lunes, 4 de marzo de 2019

[FeSPUGT de Madrid] Información del Proceso de funcionarización de personal laboral de la Administración de la Comunidad de Madrid por el Acuerdo Sectorial [ Conversión forzosa a personal funcionario interino -sin derecho actualmente a indemnización - del personal laboral temporal, afectado también por procesos masivos de "estabilización" de sus puestos]


Informaba la Federación de SEervicio Públicos de UGT de Madrid el pasado 18/02/2019 que  empezaron las reuniones de negociación del proceso de funcionarización de personal laboral de la Administración de la Comunidad de Madrid , en desarrollo de la disposición transitoria 2ª del Estatuto Básico del Empleado Público de 2007, y para la amplia relación de categorías laborales recogidas en el Anexo II del texto publicado según el  acuerdo sectorial  para el personal funcionario de la Comunidad de Madrid alcanzado el pasado 20/07/2019 en la Mesa General de Empleados Públicos de la Comunidad de Madrid entre el Gobierno y los sindicatos.

En el documento informativo que acompaña UGT se precisa que mientras para el personal laboral fijo será un proceso voluntario como es habitual, quedando en caso de no presentarse como "laboral fijo  a extinguir", para el personal laboral temporal será un proceso forzoso siendo nombrado personal funcionario "interino hasta la cobertura de los puestos por personal funcionario de carrera". Por último, para el personal laboral indefinido no fijo (por sentencia) se establece que sus plazas se convertirán en funcionarias ya mediante los procesos de OPE.



[NOTA DEL EDITOR:  es decir, el personal laboral temporal afectado por este proceso de funcionarización será nombrado funcionario interino antes de la cobertura fija por fin del proceso selectivo que convoque su puesto, como puede ser el caso masivo de los procesos "de estabilización de 2017 y de 2018 de la Comunidad de Madrid , que han ofertado los puestos temporales de más de 3 años de la Comunidad, entre ellos el de personal laboral de la Administración de la Comunidad de más de 3 años: 3.420 plazas por el Anexo III de la OPE 2017 de la CM y 2.914 plazas por el Anexo III de la OPE  2018 de la CM junto con 448 plazas de indefinidos no fijos de la Administración de la Comunidad de Madrid también en el Anexo III de su OPE 2017.
De esta manera el  personal temporal laboral de la Administración de la Comunidad de Madrid afectado por ambos procesos (funcionarización y estabilización) que no obtenga plaza fija en el procesos selectivo que ha convocado  su puesto se enfrentará a un cese ya como funcionario interino, situación laboral que en la actualidad no tiene asentando el derecho a  indemnización ante cese por OPE , mientra que para el personal laboral sí hay posibilidades de indemnización demandando en en el cese y con mayor seguridad si se gana la figura de "indefinido no fijo" -para lo que hay que ser laboral en el momento de la demanda-.

Por esta razón algunas voces están viendo en este proceso de funcionarización una maniobra encubierta de la Comunidad de Madrid para ahorrarse futuras indemnizaciones por el personal temporal con posibilidades de indemnización que pueda acabar siendo  cesado.

Por otro lado los procesos de "estatutarización" del SERMAS, es decir de transformación de personal funcionario y laboral a personal  estatutario (el personal de carácter funcionarial bajo el estatuto marco de los Servicios de Salud), ya en curso, como por ejemplo los publicados hoy mismo de las categorías de Celadores y de Auxiliares administrativos, se están abordando por contra de tal forma que los puestos temporales "estatutarizen" en el momento de la cobertura fija por las convocatorias como estatutario de dichos puestos. Según los últimos datos del Portal Estadístico del SERMAS , de los 72 mil trabajadores del servicio público de Salud hay más de 8.500 laborales, siendo más de 1.800 de ellos temporales]

Entradas relacionadas:

No hay comentarios: