"informe sobre los dictámenes motivados remitidos por la Comisión Europea a España en los procedimientos de infracción relativos a la temporalidad en el empleo público, así como para que explique la razón por la que España continúa incumpliendo la Directiva 1999/70/CE, las responsabilidades políticas que asume el Ministerio ante una situación que afecta directamente a miles de empleados públicos temporales y las medidas urgentes que va a adoptar para evitar que España sea llevada ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea"
Los dictámenes motivados en procedimientos de infracción a la que se refiere el Grupo Popular son los dictámenes decididos el pasado 29/04/2026 por la Comisión Europea en dos procedimientos de infracción que mantiene Empleo de la Comisión Europea desde hace años en relación al personal empelado público temporal o "interino":
- el
procedimiento de infracción 2014/4224 [INFR(2014)4224] en
cuanto a
discriminación con los fijos incumplimiento de la cláusula 4ª de la Directiva
Europea de empleo temporal [1999/70/CE]
- y el más importante procedimiento de infracción 2014/4334 [INFR(2014)4334] sobre
el incumplimiento de la cláusula 5ª de la misma directiva por el abuso
de
temporalidad , que se extendió en 2020 al empleo público en general tras abrir en 2018 una denuncia múltiple por el aluvión de denuncias recibidas de empleados públicos
españoles -que sigue también abierta, como CPLT(2013)01917- y tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 19/03/2020 del asunto español "Sánchez Ruiz y otros" (el caso principal un informático nuestro).
Fue en el marco de este procedimiento de infracción y , especialmente el compromiso de España, exigido por la Comisión Europea en el Plan de Recuperación (el hito nº144) de disponer de una ley en 2021 de reducción de temporalidad pública que incluyera medidas de prevención y sanción del abuso de temporalidad, que el Gobierno aprobó la Ley 20/2021, con ciertas medidas a futuro como con la regulación de unos procesos denominados de "estabilización", que las sentencias del Tribunal de Justicia de la UE de 2024 dictaminaron que no valían como la exigida medida de sanción al abuso de temporalidad , ya cometido por las AAPP de forma masiva
Decimos que es más importante el segundo por el volumen de afectados - lo empleados públicos en abuso de temporalidad podrían superar los 700 mil - y por el potencia impacto que podría suponer cualquier medida de sanción que adopte la justicia española o normativa que regule el gobierno que intente cumplir con la exigente normativa y sentencias europeas, por no hablar del seguro alto importe de las multas que pedirá la Comisión Europea, dada la magnitud del incumplimiento.
Por tanto, el Gobierno tiene o tenía dos plazos de dos meses para evitar pérdidas económicas por empeñarse en no regular medidas de sanción y reparación válidas al abuso de temporalidad del empleado público que respeten la normativa y sentencias europeas:
- la pérdida de los 626 millones de fondos europeos por el incumplimiento del hito 144 del Plan de Recuperación
- la posible imposición de multas futuras en una solicitud de la CE al TJUE por el procedimiento de infracción sobre abuso de temporalidad
0. (Procedimiento de infracción informal) Diálogo estructurado o "EU Pilot", para dar oportunidad de solución rápida y evitar el procedimiento formal de infracción
1. "Carta de emplazamiento" al Gobierno del Estado, que supone la apertura del procedimiento formal de infracción. En teoría, en dos meses debe haber observaciones. Hasta ahora se permitían aquí continuas prórrogas solicitadas por los Estados o retrasos, pero el nuevo plan de simplificación incluye que pase a ser una excepción la concesión de una prórroga aquí, y se fija explícitamente en 6 meses máximo el paso al Dictamen motivado.
