jueves, 28 de noviembre de 2024

[Economist&Jurist] Primera sentencia del orden de lo Contencioso, a una estatutaria en Canarias, concediendo la fijeza por abuso de temporalidad en aplicación de la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 13/06/2024

Informaba Economist&Jurist el pasado 23/11/2024 de la sentencia de fijeza por abuso de temporalidad que ha dictado el juzgado de lo Contencioso número 3 de Santa Cruz de Tenerife a una estatutaria del Servicio Canario de Salud, defendida por el conocido abogado y profesor de Derecho Constitucional Gerardo Pérez Sánchez,.

El medio traslada declaraciones del abogado quien señala que el juzgado ha  aplicado  las últimas sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea , especialemnte la  sentencia del 13 de Juniohaber superado la recurrente un proceso selectivo bajo los principios de publicidad, igualdad, mérito y capacidad en el año 2020,

y al estar en abuso de temporalidad por llevar 18 años,  "al no existir norma sancionadora en el ordenamiento interno ha concedido la fijeza sin contravenir la Constitución española al haber superado la empleada un "proceso selectivo bajo los principios de publicidad, igualdad, mérito y capacidad" en el 2020.


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19 comentarios:

Anónimo dijo...

En este sentencia ya se ha explicado que la hace una jueza sustituta. Ata cabos.

Anónimo dijo...

Apiscam.
2 Cuestiones más de Inconstitucionalidad a Trámite el 3 de Diciembre. En este caso de Navarra.
CI. 8264-2024 Promotor: Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia
de Navarra, con sede en Pamplona
Objeto: Artículos 5.3 y 9.1 de la Ley Foral 19/2022, de 1 de julio, de medidas para la
realización de procesos de estabilización derivados de la Ley 20/2021, de 28 de
diciembre, de medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público, en
las Administraciones Públicas de Navarra, por posible vulneración de los arts. 23.2 y
14 CE.
Ponente: Excma. Sra. Doña Concepción Espejel Jorquera
6. CI. 8614-2024 Promotor: Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia
de Navarra, con sede en Pamplona
Objeto: Apartados 1 y 2 del artículo 6 de la Ley Foral 16/2022, de 30 de mayo, de
medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en los puestos de trabajo
reservados a funcionarios con habilitación de la Comunidad Foral de Navarra
Ponente: Excma. Sra. Doña María Luisa Balaguer Callejón

Anónimo dijo...



Que insinúas de los jueces (fijos) del Tribunal Supremo, sala de lo Contencioso Administrativo???


Anónimo dijo...



La primera sentencia de FIJEZA de lo Contencioso Administrativo la realizó una juez funcionaria de carrera en 2020

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, actualmente está revisando su doctrina.

Está claro que después de las sentencias del TJUE de 2024 y las cartas de emplazamiento de la Unión Europea, resulta incómodo ser el único país de la Unión Europea que no sanciona el abuso de temporalidad en el sector público.

Ya no resulta extraño oír a un juez miembro del Consejo General, que hay que estabilizar a los jueces sustitutos en abuso de temporalidad.

Pero la primera fue la Juez de Alicante, funcionaria de carrera.


https://cincodias.elpais.com/legal/2020/06/15/juridico/1592237975_448197.html

Anónimo dijo...

10:21 Sentencia para otra, siendo también funcionaria pública temporal, lo que para sí todavía no tiene por razón del mismo abuso. Ata cabos sobre el nivel del esperpento.

Anónimo dijo...

Que huevos, los Jueces son los únicos que pueden hacernos fijos como es el caso de esta Sentencia, eso y también gracias al Abogado que ha defendido el caso, seria interesante saber como lo ha planteado, , esto es un triunfo Gerardo ese es el camino, Gracias Apiscam.-

Anónimo dijo...

Desde el conocimiento personal...las resoluciones en primera instancia....no tendrian que importarnos...son los tribunales superiores y el supremo...los que realmente nos tienen que importar...con que la administracion recurra...esa sentencia queda anulada...Necesitamos que el TJUE se moje...por que como dependa del TS...20 dias por año...y no para todos...

Anónimo dijo...

