martes, 31 de agosto de 2021

[APRISCAM] 'Huelga indefinida de los informáticos e informáticas del SESCAM' [ante su situación de masivo abuso de temporalidad y la convocatoria de sus puestos por primera vez en procesos selectivos convencionales pese a la normativa y sentencias europeas y un nuevo Real Decreto-Ley en vigor que afectaría estas plazas NO convocadas antes de su entrada en vigor así como la reforma inminente]

'Los profesionales informáticos del SESCAM junto al Sindicato Único de Trabajadores Solidaridad Obrera en el SESCAM han convocado para el próximo día 6 de septiembre una huelga indefinida dadas las circunstancias y la falta de respuesta del SESCAM ante las protestas y propuestas de este colectivo de trabajadores y trabajadoras en relación a su situación de Fraude de Ley.

APRISCAM viene relatando desde hace tiempo la situación por la que estos profesionales están pasando, principalmente el abuso de temporalidad que sufren desde hace mas de 30 años y que afecta a más de 75% de la plantilla. La oferta de empleo público que pretende solucionar este problema no lo hace de ninguna manera pues ignora esta excesiva interinidad. Por ejemplo, no va a considerar la antigüedad completa para valorar los méritos. Los temarios publicados recientemente perjudican sus aspiraciones pues, a pesar de que la OPE habla de un proceso de consolidación donde los aspectos a examinar serán solo exclusivamente de las tareas realizadas por estos trabajadores, es un temario muy genérico con temáticas desfasadas o no aplicables actualmente. Además, los empleados de Promoción Interna tampoco ven colmadas sus aspiraciones pues el proceso selectivo previsto queda muy lejos de lo prometido hasta hace no mucho tiempo.

[CSIF nacional] 'CSIF teme que la futura ley de Universidades no incluya medidas contra la precariedad de las plantillas - Más de la mitad de las universidades superan el 40% de temporalidad en el empleo' [El sindicato planteapuesta en marcha de procesos de estabilización]

'La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato más representativo en las administraciones públicas, teme que la futura Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU) no incluya medidas contra la precariedad de las plantillas, a pesar de que más de la mitad de las universidades españolas superan el 40 por ciento de temporalidad en el empleo.

Desde CSIF, mostramos nuestra preocupación sobre las medidas que incluirá la futura LOSU debido a la cambiante política del ministro de Universidades, Manuel Castells. Hasta ahora, proyectos impulsados por su Departamento, como el Estatuto del Personal Docente e Investigador quedaron en agua de borrajas tras el rechazo generalizado de los actores implicados.

Para el sindicato, aunque el Ministerio de Universidades nos anuncia una primera reunión el 15 de septiembre sobre la futura LOSU, seguimos sin negociación y sin información sobre el Anteproyecto de esta norma, que el Gobierno pretende aprobar a finales de noviembre, tras una primera vuelta mañana en el Consejo de Ministros.

lunes, 30 de agosto de 2021

Publicado en el Boletín el inicio de tramitación en el Congreso de la modificación , como Proyecto de Ley por procedimiento de urgencia, del Real Decreto-Ley 14/2021 de medidas para la reducción de la temporalida pública que comprometió el Gobierno para introducir nuevas posibilidades a cambio de su convalidación. Se abre el plazo, hasta el 9 de septiembre, para la presentación de enmiendas

Acaba de publicarse en el Boletín Oficial del Congreso el  acuerdo de la Mesa del Congreso de su reunión del 25/08/2021 de iniciar la tramitación , con la remisión a la Comisión de Política Territorial y Función Pública del "Proyecto de Ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público" (nº de iniciativa  121/000063), proyecto de ley  de modificación  del famoso  Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de julio del mismo asunto , que había sido aprobado por el Gobierno en esa fecha, publicado en el B.O.E. núm. 161, de 7 de julio de 2021 , entrado  en vigor desde el 8 de Julio  y finalmente convalidado por el Congreso en su  sesión de debate del pasado 21 de Julio que tratamos ampliamente en una entrada aquí, y cuya transcripción íntegra fue publicada en el la página 40 del Diario de Sesiones de Sesiones del Congreso de los Diputados Núm.117 de 21/07/2021. El acuerdo publicado en el BOCG  viene acompañado del texto de partida de este Proyecto de Ley, texto que es, naturalmente, el del Real-Decreto Ley publicado del que "procede", y que, hay que señalar sigue en vigor en todos sus términos al haber sido convalidado.