2. "Dictamen motivado" , si no hay respuesta o no es satisfactoria a la carta de emplazamiento. Se da un plazo de dos meses para que el Estado se ajuste -con una aprobación de una norma legal- al cumplimiento del Derecho de la UE señalado. Puede haber plazos complementarios, habitualmente los países lo solicitaban y era habitual que la Comisión Europea concediera hasta un año de prórroga para ver esa nueva normativa publicada, antes de decidir pasar al siguiente paso, pero la Comisión Europea ha incluido en su lan de simplificación que sólo se concederán prórrogas al plazo de los dos meses en esos dos primeros meses el gobierno "ha reconocido la infracción y presentado un plan normativo" para resolverla, siendo las totalidad de esas prórrogas por un máximo de sólo 3 meses
Es éste el estado en el que se encuentran desde el 29/04/2026 el procedimiento de infracción INF(2014)4334 y el procedimiento de infracción INF(2014)4224
3. "Recurso al Tribunal de Justicia de la Unión Europea", si no hay respuesta o no es satisfactoria, habitualmente con petición de la Comisión al Tribunal que imponga el pago de una suma a tanto alzado o de una multa coercitiva.
4. Sentencia de Recurso del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (después de una media de 2 años) sobre si el Estado ha infringido el Derecho la UE y la imposición de multa y la obligación de adaptar la legislación lo antes posible
5. El asunto vuelve a remitirse al Tribunal de Justicia de la UE, tantas veces como el incumplimiento estime la Comisión con nuevas propuestas de multas
Es decir, el Gobierno tiene de plazo, en principio, hasta el próximo 28 de Junio para aprobar una medida legal correctora del incumplimiento sobre la falta de medias de sanción válidas al abuso de temporalidad del empleado público o al menos de presentar un calendario cierto en los siguientes 3 meses de una ley correctora, si quiere evitar que la Comisión Europea decida interponer recurso de incumplimiento ante el TJUE contra el país , probablemente ya con la petición de imposición de mults al país.
Recordemos que el Grupo Parlamentario del Partido Popular tiene también solicitadas estas comparecencias del Ministro:
- la solicitud para informar de los retrasos en la ejecución e incumplimientos de los hitos del componente sobre AAPP del Plan de Recuperación español (iniciativa nº 213/1063), en un contexto en el que , recordemos, la Comisión Europea tiene suspendidos 626 millones de fondos por el incumplimiento de un hito del Plan de Recuperación del componente de AAPP ( disponer de una ley de reducción de temporalidad con sanciones válidas ante la UE para el abuso de temporalidad pública)
- la solicitud para informar de los fondos y garantizar el cumplimiento de hitos del Plan de Recuperación asignados al Ministerio de Transformación Digital y Función Pública (nº 213/1140)
- la solicitud para informa de las medidas que va a adoptar el Gobierno tras la sentencia del TJUE del asunto Obadal "garantizando en todo caso el respeto a los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad" (nº 213/1152)
Precisamente está convocada para este martes 26 de mayo reunión de la Mesa de la Comisión de Hacienda y Función Pública , órgano encargado de decidir la agenda de las comparecencias y otras iniciativas parlamentarias pendientes de la Comisión de Hacienda y Función Pública. Se
trata de una reunión de la Mesa de la Comisión (por tanto a puerta
cerrada) y no del Pleno de la propia Comisión (que se transmiten en directo).
Tampoco es una reunión de alguna de las Ponencias que tiene formadas la
Comisión.
Recordemos en este punto que en una anterior reunión de se formó la Ponencia -un panel de 15 miembros - de la Comisión de Hacienda y Función Pública que redactará el Informe (de la Ponencia) del Proyecto de Ley de la Función Pública de la Administración del Estado (nº Expediente 121/31), proyecto de ley que, recordemos , tras la aprobación de su avocación a Pleno del Congreso, tendrá debate y votación final en el Pleno del Congreso, tras su paso por la Comisión de Función Pública, donde el texto inicial propuesto por el Gobierno hace ya casi dos años puede sere modificado primero en la Ponencia, incorporando, en su caso ya alguna enmienda de las presentadas o alguna variación negociada. Sólo una vez elaborado el Informe de la Ponencia, la Mesa de la Comisión puede acordar la celebración del debate del proyecto de ley en Comisión para la elaboración de su "Dictamen" , donde se pueden incorporar más enmiendas.
