La Sección 1ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y Léon, ha mencionado en su sentencia de 28/05/2020 (nº Recurso: 523/2019) la famosa sentencia europea de 19/03/2020 , la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del asunto acumulado Sánchez Ruiz/Fernández Alvárez y otros (sentencia europea que era por dos demandas de casos del SERMAS un caso de un informático nuestro y el otro caso de 5 odontólogas) en el caso del recurso de unos docentes interinos por curso de muy larga duración a la sentencia del juzgado de primera instancia que había desestimado el 12/07/2019 su demanda de julio de 2018 de "reconocimiento de estabilidad en las plazas ocupadas en la actualidad como consecuencia del abuso por la Administración educativa de los nombramientos temporales".
En esta sentencia, esta sección de tribunal superior regional, reitera la Sentencia de la sección 1ª del Tribunal Superior de Justicia de Asturias
de 17/02/2020 (anterior por tanto a la sentencia europea mencionada de 19/03/2020), reconociendo que "es cierto que la jurisprudencia del TJUE de 14/9/2016 (en los asuntos C-184/15 y C-197/15 Juan Carlos Castrejana y Martínez )" implica que cuando hay "utilización abusiva de sucesivos contratos de trabajo o relaciones laborales de duración determinada, es indispensable poder aplicar alguna medida que presente garantías de protección de los trabajadores efectivas y equivalentes, con objeto de sancionar debidamente dicho abuso y eliminar las consecuencias de la infracción del Derecho de la Unión" , en concreto de la Directiva europea 1999/70/CE, para a continuación matizar que "dicha jurisprudencia parte de la premisa consistente en
que se haya producido un abuso en la contratación" y así acabar
finalmente
- afirmando, siguiendo
igualmente a esa sentencia de la sección 1ª del Tribunal Superior de Justicia de Asturias de 17/02/2020, que en una situación como la de los docentes
que cada año cambian de centro ,no cabe entender que hay fraude de ley
de abuso de la contratación temporal en los casos en cuestión al no haberse "cumplido la
exigencia de acreditar los hechos que pudieren conducir al
convencimiento de que se hace una utilización abusiva y manifiesta de la
contratación o atribución de puestos de trabajo indefinidos" por parte de la Administración, lo que a
su juicio no puede desprenderse de la argumentación de los demandantes, "una suerte de
automatismo según el cual si hay funcionarios interinos durante una
serie de años es prueba bastante de la realidad de un abuso en la
contratación".
- y
comentando aún cuando no corresponde ya dictar sanción al haber dictaminado que no hay
abuso, que aún en ese caso, no concedería la conversión solicitada en
"empleados públicos estables" ni en la de "indefinidos no fijos" porque a juicio de esta sección de tribunal superior regional la concesión por sentencia de esas figuras a personal empleado público de contratación administrativa [ i.e. funcionarios interios y estatutarios de servicios de Salud temporales] supondría "una
clara infracción del acceso a la función pública con respeto a los
principios de mérito y capacidad, así como a la previa y necesaria
superación, por completo, de un proceso selectivo", y que así cumpliría con la sentencia europea de 19/03/2020, dado que ésta acaba afirmando que "incumbe al órgano jurisdiccional
nacional" elegir las medidas de sanción
- [17/03/2020] Situación jurídica temporales. Novedades y cuestiones pendientes en el Tribunal Europeo y Supremo
- [19/03/2020] Sentencia esperanzadora del Tribunal Europeo del asunto acumulado "Sánchez Ruiz": hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada que requiere una sanción, que le corresponde al ordenamiento español fijar, orientando que no puede valer como sanción la convocatoria a proceso selectivo libre ni la figura del indefinido no fijo
- [16/06/2020] El Tribunal Superior de Justicia de La Rioja usa la sentencia europea de 19/03/2020 junto con otras como la del Asunto Mascolo - el caso similar de docentes italianos - para determinar que una situación de acumulación en un profesor de interinidades por curso, aún con cambio de centro y sin contrato en verano, ante la carencia de convocatorias para cubrir el puestos de forma fija, es un fraude de ley por abuso de temporalidad de la Directiva Europea y rechaza en su sentencia el recurso de la Consejería de Educación a la sentencia del juzgado que había estimado la demanda, "sustancialmente" de interinidad de vacante, de un profesor funcionario interino por cursos durante 18 años. Idem con otra profesora 17 años interina por cursos
- [22/06/2020] En un recurso de casación sobre si se indemniza el cese de funcionario interino de vacante de 11 meses, la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo menciona por 1ª vez la reciente sentencia europea de 19/03/2020 de abuso de temporalidad para indicar que no corresponde aplicarla aquí. Como se esperaba, el Supremo desestima indemnizar el cese del funcionario interino aplicando la norma española que el Tribunal Europeo en su reciente sentencia europea del Asunto Baldonedo Martín estableció no viola la norma europea de no discriminación.. Sigue pendiente por tanto si el Supremo revisa su doctrina sobre demandas de abuso de temporalidad tras la otra sentencia europea, la del asunto Sánchez Ruiz de 19/03/2020.
- [17/06/2020] Jueza de lo Contencioso-Administrativo de Alicante, premio a la Calidad del CGPJ, en una "didáctica" sentencia reconoce y sanciona el abuso de temporalidad con la transformación en fija a una funcionaria interina 13 años del Ayuntamiento de Alicante siguiendo la Directiva Europea 1999/70/CE y las sentencias del Tribunal Europeo, especialmente la reciente de 19/03, asunto Sánchez Ruiz, que sigue minuciosamente para determinar que el abuso es evidente, que no vale como sanción ni OPE ni el proceso de estabilización ya emprendido con su puesto, ni la figura del indefinido no fijo ni tampoco indemnizaciones al no existir para los funcionarios y ser inasumibles si se crearan específicas y realmente disuasorias, considerando más sensata la fijeza que además respeta el ordenamiento jurídico español al haber superado un proceso selectivo la demandante. UGT discrepa que sea legal, CSIF y CCOO exigen medidas sancionadoras urgentes a la vez que instan a ejecutar los procesos de estabilización ya acordados. La sentencia no es firme: el Ayuntamiento de Alicante recurrirá la sentencia.
- [03/07/2020] El Tribunal Superior de Justicia de Aragón usa la sentencia europea de 19/03/2020 junto con otras como la del Asunto Mascolo - el caso similar de docentes italianos - para determinar que una situación de acumulación en un profesor de interinidades por curso, aún sin contrato en verano, ante la carencia de convocatorias para cubrir el puestos de forma fija, es un fraude de ley por abuso de temporalidad de la Directiva Europea y ante demanda de equivalente a indefinido no fijo concede derecho a una indemnización disuasoria por abuso a determinar en caso de cese
- [08/07/2020] Nueva sentencia de Juzgado de lo Contencioso de Murcia nº 3 cita la sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020 en una demanda con petición máxima de fijeza de un funcionario interino ya de vacante expuesta a OPE tras concantenar interinidades de programa durante más de 9 años y reconoce que aquí sí hay abuso de temporalidad pero la "sanción" que aplica es la actual doctrina del Tribunal Supremo, en este caso, quedarse como ya estaba de interino de vacante expuesto a una OPE ya publicada y sin derecho ganado a indemnización. CCOO de Murcia, que llevaba su caso, "muestra su satisfacción" por la sentencia y resalta que obliga a que no se oculten pruestos estructurales que se convoquen a procesos selectivos como los de estabilización ya acordados con los puestos temporales de larga duracion
- [13/07/2020] [Diario 16] Sentencia del juzgado de uno de los casos de la sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020: la fijeza sería una opción en casos de procesos selectivos superados así como una indemnización disuasoria fuerte que no se pedía en este caso. Desestima la única petición de fijeza al no darse la condición de proceso selectivo exigida [Texto íntegro de la sentencia
- [11/08/2020] El Tribunal Superior de Justicia de Galicia volvió a sentenciar fijeza como sanción según Directiva Europea ante la situación de fraude de abuso de temporalidad y acceso al puesto por proceso selectivo en el caso de 6 empleados públicos laborales por obra y servicio del Ayuntamiento de Cervo. Su abogado confirma que la sentencia ya es firme
- [29/09/2020] [STEA-i] 'Sentencia profesor nombrado en fraude de ley: Indemnización de 33 días por año sin límite de anualidades'' [sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Aragón , como sanción al fraude de ley de abuso de temporalidad y por demanda tras el cese]
- [05/10/2020] La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo en un caso de una estatutaria interina de vacante 6 años del SACYL cesada revoca la sentencia que le concedía la indemnización al cese de 20 días por año que demandaba la empleada por su situación de abuso de temporalidad y en base a la sentencia del Tribunal Europeo de 2016 del asunto De Diego Porras: el Supremo dice que al ser único nombramiento no se aplica aquí la cláusula 5ª ni su propia jurisprudencia de 2018 establecida exclusivamente para las concatenaciones abusivas de nombramientos eventuales , y sin abuso no cabe indemnización al cese de una interina por aquella sentencia europea de 2016 -i.e. por el principio de no discriminación-, como ya había establecido tras la sentencia europea del asunto Baldonedo Martín. Sobre la Sentencia europea de 19/03/2020 "no debe analizarse la aplicación al caso".
- [05/10/2020] Juzgado de Valencia sentencia la condición de laboral fijo a un empleado público del Ayto de Manises, laboral interino durante casi 16 años por fraude del abuso de temporalidad y tras tener en cuenta que accedió por proceso selectivo público, siguiendo la doctrina de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Galicia
- [06/10/2020] [Plataforma de Trabajadores Temporales Públicos de Castilla y León] 'Valoración de la sentencia 111/2020, de 1 de octubre de 2020, del Juzgado de lo Contencioso-Adminsitrativo nº 4 de Valladolid (P.A.. 233/2019)' [ Sentencia de 'estabilidad para funcionarios/estatutarios no cesados reconociendo el abuso de temporalidad' que usa la Sentencia Europea de 19/03/2020]
6 comentarios:
En estos casos es muy difícil poder demostrar el abuso cuando tienes diferentes nombramientos y diferentes puestos. DESGRACIADAMENTE! Aunque hay una omisión de la administración y por lo tanto un abuso al no ofertar todas las necesidades permanentes.
Le han dado la vuela a la directriz 19/03/20 del TSJUE. Lo leen como quieren y la justifican como les dá la gana.
Nosotr@s l@s temporales tenemos un problemazo con con el derecho a trabajar con garantías en las AAPP pero el que tiene Europa con España no es pequeño, se pasa por el c...o las normas de convergencia europeas y hace caso omiso a la jurisdicción europea, prefieren pagar con dinero de todos los ciudadanos de España todas las sanciones y les quedan limpias las subvenciones: jugada de piratas total.
El supremo no nos apoya nada de nada...
Leer el enlace:
http://laadministracionaldia.inap.es/noticia.asp?id=1511037
Es deprimente esta situación.
Y sin embargo el cuarto turno para ser juez para juristas" que nunca han estado ni siquiera contratados en fraude les parece de maravilla.
Este es el país que tenemos...
Hay alguien en Europa que se tome esto en serio?
Para el comentario de las 15:27
Esa sentencia del Supremo en ningún momento menciona la sentencia del TJUE de 19 de marzo.
Están en contra nuestra y punto, van a hacer lo que haga falta.
Hay sentencias que están vulnerando el derecho a la tutela judicial efectiva. Hay abuso y pretenden obviarlo, ésto puede acabar en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Os animo a advertirlo en vuestras demandas/recursos y hacer uso de esa vía al agitar la vía judicial nacional.
Podemos estar perfectamente ante la violación de un derecho fundamental y los tribunales nacionales no tienen la última palabra.
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