En la misma publicación se declara, siguiendo el procedimiento con tramitación de "urgencia" abierto "un plazo de ocho días hábiles, que expira el día 9 de septiembre de 2021, en el que los Sres. Diputados y los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas". El plazo es la mitad del habitual para este paso en la tramitación de un Proyecto de Ley, por ser procedimiento de urgencia, si bien es posible su ampliación mediante prórrogas si un grupo lo solicitad y lo acuerda la Mesa del Congreso.

Recordemos que el Gobierno del Estado había aprobado esa medida dereducción de la temporalidad en el empleo público tras el acuerdo con los principales sindicatos de la Función Pública y que por él se pretende -además de modificar la normativa para evitar el abuso de temporalidad para los nuevos nombramientos temporales-  un último proceso extraordinario de "estabilización de plazas" con los puestos temporales de más 3 años a 31/12/2020 que no estén ya en las Ofertas Públicas de empleo para  procesos de estabilización de las leyes estatales  de 2017 y 2018 y que las convocatorias de plazas de procesos de estabilización sean, en general salvo excepciones de normativa propia específica, bajo la modalidad de un concurso-oposición con indemnización al cese de 20 días por año y tope de 12 mensualidades,  sin afectar en sus términos ya previstos a las convocatorias de  procesos con plazas de estabilización que ya estuvieran publicadas a fecha de 08/07/2021.

[HUELGA TPTS NAVARRA] 'El comité de huelga denuncia que la adjudicación de puestos docentes vulnera la directiva contra el abuso de temporalidad'

'El Comité de Huelga considera que las vacantes anunciadas correspondientes a las adjudicaciones de plazas para el próximo curso docente, no están justificadas porque una gran parte de los puestos ya están ocupados por personal docente con contrato administrativo en vigor. Más de un 30% del personal docente actualmente es temporal.

El Comité de Huelga ha exigido reiteradamente al Departamento de Educación y a Función Pública, el cumplimiento de la Directiva 99/70, así como de la jurisprudencia comunitaria y del Tribunal Supremo. de forma que los contratos administrativos vigentes se modificaran sin fecha de fin, según estaba previsto en un proyecto de Decreto Foral desde el año 2018.

En este sentido, Comité acaba de recibir una comunicación del Defensor del Pueblo en la que le informa que continúa la investigación de la queja formulada sobre la duración de los contratos docentes y el abuso de temporalidad. El Defensor ha solicitado al Gobierno de Navarra ampliar la información recabada antes de poder emitir un informe.

domingo, 29 de agosto de 2021

Entradas más vistas de la semana 23/08/2021-29/08/2021 en este blog: en marcha la tramitación en el Congreso de la modificación del Real Decreto-Ley 14/2021 de reducción de la temporalidad larga pública, respuesta del Gobierno del Estado a las preguntas del senador de Compromís, ...

Además de recordarte que tienes a tu disposición los ATAJOS de "Entradas importantes", "Entradas nuestras" (feed) y canal de "Informática sanitaria" (feed), transcribimos a continuación el estado actual del componente del blog Entradas + vistas en los últimos 7 días:

viernes, 27 de agosto de 2021

En marcha la tramitación en el Congreso de la modificación , como Proyecto de Ley por procedimiento de urgencia, del Real Decreto-Ley 14/2021 de medidas para la reducción de la temporalida pública que el Gobierno, para poder obtener su convalidación, comprometió para incluir, en convocatorias futuras de procesos con plazas temporales más de 3 años a 31/12/2020, las posibilidades de fase de oposición no eliminatoria en general y sistema de concurso puro de méritos para plazas ocupadas por interinos y sin convocarse más de 10 años

