desamparo”.

Pero el Supremo, en su torre, dictó
sin acatar la sentencia extranjera,
y la querella, semilla de valor,
florece en manos que ya no esperan.

¿Es prevaricar negar lo evidente?
¿O es defender un reino sin ley?
La toga no cubre siempre lo decente,
ni la ley, si se tuerce, es justa en su grey.

La historia dirá si fue delito
o si la justicia fue solo un rito.
Pero hoy los interinos escriben su acto:
la dignidad no se archiva en un pacto.

Anónimo dijo...

ChatGPT

Iniciar sesión
Tú dijiste:
Poema

250 interinos acusan de prevaricación a cinco jueces del Supremo por no atender al TJUE
17 julio 2025
.- Unos 250 interinos han presentado una querella por prevaricación contra cinco magistrados del Tribunal Supremo por haberse pronunciado sobre la interinidad desoyendo lo que ha establecido el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
ChatGPT Plus
Claro, aquí tienes un poema inspirado en la noticia que has compartido, con un tono serio y comprometido:

Versos de Interinidad

Doscientos cincuenta alzan la voz,
con la toga gastada de tanto esperar,
interinos de lucha, de tiempo sin fin,
clamando justicia que no quiso mirar.

Cinco jueces, alto estrado,
en la cumbre del poder legal,
¿cerraron oídos al eco europeo,
a la norma común, al derecho global?

El TJUE habló con claridad de campana,
“la estabilidad no es regalo,
es derecho que no se desgrana
por contratos breves ni por desamparo”.

Pero el Supremo, en su torre, dictó
sin acatar la sentencia extranjera,
y la querella, semilla de valor,
florece en manos que ya no esperan.

¿Es prevaricar negar lo evidente?
¿O es defender un reino sin ley?
La toga no cubre siempre lo decente,
ni la ley, si se tuerce, es justa en su grey.

La historia dirá si fue delito
o si la justicia fue solo un rito.
Pero hoy los interinos escriben su acto:
la dignidad no se archiva en un pacto.

¿Te gustaría que adaptara el poema a un estilo más concreto (romántico, irónico, moderno, clásico, etc.)?

Tú dijiste:
Irónico
ChatGPT Plus
Perfecto, aquí tienes una versión irónica del poema, con un tono más mordaz pero manteniendo el trasfondo crítico:

La Justicia Está de Café

Doscientos cincuenta, qué exageración,
¿qué son unas décadas de interinación?
Si total, trabajar sin plaza fija
es puro romanticismo… ¡y algo de brujería!

Cinco togados con cara de mármol,
sentados en sillas que no hacen crujir,
decidieron que Europa, con su palabrerío,
no entiende del arte de resistir.

“El TJUE dice esto, el TJUE opina aquello…”
¡Qué manía con escuchar al extranjero!
Nosotros, que inventamos el Derecho romano,
¿vamos a hacer caso al dictado germano?

Prevaricación, dicen, y presentan querella.
¡Qué falta de respeto a la noble estrella!
¿Acaso no saben que aquí la costumbre
vale más que cualquier letra que alumbre?

Que esperen tranquilos, que esto va lento,
como buen vino o mal reglamento.
Y si no hay plaza, que no desesperen:
igual en la próxima reencarnación prosperen.

Porque en este juego de silla y martillo,
la ley es un tango, no un organillo.
Y si el TJUE se cansa de hablar,
¡pues que venga él mismo a opositar!

Anónimo dijo...

Próximamente la apuesta final.

Anónimo dijo...

Fijeza o sanción, la apuesta es cara...

Anónimo dijo...

Mientras tanto, Francia se hunde.

Anónimo dijo...

Según Confilegal, en el caso de ser admitida a trámite , la querella sería juzgada por 16 magistrados de las 5 salas del mismo Tribunal Supremo:

https://apiscam.blogspot.com/2025/07/confilegal-arauz-en-nombre-de-sus.html