Informaba la Federación de SEervicio Públicos de UGT de Madrid el pasado 18/02/2019 que empezaron las reuniones de negociación del proceso de
funcionarización de personal laboral de la Administración de la Comunidad de Madrid ,
en desarrollo de la disposición transitoria 2ª del Estatuto Básico del
Empleado Público de 2007, y para la amplia relación de categorías
laborales recogidas en el Anexo II del texto publicado según el acuerdo sectorial para el personal funcionario de la Comunidad de Madrid alcanzado el pasado 20/07/2019 en la Mesa General de Empleados Públicos de la Comunidad de Madrid entre el Gobierno y los sindicatos.
En el documento informativo que
acompaña UGT se precisa que mientras para el personal laboral fijo será
un proceso voluntario como es habitual, quedando en caso de no
presentarse como "laboral fijo a extinguir", para el personal
laboral temporal será un proceso forzoso siendo nombrado personal
funcionario "interino hasta la cobertura de los puestos por personal
funcionario de carrera". Por último, para el personal laboral
indefinido no fijo (por sentencia) se establece que sus plazas se
convertirán en funcionarias ya mediante los procesos de OPE.
[NOTA
DEL EDITOR: es decir, el personal laboral temporal afectado por este
proceso de funcionarización será nombrado funcionario interino antes de
la cobertura fija por fin del proceso selectivo que convoque su puesto, como puede ser el caso masivo de los procesos "de estabilización" de 2017 y de 2018 de la Comunidad de Madrid , que han ofertado los puestos temporales de más de 3 años de la Comunidad, entre ellos el de personal laboral de la Administración de la Comunidad de más de 3 años: 3.420 plazas por el Anexo III de la OPE 2017 de la CM y 2.914 plazas por el Anexo III de la OPE 2018 de la CM
junto con 448 plazas de indefinidos no fijos de la Administración de la Comunidad de Madrid también en el Anexo III de su OPE 2017.
De esta manera el personal temporal laboral de
la Administración de la Comunidad de Madrid afectado por ambos procesos
(funcionarización y estabilización) que no obtenga plaza fija en el procesos
selectivo que ha convocado su puesto se enfrentará a un cese ya como
funcionario interino, situación laboral que en la actualidad no tiene asentando el derecho a indemnización ante cese por OPE , mientra
que para el personal laboral sí hay posibilidades de indemnización demandando en en el cese y con mayor seguridad si se gana la figura de "indefinido no fijo"
-para lo que hay que ser laboral en el momento de la demanda-.
Por esta razón algunas voces están viendo en este proceso de funcionarización una maniobra encubierta de la Comunidad de Madrid para ahorrarse futuras indemnizaciones por el personal temporal con posibilidades de indemnización que pueda acabar siendo cesado.
Por otro lado los procesos de "estatutarización" del SERMAS, es decir de transformación de personal funcionario y laboral a personal estatutario (el personal de carácter funcionarial bajo el estatuto marco de los Servicios de Salud), ya en curso, como por ejemplo los publicados hoy mismo de las categorías de Celadores y de Auxiliares administrativos, se están abordando por contra de tal forma que los puestos temporales "estatutarizen" en el momento de la cobertura fija por las convocatorias como estatutario de dichos puestos. Según los últimos datos del Portal Estadístico del SERMAS , de los 72 mil trabajadores del servicio público de Salud hay más de 8.500 laborales, siendo más de 1.800 de ellos temporales]
Por otro lado los procesos de "estatutarización" del SERMAS, es decir de transformación de personal funcionario y laboral a personal estatutario (el personal de carácter funcionarial bajo el estatuto marco de los Servicios de Salud), ya en curso, como por ejemplo los publicados hoy mismo de las categorías de Celadores y de Auxiliares administrativos, se están abordando por contra de tal forma que los puestos temporales "estatutarizen" en el momento de la cobertura fija por las convocatorias como estatutario de dichos puestos. Según los últimos datos del Portal Estadístico del SERMAS , de los 72 mil trabajadores del servicio público de Salud hay más de 8.500 laborales, siendo más de 1.800 de ellos temporales]
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