Tal y como informa El País y otros medios, el entorno de la presidencia de la Comisión Europea ha divulgado este miércoles por la tarde un enlace al documento denominado "Operational Arrangement o" acuerdo de funcionamiento firmado entre el Gobierno Español y la Comisión Europea con detalles, indicadores y plazos para cumplir las medidas comprometidas
en el Plan de reformas enviado en Abril por el Gobierno Español a la Comisión
Europea para poder optar a los fondos europeos del Plan de
recuperación, Transformación y Resiliencia [RRP por sus siglas del
inglés "Recovery and Resilience Plan"], medidas que la Comisión Europea resumió en este otro documento, y entre las que inicialmente se incluían en sus Componentes 11 y 18 estas medidas para la reducción de la temporalidad en el empleo público español :
- en
la reforma 1 del Componente 11 (C11.R1), el Gobierno Español se había
comprometido en el Plan de reformas enviado en Abril , entre otras medidas de la AAPP, a un plan de choque de reducción de temporalidad por la ampliación de los "procesos de
estabilización" existentes derivados de las leyes de presupuestos
generales del Estado 2017 y 2018 con las plazas temporales más de 3 años
a 31/12/2020 debiéndose publicarse estas OPEs de estabilización
antes de 31/12/2021, teniendo que
finalizar todos los procesos -los existentes y los nuevos- antes de 31/12/2024. Sin mencionar que dicha
temporalidad existente pueda ser ya abusiva ni la sentencia europea de 19/03/2020
que estableció que las convocatorias a procesos selectivos del puesto de
los abusados no pueden valer como la sanción que debe haber para la
AAPP.
Por otro lado, como parte de esa reforma 1 del Componente 11 también se comprometía a "articular a futuro medidas eficaces para prevenir y sancionar el abuso y el fraude en la temporalidad", mediante una modificación de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público [EBEP].
Ese plan de choque de reducción de temporalidad general habría visto publicado ya su regulación con el artículo 2 del famoso Real Decreto-Ley 14/21 publicado el 07/07/2021, actualmente en una (posible) reforma mediante un proyecto de Ley en tramitación en el Congreso , mientras que suu artículo 1 incluye precisamente una modificación del EBEP que introduce (o lo intenta) medidas para prevenir y sancionar el abuso futuro. - en la reforma 4 del Componente 18 sobre Sanidad (C18.R4), se planteaba originalmente en el documento enviado por el Gobierno en Abril además una reforma del Estatuto del personal sanitario para que el sistema selectivo de los "profesionales sanitarios" con especialides y accesos tipo MIR pudiera pasar a ser el concurso puro de méritos , mecanismo que podría estar ya disponible para los "que lleven un período de tiempo" en su proceso de estabilización pendiente -en su caso- del "plan de choque"; pero en el documento posterior de la CE ya sólo se mencionaba la reducción de la temporalidad . Nótese que parece desprenderse de lo trascendido de la reunión del Ámbito en Sanidad [es decir , la mesa sectorial estatal sobre Sanidad entre el Ministerio de Sanidad y sindicatos] sobre este tema, que los sindicatos de la Mesa estatal de Sanidad se mostraron favorables mayoritariamente a que siempre hubiera oposición [y por tanto, desfavorables a esa posibilidad del concurso puro de méritos]
El documento divulgado hoy con el Acuerdo de Funcionamiento incluye un Anexo I que detalla los
hitos , objetivos e indicadores de seguimiento, y un Anexo II que lista el calendario de cumplimiento de diversos indicadores.
En dicho Anexo I, en cuanto a la reforma 1
del Componente 11 sobre la AAPP so(C11.R1) se aborda en estas entradas (a partir de su página
131) , de las que extraemos en cuanto al tema de la
temporalidad pública:
- [nº144] Hito "Entrada en vigor de acto legislativo para reducir la temporalidad en las administraciones públicas"
- Fecha de cumplimiento [comprometida]: Segundo cuatrimestre de 2021
- Descripción:
"Entrada en vigor de un Acto Legislativo que estipule medidas para
reducir la temporalidad en el empleo público y disposiciones efectivas
para prevenir y sancionar abusos, incluida la obligación de publicar
todas las convocatorias de procedimientos de estabilización de personal
temporal a más tardar el 31 de diciembre de 2022. Este Acto Legislativo
será aplicable al Estado, administraciones públicas regionales y
locales."
, - [nº 150] Objetivo "Estabilización del empleo público"
- Fecha de cumplimiento [comprometida] : Cuarto cuatrimestre de 2024
- Descripción: "Finalización de los procedimientos de contratación para estabilizar el empleo (a través de contratos o puestos estatutarios del personal) que involucran al menos 300 000 puestos (incluidos los que derivan de los procedimientos de estabilización de 2017 y 2018)"
- Información adicional: "Los procedimientos de selección se considerarán concluidos una vez que se publiquen en el Diario Oficial las resoluciones correspondientes incluyendo las listas de candidatos que hayan superado el procedimiento de estabilización."