Acaba de publicarse en la web del Congreso la "calificación"  de la Mesa del Congreso este 25/08/2021 -como estaba previsto en su primera reunión tras la interrupción vacacional de la actividad del Congreso desde el pasado 22 de Julio- del "Proyecto de Ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público" (nº de iniciativa  121/000063), proyecto de ley "procedente" del famoso  Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de julio del mismo asunto , que había sido aprobado por el Gobierno en esa fecha, publicado en el B.O.E. núm. 161, de 7 de julio de 2021 , entrado  en vigor desde el 8 de Julio  y finalmente convalidado por el Congreso en su  sesión de debate del pasado 21 de Julio que tratamos ampliamente en una entrada aquí, y cuya transcripción íntegra fue publicada en el la página 40 del Diario de Sesiones de Sesiones del Congreso de los Diputados Núm.117 de 21/07/2021

Recordemos que el Gobierno del Estado había aprobado ese "plan de choque" de reducción de la temporalidad en el empleo público tras el acuerdo con los principales sindicatos de la Función Pública y que por él se pretende -además de modificar la normativa para evitar el abuso de temporalidad para los nuevos nombramientos temporales-  un último proceso extraordinario de "estabilización de plazas" con los puestos temporales de más 3 años a 31/12/2020 que no estén ya en las Ofertas Públicas de empleo para  procesos de estabilización de las leyes estatales  de 2017 y 2018 y que las convocatorias de plazas de procesos de estabilización sean, en general salvo excepciones de normativa propia específica, bajo la modalidad de un concurso-oposición con indemnización al cese de 20 días por año y tope de 12 mensualidades,  sin afectar en sus términos ya previstos a las convocatorias de  procesos con plazas de estabilización que ya estuvieran publicadas a fecha de 08/07/2021.

[CNT Galicia] 'Comienzan las negociaciones entre la CNT y el Consorcio de Igualdad y Bienestar. El 6 de septiembre comienza la huelga convocada por la sección sindical de la CNT por abuso de temporalidad y fraude estructural en la contratación que afecta a la plantilla del Consorcio.

'La sección sindical de la CNT ha convocado una nueva huelga en el Consorcio Gallego de Igualdad y Servicios Sociales. La huelga está convocada para abordar la situación de la plantilla temporal estructural del Consorcio Gallego de Igualdad y Servicios Sociales y proporcionar estabilidad en el empleo al personal que actualmente presta servicios en dicho Consorcio y consistiría en paros continuos de dos semanas al mes durante los meses de Septiembre, octubre, noviembre y diciembre. '

Con la intención de llegar a un acuerdo antes del inicio de las huelgas, la dirección del Consorcio y el comité de huelga se reunieron el jueves. La CNT acogió con satisfacción el paso dado por el Consorcio, que no reconoció a la comisión de huelga como interlocutor, y acudió a la reunión con el objetivo de llegar a acuerdos en el marco de asegurar una solución integral y favorable a todo el personal en casos de fraude y abuso de temporalidad.

 

jueves, 26 de agosto de 2021

Respuesta del Gobierno del Estado a las preguntas del senador de Compromís sobre retirada del Decreto-Ley y reparación al trabajador público en abuso de temporalidad acorde a la jurisprudencia del Tribunal europeo: con el Real Decreto-Ley y su modificación por nuevo Proyecto de Ley se está trabajando para "incorporar medidas efectivas y adecuadas para prevenir y, en su caso, sancionar, el uso abusivo de la temporalidad" de acuerdo con el mandato del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en su sentencia [de 19/03/2020]

El Senador Carles Mulet ha publicado en su Twitter la  respuesta conjunta del Gobierno del Estado registrada en la fecha 23/08/2021 a varias de las preguntas al Gobierno de respuesta escrita que el Senador de Compromís a través de su Grupo de Izquierda Confederal había registrado entre el 06/06/2021 y el 11/07/2021 a raíz de la "nueva" jurisprudencia del Tribunal europeo, las resoluciones de algunos juzgados sobre exclusión de las plazas de  personal temporal público en abuso de temporalidad de Ofertas Públicas de Empleo o la entrada en vigor del Real Decreto-Ley de reducción de temporalidad seguida de cambio del ministro titular de la Función Pública

 

Las preguntas del Senador en concreto eran:

  • la nº 684/40926 de 06/06/2021: ¿siguiendo la directiva y [reciente] jurisprudencia europea ¿Cómo piensa el Gobierno sancionar a la administración y resarcir al trabajador  cuando el abuso ya se ha producido?
  • la nº 684/41777  de 05/07/2021: en reiteradas ocasiones  el Ministro de Función Pública ha expresado su opinión acerca del engaño de algunos abogados están ejerciendo con los trabajadores temporales en fraude de ley [de abuso de temporalidad] ...  sabemos como Vd sabe que las OPEs de estabilización o consolidación no cumplen como sanción al fraude y que las ridículas indemnizaciones tampoco [...] se están conociendo estos días múltiples sentencias de fijeza como en el caso del Juzgado de lo Contencioso de Alicante o el Juzgado Central de Madrid,... ¿mantiene esas declaraciones y piensa que esos jueces también están engañando a la población ...?
  • la nº 684/42021 de 11/07/2021: visto que la Ministra de Hacienda a asumido Función Pública justo tras que el anterior Ministro Iceta haya dejado el funesto Real Decreto-Ley 14/2021, que no va a contar con el consenso del Congreso en un tema tan sensible como éste ¿Va a proceder a retirar este Decreto-Ley?

 


La respuesta literal del Gobierno, conjunta a todas ellas, , con fecha firmada el 23/08/2021, ha sido[resaltados en negrita cursiva  nuestros]:
 

miércoles, 25 de agosto de 2021

Recordatorio. Sentencia del juzgado Central nº2 de lo Contencioso de fijeza a 4 funcionarios interinos más de 10 años de la Administración del Estado , uno de ellos de único nombramiento, como sanción al abuso de temporalidad en el empleo público por la Directiva Europea 1999/70/CE y la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en especial la sentencia de 19/03/2020 del asunto "Sánchez Ruiz y otros" reafirmada en la consecuencia de fijeza yen la posiblidad de abuso ante único nombramiento por el Auto de 30/09/2020 en el asunto portugués "Gondomar", la sentencia de 11/02/2021 en el asunto griego "Agios Nikolaos" y la reciente sentencia de 03/06/2021 en el asunto "IMIDRA"

[Recordatorio de entrada publicada el 01/08/2021] En el día de ayer 30/06/2021 conocíamos que el Juzgado Central nº 2 de Madrid de lo Contencioso-Administrativo dictaba en una amplia sentencia la fijeza a funcionarios interinos como sanción al abuso de su  temporalidad en el empleo público de  la cláusula 5ª del Acuerdo Marco recogido en la famosa Directiva Europea 1999/70/CE aplicando la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, y  muy especialmente, la esperanzadora sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020 del asunto acumulado "Sánchez Ruiz/Fernández-Alvarez y otros"  (recordemos que por casos del Servicio Madrileño de Salud siendo el asunto principal el de un informático nuestro), así como posterior jurisprudencia europea.


La sentencia traslada amplias partes del razonamiento de la sentencia pionera de Junio de 2020, del Juzgado de lo Contencioso nº 4 de Alicante y ante una demanda con el conocdio abogados Javier Araúz  de 4 funcionarios interinos durante 10 a  16 años ,de la Administración General del Esatdo,  en concreto del cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias declara el  "derecho a permanecer en su puesto de trabajo y  con sujeción al mismo régimen de estabilidad e inamovilidad que tiene los  funcionarios de carrera", aunque sin adquirir la condición de funcionarios de carrera, , es decir, sentencia la fijeza.
 

[HuelgaTPTs Navarra] 'El comité de huelga denuncia la pasividad del Gobierno de Navarra ante el cese de miles docentes contratados y el abuso de temporalidad'

'El Comité de Huelga no ha recibido respuesta ni del Consejero de Educación ni de la Directora General de Función Pública del Gobierno de Navarra, a su propuesta, que evitaría el cese masivo previsto para el próximo día 31 de Agosto. El Comité reclama una solución urgente de acuerdo con la cláusula 5ª de la Directiva 99/70 ante la que el Gobierno de Navarra sigue haciendo “oídos sordos”.

El Comité permanece a la espera de informe del Defensor del Pueblo sobre el cumplimiento de las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y delTribunal Supremo, de forma que los contratos administrativos vigentes se modificaran sin fecha de fin, según estaba previsto en un proyecto de Decreto Foral desde el año 2018.

Desde el Comité se plantearán todas las acciones legales oportunas para que el Gobierno de Navarra adopte las medidas para la prevención y sanción del abuso de la temporalidad .

En la Propuesta de Negociación remitida por el Comité se incluye una modificación de contratos administrativos temporales vigentes del personal docente en la cual se plantean dos situaciones:

martes, 24 de agosto de 2021

Recordatorio [28/06/2021] [Poder Judicial] '[La Sala de lo Social de] El Tribunal Supremo establece doctrina sobre la duración de un contrato de interinidad por vacante en el sector público tras la sentencia del TJUE La duración máxima será la del tiempo que duren los procesos de selección para cubrir la vacante conforme a lo dispuesto en su normativa legal o convencional específica' ["Una duración superior a tres años debe considerarse injustificadamente larga, lo que comportará que el trabajador interino pase a ostentar la condición de indefinido no fijo". Sentencia confirmando la indemnización al cese de laboral interina de vacante de casi 8 años que demandaba ser considerada indefinida no fija al cese a efectos indemnizatorios por superar el plazo de 3 años]

 [Recordatorio de entrada publicada el 28/06/2021] 'La Sala Cuarta del Tribunal Supremo reunida en pleno para examinar la incidencia de la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 3 de junio de 2021 en diversos recursos, ha decidido, por unanimidad, rectificar la aplicación que venía haciendo de su propia doctrina en relación a la duración del contrato de interinidad por vacante en el sector público. 

En aplicación de las previsiones legales y reglamentarias sobre el referido contrato, su duración máxima será la del tiempo que duren los procesos de selección para cubrir la vacante conforme a lo dispuesto en su normativa legal o convencional específica. 

A falta de previsión normativa la Sala entiende, con carácter general, que una duración superior a tres años debe considerarse injustificadamente larga, lo que comportará que el trabajador interino pase a ostentar la condición de indefinido no fijo

[RRHH del Ayto de Sevilla] 'La aplicación del Real Decreto-Ley 14/2021 a los nombramientos y contrataciones temporales en el Ayuntamiento de Sevilla'

'Introducción

El Real Decreto-ley 14/2021 parte de las exigencias contenidas en la cláusula 5a del Acuerdo Marco sobre el trabajo de duración determinada (Directiva 1999/70 CE del Consejo), que prevé la adopción de medidas destinadas a evitar la utilización abusiva de nombramientos temporales. Como dice literalmente la exposición de motivos del citado RDL, “la doctrina que ha fijado el TJUE en esta materia dispone que las autoridades españolas tienen que instaurar medidas efectivas que disuadan y, en su caso, sancionen de forma clara el abuso de la temporalidad”.


Al servicio de tal objetivo, el RDL adopta una serie de medidas que podemos agrupar así:

  • Una nueva regulación más precisa y acotada de la figura del funcionario interino en el art. 10 del TREBEP.

  • Medidas dirigidas al control de la temporalidad en el empleo público. Se introducen a través de una nueva disposición adicional decimoséptima en el TREBEP y son de dos tipos: a) las irregularidades que puedan dar lugar a situaciones de abuso en la contratación o nombramientos temporales provocarán la exigencia de responsabilidades a quienes hubiesen dado lugar a las mismas o no las hubieren evitado; y b) el abuso de la temporalidad determinará, en el momento del cese, una compensación económica en forma de indemnización para el empleado temporal en cuantía similar a las previstas en el ETT para el despido objetivo.

  • Aprobación de una última ventana de estabilización para “las plazas de naturaleza estructural que, estén o no dentro de las relaciones de puestos de trabajo, plantillas u otra forma de organización de recursos humanos que estén contempladas en las distintas Administraciones Públicas y estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020”.