Desde luego pero me parece un logro, alegrarse de esa Sentencia y con respecto a que se va a recurrir¿ porque? si esta bien atada, y no tendrán los mas altas Instancias que darles la razón, todo en este País se judicializa, pero en caso de los trabajadores con abuso temporal esta mas claro que el agua y la linea parece que va seguirse pues es el TJUE el que apremia y apremiara a España y por ende al TS.-

Anónimo dijo...

Ojo al TSJ de Madrid:

https://www.eleconomista.es/legal/noticias/13109951/11/24/los-jueces-abren-un-resquicio-para-hacer-fijos-a-interinos-que-aprobaran-las-pruebas-pero-no-lograran-plaza.html

Anónimo dijo...

Hola si alguien sabe la referencia de la sentencia del TSJ de Madrid o puede aportar el enlace a la misma seria interesante.

Anónimo dijo...

Insinúas que los fijos están prevaricando, no?

Anónimo dijo...

En mi pueblo listos no seremos, pero brutos....🤦🏻‍♀️

Lo de los jueces españoles es para hacérselo ver, el retraso por exceso de ego es palmario, o peor aún si su reiterada negativa es la clave de bóveda del "problema" que se empeñan en decir que es nuestro.

El problema es de todo el Estado de deshecho aunque los únicos sufridores natos seamos los abusados, sin culpa, salvo la de trabajar igual o más que los ffcc.
Innecesario tiempo y sufrimiento para terminar reconociéndolo. De ahí el descrédito del que gozan últimamente, y no por casualidad.


Anónimo dijo...

Estás diciendo que el TJUE es un esperpento'? Entonces qué sois los sindicalistas que pululáis por aquí? Delincuentes que os están metiendo en el talego por ladrones?

Anónimo dijo...

11:22 Claro meridiano.

Anónimo dijo...

Bienaventurados los pobres y los humildes, pues solo ellos gozaran la Gloria, FIJEZA YA

Anónimo dijo...

Lo de Madrid del TSJ , no deja de ser una chapuza mas como la ley 20/21 aprueben pero no obtengan plaza igual a fijeza, el verdadero melón en es principio Europeo que nos hace iguales a todos y prima sobre la Constitucion Española , transponer directiva 99/70 y todo personal en abuso de temporalidad igual a fijeza, o acaso los Interinos que llevan trabajando años y años y son queridos y respetados en su puesto de trabajo no han demostrado el IMC dichoso, penurias es lo que nos cuentan algunos, la verdad saldrá a la luz Fijeza YA

Anónimo dijo...

Si los mismos artículos de la Constitución, 23 y 103, que sirvieron para legitimar nuestro acceso en la función pública, ahora, 20 años después y abusados, sirven de excusa para NO reconocer la estabilidad como sanción/reparación coherente para acabar con el abuso en la temporalidad, algo no cuadra ni convence al que tenga dos dedos de frente.

Anónimo dijo...

Por supuesto o acaso en el caso este la medica que llevaba ejerciendo su labor no ha cumplido con el IMC? es de traca 19 años abusada en temporalidad y penurias ejerciendo su labor al pie del cañón como todos los del imc , la fijeza es una condición que debería de aceptar el Gobierno y los Jueces sin mas dilación pues un millón de personas están con incertidumbre, y todas ellas han cumplido toso los principios Exigidos, deber de haber una primacía de leyes el Derecho Europeo esta por encima de preceptos trasnochados que en la actualidad no sirven hay que ajustarse a la realidad Social, y los de antes parecen que no se enteran.- Fijeza para ya mismo, seguiremos en la lucha.-

Anónimo dijo...

El derecho español está tan desfasado que la propia Administración Pública lo usa en su provecho, pero a la hora de sancionar ese uso ilegal en su provecho, a costa de los abusados y los perjuicios sufridos que no teníamos el deber de soportar, se aplica de manera desigual.
Es un derecho insuficiente para el abusado y además aplicado de manera discriminatoria. Si vale para uno, debe ser para todos.

Al igual que la opción del concurso, ante la misma situación el mismo derecho a estabilizar. Tantos abusados tantas plazas.

No se puede hacer peor. Jamás pensé que se pudiera afrontar una injusticia tan clara y únicamente provocada por la decisión de los irresponsables que gestionan la Administración tan mal.