- Mecanismo
de verificación: [básicamente, copia de los Diarios Oficiales con las
convocatorias publicadas antes de 31/12/2022 y certificados con el
"número de puestos estabilizados"]
En cuanto a la reforma 4
del Componente 18 sobre Sanidad (C18.R4) se aborda en estas entradas (a partir de su página 228) :
- [nº 276] Hito "Fortalecimiento de las competencias profesionales y reducción del empleo temporal" de la que en su descripción en cuanto a la temporalidad se limita a decir que se"reducirán los contratos temporales".
- [nº 150.1] Publicación de las convocatorias de procedimientos de estabilización de al menos 300.000 puestos (incluyendo los de 2017 y 2018) en los Boletines Oficiales: completado para el cuarto cuatrimestre de 2022
, - [nº 150.2] Informe de progreso con el número de procedimientos de selección para estabilizar el empleo (a través de contratos indefinidos o puestos estatutarios fijos del personal) completados y con el número de puestos estabilizados:para el cuarto cuatrimestre de 2023
, - [nº 150.3] Finalización de los procedimientos de estabilización mediante la publicación de los candidatos seleccionados: completado para el cuarto cuatrimestre de 2024
Naturalmente, la cuestión es si la Comisión Europea considera que el Real Decreto-Ley 14/21 ya publicado implementa ya ese "acto legislativo" comprometido de medidas no sólo de reducción de temporalidad con procesos de estabilización de puestos y disposiciones efectivas
para prevenir abusos sino también de disposiciones efectivas para sancionar los abusos, especialmente los masivos actuales. Recuérdese que el Gobierno español en su lan de reformas enviado en Abril sólo hablaba de medidas de sanción del abuso a futuro.
Hay que recordar que se han presentando ante la CE numerosas denuncias personales de abuso de
temporalidad en el empleo público , así como denuncias de que el Real -Decreto-ley no cumple con la jurisprudencia europea, habiendo contestado la CE que "evaluará" si las medidas
de reducción de temporalidad se adecuan al Derecho de
la Unión Europea"
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esperanzadora del Tribunal Europeo del asunto acumulado "Sánchez
Ruiz": hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada
que requiere una sanción, que le corresponde al ordenamiento español
fijar, orientando que no puede valer como sanción la convocatoria a
proceso selectivo libre ni la figura del indefinido no fijo
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- [09/06/2021] La Comisión Europea responde a denuncias personales de abuso de temporalidad en el empleo público español que "evaluará" si las medidas de reducción de temporalidad del Plan de reformas del Gobierno enviado a la UE para optar a los fondos de recuperación "se adecúan al Derecho de la Union Europea"
- [[0707/2021] [IMPORTANTE] Publicado en el BOE el REAL DECRETO-LEY del "plan de choque" de reducción de la temporalidad en el empleo público acordado con los sindicatos fijando un último proceso extraordinario de estabilización de plazas con los puestos temporales de más 3 años a 31/12/2020 que no estén ya en los procesos de estabilización de las leyes de 2017 y 2018: un concurso-oposición libre con peso de la fase de méritos del 40% e indemnización de 20 dias/año máx 12 mensualidades al cese del temporal que no lo supere. Entra en vigor mañana 08/07/2021
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16 comentarios:
Es un genocidio de interinos anunciado, y la Comisión Europea calla. ¡Que vergüenza!
El Icetazo supuso el cumplimiento del primer hito para la Comisión... el PL se retrasará.
A los sanitarios se les iba a aplicar concurso de méritos y a los demás que nos den. No entiendo en qué se basan para semejante criterio discriminatorio. Será que el abuso a un sanitario duele más que el abuso a un bombero. En época de pandemia los sanitarios han estado al pie del cañón, pero no lo han estado menos los tramitadores de ERTES, los operarios de limpieza, desinfección...Este Gobierno va como pollo sin cabeza. Dejen de dividirnos porque no hacen más que darnos mayor fuerza. Vamos a impugnar todas las plazas de interinos, y si se suspenden cautelarmente las OPEs, se les pondrán en contra hasta los opositores. Lo que deberían hacer es reconocernos las fijeza y convocar más plazas,porque muchos interinos estamos reventados de trabajar por falta de personal. En la Administración hace falta mucha gente y sustituyendo a interinos no se crea empleo, se lleva a cabo un ERE. Los que estamos necesitamos estabilidad y los opositores necesitan que se convoquen plazas. No se rían ni de la gente que lleva trabajando tantos años en la Administración, ni de los opositores que están hincando codos para acceder a la función pública. No sobramos ni los interinos, ni los opositores. Sobran otros. Un respeto y fijeza ya!
Efectivamente, ojalá me equivoque, pero me da que la tramitación del proyecto de Ley se va a retrasar lo suficiente como para ir publicando la convocatoria de los nuevos procesos de personas que llevaban muchos años en sus puestos....y allá se las componga cada cual. Va a caer mucha gente
https://amp-expansion-com.cdn.ampproject.org/v/s/amp.expansion.com/juridico/sentencias/2021/11/09/618aa4aa468aeb0b458b45f8.html?amp_gsa=1&_js_v=a6&usqp=mq331AQIKAGwASCAAgM%3D#amp_tf=De%20%251%24s&aoh=16366097518661&csi=0&referrer=https%3A%2F%2Fwww.google.com&share=https%3A%2F%2Fwww.expansion.com%2Fjuridico%2Fsentencias%2F2021%2F11%2F09%2F618aa4aa468aeb0b458b45f8.html
Las demandas en España y las denuncias ante la Comisión, son la mejor opción. Y si el TS no aplica la normativa Europea y las sentencias del TJUE, pues nos veremos en el TEDH.
SAnitarios para Enfermería y Médicos...que no se lleven a engaños.
Además, ese posible "concurso de méritos" para Sanidad ha sido rechazado por los UGT, CC.OO y CSIF ("los sindicatos"); está claro que tienen que organizar su Opo-tongo para controlar el reparto-regalo de plazas "a sus clientes"
Penoso.
Esto se va a solucionar en los Tribunales.
Los políticos, ni nacionales ni europeos van a solucionar nada. Los nacionales intentarán engañar a los europeos, y los europeos se harán los tontos y se dejarán engañar.
Sí..lo va a solucionar el Magis-trado ese que ha entrado ahora al Constitucional.
Hitos fáciles de cumplir. Cuela
Una pregunta y disculpad mi ignorancia: ese magistrado nuevo, ¿es alguien que se sabe es favorable a la fijeza como solución constitucional?
Y ¿también eligen los partidos políticos los miembros del Constitucional como los del Tribunal Supremo?
Gracias
Ni España hace nada, ni Europa hace nada. España lleva 20 años sin cumplir la Directiva 1999/70/CE. y no pasa nada. Cospedal siendo presidenta de Castilla-La Mancha despidió a 20,000 interinos. Y la gran mayoría, en la calle se quedó. Esto fue desde el 2011 hasta el 2015. La directiva Europea ya estaba. Y no pasó nada. La gente que recurrió, perdió. Una vergüenza. Que deseperación
A la persona de las 10.58: Es Enrique Arnaldo, puesto por el PP pese a estar en el "caso Lezo", el de la corrupción del ex-presidente de la Comunidad de Madrid, Ignacio González, figurando en la causa una conversación TLF donde el Glez le decía al magistrador que "estarás ahí moviéndote como corresponde” en referencia a cambios en la cúpula judicial.
Va a hacer lo que le ordene el PP . Supongo que conoces la postura del PP sobre la fijeza y demás ¿no?
El hombre al menos tiene su ironía: hace unos días dijo en su comparecencia por esto en el parlamento que "no soy ni mejor ni peor que Vds, ni más honesto ni menos honesto". Efectivamente , es un magistrado a la altura de los políticos que lo nombran
Contra l@s Interinos no está nadie, es más están A FAVOR, a favor de que ahí sigan produciendo-descontando-moviéndol@s a arbitrio- y haciendo lo que venga en gana con ell@s.
Tanto PSOE (el autor del invento) como el PP (aprovechador nato), y así todos los 17 virreyes de las CCAA y Consejerías , los 52 validos de Diputaciones y departamentos, los 8131 manijeros de Ayuntamientos y concejalías....además de corporaciones, consorcios, empresas públicas, y demás puestos de castañas.....se han FORRADO con la CONTRATACIÓN TEMPORAL FRAUDULENTA (plazas que no se cubren o a rachas, nóminas que no se pagan en todos sus complementos, horas que no se abonan, movilidad a tuti plen y a antojo; por no decir el despotrique y maneje de los contratos), viviendo y aprovechando mayor fraude contable y económico que se haya perpetrado en ningún País.
Hemos sido vejados, engañados, explotados, a la mayoría nos han retrasado la vida cuando no nos la han "quitado"; se han aprovechado de Nostr@s políticos, partidos, sindicatos, organismos, empresas privadas, jueces, altos cargos, cargos medios y bajos cargos....Y AÚN ASÍ, TODAVÍA SE NOS MACHACA Y NO SE NOS DEJA EN PAZ DE UNA VEZ YA.
Sólo espero que alguna vez, periodistas e investigadores, de esos a modo de la Sexta, sí esa que no ni nos nombra (¿por qué será?) haga público y documente esta realidad y esta situación por la que hemos pasado miles de trabajador@s, una situación pareja con las represiones y abusos de esos gobiernos sátrapas y dictadores....sólo espero eso, que algún día se conozca la verdad.
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