Existía y existe una gran expectación por la tramitación de este proyecto de ley, en principio de función pública sólo de la propia Administración del Estado, por la importante circunstancia de que este proyecto de ley tiene enmiendas presentadas por Junts , Podemos y SUMAR para que se haga "fijos a extinguir" a los empleados públicos en abuso de temporalidad de cualquier AAPP (del Estado, autonómica o logal) por llevar más de 3 años para cumplir con las sentencias europeas y evitar las sanciones de la Comisión Europea , propuestas de enmiendas que se ya se habían publicado el el Boletín del Congreso en Marzo de 2025, es decir, hace ¡ya más de un año!
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- [10/10/202] IMPORTANTE La
Comisión Europea informa del curso de la denuncia múltiple abierta sobre
el abuso de duración de temporalidad en empleados públicos españoles:
ha visto la sentencia europea de 19/03/2020 del asunto "Sánchez Ruiz y
otros" con su declaración de existencia de abuso, evaluará que la futura
reforma del Estatuto del empleado Público anunciada por la ministra de
Función Pública es conforme a la Directiva y sentencias europeas y
mantiene abierto el procedimiento de infracción 2014/4334 relativo a la
posible incompatibilidad del derecho español con la cláusula 5 del
Acuerdo Marco ya en relación al empleo público en general
- [05/05/2021] El Gobierno publica el plan de reformas que presentó a la Comisión Europea el 30/04/2021. Sobre la exigida reducción de temporalidad pública a menos del 8%: va a ampliar los procesos de estabilización con las plazas temporales más de 3 años a 31/01/2020 y deberán publicarse todas las convocatorias de las OPEs de estabilización -existentes y las nuevas- antes de 31/12/2021 teniendo que finalizar antes de 31/12/2024. Sin mención alguna a que dicha temporalidad existente pueda ser ya abusiva ni a la sentencia europea que dictaminó que las convocatorias a procesos selectivos del puesto de los abusados no pueden valer como la sanción que debe haber para la AAPP. Se plantea además una reforma del Estatuto del personal sanitario para que el sistema selectivo de los "profesionales sanitarios" pase a ser para siempre el concurso puro de méritos , mecanismo que estaría ya disponible para los "que lleven un período de tiempo" en su proceso de estabilización pendiente -en su caso- del "plan de choque"
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- [29/12/2021] Publicada
en BOE la nueva Ley de reducción de temporalidad pública.Obliga a todas
las AAPP a realizar concursos de méritos de libre concurrencia con las
plazas estructurales temporales y las de personal temporal anteriores a
1/1/2016 si no están ya en convocatorias en marcha o resueltas cubriendo
la plaza. En días y semanas pasados ha habido "carreras" por muchas
AAPP convocando en procesos con oposición las plazas de los procesos de
estabilización anteriores
- [22/02/2024 El Tribunal de Justicia de la UE, en su sentencia de este 22/02/2024 reafirma la figura del indefinido no fijo como un temporal que mantenido durante años sufre nuevo abuso de temporalidad, tumba tanto la figura del indefinido no fijo para el abuso de temporalidad del laboral público como que puedan valer como sanción indemnizaciones al cese ni procesos de consolidación abiertos [como es la ley 20/2021]. Si el tribunal remitente entiende que se puede hacer la interpretación de que es constitucional, la solución para el laboral público en abuso es la fijeza. Posible futuro cambio jurisprudencial de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo y posible exigencia de la Comisión Europea de más cambios legislativos con medidas completamentarias a la ley 20/2021
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de las relaciones laborales de duración determinada y las condiciones
laborales discriminatorias en el sector público' [ "Las nuevas normas
nacionales" -ley 20/2021- "siguen sin abordar suficientemente los
problemas detectados, en particular por lo que se refiere a la eficacia
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responder]
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tarea hecha"
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27 de Mayo. Entre los asuntos que tiene pendiente sigue el de nombrar
los miembros de la Ponencia que redactará el Informe del Proyecto de Ley
de la Función Pública del Estado y que podría incluir ya algunas de las
enmiendas propuestas por grupos de fijeza a extinguir para el abuso de
temporalidad masivo existente en empleo público
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como mucho para los interinos anteriores y con cese indemnizado para
los interinos anteriores sólo a partir de entonces. No se proponen
indemnizaciones mayores ni proceso de estabilización alguno. Posibles
cambios adicionales a la ley 20/2021 en función de la futura sentencia
del TJUE del asunto Obadal
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- [20/04/2026] El
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suspensión de fondos europeos por no disponer España de medidas válidas
de sanción al abuso de temporalidad publica que ha recibido comunicación
de valoración de la Comisión Europea [de la decisión de retirar
definitivamente los fondos] a la que tienen dos meses para presentar
alegaciones: con la ley 20/2021 se ha superado el hito de estabilizar
300 mil plazas y "es necesario avanzar" en "mecanismos que limiten el
uso de la temporalidad", citando la propuesta que presentó a las CCA en
Septiembre
- [14/03/2026] Fallo y texto íntegro de la sentencia del asunto Obadal del Tribunal de Justicia de la UE sobre abuso de temporalidad en empleados públicos españoles: no vale como sanción al abuso de temporalidad del empleado público la doctrina del indefinido no fijo de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo ni las medidas que indicó, ni en su conjunto: indemnizaciones topadas al cese , el régimen de responsabilidad de las AAPP existente si es inconcreto ni la convocatoria de procesos mientras sean abiertas a personal no en abuso y de futuro incierto para el personal en abuso. Reitera en el texto que la prohibición de fijeza como sanción de una norma nacional o interpretada por su Supremo, no es conforme con la normativa UE si no existen medidas válidas de sanción al abuso
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por no brindar una protección suficiente contra el uso abusivo de
contratos sucesivos de duración determinada a los trabajadores del
sector público.
- [04/05/2026] El Partido Popular del Congreso solicita la comparecencia del Ministro de Transformación Digital y Función Pública para informar de fondos y garantizar cumplimiento de hitos del Plan de Recuperación asignados a su deparamento. La Comision Europea tiene suspendidos 626 millones de fondos por el incumplimiento del hito del componente sobre AAPP en no disponer de una ley con sanciones válidas al abuso de temporalidad pública
- [04/05/2026] El
Partido Popular del Congreso solicita la comparecencia del Ministro de
Transformación Digital y Función Pública sobre las medidas que va a
adoptar el Gobierno tras la sentencia del TJUE del asunto Obadal
"garantizando en todo caso el respeto a los principios constitucionales
de igualdad, mérito y capacidad"
- [25/05/2026] Reunión de la Mesa del la Comisión de Hacienda y Función Pública este martes 26 de Mayo
7 comentarios:
Basura igual que el gobierno actual. Ninguno de estos partidos se preocupan lo más mínimo por nosotros.
El Menestro dirá: Uy! ese asunto del que usted habla es de las Comunidades Autónomas donde gobiernan ustedes, insulgentes otomanos que desobedecéis (Fernandez Vara, Garcia Page...)
A lo que el PP dirán: Uy! pero como osa usted a decirnos cual cosa, si es competencia de vuestra merced (Montoro and company)
Los minoritarios (PNV-JUNTs-RESTAR-PUDIMOS-EZQUERRA...) dirán: Uy, pero no se pelen, regulemos si acaso despues del desayuno.
Y todos juntos, despues de un copioso desayuno y pacharan incluido, de la mano cantarán; Has sido tu, te crees que no te he visto, has sido tuuuuuuuu uuu uu.
Dar por culo, nada más, porque ¿qué otra cosa saben hacer los gestores delincuentes además de robar, abusar, defraudar, prevaricar, corromper y vender las AAPP españolas y por tanto a los trabajadores temporales que en ellas trabajan?
No le interesamos lo más mínimo al PSOE, ni muchísimo menos a PP. Si el PP quisiera, se uniría con el resto de partidos del arco parlamentario y se habría aprobado la ley de función pública con las enmiendas correspondientes... Lo único que quieren es dar por culo y sacar rédito político.
Pues va ser que el Ministro López tendrá que dar explicaciones y a ver que hacen para evitar los multones que le vienen en base al cumplimiento del IMC, y no hacer caso al TJUE
Si quisieran arreglarlo se arreglaba con un decreto Ley y firma de los Partidos en acuerdo, pero......Corre López , corre
De los mejores resumenes que he leido en tiempo.... Lo has clavao
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