Este informe tiene por objeto exclusivamente los dos primeros grupos de medidas, por lo que no trataré para nada esta última ventana de estabilización, no porque no plantee suficientes dudas, sino porque las mismas serán analizadas en un informe posterior.

Voy, por tanto, a examinar la nueva regulación de los funcionarios interinos y la concreción de lo que podemos entender por “abuso de la temporalidad” tanto en los contratos laborales temporales como en los nombramientos de funcionarios interinos en sus distintas modalidades.

[HuelgaTTPs Navarra] 'El Comité de Huelga espera una respuesta de Educación y Función Pública a la propuesta para la continuidad del personal docente contratado durante el próximo curso'

'El Comité de Huelga remitió la semana pasada al Consejero de Educación del Gobierno de Navarra así como a la Directora General de Función Pública, una propuesta que incluye varios puntos para la negociación urgente entre ambas partes a la espera del informe del Defensor del Pueblo. La Presidenta del Gobierno de Navarra también ha conocido de la propuesta según la respuesta recibida por el Comité.

La propuesta evitaría el cese masivo previsto para el próximo día 31 de Agosto, de forma los contratos administrativos vigentes se modificaran sin fecha de fin, según estaba previsto en un proyecto de Decreto Foral desde el año 2018 en cumplimiento de lasentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y del Tribunal Supremo.

La Propuesta de Negociación remitida incluye una modificación de contratos administrativos temporales vigentes del personal docente en la cual se plantean dos situaciones:

lunes, 23 de agosto de 2021

Recordatorio [CSIF AGE] Paralizada la publicación de las convocatorias próximas a convocar de los procesos de estabilización de la OPE 2018 de la Administración General del Estado para esperar a los posibles cambios normativos

 [Recordatorio de entrada publicada el 30/07/2021] 'Ante la duda suscitada de cómo se plasmarán en la nueva ley las condiciones que se establezcan para la procesos de estabilización de empleo temporal y para evitar posibles agravios entre los procesos correspondientes a la convocatoria del año 2018, a punto de convocarse, con los futuros a promover, SE PROCEDE A LA PARALIZACIÓN DE LAS CONVOCATORIAS DE ESTOS PROCESOS hasta que  entre en vigor la nueva ley y se concreten los términos que regirán para la realización de estos.'

Fuente: Comunicado de CSIF de la AGE [Administración General del Estado de 30/07/2021

 

NOTA DEL EDITOR: la Oferta de Empleo Público mencionada y los procesos selectivos  corresponden a la "Administración General del Estado" [AGE]. Aparte están las OPEs de otras AAPP como las de las CCAA , universidades o entidades locales -junto con sus entes públicos dependientes-.

Siempre en cuanto a la AGE,   las plazas  temporales más de 3 años a 31/12/2017  fueron incluidas en estas OPEs que se consideran ahora parte de la Oferta de Empleo Público de 2018:

Recordatorio [07/07/2021] Publicado en el BOE el REAL DECRETO-LEY del "plan de choque" de reducción de la temporalidad en el empleo público acordado con los sindicatos fijando un último proceso extraordinario de estabilización de plazas con los puestos temporales de más 3 años a 31/12/2020 que no estén ya en los procesos de estabilización de las leyes de 2017 y 2018: un concurso-oposición libre con peso de la fase de méritos del 40% e indemnización de 20 dias/año máx 12 mensualidades al cese del temporal que no lo supere, indemnización de la que se quedarían fuera el personal cesado por los procesos selectivos con plazas de estabilización ya convocados. Entra en vigor este 08/07/2021

[Recordatorio de entrada publicada el 07/07/2021] Acaba de publicarse en el BOE de hoy 07/07/2021 el esperado REAL DECRETO-LEY del "plan de choque" de reducción de la temporalidad en el empleo público  acordado este lunes  con los sindicatos CCOO,  UGT y CSIF, fijando un último proceso de estabilización con los puestos temporales +3a a 31/12/2020 que no estén ya en los procesos de estabilización de las leyes de 2017 y 2018,: un concurso-oposición libre con peso de la fase de méritos hata el 40% e indemnización de 20 dias/año máx 12 mensualidades al cese del temporal que no lo supere